Estudio realizado por Julia Strada, Hernán Letcher, Magdalena Rua y Lucio Garriga Olmo, publicado originalmente en El Cohete a la Luna (ver aquí).

Este informe nació a partir de la búsqueda de experiencias similares al debate argentino de las últimas semanas, y se encontró con países vecinos y también con casos testigo de Europa donde se plantea la discusión. La propuesta de impuestos a las grandes riquezas no es exclusividad argentina: en distintos países de Europa y de América Latina existen propuestas que avanzan en una mayor justicia tributaria, apuntando a recaudar más de parte de quienes más poseen. Hay cinco países europeos donde el gravamen a los altos patrimonios forma parte del debate público en el marco de la pandemia de Covid-19 y hay otros seis países de América del Sur donde se registran propuestas en el mismo sentido.

Los casos donde los oficialismos han planteado el tributo a los grandes patrimonios corresponden a España -el sector de Podemos que integra la alianza de gobierno- y a Rusia, donde la idea fue mencionada por el propio Putin, aunque dirigida a gravar los pagos de dividendos e intereses que las empresas rusas hacen a las cuentas bancarias en el extranjero de sus propietarios, los intereses de los depósitos bancarios rusos y los bonos que superen 1 millón de rublos (U$D 13.000). Ambos serían asimilables al caso argentino, donde el Presidente Fernández y también su Ministro de Hacienda se manifestaron a favor de la iniciativa, que a su vez fue propuesta en un comienzo por el Jefe de Bloque del oficialismo en Diputados, Máximo Kirchner. En el resto de los casos de Europa donde se detectó la existencia de debate se trata de las oposiciones políticas a los oficialismos las que impulsan las propuestas: en Reino Unido se trata de sectores del Partido Laborista, en Suiza es un partido de izquierda (PST-POP) y en Italia es una parte del Partido Democrático que pareciera no haber logrado consensos sobre el conjunto de la alianza gobernante.

En América Latina el debate va emergiendo con mucha más iniciativa que la que suelen cubrir los medios de comunicación en la Argentina. También son las oposiciones las que lideran las propuestas. En Brasil hay cuatro propuestas presentadas en el Senado, y particularmente en diálogo con dirigentes del PT para este informe, manifiestan que es una iniciativa que tiene apoyos de otros partidos como PSDB y de la izquierda, y también de la central sindical CUT. En Perú hay dos partidos, Nuevo Perú y Frepap, con presencia institucional en el Congreso, que elaboraron proyectos. En Bolivia el sector del MAS liderado por el candidato Arce tiene una propuesta en elaboración. En Chile desde el rol institucional de Camila Vallejo como diputada se elaboró una propuesta por parte del Partido Comunista y se evalúa presentarla al congreso. En Ecuador es un asambleísta del sector alineado a Correa, del Movimiento Ciudadano, que empuja la iniciativa – Pabel Muñoz-.

Se destaca, como caso interesante, que en Estados Unidos durante la pre-campaña presidencial en 2019, Bernie Sanders propuso un Impuesto a la Riqueza Extrema. No obstante, su derrota en las primarias limita las posibilidades de esta idea.

La solidaridad como concepto político es otro eje de análisis. Una amplia mayoría de las propuestas analizadas incluyen la palabra solidaridad en el nombre de los impuestos promovidos. El informe da cuenta de experiencias que han planteado esquemas de solidaridad entre aquellos de mayor capacidad contributiva respecto de sectores más postergados. Si bien los esquemas impositivos se supone que tienen esta misma finalidad, es posible identificar casos paradigmáticos previos a la pandemia que ilustran un debate muchas veces silenciado.

En Alemania la historia del impuesto solidario (Soli) tuvo como objetivo principal la reconstrucción de la Alemania unificada, interpretándose esto como favorecer a los sectores más postergados (Alemania Oriental) respecto de los más desarrollados (Alemania Occidental). Esta recaudación adicional permitió reactivar la economía, en lugar de aplacar la inversión como suele sostenerse desde algunos sectores liberales como argumento crítico a la tributación. El impuesto consiste en un recargo al Impuesto a la Renta (lo que en Argentina sería el Impuesto a las Ganancias de las 4 categorías) e implica un adicional de 5,5% sobre la alícuota vigente de dicho impuesto, pero sólo para los de mayores ingresos. El impuesto, que se ha sostenido durante 30 años, tuvo hasta ahora un límite relativamente bajo y la reciente decisión de Alemania no fue eliminarlo sino mantenerlo sólo para un segmento acotado, el de mayores ingresos. Es decir, se mantendrá con similares características para los ingresos más altos: alrededor del 3,5% de los contribuyentes continuará tributando el monto total.

Por otro lado, las crecientes necesidades fiscales asociadas a estas medidas de sostén de ingresos a las familias y de subsidios a las empresas reinstalan el debate sobre el rol del sistema tributario para mitigar la desigualdad. Los efectos de la pandemia son regresivos: afectan de manera sensible a los que menos tienen, no sólo en materia de salud (peor acceso a la salud y situación de insalubridad en su vida cotidiana) sino también en lo referido a la cuestión económica: establecer el aislamiento obligatorio y la paralización de importantes sectores de la actividad económica implica afectar los limitados ingresos de los trabajadores sin empleo o de empleo informal, que no acceden a licencias pagas, y carecen de protección sindical. Esto implica una profundización de la desigualdad, a menos que la tarea del Estado revierta o al menos compense la situación. Esa tarea tiene dos pilares: la forma de recaudar y las decisiones de ejecución del gasto.

En efecto, el sistema tributario puede tener un rol fundamental en esta situación de emergencia como herramienta para reducir la desigualdad social y la pobreza (Piketty, 2014). Uno de los criterios centrales para someter a los contribuyentes a tributos debiera ser la capacidad contributiva (Jarach, 1996), es decir, la aptitud de los contribuyentes de acuerdo a su riqueza y sus ingresos. Esta refiere a que el sistema tributario debe estructurarse de forma que aquellos de mayor capacidad económica tengan una participación más alta en la recaudación tributaria del Estado. En este sentido, un sistema tributario justo es aquel inspirado en el principio de progresividad (Gaggero, 2008), que implica un tratamiento diferenciado entre diferentes niveles de capacidades contributivas. Sin embargo, en los hechos, quienes poseen mayor capacidad contributiva cuentan con mayores recursos para eludir el pago de los tributos, a la vez que, en la actualidad, la mayor parte de la recaudación se nutre de impuestos regresivos, que gravan con la misma alícuota a contribuyentes de alta y baja capacidad económica.

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