Por Alfredo Nobre Leite.-

Señor director:

Con relación a la propuesta del diputado oficialista entrerriano, Marcelo Casaretto, avalado por algunos diputados de la Unión Cívica Radical (¿cuándo no?), de aplicar el impuesto a las Ganancias a los jueces, modificando el artículo 82 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, que indica que constituyen ganancias de cuarta categoría «las provenientes del desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales»…; les recomiendo a los diputados oficialistas y los radicales, que aprueban ese cargo, que lean la Constitución Nacional -que no muerde-, pues el artículo 110 establece: «Los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta, y recibirán por sus servicios una compensación que determinará la ley, y que no podrá ser disminuida en manera alguna, mientras permaneciesen en sus funciones».

¡Más claro, échale agua!, es decir, mientras duren en sus funciones, aquí y en la Cochinchina.

Con cordiales saludos.

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