Por Juan Manuel Otero.-

BUENA NOTICIA. Es apenas un principio.

El Colegio de Abogados de Buenos Aires, con la firma de su Presidente Dr. Guillermo M Lipera, su Vicepresidente Dr. Carlos A. A. Dods, su Secretario Dr. Maximiliano J. Yaryura Tobías, su Tesorero Dr. Roberto H. Crouzel y los Dres. Ezequiel Cassagne, Javier E. Patrón y Héctor G. Vidal Albarracín como Directores, con fecha 18 de abril del corriente año, elevaron al Consejo de la Magistratura, un escrito dirigido a su Presidente Dr. Miguel A. Piedecasas “a fin de poner en vuestro conocimiento la petición que el Directorio de esta Institución entiende oportuno solicitar al Consejo de la Magistratura a efectos de que audite a los juzgados y cámara de apelación en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal en aquellas causas que tramiten acciones por corrupción contra la administración pública nacional”.

Dicha presentación, solicita en 15 carillas, con fundados y precisos argumentos, que se pongan en práctica las facultades legales del Consejo, ante la comprobación de la lentitud evidente e ilegítima que se ha aposentado en las causas de corrupción contra la Administración Pública Nacional, mencionando, entre otras cosas, que los magistrados no pueden olvidar que el derecho a una tutela judicial efectiva, según tiene reconocido la propia CIDH, exige que los jueces “dirijan el proceso de modo de evitar que dilaciones y entorpecimientos indebidos conduzcan a la impunidad, frustrando así la debida protección judicial de los derechos humanos”.

Agrega finalmente que “El Cuerpo de Auditores del Poder Judicial, dependiente del Plenario del Consejo de la Magistratura, tendrá competencia para ejercer el control interno, mediante auditorías contables, financieras, de gestión y legalidad de los Jueces del Poder Judicial de la Nación y el Consejo de la Magistratura, e integrado según lo dispuesto en la Res. CM 224/08, anexo I y II Art. 43 – Las funciones del Cuerpo de Auditores del Poder Judicial creado por Res. CM 224/08 serán realizadas en el modo y forma que determine la reglamentación”.

De lo que, a mi modo de entender, se está reclamando al Consejo de la Magistratura apenas que CUMPLA con una de las importantes funciones para las que fue creado y parece haber olvidado en arcón de los recuerdos.

No creo que sea necesario demasiado análisis por parte de la entidad receptora del pedido, apenas limitarse a cumplir con su obligación, simplemente ejercer su competencia de control interno. Sólo eso.

Y si bien la nota omite por completo cita alguna referida a los Juicios de Lesa Humanidad dado que centra su pedido en las causas de corrupción contra la Administración Pública Nacional y limita, por razones de la jurisdicción del peticionante, a los juicios que tramitan en la Capital Federal, quiero suponer que los mismos, encontrándose dentro de la jurisdicción de los Juzgados Federales, tendrán inmediatamente sobre sí férreas auditorías de control de legalidad procesal, no sería lógico limitarse a unas causas dejando otras de lado, tampoco lo sería limitar el control sólo a la Capital Federal sin auditar todos y cada uno de los Juzgados Federales y respectivas Cámaras de Apelaciones del país, que no otras son las facultades del Consejo de la Magistratura.

Así, las arbitrarias e infundadas negativas a conceder legítimas excarcelaciones, tachar mendaces testigos, cumplir con los plazos procesales, etc. etc. y otras aberrantes conductas de una justicia durante la ultima década se dedicó a pisotear la Declaración de Derechos Humanos para los acusados, serán revisadas y en su caso aplicada la justicia incluyendo también los sospechosos juicios de lesa humanidad.

En una palabra: Que los derechos humanos sean para toda la humanidad. Con eso sería suficiente. El castigo a los corruptos será la posterior y lógica consecuencia de una honesta auditoría.

Ojalá encuentre esta petición una respuesta amplia y favorable.

* Ver el escrito en: CMN

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