Por Oscar Dufour.-
LA VERDAD HISTÓRICA. La Iglesia Argentina abrirá sus archivos sobre la dictadura militar (1976-1983). Lo resolvió ayer miércoles la Conferencia Episcopal Argentina, en el plenario de Obispos durante la 176º reunión de la Comisión Permanente. La apertura de los archivos había sido ordenada por el Papa Francisco el 23 de Octubre de 2016, y se lo había prometido a distintas organizaciones de derechos humanos que lo venían reclamando hace años.
Diferentes organizaciones de Derechos Humanos de Argentina y también del mundo, habían pedido al Papa Francisco, en distintas reuniones, la apertura de los archivos vaticanos para poder consultar los documentos, se trata sobre todo de unas 3.000 cartas con las peticiones de ayuda que hacían los familiares de desaparecidos a la Iglesia, y la respuesta que les dieron, o las gestiones que realizaron entonces ante el Ministerio del Interior.
El protocolo de la Iglesia Católica indica que en general, los archivos suelen guardarse 70 años. Ahora a casi 41 años de la recuperación de la democracia, y de pedir perdón en distintas ocasiones sobre su papel durante la última dictadura, en especial cuando hizo una confesión de culpa, en el Congreso de la Conferencia Episcopal realizado en el año 2000 en la Provincia de Córdoba, en cumplimiento de lo ordenado por el Santo Padre en Octubre de 2016, los Obispos argentinos tras dos días de deliberaciones en el plenario de la 176º reunión de la Comisión Permanente de la CEA, resolvieron abrir los archivos en Argentina.
En ese histórico marco, informaron que “se abordó el protocolo de consulta del material archivístico relativo a los acontecimientos argentinos (1976-1983) conservados en la Conferencia Episcopal, la Nunciatura y la Secretaría de Estado”, anunciando los prelados que “en los próximos días se abrirá el período de consultas sobre los archivos de la Iglesia argentina sobre la última dictadura militar”.
La Conferencia Episcopal Argentina en Octubre de 2016, a través de un comunicado conjunto con la Secretaría de Estado Vaticana, en sintonía con lo que expresaba ese 23 de Octubre el Papa Francisco en el tradicional Ángelus desde la Plaza de San Pedro en el Vaticano, había anunciado que “próximamente”, tras concluir el proceso de digitalización y organización del material disponible, “podrán acceder a los archivos las víctimas y los familiares directos de los desaparecidos y detenidos y, en el caso de religiosos o eclesiásticos, también sus superiores mayores”.
En Argentina, cada diócesis incluida la castrense -la más sensible en este puntual tema-, tiene su propio archivo, y esta histórica desclasificación ordenada por el Papa Francisco a cuatro años de sus Papado, demuestra que el principal interés de la Iglesia, más allá de las especulaciones y el debate parcial que pueda surgir, es la “reconciliación de todos los argentinos”.
Ante el dilema de que es más importante, si la “reconciliación” o “la Justicia con los criminales que organizaron el terrorismo de Estado”, por sobre todo debe primar la VERDAD.
Los que quieran oír… que oigan.
17/03/2017 a las 1:11 PM
El obispo de Roma debería ocuparse de toda la mierda que lo rodea, mirarse al espejo y entender que es un cero a la izquireda también con olor a mierda.
Hacer lío es su consejo y ahora viene a ravolver mierda acá.
Realmene da asco.
Constitución y religión: Preguntas y respuestas.
En el gran campo de las imprecisas e incorrectas nociones de lo que la Constitución Nacional establece, un capítulo especial puede concentrarse sólo en las más extrañas afirmaciones que podemos encontrar sobre la relación Estado y Religión en la Carta Magna.
1. Afirmación: “El Presidente según la Constitución debe ser católico”.
FALSO. La Constitución Nacional fue reformada en 1994 y se eliminó el requisito que establecía la/el Presidente debía profesar la religión católica (apostólica romana).
Además, no sólo se eliminó ese requerimiento sino también el requisito que obligaba a los Pueblos Originarios a “evangelizarse”, a convertirse al culto católico. En la actualidad, los Pueblos Originarios tienen reconocida en la Constitución Nacional su libertad de creencias, su educación bilingüe y su preexistencia étnica.
Finalmente, la reforma constitucional de 1994 incorporó un conjunto de Tratados Internacionales de Derechos Humanos que impiden las políticas públicas diferenciales y los tratos desiguales en cualquier materia, incluso –por supuesto- la religiosa, reforzando la impronta igualitaria.
2. Afirmación: “La Constitución Nacional reconoce al catolicismo como religión oficial”.
FALSO. La Constitución Nacional no reconoce religión alguna y establece una libertad de culto (artículo 14 CN, entre otros) que hoy es complementada con la obligación del Estado de abogar por la igualdad religiosa entre los diversos cultos y creencias establecida por los Tratados de Derechos Humanos. Cabe aclarar que hay más de 2500 cultos oficialmente reconocidos por la Secretaría de Culto de la Nación (ver datos en http://www.culto.gov.ar/ ).
3. Afirmación: “La Constitución nacional establece en su Artículo 2 que el Estado Argentino sostiene el Culto Apostólico y Romano, por ende, este es el culto oficial”.
FALSO. La Doctrina Jurídica y Constitucional hace tiempo tiene un consenso por el cual se acuerda que la palabra “sostiene” se entiende como “sostenimiento económico” y nunca como la concesión de un status preferencial, ni oficial, al culto católico ni a ninguna otra religión o creencia.
Las obligaciones del Estado son de carácter pecuniario para con ciertos cargos de jerarquía de la Iglesia Católica. El Estado le confiere un asignación mensual mientras están en funciones (aunque también a ciertos obispos y arzobispos jubilados), según las Leyes 21950 y 21540, equivalente a un 70/80%de los salarios de Juez de primera instancia. Esto es aproximadamente entre 18.000 y 20.000 pesos.
Cabe aclarar que los Obispos y Arzobispos de la Religión católica son los únicos que tienen salarios y jubilaciones. La Ley excluye a los rabinos, pastores, clérigo, presbítero y cualquier otro tipo de autoridad religiosa que no sea católica. Esa exclusión es una de las prácticas que se deben modificar en el corto plazo y una cláusula que merece ser actualizada en la Constitución Nacional para cumplir con las obligaciones de igualdad.
4. Afirmación: “El artículo 2 de la Constitución no se puede reformar porque es un contenido pétreo y es parte de nuestra tradición nacional”.
FALSO. La Constitución Argentina no tiene contenidos irreformables o llamados “pétreos”. El Artículo 30 de la propia Constitución dice claramente que “se puede reforma toda y cada una de sus partes”.
Más allá que la sociedad argentina sea mayormente creyente y dentro de esa primer y plural mayoría (“los creyentes”) haya una mayoría católica (entre practicantes y no practicantes), hay también en Argentina una gran diversidad de cultos y creencias (recomiendo el estudio de Ciel-Piette-CONICET acá: http://www.culto.gov.ar/encuestareligion.pdf). El número de cultos reconocidos es el dato más gráfico de esa diversidad -y merece ser repetido-: 2500 cultos. Más allá que el catolicismo sea la religión más importante, la tradición argentina no es estática y se ha nutrido de una multiplicidad de cultos y comunidades que hoy está demostrada por estudios empíricos y por prácticas de tolerancia extendidas.
5. Afirmación: “Es correcto legalmente el establecimiento de símbolos religiosos en los espacios públicos (Hospitales, Escuelas, Plazas, Oficinas Públicas, etc.) producto del Artículo 2 de la Constitución Nacional”.
FALSO. El Artículo 2 sólo establece una obligación dineraria específica. Nada más. No le concede un status preferencial a ningún culto ni religión. La Constitución Nacional es muy clara ya en el Preámbulo cuando invita a todas las personas “del mundo que quieran habitar en el suelo argentino” con un reconocimiento explícito de la Libertad de Culto (Artículos 14 y 20) en el marco de la igualdad más amplia que exigen los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y una democracia moderna en el Siglo XXI.
Los símbolos religiosos en las espacios públicos no son deben ser aceptados porque implican un quiebre a la neutralidad estatal frente a las preferencias privadas de los individuos o colectivos de personas en un espacios que es de todos. En todo caso, el Estado debe permitir la expresión de las múltiples creencias de forma armoniosa y equilibrada, intentando establecer políticas de tolerancia mutua y de cohabitación pacífica, pero sin tratos preferenciales ni especiales injustificados.
El Estado no puede permitir que en un Registro Civil haya símbolos religiosos ante una pareja -del mismo o de diferente sexo- que está contrayendo matrimonio civil, en una sala de audiencias de un juzgado penal o que funcionarios públicos fundamenten sus decisiones con sus convicciones religiosas y privadas, usualmente desatendiendo la letra de la Constitución y de las Leyes Nacionales.
La instalación de símbolos religiosos, perfectamente apropiados para los espacios de las comunidades y asociaciones religiosas, no deben aceptarse en el espacio público salvo que haya una presencia equivalente de las demás creencias religiosas y no religiosas en el espacio.
6. Afirmación: “La Educación Pública puede ser católica por el artículo 2 ”.
FALSO. La Educación Pública en Argentina debe ser Laica, no religiosa, y sería inconstitucional que una Provincia o cualquier autoridad, promueva o establezca la educación religiosa obligatoria, específicamente de una religión, en el espacio tan intensamente público y necesariamente igualitario como la educación (sea pública o privada). Sin dudas, eso afectaría a igualdad religiosa de manera directa y condicionaría la libertad de cultos en el momento donde se necesita más pluralidad y autonomía para tomar decisiones.
Para mayor claridad cabe mencionar un caso muy conocido. Resulta evidentemente inconstitucional la Ley de Educación (Ley 7.546) de la Provincia de Salta que establece la enseñanza obligatoria de la religión católica en las escuelas públicas dictada desde el año 2008.
Es ilegal que una autoridad estatal promueva imponer preferencias, en este caso religiosas, a sus ciudadanos y habitantes, al postular la obligatoriedad de la educación religiosa. El Artículo 2 de la Constitución, por las razones que ya consideramos, lejos está de establecer la obligatoriedad de la educación religiosa.
Palabras finales:
El presente es un listado de afirmaciones incorrectas y de respuestas informadas sobre la relación entre el Estado y la Iglesia. La Constitución tiene un fuerte y doble compromiso con la Igualdad y con la Libertad de creencia o culto. Por todo ello, ningún trato diferencial o especial se justifica cuando estamos hablando de asuntos religiosos, cada persona puede profesar la religión de Cristo, Buda, Krishna, ser agnóstica o atea y el Estado debe estar lo más distante posible de condicionar esa decisión.
La obligación política y legal del Estado es promover políticas sociales, educativas y culturales para la libertad y la igualdad que permitan proyectar las condiciones para que cada persona sea lo suficientemente autónoma y su contexto lo suficientemente plural para tomar sus propias decisiones en un marco de autogobierno personal.
Finalmente, en Argentina uno de los desafíos colectivos es el de terminar de consagrar la plena igualdad religiosa y quitar los privilegios históricos -como el uso de fondos públicos para el sostenimiento de los más altos funcionarios y jubilados de una de las tantas religiones- que hacen que hasta hoy sea necesario aclarar estas dudas y corregir las confusiones producto de ciertos pasajes ambiguos de la Constitución Nacional.
Una sociedad más plural, más diversa, más tolerante y más democrática ya comenzó ese proceso de cambio y en la actualidad se encuentra a la vanguardia de las discusiones, debates y decisiones, como las del matrimonio igualitario, que han hecho a Argentina un País reconocido en sus avances por la igualdad. Queda solamente profundizar ese camino.
http://bilinkis.com/2012/02/estado-y-religion-en-la-argentina/
17/03/2017 a las 1:26 PM
Bueno el análisis, y correcta la información. Lo que no sabemos, es el acuerdo secreto entre el estado argentino y el Vaticano, en relación con el pago por fiel bautizado, razón por la cual la iglesia se opone férrreamente a las apostasías, en especial las masivas, cuyos interesados deben acudir a la justicia para ser eliminados de los archivos de fieles. No me cabe duda de que ante cualquier atisbo de reformar la transferencia de recursos del estado a la iglesia católica, recrudecerán (como siempre lo ha hecho) sus críticas por el narcotráfico la injusticia social, la violencia, la inseguridad, y hasta imagino el mal tiempo.
No podemos soportar más como comunidad civilizada esta rémora de los tiempos de la colonia, en os que la iglesia actuaba como cómplice de la corona en el sojuzgamiento de los pueblos originarios (y en el mundo, alianza iglesia – nobleza; los cardenales son «príncipes de la iglesia»)
17/03/2017 a las 1:41 PM
Todo tiene su explicación don Wenceslao
http://www.drgen.com.ar/2011/12/subsidios-estado/
18/03/2017 a las 7:41 PM
QUE COMPLICES NI SOJUZGAMIENTOS NI NADA….
SOJUZGADOS USTEDES POR LA PROPAGANDA MASÓNICA DIRIGIDA POR LA MAFIA FINANCIERA MUNDIAL
18/03/2017 a las 7:40 PM
Y ASÍ ESTAMOS GRACIAS A QUE NO DEJAN GOBERNAR A VERDADEROS CATÓLICOS,
ARGENTINITOS ESTÚPIDOS COOPTADOS POR LOS ZURDOS ATEOS DE TURNO…
LOS ESTADOS FUERON QUITADOS DE SU NOMINALIDAD CATÓLICA POR LOS MISMOS TRAIDORES POSCONCILIARES QUE OCUPARON LA IGLESIA EN ROMA, LOS MODERNISTAS FUNCIONALES A LOS MASONES.
17/03/2017 a las 1:12 PM
Y para las muchas victimas de los terroristas asesinos, con inocentes menores incluídos… ¿no tienen igual «tratamiento» para saber del paradero de sus victimarios asesinos?
17/03/2017 a las 1:22 PM
Alonso no se olvide que bergoglio es un terrorista más ¿esperaba otra cosa de semejante sorete?
17/03/2017 a las 2:11 PM
A partir de este momento usted me resulta simpático, Señor Y?
Guille
17/03/2017 a las 2:47 PM
Debe usted ser de los pocos que me leen sin asco Guille.
Es como decían las viejas curanderas «no hay mal que por bien no venga»
18/03/2017 a las 3:25 PM
La raíz del problema es que para ser obispo y por lo que veo papa, no hace falta ser católico.
Que los argentinos levanten la bandera de la libertad de cultos en desmedro de su religión de origen fundacional se debe a que las mayorías han sido infectadas de una religión falsificada por un clero en creciente apostasía. Traicionaron a Dios y a la Patria.
El asunto de los archivos sigue tendencia y transa, porque como se viene haciendo, se informa con marcada tendencia ideológica. No se abrirán las listas de los curas tercermundistas que infestaron la década del 60 traicionando la confianza de los padres que mandaban los chicos a la parroquia y terminaban entrenándose en Cuba.
Estos eclesiásticos bribones la jugaron a dos puntas como algunos milicos traidores y guerrilleros de doble racero que hicieron gobierno K, y que con el guiño eclesiásticos, quienes se hacían los que refunfuñaban desde la “vereda del frente”, llevaron a cabo una agenda perversa de demolición intelectual, moral, cultural y material de la Patria. Y de manera irreversible.
18/03/2017 a las 7:44 PM
EL GUIÑO SE LO DIÓ EL USURPADOR COMUNISTA woytila.
17/03/2017 a las 2:36 PM
Los asesinados por los terroristas donde deben consultar? En el Vaticano ? En la Baticueva de pedófilos? Invocar al espíritu del inocente padre Mujica ? A la Inquicisión ? Al estado de Israel (fuente de toda sabiduría para Bergoglio) ? Donde merde…? o dentro de los pañales de Hebe?
17/03/2017 a las 2:41 PM
Quienes son los Jesuitas?
https://aaf3227465d3d0227cae-19e3db3af33fd3dfddbc62998493f626.ssl.cf2.rackcdn.com/Who%20are%20the%20Jesuits%20(Spanish).pdf
17/03/2017 a las 3:56 PM
Ese vínculo da error 404, Y: no se puede bajar el libro que indica. Y ya que estamos, le comento que los católicos en serio también lo crityican a Pancho Primo Papa (PPP). Vea esto ☺
[La perfidia de PPP no empieza por la Primera Persona como dice este correo que comparto, sino por el miticismo: ser vicario de Quien el mismo PPP no cree que exista, ni que haya existido. Copipasteo:] «PEQUEÑO APUNTE DEL DÍA-“BERGOGLISMO”- Un imperdible artículo de Nicodemo Grabber apareció en Corrispondenza romana. Traduzco -y espero hacerlo bien- el último y sustancioso párrafo final (Artillero: Prof Dr. Augusto Padilla; Centurión Jorge Ortiz):
“El “bergoglismo” representa la completa asunción del principio de inmanencia en la Iglesia, en el Catolicismo. Principio de inmanencia que es el alma de la filosofía moderna y que termina en la negación radical de la filosofía como saber metafísico. Praxismo y hermenéutica son la más radical expresión del principio de inmanencia, y son su realización, que sobrepasa la modernidad “metafísica” en la posmodernidad. El “bergoglismo” es totalmente posmoderno como posmodernidad realizada, es posmodernismo como modernismo vivido, independientemente de toda referencia doctrinal.
El más grande estudioso del principio de inmanencia ha sido hasta ahora el padre Cornelio Fabro, que lo ha reconocido como la esencia de la modernidad filosófica. En muchos estudios, especialmente en su monumental ”Introducción al ateísmo moderno” -al cual remitimos; bajada gratis (en italiano) http://libgen.io/get.php?md5=E142FD4618A5AB418DD9C4D5CDD1A36D&key=7I85ED8N58VU68ZT – ha demostrado que el principio de inmanencia es el alma de ese ateísmo absoluto que es el ateísmo moderno. El ateísmo moderno no es únicamente la afirmación de la inexistencia de Dios, y por lo tanto, una forma todavía ingenua de ateísmo como creencia en la no existencia de Dios.
Ultrapasando esa creencia, el ateísmo moderno consiste en la imposibilidad de pensar en Dios como Dios, en la extinción de la misma noción de Dios. El mismo padre Fabro advierte cómo el ateísmo radical del principio de inmanencia puede darse en autores que subjetivamente creen en Dios, en autores subjetivamente teístas, aunque objetivamente sean ateos. El ateísmo de la moderna filosofía de la inmanencia puede combinarse con una creencia teísta subjetiva, simplemente, porque una vez adoptado el principio de inmanencia, el objeto de la creencia señalada con el nombre de Dios no será Dios. El Dios de los modernistas es simplemente inalcanzable en la jaula de la inmanencia en la cual el hombre se ha autoencarcelado.
El pastoralismo y la meta – teología hermenéutica entendidos como expresión del principio de inmanencia parecen las piedras angulares de esa concepción y de esa praxis que hemos definido como “bergoglismo”.
Queda por saber en qué medida el papa Francisco es consciente de su “bergoglismo”.»
17/03/2017 a las 7:04 PM
Señor: usted db dejarnos de preocupar con sutilezas insustanciales, porque de las sustanciosas y pesadas estamos con los bolsillos repletos…, y para ponernos a divagar entre inmanencias y trascendencias…, ¡¡ya no nos queda paciencia!!
Guille
17/03/2017 a las 9:09 PM
db lamento que no puedas bajar el libro. El error 404 es solucionable de modo tal que insistiendo podrás lograrlo, es cuestión de investigar, insistir y perseverar
Tengo el libro, lo que significa que es posible bajarlo.
Te dejo otro vínculo, también interesante
http://www.contestandotupregunta.org/jesuitas.htm
bergoglio es lo peor de lo peor y su ¿papado? significa la destrucción.
bergoglio es apocalíptico.
17/03/2017 a las 9:16 PM
db acá va otro enlace interesante
http://www.bibliotecapleyades.net/vatican/esp_vatican26.htm#indice
17/03/2017 a las 9:19 PM
Las fechorías de franciskito
http://www.catolicosalerta.com.ar/magisterio-de-blasfemogoglio/ultimas-fechorias-de-francisco.pdf
18/03/2017 a las 6:07 AM
Para db y demás comentaristas interesados en el tema
Acá está el libro. No existe versión en nuestro idioma
http://www.elgranenganyo.com/vaticanassassins.pdf
18/03/2017 a las 6:10 AM
Entrevista al autor del libro:
https://f.vimeocdn.com/p/flash/moogaloop/6.4.5/moogaloop.swf?clip_id=46349108#!flashvars#clip_id=46349108&api=1&moogaloop_type=moogaloop&noscript
Imperdible
18/03/2017 a las 12:01 PM
CHE CURA
POR MAS QUE DIGAN LO QUE DIGAN
NOSOTROS EL VERDADERO PUEBLO ARGENTINO
EL QUE LABURA TODOS LOS DIAS
EL QUE NUNCA PENSO EN ARMARSE PARA MATAR ARGENTINOS
POR LOS MONTONEROS Y EL ERP
LE TRANSMITIMOS A NUESTROS HIJOS Y NIETOS
LA UNICA VERDAD DE QUE GRACIAS A LOS MILITARES
ESOS ASESINOS HIJOS DE LA MALDAD
COMO FIRMENCIH
VACA NARVAJA
HORACIO VERBISTKY
CARLOS BETTINI
EDUARDO ANGUITA
HERNAN INVERNIZZI
NILDA GARRE
MYRIAM LEWIN
Y TANTAS PORQUERIAS MAS
NO VENCIERAN
GRACIAS
TENIENTE GENERAL JORGE RAFAEL VIDELA
LARRABUREEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEE
18/03/2017 a las 5:44 PM
Es importante darnos cuenta de que , los hasta ahora participantes en los comentarios de este artículo, a pesar de leves diferencias que suelen darse de un humano a otro, somos gente con Valores, con Principios, que nos habilitan a formar parte de una nueva estructura política que nos permita superar el estancamiento y degradación progresiva actual.
Pido tenerlo en cuenta, pues hay síntomas de que tal estructura está en proceso de gestación.
Guille
18/03/2017 a las 7:46 PM
Tus valores no sirven de nada si no amás a Jesucristo.
18/03/2017 a las 7:36 PM
QUE DICTADURA??? LA DICTADURA MARXISTA DE LA DEMONIOCRACIA??????
O LA DICTADURA DE LOS POLÍTICOS LADRONES???
21/03/2017 a las 9:26 AM
ESPEREMOS QUE LOS ARCHIVOS DE LA IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA ROMANA DEN A CONOCER, ENTRE OTRAS COSAS, QUE UNO DE LOS ASESINOS QUE EFECTUARON LOS DISPAROS DE GRACIA CONTRA EL GENERAL JORGE CÁCERES MONIÉ ERA UN SACERDOTE DE APELLIDO CAIRE, Y QUE ENTRE LOS ATACANTES HABÍA JÓVENES CATÓLICOS PROVENIENTES DE LA ORGANIZACIÓN «CURSILLOS DE CRISTIANDAD» INTEGRADA Y DIRIGIDA POR SACERDOTES.