Por Hernán Andrés Kruse.-

Se supone que los fallos de la Corte Suprema sólo son conocidos por sus autores, los miembros del máximo tribunal de garantías constitucionales. En nuestro país ello no sucede. La Nación y Clarín, en sus ediciones del jueves 18, adelantan cómo será el fallo sobre el tarifazo que en unas horas darán a conocer los supremos. Como si se tratara de una competencia deportiva, Clarín publica en su tapa que el fallo favorece al gobierno nacional, con lo cual Macri emerge como el gran ganador de la pulseada. Después sus periodistas pontifican acerca de la división de poderes. Si los pronósticos de Clarín y La Nación finalmente se confirman habrá seguramente un gran perdedor: los trabajadores. Una vez más, la Corte Suprema habría fallado en sintonía con los intereses del poder económico concentrado.

Sin embargo, antes hubo un dictamen de la Procuradora General de la nación, Alejandra Gils Carbó, sugiriéndole a los supremos que confirmen la sentencia de la Cámara Federal contra el tarifazo. En dicho dictamen la procuradora consideró que el Estado, al omitir la realización de la audiencia pública prevista tanto por la ley del Gas como por la propia Constitución Nacional, vulneró dos derechos fundamentales: a) el derecho de la ciudadanía a acceder a la información pertinente; b) el derecho de la ciudadanía a participar en todo el proceso sobre la regulación de las tarifas. Según Gils Carbó el Estado cometió otro grueso error: no aplicó los parámetros que garanticen tarifas “justas” y “razonables”, tal como lo prevé el régimen. El Estado se desentendió de su obligación de garantizar tarifas accesibles y asequibles para no deteriorar la calidad de vida de la población. En consecuencia, advierte la procuradora, puso en peligro derechos humanos fundamentales como el de habitar una vivienda que garantice una calidad de vida digna, como así también el de trabajar, comerciar y ejercer toda industria lícita, tal como lo consagra la Constitución Nacional.

Meses atrás, la Cámara Federal de La Plata había ordenado hacer retroceder los valores de la tarifa del gas en todo el territorio nacional a la situación previa a las resoluciones 28 y 31 que consagraron el tarifazo. El tribunal platense dijo que tales resoluciones eran nulas justificando su decisión en la ausencia de la audiencia pública-paso previo fundamental a la adopción de medidas en materia tarifaria-que permite a los representantes de los usuarios y consumidores participar para velar por sus derechos. La procuradora le propuso a la Corte confirmar el fallo de la Cámara platense, agregando algunas reflexiones que refutan lo argumentado por el gobierno nacional para defender el tarifazo. La relevancia del problema quedó en evidencia con la proliferación de planteos judiciales en todo el país. Según Gils Carbó ello demostró que “el aumento tarifario podría afectar el acceso de usuarios y consumidores al servicio básico de gas” poniendo “en juego derechos humanos fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional y en los instrumentos internacionales”. Consideró que el Poder Ejecutivo está en condiciones de regular las tarifas de los servicios públicos siempre que resguarde y respete los mecanismos de acceso a la información y participación de la ciudadanía previstos en el artículo 42 de la Constitución y “la protección de intereses económicos y el trato digno y equitativo de los usuarios y consumidores”. Ello supone, en relación con las tarifas de gas, “la realización de una audiencia pública previa” y la determinación de tarifas que sean justas y razonables y que sean respetuosas de “los principios de accesibilidad, gradualidad, coherencia, progresividad y previsibilidad”. Lo que dice la procuradora es que las tarifas del gas deben poder ser pagadas por todos y sin que ello signifique un atentado contra derechos humanos fundamentales.

Las resoluciones 28 y 31 autorizaron al gobierno nacional imponer aumentos sobre el punto de ingreso al sistema de transporte o PIST, el propio transporte y la distribución del gas. Ello significa que en esta cuestión, sostiene Gils Carbó, hubo un radical cambio de paradigma: el anterior sistema en el que el Estado sostenía el abastecimiento y la inversión vía subsidios pretende ser sustituido por otro en el que los usuarios y consumidores se responsabilizan tanto por el abastecimiento como por la inversión. En un informe que elaboró a pedido de la propia Corte, el gobierno nacional reconoce que casi el 40 por ciento de los usuarios sufrirían los efectos de los aumentos del 400 por ciento; y que los usuarios residenciales donde operan las empresas Litoral Gas SA, y las empresas Distribuidora Gas cuyana, Camuzzi gas Pampeana y Camuzzi gas del Sur se verían obligados a afrontar aumentos que tienen un piso del 400 por ciento y un techo del 1200 por ciento. La procuradora agrega que la “incidencia del aumento es, incluso, más severa en el caso de los usuarios de las categorías SGP (pequeños consumos comerciales o industriales) dado que el 100 por ciento debería afrontar aumentos que en promedio superan el 500 por ciento”. Cuando Gils Carbó alude a que el incremento del gas puede afectar derechos humanos básicos, se refiere a que “está involucrada la protección del derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, que comprende alimentación y vivienda adecuados, así como una mejoría continua de las condiciones de existencia. El servicio público domiciliario de gas es un servicio indispensable para la salud y la vida digna, que está expresamente comprendido dentro de la noción de vivienda adecuada, desarrollada por el sistema de protección de derechos humanos”. Respecto al derecho “a trabajar, a comerciar y ejercer toda industria lícita”, expresa la procuradora que “el acceso al servicio básico del gas es indispensable para la continuidad de la actividad económica de los comerciantes, las empresas (en especial las pequeñas y medianas), las fábricas recuperadas y las cooperativas, de las cuales depende en gran medida la conservación de las fuentes de trabajo” (fuente: Irina Hauser: “Un dictamen que avala el freno al tarifazo”, Página 12, 18/8/016).

El gobierno nacional utilizó como argumento frente a la Justicia para tratar de parar el freno al tarifazo que si se da marcha atrás en el incremento de las boletas se perderían los beneficios de la tarifa social. Si la Justicia frena el tarifazo, dice el presidente de la nación, los principales perjudicados serán los sectores más vulnerables de la sociedad. Según Página 12, esa afirmación es falsa para los usuarios del servicio eléctrico, en especial para aquellos usuarios que pertenecen al sector más desprotegido que carece de gas de red y agua corriente. Este sector recibió boletas en las que la suma a abonar se multiplicaba por dos o tres a pesar de estar dentro del régimen de tarifa social. A diferencia de lo que sostiene el gobierno nacional, en el caso de la luz la marcha atrás del tarifazo no haría más que beneficiar a la mayoría de los hogares que están dentro del régimen de tarifa social. Para elaborar la tarifa social en el servicio de electricidad se aplica un cuadro tarifario en virtud del cual el precio de los primeros 150 kilovatios/hora, es decir, 300 kilovatios bimestrales, es igual a cero. Sólo en ese caso se cobra el cargo fijo y la parte de la boleta que corresponde a la distribución y el transporte. Para el consumo que está por arriba de ese mínimo rige el cuadro tarifario normal. Si el usuario redujo el consumo en relación con el mismo período del año anterior, cuenta con una bonificación como “premio”.

¿Cuál es el principal problema de este esquema? Que los hogares consumen por encima del mínimo subsidiado. Un hogar compuesto por el padre, la madre y dos hijos consume promedio un mínimo de 220 kilovatios/hora mensualmente. Para que ello suceda el inmueble debe estar en buenas condiciones. En caso contrario, consumirá más. En base a los datos del ENRE sobre el cuadro tarifario anterior y el actual, y las estructuras de facturación -el precio de generación de electricidad, el cargo por distribución y los impuestos- Página 12 hizo una reconstrucción de la boleta de luz previa al tarifazo y sin el beneficio de la tarifa social y la misma boleta con posterioridad al tarifazo y con el beneficio de la tarifa social. El matutino basó su comparación en la carencia de ahorro energético, que de hecho fue lo que sucedió en esta época del año. Sólo la categoría de usuarios residenciales R1 (la que consume menos) pagó menos ahora que con anterioridad al tarifazo: 40 a 22 pesos. Las otras categorías pagaron más luego del ajuste pese a estar incluido el subsidio por tarifa social. Las categorías R2 y R3 subieron de 55 a 161 pesos bimestrales (193 por ciento) y de 83 a 340 pesos (310 por ciento), respectivamente; la categoría R4 subió de 99 a 432 pesos (336 por ciento); la categoría R5 subió de 116 pesos a 523 pesos (351 por ciento); la categoría R6 subió de 225 a 752 pesos (234 por ciento); y la categoría R7 subió de 457 a 1345 pesos (194 por ciento).

No es cierto, entonces, que el gobierno nacional se preocupe realmente por los más pobres ante la posibilidad de que los supremos rechacen el tarifazo. Pedro Busetti, director de la asociación de defensa de usuarios y consumidores Deuco, realizó un pormenorizado relevamiento en la zona de Cuartel V (partido de Moreno), en donde las familias viven en la Edad Media ya que carecen de gas, agua potable y cloaca. Sólo reciben el servicio eléctrico que brinda Edenor. Una familia de indigentes compuesta por un adulto y tres menores que recibió el beneficio de la tarifa social, recibió una boleta de 630 pesos por un consumo de 1495 kilovatios en el bimestre; en 2015 esa boleta era de 140 pesos. Una familia compuesta por dos adultos y un menor que apenas pueden alimentarse recibió, pese a la tarifa social, una boleta de 802 pesos por un consumo de 1709 kilovatios; en 2015 esa boleta era de 210 pesos sin tarifa social. Un hogar compuesto por dos desocupados recibieron una boleta de 985 pesos a pesar del beneficio social; en 2015 la boleta era de 280 pesos. Estos aumentos tienen su explicación: por encima de los 300 kilovatios bimestrales por los cuales no se paga el costo de generación, los clientes/usuarios deben pagar la tarifa plena (fuente: Javier Lewkowicz: “Tarifa social más tarifazo no es buen negocio”, Página 12, 18/8/016).

Mientras tanto, el presidente de la nación viajó a Mendoza el miércoles 17 para rendirle homenaje al general San Martín. En el majestuoso Cerro de la Gloria, Mauricio Macri dijo que “hay dirigentes que buscan poner todos los días palos en la rueda. Quieren que el país no resuelva problemas de fondo como la inflación y la falta de energía”. Señaló que habrá más obras para las provincias “si Dios quiere que esto continúe por ocho años”. “Estamos empeñados en resolver la otra crisis que recibimos, que sumada a la económica hicieron de esto un escenario de partida muy difícil. La crisis energética, en eso estamos dando los pasos correctos”. “Sin energía no se puede crecer, no hay futuro, no hay más agua”. “Nos llevará cinco o seis años volver a tener la energía que necesitamos”. En un escenario plagado de incertidumbre, hay algo que no admite ningún tipo de duda: el presidente aspira a la reelección. Ya no habla de meses sino de años para resolver los problemas que aquejan al país. ¿Se imagina, estimado lector, ocho años de Mauricio Macri en el poder? Es cierto que los argentinos merecemos ser castigados por todos los zafarranchos que hemos dejado, con nuestro silencio cómplice, que los presidentes de turno cometieran. Pero vernos obligados los argentinos a soportar a Mauricio Macri en la Rosada hasta el año 2023 me parece una represalia excesiva…

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