Por Eduardo Difonso.-

Ya van a empezar a llegar las boletas del servicio de gas domiciliario y en especial las residenciales que sumarán un nuevo incremento aplicado a partir del 01 de abril próximo pasado.

El Gobierno anunció, a partir de abril una nueva suba en las tarifas del gas y por seis meses, que tendrá picos del 36 por ciento sin impuestos según el consumo, y anticipó que habrá nuevos incrementos en noviembre y en abril de 2018.

El aumento fue informado por el ministro de Energía, Juan José Aranguren, en el marco de una presentación en el Ministerio de Hacienda.

El incremento para los usuarios residenciales de “la categoría R.1-R2.3, la suba será del 36%; para los de los sectores R3.1-R3.3, del 25% y para R3.4, del 19%”, sostuvo el ministro.

Quienes son los que están en las categorías detalladas:

R1 = Los que consumen De 0 (cero) a 500m3

R2.1 = De 501m3 a 650m3

R2.2 = De 651m3 a 800m3

R2.3 = De 801m3 a 1000m3

R3.1. = De 1001m3 a 1250m3

R3.2. = De 1251m3 a 1500m3

R3.3. = De 1501m3 a 1800m3

R3.4 = De 1801m3 o más

Es decir que los hogares que consuman entre 500m3 y hasta 1000m3, el incremento será del 36% mas sobre la factura anterior, libre de impuestos, salvo que haya realizado un ahorro en el consumo, con respecto a facturaciones de periodos anteriores, igual o mayor de un 15% menos del volumen consumido en aquellos.

Ahora, los hogares que consuman entre 1001m3 y hasta 1800m3, el incremento será del 25% por sobre factura anterior, libre de impuestos salvo ahorro del 15% o mayor de lo consumido en periodos anteriores.

Y por ultimo para los que consuman mas de 1801m3 el aumento será del 19% por sobre la factura anterior, libre de impuestos salvo que haya realizado un ahorro mayor del 15% como se explica en los casos anteriores.

Con esta pauta de incrementos tarifarios del gas natural anunciados e implementados por el gobierno vemos que la misma se centró en el establecimiento de un esquema de aumento gradual del precio del gas en boca de pozo, cuyo valor inicial, luego de la marcha atrás de la primera parte del año 2016, se fijó en un nivel que, contrastado con el precio vigente hasta fines del 2015 para el caso de los usuarios residenciales, implicó un impresionante ajuste en dólares del 165% promedio, al pasar ese valor de 1,29 dólares a 3,42 dólares por millón de BTU y con un tope del 400% para usuarios residenciales y del 500% para el comercial e industrial.

Recordemos que U$S1,29 significaban en diciembre 2015 (1,29 x $ 14,60 c/dólar) $ 18,83 el millón de BTU y aumentó, luego de la audiencia publica, a U$S 3,42 , lo que significa (3,42 x $ 14,60c/dólar) $49,93 el millón de BTU (unidad térmica británica) que equivale a 27,8m3.

Esto nos permite afirmar luego de un simple calculo matemático que el m3 pasó de valer $ 0,68 a un valor de $1,80 e aquí el 165% de incremento señalado, más algunos casos especiales que llegaron al 400% y al 500% de aumento según su condición.

Si a esto le sumamos el aumento anunciado por el Ministro de Energía y Minería obtendremos un 201% en las categorías mas bajas de consumo para ir disminuyendo al 190% y al 184% respectivamente a las categorías de mayor consumo.

Queda demostrado que el mayor incremento se produce sobre los residenciales que menos consumen mientras que a los mayores consumidores se los beneficia con un menor aumento tarifario.

Resulta esencial replantear algunas cuestiones estructurales sobre la política energética en general partiendo de la noción de la energía como derecho humano inalienable y como bien estratégico no mercantilizable de la que se desprenden políticas energéticas estratégicas orientadas no sólo a asegurar abastecimiento estable en el tiempo y desarrollo de la industria nacional y fomentar la pequeña y mediana empresa para incorporar valor agregado a la producción primaria y generar empleos, sino también accesibilidad, sustentabilidad ambiental, asequibilidad, progresividad y gradualidad en el costo tarifario que los usuarios residenciales, comerciales e industriales deben afrontar, según lo estableció el fallo de la Corte Suprema de Justicia en agosto del 2016 que obligó al gobierno de Cambiemos a convocar una Audiencia Publica para poder tomar decisiones de incrementos tarifarios.

Hay otra manera de presentar el problema para cambiar rotundamente la dirección de la política energética seguida por el gobierno PRO – RADICAL, y esa manera es la que aconseja la racionalidad del estudio de políticas publicas y la evaluación de un proyecto de inversión con rentabilidad económica y social que favorezca a los propietarios de los recursos naturales afectados, es decir, pensando en los argentinos.

Dicha técnica indica, entre otros análisis, la necesidad de evaluar seriamente el costo de la energía ¿cuál es el valor que tiene el barril de petróleo y cuál el precio del gas en boca de pozo?

Según YPF, empresa estatal, el costo del barril de petróleo en nuestro país no supera los U$S 14. Tampoco es independiente del tarifazo el hecho de que el millón de BTU en boca de pozo supere los U$S 3,42 cuando el costo de producción local, declarado por YPF, asciende a solo U$S 1,90 dólares.

Y también analizar la necesaria integración del sistema energético ya que las concesiones generaron múltiples empresas fragmentando la prestación de los servicios en empresas de producción y/o extracción, empresas transportistas por ductos troncales y empresas distribuidoras de los servicios domiciliarios para usuarios finales.

Por ejemplo, Gas del Estado fue reemplazado por varias empresas, que prestan los servicios antes descriptos, tantas unidades económicas distintas reclaman obtener cada una su rentabilidad y la destrucción de las economías de escala de una empresa integrada es reemplazada por una cascada de rentabilidades, más impuestos, que elevan los costos que debe afrontar el usuario final. Y así para la energía eléctrica también.

CAMBIEMOS no ha introducido ningún cambio importante ni trascendente en beneficio de los usuarios argentinos en política energética, es mas, a mantenido el esquema privatizador de desguace de las empresas estatales de servicios públicos que contribuyen al encarecimiento de la energía, han mantenido el criterio de incentivar a la mayor productividad gasífera, que implementara el gobierno anterior, pagando hasta U$S 7,5 el millón de BTU, estableciendo un precio del barril de petróleo (barril criollo) y precio del gas comparando con los costos de importación y sin aplicar un » costo real argentino de producción» y todo ello condicionado a la cotización del dólar pensando en un futuro exportador de gas como ya se realizó en décadas pasadas y que nos llevo al desabastecimiento y pérdida de reservas.

Y por ultimo no han eliminado los subsidios, como anunciaron, sino que los han mantenido a las empresas concesionarias, con la diferencia que ahora son afrontados por los usuarios directos de dichos servicios y no por fondos afectados del presupuesto general de gastos, que en esta oportunidad, han sido utilizados para compensar a las empresas por obras de ampliación y mantenimiento que no hicieron en estos años y que suman mas de 5.700 millones de pesos.

Esto debió ser motivo de auditorias serias que determinaran los incumplimientos contractuales de las concesionarias y, en su caso, retirarles las concesiones y afrontar un nuevo esquema de prestación de los servicios con mejores condiciones para los argentinos.

Lo único novedoso es que desdoblaron las fechas de pago porque los montos son mayores.

Ah, no nos olvidemos que el esquema de aumentos se repetirá cada seis meses y próximos incrementos, de noviembre y abril de 2018,dependerán de saber, dijo Aranguren, “la evolución del costo de importación del gas, la variación del tipo de cambio.»

Dos variables que no dependen de la decisión del gobierno argentino ya sea en lo referido al precio de importación, que lo fijará Chile, Bolivia o a quien se le compre gas licuado para regasificar en las plantas locales y tampoco de la variación del tipo de cambio que se ajusta por dólar estadounidense en lugar de aplicar el índice inflacionario local que estableció el gobierno como pauta presupuestaria aprobada por ley del Congreso Nacional.

Share