Fue en Jujuy, en el marco de un juicio por delitos de lesa humanidad.

VERSIÓN TAQUIGRÁFICA DEL TERCER JUICIO POR DELITOS DE LESA HUMANIDAD COMETIDOS EN LA PROVINCIA DE JUJUY

28 de mayo de 2015.-

Horas: 14:49.

Presidencia a cargo del Dr. CARLOS ENRIQUE IGNACIO JIMENEZ MONTILLA y de los Vocales FEDERICO SANTIAGO DIAZ, MARCELO JUAREZ ALMARÁZ y GABRIEL EDUARDO CASAS.

Secretarios:

Dr. MARIANO GARCIA ZAVALIA y Dra. MERCEDES PFISTER.

FISCALÍA:

Fiscal General Subrogante:

Dr. FRANCISCO SANTIAGO SNOPEK.

Fiscal General Ad hoc:

Dr. PABLO MIGUEL PELAZZO.

QUERELLAS:

Por H.I.J.O.S:

Dras.: MARIA ANDREA LUPIAÑEZS y MARÍA JOSÉ CASTILLO

Por RITA EUBLOGIA CORDERO y HUGO JOSE CONDORI:

Dr. NÉSTOR RUARTE.

Por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación:

Dra. MARÍA JOSÉ CASTILLO.

Dra. PAULA ALVAREZ CARRERA.

DEFENSA:

Dra.: MARÍA ESTHER RETONDO.

Dra. MARIA VICTORIA NAGER.

En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil quince, siendo las hs. 14:49, dice:

APERTURA DE AUDIENCIA

PRESIDENTE (CASAS). Buenas tardes.

Están presentes las partes.

SECRETARIO (GARCIA ZAVALIA). Señor presidente, las partes están presentes.

DECLARACION DEL SEÑOR HORACIO DOMINGO MARENGO

Siendo las 15:07 el señor Marengo se acerca al lugar para testigos.

PRESIDENTE (CASAS). Cómo le va.

El señor Marengo asiente afirmativamente con la cabeza.

Tome asiento y a los efectos de la grabación ¿cómo es su nombre completo?

MARENGO. Horacio Domingo Marengo.

PRESIDENTE (CASAS). Muy bien. Va a contestar preguntas o no.

MARENGO. Al final de mi declaración…

PRESIDENTE (CASAS). …al final de su exposición.

MARENGO. Sí.

PRESIDENTE (CASAS). Muy bien. Tiene la palabra en consecuencia. Ya sabe que esto forma parte de su defensa material y no está consecuentemente obligado a decir verdad.

MARENGO. Gracias.

Bien. No hay tiempo que no se acabe ni tiento que no se corte y hoy se termina la etapa de pruebas por eso soy el último en usar la palabra y declarar.

En primer lugar deseo reiterar todo lo declarado en indagatorias anteriores y no voy a leer, solamente algunas cuestiones textuales si hacen falta, y lo importante de esto es que deseo recalcar mi ajenidad absoluta con los hechos que se me han achacado y deseo destacar que hasta este momento no hay prueba, absolutamente ninguna, que en forma directa me incrimine. Cuando habla de pruebas hablo de pruebas testimoniales -que lo voy a tocar- y pruebas documentales, porque si bien esto se inicia con un documento -que también lo voy a analizar brevemente-, ese documento no es más que un elemento indiciario que debió ser el que disparaba una investigación y que no ha sido llevada a cabo a priori de la imputación fiscal que inicia el proceso. Y como voy a leer no totalmente pero voy a necesitar ajustarme al texto.

El 28 de enero del año 2011, o sea que estamos a más de cuatro años y medio, yo escribí, hice una presentación conceptual, porque ya había sido procesado el 15 de noviembre del 2010 por el doctor Olivera Pastor. Esta presentación fue desestimada en su momento e incorporada en autos el 27 de noviembre del año 2013, por lo tanto tiene pleno valor. Me pregunté cómo es que esta infame y absurda causa no fue abortada antes del 14 de septiembre del 2010 y del mismo modo cómo no fue conjurado este ilegítimo proceso mediante los debidos controles por un magistrado eficiente, condescendiente con la justicia. Expuse que me encontraba obnubilado, crispado y contrariado por los lánguidos, pálidos e inconducentes fundamentos con que había sido procesado.

Preguntaba ¿será que el señor Juez no ha asumido la decisión que le cabe y transfiere lo que le es propio del cargo y funciones a la Cámara de Apelaciones Salta? Porque yo, en mi ignorancia, no veía nada más que la instancia superior al Juez que me había procesado. Eso consta, la decisión del Juez, cuando en modo coloquial y desconcertante apela a que -textualmente- se debe evaluar al momento de resolver la libertad o no del imputado, porque yo hasta ese momento interpretaba que era el Juez de Instrucción el que debía resolver por mi desvinculación o por mi envío a juicio. Fjs 870. Y decía textualmente: si eso es un indicio, un millón de indicios no hace a una prueba, como que toda la oscuridad del universo no apaga una vela ni mueve un pelo, porque son de distinta naturaleza lo que es un elemento indiciario a lo que es un elemento probatorio en mi lego entender. Pero lo voy a explicar luego en lo que hace a las actividades de inteligencia que también trabajamos con informaciones y de una información no se puede colegir una conclusión, como que de una mano no sale un aplauso y acá había una sola información para incriminarme.

Dije que estamos ante un absurdo lógico y jurídico, que se había violentado el principio de congruencia, que no se habían aportado pruebas apodícticas y que eran requisitos insoslayables en el plano, en esta instancia procesal, aunque livianamente se emplea una fórmula que en la probabilidad, en el grado exigido, estaría presente. Eso de la probabilidad es cualitativo no es cuantitativo o sea que es una disquisición subjetiva de quien pueda emitir un juicio.

Se percibe estar en un marco contextual jurídicamente envilecido de persecución ideológica y vindicativa, estoy leyendo, nada más distante de la justicia ecuánime. Los actores son traidores a su oficio y otros cobardes en sus responsabilidades. Pero doy una esperanza, digo siempre existe la oportunidad de responder deontológicamente o sea con la ética profesional y enmendar los daños provocados y se comienza por interrumpir el dolo! Doy dos ejemplos que ya los he dado acá recordando este informe que era tener un regalo en la mano y no saber a quien dárselo o un arco con una flecha y no saber dónde está la diana para tirar. ¿Por qué? Porque estaba haciendo alusión que para poder hacer oposición al auto de procesamiento debía tener una prueba en mi contra y resulta que esto es un requisito del Código Procesal Penal de la Nación. La clara, precisa definición del hecho incriminante no del hecho fáctico, porque se puede decir que el día 7 de octubre hubo un traslado y eso no está en discusión. Está en discusión mi conducta -supuesta conducta delictiva- en el lugar de los hechos, antes o durante los hechos no he tenido participación alguna.

Salteo párrafos y digo rogando que la presente sea cabalmente y jurídicamente interpretada y que los aludidos no se hagan los distraídos provea vuestra Señoría que será justicia. Esto lo pedí hace más de cuatro años y medio, cuando ya había iniciado el cumplimiento de esta pena que es una privación ilegítima de la libertad.

Quien aprende a contar se verá obligado a hacerlo por el resto de su existencia, pero no es contar sino el que aprende a hacer algo tendrá que hacerlo por el resto de su existencia y yo aprendí a hacer cosas buenas, el que aprende a hacer cosas malas se ve en la obligación de seguir haciéndolas y es muy difícil que cambie esa conducta. Por eso me opongo y rechazo esa afirmación del Fiscal Batule en la elevación, en el requerimiento de elevación a juicio, donde él interpreta -subjetivamente- que el Teniente Primero ya tenía una inclinación represiva. No sé de dónde alguien puede sacar esa conclusión para aseverarla en un documento público.

Hay cuestiones que son de sentido común, que son de jurisprudencia y son de doctrina, pero el sentido común a cualquiera nos dice que no es necesario estudiar odontología para darnos cuenta que una muela no se saca por la nuca y acá esto viene mal y ha sido planteado desde el 28 de enero del año 2011, apenas 60 días de encontrarme procesado. Ya voy a destacar algunos dichos y errores en que se ha incurrido por la introducción de referencias jurídicas…(se corta el audio por una interferencia)…que atentan contra mi persona.

Yo voy a procurar declarar describiendo y algo explicando y voy a dejar la explicación para el momento de las preguntas -si es que me las formulan-, entendiendo que la precisión de un término hace que se eviten las equivocaciones y más fundamentalmente en el proceso de la comunicación que no se mal interpreten los mensajes, pero en un documento es esencial para evitar que se caiga en la injusticia. Si de un documento común a todos tendría que decir algo, tengo que traer la Constitución Nacional. La Constitución Nacional que es una carta de defensa del ciudadano argentino y no es opcional cumplirla o no, porque la Constitución es una ¡orden! que en estos días está siendo vapuleada, violada y tergiversada a todo nivel político. Al terminar el preámbulo ya los constitucionalistas dicen “ordenamos, establecemos y decretamos esta Constitución para la Nación Argentina”. A mí me ha costado reconocer que estoy dentro de una ficción jurídica, se han venido poniendo torcidos los ladrillos y ahora la pared no se sostiene. Si digo “ficción jurídica” es porque en la Constitución que ordena, que ordena derechos y garantías y la parte orgánica -en su segunda parte- contiene respecto a los derechos humanos que me asisten en el artículo 75º inc. 22) todo lo que indica en concordancia con el artículo 18º y el artículo 19º que este proceso en mi contra nunca debió haberse iniciado y se inicia porque faltó la investigación jurídica previa. Investigación jurídica que mínimamente tendría que haber reunido las pruebas, organizarlas y subsumirla en la ley con la cual se podía calificar el hecho, lo estoy diciendo yo que no soy abogado. Pero entiendo que tomada una prueba o varias pruebas, tengo que estar como quien está con una lamparita de luz buscando donde, en qué portalámparas calza el culote, el portalámparas sería la ley que corresponde y acá se han forzado las leyes. Está forzado desde -como dije antes- el mal empleo de los términos o las malas explicaciones de los términos, donde quien la explica pasa a tomar la bandera del legislador y eso lleva a errores, porque argumentar -interpretando la ley- o cae en un error o cae en una falacia, me estoy dirigiendo lo más objetivamente posible a los hechos, al hecho uno, que ha motivado esta causa en mi contra y estoy viendo dónde han radicado estos errores que hacen que la pared salga torcida. Ese artículo 75º inc. 22) y la Doctrina indica que todo se legisla hacia delante del momento de la sanción de la ley. Yo estoy diciendo cosas no para enseñarles a vuestras Señorías, sino para que sepan que las sé, porque después vienen otras preguntas y están vinculadas a la Ley 24660, lo voy a decir más adelante.

Me pregunto cuál es la ley que el Teniente Primero violó en el año 1976, porque en la imputación fiscal, al finalizar -respecto a mí- dice “…en concurso real atento a la ley vigente al tiempo del hecho…” entendiendo por ley para venir mediante un proceso a estas audiencias Ley Positiva, Ley del Derecho Positivo escrita, cierta, estricta y previa, que son los cuatro requisitos de la Ley Positiva y para poder entrar al Código Penal que es la otra parte del Derecho Penal hay que atender -como dijera el doctor Ricardo Nuñez-, que la Ley Penal es la úni…, perdón, la Ley Positiva es la única fuente del Derecho Penal, qué otra ley está interviniendo en este Derecho Penal, con el cual he sido procesado y hoy juzgado. Desde este origen artificioso cual es el elemento indiciario no investigado o que no disparó, no apestilló la investigación se me ha direccionado hacia una sentencia condenatoria y así ha sido pedido y expuesto públicamente.

Desde el Gobierno Nacional, tres Poderes no el Poder Ejecutivo como gobierno nacional, desde el Gobierno Constitucional se ha violentado y quebrado el principio republicano de gobierno del artículo 1º de la Constitución Nacional, porque el doctor Lorenzetti al presentar su libro sobre Derechos Humanos, creo que fue el 12 de agosto del año 2012 en la Universidad de Buenos Aires dijo que la política de Derechos Humanos había sido concertada por una comisión interpoderes. Si hay una comisión interpoderes que pone de acuerdo los tres Poderes, los tres Poderes pasan a ejercer una dictadura, se quiebra la independencia y el equilibrio de los poderes propios de un régimen republicano, pero entre bambalinas sabemos, sabemos que todo se origina en el año 2003 y se materializa a partir del 25 de mayo del año 2004 en la ESMA, cuando el Presidente Kirchner propagó la idea de iniciar los juicios y que todos los militares vayan a las cárcel, donde se solidarizó con los ideales de montoneros y manifestó ser parte de ese movimiento. Entonces, como dije antes -en otras declaraciones en esta Sala y consta en actas- soy un preso político como muchos que están involucrados en las causas que se ventilan en otros estrados en el país, perdón, en otros estrados en el país. Que hay cuestiones que se salieron de cause, por lo que conozco, recuerdo que vengo de Bouwer, de Córdoba a Jujuy, a Salta y Jujuy, puede haber sido y no deseo el mal a nadie y he superado esa antinomia, ya lo dije no tengo resabios, no tengo rencores y honestamente desearía que todos, cuando lleguen a mi edad estén mejor que yo, no les deseo el mal a nadie. No me anima ninguna revancha y ningún espíritu vengativo y además no tengo por qué hacerlo.

He sido vulnerado en mis derechos que están ordenados, como dije, en la Constitución Nacional y desde la Ley 48, del 14 de septiembre de1863 en lo que se refiere a jueces de primera instancia y leyes sancionadas por el Congreso. Cuál es la ley de Derechos Humanos que al año ‘76 estaba sancionada por el Congreso de la Nación, si recién se sanciona a fines del 2006 sobre -que es la implementación del Estatuto de Roma-, que recién tiene vigencia en nuestro país luego de la ratificación formal del Estado Argentino ante la Secretaría del Estatuto de Roma, que fue el 21 de julio del año 2002. Quiere decir que desde el año 2002 podemos pensar en Lesa Humanidad y Genocidio, vale decir que no me tocan, aún si hubiera participado, pero vuelvo a aclarar. Cuando hablo de haber participado es hipotéticamente para graficar un ejemplo, que lo voy a hacer al final; pero reitero mi ajenidad absoluta, jamás recibí una orden -como ya lo he dicho- y ninguno de los trasladados ese día ha dependido de mí o yo mantuve algún tipo de control sobre ellos, dada mi ausencia en el lugar de los hechos. Es más, he hecho referencia de que había personal militar y de gendarmería adscripto al Penal de Villa Gorriti y los testigos nombran en sus declaraciones testimoniales que estaba presente el Coronel Bulacios, el Comisario Jaig, el Director Singh, el Teniente Braga, quien además había hecho algunos otros traslados y vuelve a hacerlo en noviembre y diciembre del año ‘76 y otro personal penitenciario que podría haber prestado declaraciones, pero evidentemente no fue convocado. Ese personal lo estuve viendo en los audiovisuales de juicios anteriores y nunca dejan entrever y tampoco el Ministerio Público, siendo que esto sucedió en el 2012/2013, sabiendo que yo estaba detenido por estos supuestos hechos, ni siquiera le preguntaron si tenían conocimiento del día del traslado y qué podían agregar. Para poder encadenar la pregunta sin direccionarla, de decirla qué personal militar había asistido de fuera del Penal ese día. Se perdieron la oportunidad, yo no lo sabía, me enteré hace treinta (30) días atrás viendo en esta Sala los audiovisuales; pero -como decía el maestro Carrara en la Escuela Toscana de Derecho- no es culpa del imputado la demora de la acción estatal, sin embargo estoy pagando las culpas de las demoras en las acciones.

Del año 2004 al año 2010 en que fui detenido nunca fui formalmente anoticiado de que hubiera un proceso en mi contra. Me cayó directamente la detención y el sometimiento a este proceso, ni siquiera fui interrogado previamente para que manifestara algo respecto a mi participación, para juntar las puntas de ese escrito en el Libro de guardia con el conocimiento que yo pudiera haber tenido hoy intervención en el hecho. Y como digo siempre, si yo hubiera tenido intervención en el hecho, otro sería mi discurso en este lugar, porque podría estar dando fe y podría estar amparado en otras disposiciones, pero no lo puedo hacer, por no tener conocimiento y no haber participado. Podría recurrir al error invencible de prohibición, si hubiera intervenido.

La única persona, el único magistrado o la única magistrada que -según consta en autos- tomó un ápice de responsabilidad en la investigación fue la doctora Marta Liliana Snopek, que antes de hacer un dictamen o emitir un voto pidió los legajos al Juzgado de Instrucción y luego de estudiarlos emitió su voto. Debo destacarlo. Yo no he eludido responsabilidades pero siempre he hecho aportes a las investigaciones ante los Juzgados de Instrucción, no lo pude hacer en una apelación “in voce” en la Cámara de Salta, porque no me permitieron hablar, estaban presentes los doctores Snopek y Pelazzo como querellantes y nunca me abstuve de responder a cuanta pregunta se me formuló en esta Sala. Reitero que no puedo hablar de lo que no conozco.

Quiero destacar una sensación que he tenido y creo que muchos en el pueblo argentino, en la ciudadanía la han tenido. Cuando se produce la muerte del doctor Nisman y a continuación hubo una amenaza al juez Bonadío, no pude evitar tener una sensación de inseguridad que la tenía en aquellos años ‘70 cuando el terrorismo revolucionario cometía los atentados, los ataques a los cuarteles, los asesinatos indiscriminados y fundamentalmente atacaba a los uniformados, porque era el primer muro que tenían que vencer y estoy describiendo no estoy echando culpas.

Repito no tengo nada qué culpar y sí estoy por la pacificación que debe pasar por el perdón de todo lo ocurrido de ambos lados, porque de lo contrario esa carga queda horadando el corazón -los psicólogos dirían la psiquis-, y esa carga no va a poder sacarse de encima si no hay un perdón y yo no tengo que pedir perdón. ¡Aclaro! No tengo ninguna duda que si el día de mañana, luego de la sentencia, pase lo que pase en la sentencia y cumplida debo caminar por alguna calle lo voy a hacer con toda tranquilidad y reconoceré el rostro de muchos de los que están acá sin resabios, no los tengo. Nunca estuvieron afectados por mis conductas.

Yo pido que el periodismo sea fiel en su oficio de reflejar estas palabras, la función del periodismo en este proceso que se procura llegar de pacificación es esencial, tan esencial es que nos está haciendo llegar datos, por ejemplo, de nivel internacional, que la educación occidental es pecado, según el Grupo Boko Ana (Boko Haram), y por eso matan, por eso destruyen. ¿Cómo se comportaría la justicia Argentina si ese grupo o algún otro yihadista llegaran a actuar territorio adentro del país? ¿Con la Ley de Derechos Humanos?

Yo recuerdo que en aquellos años la Policía Federal y las policías provinciales habían sido superadas por el terrorismo revolucionario y con ello la justicia se vio…, la justicia del Poder Provincial se vio privada de sus auxiliares, por eso transfiere la responsabilidad a las fuerzas armadas, quien actúa sobre la base del Código de Justicia Militar. Estoy haciendo una descripción.

¿Por qué digo esto? Porque en la causa para achacar ilegitimidad se dice cómo pueden haber sido detenidos por el Coronel Bulacios o por la Policía que estaba operacionalmente subordinada a las Fuerzas Armadas sin la presencia de autoridad judicial. Porque habían entregado la jurisdicción, se había entregado la jurisdicción, por eso las imputaciones fiscales, todas, carecen de validez, porque están parcializadas y teñidas por estos errores de no atender cronológicamente el desarrollo histórico de aquella época. Entonces caemos en un relato oficializado, una ficción de la realidad contada con palabras, pero los hechos demuestran otra cosa.

Quiero, quiero referirme a una cuestión metodológica. Cuando hablamos en términos de conceptos, pocos entendemos lo que es el concepto, la noción, la idea de una cosa. Lo voy a decir despacio, todos hablamos de conceptos, por ejemplo decir Ilegítimo o ilegítimamente detenidos o ilegítimamente trasladados, como en alguna oportunidad se ha dicho sobre mí y figura en la causa; porque atribuido el acto del traslado ya de hecho al suscripto, alguien desarrolló un párrafo diciendo: si los trasladados fueron entregados ilegítimamente sin documentación a la Fuerza Aérea para que se los llevara, se los sacara y se los trasladara a La Plata, quien lo entregó al hacerlo de ese modo ilegítimo comete el acto ilegítimo de tenerlos prisioneros o privados de la libertad ilegítimamente. Con lo cual se me atribuyó, doctor Pelazzo es el autor, se me atribuyó la calidad de privador ilegítimo de la libertad de los ‘90.

Entonces tener concepto de algo significa que ese algo está representado en nuestro cerebro, es la representación mental de la cosa. Ahora, si yo tomo este vaso y digo que es un jarro, hay un desajuste entre la realidad y la representación mental de aquel a quien yo le pueda decir “señor, sobre el escritorio hay un jarro”. Eso es lo que pasa con este proceso, por eso dije que es absurdo y que es ficticio y lo reitero. ¿Por qué? Porque si sobre desajustes conceptuales, que pueden ser históricos, pueden ser legales, jurídicos, doctrinarios o jurisprudencia mal aplicada, yo saco conclusiones falsas y ahí caigo en falacias y parece ser que la principal falacia que está presente a lo largo del proceso es la falacia “ad hominem”, o sea estoy acá por un indicio y por ser militar. Ya la alfombra jurídica no alcanza para tapar todo este dislate. Reitero no quiero que lo sepan, no es para que lo sepan sino para que sepan que yo lo sé.

Han concluido los aportes documentales y testimoniales a partir de ahora y no encuentro ninguna prueba en mi disfavor, o sea que no sé contra qué o contra quién hablar. Esto parece un juicio a mano propia con todas las irregularidades que acarrea las cosas mal hechas, valga por caso lo que sucedió en Monte Hermoso donde la gente hizo justicia por mano propia, borrando pruebas, asesinando, quemando comisarías y quemando el pueblo y mató a quien no debía matar y además no tendría por qué hacerlo, porque la justicia no está en sus manos, de ninguna manera. Por eso siempre pido que se me aplique la ley dura, la “dura lex”, la de Marco Tulio Cicerón, la de Ulpiano, la de Justiniano; más de 2000 años de trayectoria jurídica y estos juicios han quebrado esa trayectoria en el ordenamiento jurídico argentino. La verdad esa correspondencia entre el objeto y lo que represento, pero en este caso en lo jurídico, se corrompe tanto con la mentira como con el silencio.

Voy a dar algunos datos personales ahora, que no los había dicho antes y no figuran en la causa.

Primero quiero decir que si antes de mi detención -no sé qué tiempo antes- hubieron escuchas telefónicas sobre mi domicilio me gustaría que se expusieran, a modo de conclusión, no todas sino algo que se hubiera extraído y que me incriminara por estar alertado de alguna manera por este proceso. Jamás! fui anoticiado de los hechos acontecidos el 7 de octubre del ’76 y si hay escuchas telefónicas, ruego que las traigan y la síntesis sea expuesta aunque sea como alegato por la Fiscalía. Un indicio -no prueba-, ¡¡in-dicio!! de que alguna vez alguien me comentó telefónicamente que hubiera existido la posibilidad de estar involucrado en esto.

Desde el año 2003 hasta el año 2009 tengo tres salidas al extranjero y siempre regresé. En el año 2003 estuve aproximadamente un mes en Barcelona y Madrid. En el año 2005 estuve casi tres meses recorriendo Madrid-Inglaterra-Madrid; al norte de Italia Venecia, al sur de Italia Ostuni, la República de San Marino, Alemania y Polonia. Volví a España, estuve en Barcelona, estuve en Madrid y regresé.

En el año 2009, todo esto consta en migraciones, etc. En el año 2009 estuve más de tres meses en la ciudad de Barcelona y siempre regresé. Sin embargo para negarme la excarcelación se adujo siempre dos cuestiones en general, después voy a hablar algún tema de equívocos y temeridades. Se dijo que yo tenía latente la posibilidad de fuga y por otro lado agravada, porque inicialmente se me encuadró en delitos de lesa humanidad, soy un criminal contra la humanidad, aún hipotéticamente -repito- si consideráramos para analizar hipotéticamente que el Teniente Primero hubiera hecho el traslado, en ese traslado tramo terrestre no hubo un solo incidente. Sí, que le pegaron una patada, que los subieron…, que iban vendados escapa al control, pero no es un incidente, no es un incidente para un juicio y una condena, estoy hablando hipotéticamente, hipotéticamente y tengamos en cuenta que no había ley de derechos humanos a las cuales se violentaran, lógico, hipotéticamente el Teniente Primero hubiera sido responsable o cómplice de los que se excedieron en el cumplimiento de la actividad, de la orden -si él hubiera impartido la orden-, pero no estuvo.

Cuando yo hablo de la responsabilidad del Coronel Bulacios no le estoy echando culpas, entiéndase bien, el Coronel Bulacios era un soldado que cumplió con sus obligaciones propias del ejercicio del mando y del Código de Justicia Militar artículo 514º. Reitero que nunca recibí una orden de él respecto al 7 de octubre, pero reconozco que como Jefe de Guarnición, Jefe de Regimiento, Jefe del Área y Gobernador de Jujuy, cumplió con todo responsablemente, con todo lo que se le ordenara en bien de ese servicio que estaba desempeñando. Si alguien fue golpeado, maltratado, etc., es lamentable porque ni siquiera se le debería haber tocado un pelo a nadie. Y así hubiéramos empezado a buscar la pacificación nacional desde entonces, pero lamentablemente los hechos que se presentaron y la guerra que plantearon, voy a leer luego, si me permiten, las frases de los dirigentes de las organizaciones políticas marxistas, la guerra que plantearon era cruel y no era atípica porque no era una guerra convencional, no era una guerra clásica que respondiera a los principios de la guerra, los cuales los voy a nombrar y hubo seguramente impericia -impericia- por parte de las Fuerzas Armadas y fuerzas de seguridad y yo no estoy pidiendo perdón en nombre de ellas, porque no tengo ningún tipo de pertinencia ni es atinente a mí pedir algún tipo de perdón o dar excusas en nombre de la institución. No soy yo, no me corresponde, sería un protagonismo indebido, pero en ciencia política los hechos son como son no como quisiéramos verlos, esto es un vaso y no puedo verlo como que fuera de cristal de Baccarat, porque es vidrio.

Estuve a cargo de un lugar de reunión de prisioneros en Comodoro Rivadavia en el año ’82 durante la guerra o conflicto armado con Gran Bretaña, fui movilizado a un Grupo de Defensa Costera con responsabilidad entre Trelew y Puerto Deseado. Yo me desempeñaba como G2, o sea Jefe de Inteligencia. Durante el mes de abril recibí en el Cuartel del Liceo Militar General Roca, que es donde funcionaba el Comando de esa agrupación, a cinco ingleses provenientes de las Islas Malvinas, cuatro marines y un civil guarda faro. Yo fui el responsable de la planificación, organización y funcionamiento del lugar de detención de prisioneros, lo hice acorde a las leyes internacionales de la guerra y terminado el período de su detención fueron remitidos hacia Uruguay, esto está en los diarios de la época. Nunca hubo una queja contra el gobierno argentino por un maltrato, un abuso o algo ilegítimo que dejara mal parado al Estado Argentino o me hubiera hecho incurrir en algún tipo de delito militar. Quería aclarar esto, para que sepan que el Teniente Primero no sabía nada de lugares de reunión de prisioneros, cómo funcionaban, pero el Capitán Marengo sí y el responsable directo era un Capitán compañero mío que se llamaba Luis Arnaldo Bruno, que por tener muy buen manejo del Inglés, junto con un soldado que también lo tenía, fueron los responsables de ser los traductores de sus necesidades y controles sobre el personal británico.

He dicho entonces que me he ausentado del país, que he conocido y conozco cómo se maneja un lugar de detención de prisioneros y nunca he tenido un problema en mi vida activa ni de retirado a causa de este tipo de actividad.

Como docente en el medio civil, fuera del cuartel soy monotributista y mi estado puede ser consultado a la AFIP. Lo que no puedo aceptar son las difamaciones, tormentos y condena pública que ya lo manifesté antes, está mi foto en la calle aún después del 6 de noviembre de 2014, cuando se empezaron estas audiencias que es condenatorio, son daños y perjuicios que ya he expresado en esta causa. He vivido siempre con dignidad, con honestidad, lealtad y comprendiendo y respetando la ley. Eso no quiere decir que alguna vez no haya tenido una contravención manejando mi auto o pasar un semáforo en rojo, tuve la multa, la pagué, no iba con las luces bajas encendidas cuando salió la modalidad y se impuso, pero esas son cuestiones contravencionales de carácter imperativo, no es una cuestión penal como esta, que tiene otro sustento legal.

Dije que solo la capacidad de perdonar redime el dolor de las víctimas, deudos y de los que estuvimos de este otro lado y ahí trae paz a las almas. Yo vivo en paz y eso cuesta porque hay que tener cuidado para no cometer errores ni con uno mismo ni con la familia propia ni con los otros seres queridos ni con el resto de los ciudadanos y hoy parece que esas normas a causa del mal manejo de la justicia se pierden y estamos cayendo en lo que Émile Durkheim padre del estructural funcionamien…, estructural funcionalismo denomina situación de anomia y habla de las instituciones y dice que cuando los hombres se reúnen con una idea en común surgen las instituciones y se crean las reglas con que se mueven las instituciones. Si esas instituciones que tienen reglas y tienen miembros que se van turnando por generaciones fueran quitados de esas reglas, las reglas incumplidas, desatendidas, se produce la disgregación de la institución. Si en la Argentina no respetamos la Constitución Nacional, que es la primera norma, hay un estado de anomia presente en la sociedad argentina. Si los pueblos originarios, si los inmigrantes… -soy hijo de inmigrante 100%, su SS- y los descendientes de los pueblos originarios son ciudadanos argentinos, si ellos, los inmigrantes no respetaran las normas argentinas estaríamos envenenando de disgregación esta sociedad.

La bandera Wiphala de los pueblos originarios siempre fue y será cobijada por una bandera celeste y blanca con un sol inca sanmartiniano en su centro. Fíjese cómo volvemos, cómo volvemos a los pueblos originarios. Si algo se desatiende, si hay injusticia con ellos no es por la Constitución Nacional y sus leyes, es porque están fallando los hombres que deben respetar esas normas. Si yo voy a hacer política y demagogia con los necesitados el que falla soy yo y a mí me deben caer el peso de las responsabilidades. Me pregunto por qué el Ministerio Público Fiscal se ha metido conmigo comprometiendo legalmente a los trasladados, es una duda que tengo, porque ahora los noventa (90) trasladados están comprometidos conmigo, porque estoy padeciendo esta situación donde debo entender que he sido por ellos denunciado o convocado y han dado su anuencia para que el Ministerio Público Fiscal me procese. Esto será estudiado, sí, será estudiado para no cometer injusticias y no…, jamás haría justicia a mano propia, como sucedió en Monte Hermoso o en algunas otras localidades, voy por lo legal, además no soy yo el que estudia eso, sino un estudio jurídico.

Estamos aquí, merced a una tesis acusatoria, estoy aquí y están para juzgarme, que es lo que se debe corroborar. La corroboración en la ciencias, -ciencia jurídica- es por contrastación o sea poner negro sobre blanco, las pruebas aportadas por la tesis y por la antítesis o sea la acusación, la defensa. Espero de vuestras Señorías que puedan evaluar las pruebas directas y apodícticas que se han aportado, aunque subjetivamente ni materialmente veo prueba que me incrimine en modo directo.

He sido procesado como Teniente Primero en desconocimiento de lo que es la idiosincrasia militar y la vida de la institución. Voy a hacer un paréntesis para referirme a un tema que es la información, porque hace al indicio o elemento indiciario con que se inició esta causa. Una información es un saber o entender sobre un determinado hecho, objeto o persona. Ese saber o entender emanan de una fuente, como si fuera un surgente o está dentro de la fuente. Una fuente de información es un periódico que hay que saber leerlo y nadie hace escuela de leer un periódico o son pocos. Una fuente es concretamente una fuente de informaciones un texto de estudio, de primario, secundario, terciario, universitario, o sea es una fuente de información que tiene un autor responsable. Y venido al caso que nos trae, la fuente donde está el indicio, ese asiento de las 06:30, es el libro de guardia de la Guardia Externa; pero una fuente tiene el valor de tal porque lo vemos con nuestros ojos y un libro de guardia como el del…, donde está asentado el asiento que supuestamente me incrimina es una fuente oficial de pleno valor, tiene una acta de apertura. Sin embargo una fuente puede tener pescados muertos, puede tener el agua podrida y puede tener información no veraz. Y voy a exponer un detalle que les va a sorprender.

Una persona que está hoy en Salta y va a estar mañana también, que la hemos visto por televisión y que escribió un libro, que nos saca todas las dudas de estas cuestiones que estoy diciendo ahora, que se llama “Fue Cuba” y lo escribió Juan Bautista “Tata” Yofre, escribió un libro que se llama “1982”. Pido que tomen nota por favor, porque estoy diciendo objetivamente lo que ese libro tiene erróneamente y me atañe. En la página 440 figura que una Comisión al mando del Contra Almirante Gnavi concurrió a Medio Oriente a hacer gestiones durante el tiempo de guerra, no sé si en Israel pero sí a Libia, estuvo con Arafat y ha hecho otro periplo que no recuerdo. Y entre la Comisión que lo acompaña ¿quién podría haber estado? El Capitán Horacio Marengo. No solamente lo nombra sino que entre paréntesis aclara (Capitán Horacio Domingo Marengo), único Capitán del Ejército Argentino. Capitán del Ejército Argentino en una Comisión de Marinos. Hecha las averiguaciones del caso surge que el Capitán no era Capitán a secas sino que era un Capitán de Fragata Pedro Merengo.

Entonces, como se puede ver un documento -que es una fuente de información- puede tener adentro informaciones erróneas. A eso es lo que voy y lo he querido demostrar con este ejemplo personal, pero adónde voy? Voy a que el asiento de las 06:30 del Libro de Guardia Externa adolece de graves falencias detectables a través del análisis de contenido de esa documentación, que será expuesta por mi defensa técnica pero quería adelantar este aspecto, lo que es una fuente de información y el tipo de información que puede contener.

Por otra parte, estas audiencias evidencian que han comenzado sin la necesaria información probatoria, o sea si un cuerpo fáctico y probatorio de valor y se ha transformado esta Sala en una fuente de información. Aquí se ha venido a pescar, a ver qué se podía sacar para incriminar, para lo cual que hubo preparación externa de los testigos declarantes. Está comprobado. En las audiencias se ha comprobado.

Por otro lado -por otro lado-, no se puede dejar de lado que la mayor cantidad de aportes a estas audiencias en calidad, en cantidad de aportes, en cantidad de horas lo ha hecho la defensa técnica con una simple suma y merituar el valor de las participaciones se puede deducir fácilmente.

Al tiempo de los hechos en la Guarnición Militar Jujuy, el Teniente Primero Marengo en orden invertido de jerarquía estaba ubicado en un número superior a veinticinco (25) oficiales más antiguos que él. No sé si se entiende lo que quiero decir, señor presidente. Quiere decir que entre…, había un (1) General, había tres (3) Coroneles, seis (6) Tenientes Coroneles, seis (6) Mayores, tres (3) Capitanes y Tenientes Primeros más antiguos que él, de donde es imposible asignarle un grado de protagonismo como alto funcionario del Estado como se ha dicho de mí.

Por otro lado, en el Ejército Argentino, el Teniente Primero tenía más de 2500 oficiales por encima de su cabeza. Vale decir que si los pusiéramos ocupando un metro cada uno desde el Teniente General Videla hasta el Teniente Primero Marengo, llenaríamos dos kilómetros y medio (2 ½ Km) de oficiales antes de llegar al Teniente Primero. Por eso yo he pedido que no se fijen en mi jerarquía de Teniente Coronel, porque no tiene nada que ver con el Teniente Primero que quedó suspendido en el tiempo allá en el año ‘76. ¡Dos kilómetros y medio (2 ½ Km) de oficiales puestos unos detrás de otro antes de llegar al Teniente Primero! Creo que soy gráfico en la demostración.

El Ejército Argentino se ha formado con las reglas del honor y la disciplina de Carlos III de España y la función institucional formal la adquirió preponderantemente, aparte de su participación histórica anterior, a partir del año 1901 con la Ley del Servicio Militar Obligatorio, Ley Ricchieri, esta ley respondía a una concepción de Nación en Armas para la defensa, obviamente. Quienes torcieron los carriles y lo llevaron a la política es otro cantar. La misión institucional otorgada por la Constitución Nacional que dice en su Preámbulo “Proveer a la defensa común”; y es una orden -como lo dije al iniciar-, la cumple tomando año tras año a las Clases que debían cumplir el Servicio Militar obligatorio. Y entonces aquí ya estamos hablando de un concepto de proceso y estamos hablando del concepto de seguridad y estamos hablando del concepto de defensa, que si no lo tenemos en común estamos fallando, porque cada uno tiene una idea equivocada. Y cuando yo ingresé y por primera vez me puse un uniforme militar tenía 13 años de edad y nadie me hablaba de política ni la función política de las Fuerzas Armadas, cosa que con los años fui comprendiendo que venía un proceso militar desde el año 1930, donde tanto políticos como civiles, empresarios, etc., vivían de esa situación; pero no es lo que debe ser ni era lo que la Constitución Nacional manda.

Y fui formado militarmente con un lema en el Liceo Militar General Paz, que habla de verdad, justicia y equidad. Las Fuerzas Armadas son para la Defensa, por eso intervinieron cuando la Nación fue atacada por grupos de las características que ya sabemos y que vapulearon a la sociedad argentina. El soldado no decide las guerras, al soldado no le pertenecen las victorias ni las derrotas es la política la que determina las guerras. Si hubieron militares que en algún momento decidieron la guerra, es porque estaban en la más alta conducción de la Nación, que es conducción nacional no conducción militar y desde la conducción nacional ordenaron que el instrumento militar se empleara. El Ejército Argentino siempre fue una escuela de ciudadanía, porque al soldado se lo despedía con esa idea, que constituyeran la reserva para ser movilizada ante un caso de necesidad de la Nación y había toda una estructura de movilización funcionando para ello. Hablando de anomia, hoy ya nadie canta la canción de reservista, ya no se canta la marcha del Deporte y apenas alguna vez se puede escuchar la Canción del Estudiante, algún 21 de Septiembre. Por ahí comienza la anomia.

Nicolás Rodríguez Peña, que vivió entre 1775 y 1813, escribió -hablando de las crueldades y de las resoluciones que hay que adoptar a veces sabiendo que se va a causar daño-, escribió “Vaya con el Cargo, mientras tanto ahí tienen una Patria que no está en compromiso de serlo, que fuimos crueles, la salvamos como creíamos que debíamos salvarla, hubo otros medios, nosotros no los tuvimos ni creíamos que con otros medios fuéramos capaces de hacer lo que hicimos. Arrójennos la culpa al rostro y gocen de los resultados. Nosotros seremos los verdugos y sean ustedes los hombres libres”. Nicolás Rodríguez Peña. Estas Palabras se podrían repetir, cualquier medio de las Fuerzas Armadas y Seguridad que defendieron la Nación contra la ofensiva terrorista, revolucionaria de los años ‘60 y ‘70 y que culminó en un gobierno, del doctor Alfonsín, que era constitucional, en el año 1989 fue el último acto violento de la subversión terrorista. Gorriarán Merlo comandó ese acto, ya había comandado Gorriarán Merlo, el ataque a la Guarnición Militar de Azul en enero del año 1974, por lo cual el General Perón en la Presidencia de la Nación tuvo palabras muy duras respecto a que había que aniquilarlos, que había que perseguirlos y eliminarlos uno a uno por la salud de la Nación.

Eso…, esa era la temática y ese era el modo que se entendía en aquella época. Dañoso, ningún enfrentamiento es incruento todos son crueles, por eso el soldado lo que menos quiere es la Guerra. Por eso dice “si vis pacem, para bellum”, “si quieres la paz, prepárate para la guerra”. ¿Por qué? Para llevar a cabo una acción disuasiva la Presidenta Dilma Rousseff, de Brasil, cuando estaban preparando el Mundial de Fútbol dijo que hacían grandes compras de armamentos no para atacar a nadie -y lo dijo muy objetiva y acertadamente-, sino porque si alguien quiere atacarnos nos va a encontrar en condiciones de defendernos. Y eso no lo escuché en nuestro país, sí escuché jocosamente y demagógicamente referirse a las cámaras de voladuras de un puente diciendo “¡Qué barbaridad! En lugar de seguir construyendo puentes le hacemos cámaras de voladuras para ponerle explosivos y volarlos”. Hay dos razones: una de carácter defensivo y otra que tiene que ver con la seguridad de la población, tiene que ver con Defensa Civil, porque en el caso en que ese puente, ante una inundación hiciera dique y ese dique de agua…, esa contención del agua pusiera en riesgo todo el sector diques arriba se produce la voladura del puente para liberar las aguas.

Entonces, si no conocemos si esto es un vaso de vidrio o es un jarro o es de Cristal de Baccarat no podemos entenderlos en el proceso de la comunicación que tiene que haber entre nosotros. A veces verbales y a veces escrita con una acusación o con una defensa.

SNOPEK. ¿Podemos hacer un cuarto intermedio? No sé si le queda mucho más.

PRESIDENTE (CASAS). Vamos a hacer un cuarto intermedio de diez (10) minutos.

MARENGO. Gracias.

Eran las 16:36.

CUARTO INTERMEDIO

Siendo las 17:14,dice:

PRESIDENTE (CASAS). Muy bien, vamos a dar continuidad a la audiencia. Va a continuar la exposición el señor Marengo. Le digo particularmente a las defensoras que tengan en claro el resto de los imputados, que si quieren expresar argumentos defensivos -materialmente digamos o del punto de vista sustancial- esta es la oportunidad para hacerlo, quiero decir, porque el sentido de las últimas palabras finales antes de la parte resolutiva o veredicto tiene otro sentido o sea ya va a ser muy breve, digamos por razones programáticas y organizativas, está claro?

Asentimiento.

Bueno, muy bien.

Continúe, señor Marengo.

MARENGO. Gracias, señor presidente.

Justamente me iba a referir a eso que durante todo el proceso, cosa que yo no quería hacer, -llegar a juicio- me decían no, porque en el juicio usted va a poder decir todo lo que tenga que decir. Bueno, todo esto no lo voy a decir, es un ayuda memoria de títulos y trataré de ser breve para ir concretamente al proceso y al hecho que se me imputa.

Yo dije en un momento dado, anteriormente, que había noventa (90) personas o sus deudos en problemas y que serían evaluados, pero obviamente es la justicia quien tiene que eventualmente hacerlo. Yo me voy a transformar en un auxiliar de la justicia y si es necesario voy a perseguir personalmente y oficiosamente hasta el Volcán Socompa si es necesario, pero yo voy a ayudar, como lo hago ahora, a que se haga justicia aplicando la ley sin hacerlo yo.

Me voy a referir al marco de contexto que genera la imputación fiscal. Este marco histórico está situado, quiere decir que hay un tiempo y un lugar con un entorno político, económico, militar, social y religioso que estuvo operando sobre toda la sociedad argentina. No importa si uno estaba en su casa o estaba en su trabajo, el entorno, la presión la sentíamos a través de los hechos, a través de lo que veíamos o leíamos y/o a través de las consecuencias que íbamos recibiendo. Lo que digo lo hago desde mis limitaciones personales y sobre todo por la vida carcelaria que llevo desde cuatro (4) años y medio a esta parte. Ya he nombrado y es parte del contexto que hace en general de esto, que ya el ERP había atacado la Guarnición Militar de Azul en enero del año 1974, conoce usted también, previo al ataque al Cuartel del Regimiento 17 de Catamarca, el ataque al Comando de Sanidad el 10 de agosto del ’74, lo de Catamarca fue el 12 de agosto del ’74 y voy a nombrar simplemente, si hay alguna duda me preguntan para no explicar y demorar y demandar tanto tiempo.

Recordemos que en aquella época operaba un movimiento de sacerdotes para el tercer mundo, así lo voy a decir, originado en Concilio Vaticano II y fundado este movimiento en Cuba, a fines del año ’66.

Este marco referencial general muestra raíces ideológicas revolucionarias y su praxis revolucionaria a partir del año 1948, cuando Marx-Engels publica su manifiesto comunista y quiero echar un párrafo de luz sobre esto, que puede ser comprobado perfectamente. A Carlos Marx hay que reconocerle la virtud científica de su obra, cuando en su tesis valedera al tiempo en que se elaboró era totalmente valorada desde el punto de vista científico, o sea no hay que estar contra Karl Marx, hay que estar contra los marxistas que ya es la idea política que parte a partir del, que nace a partir de la intervención de Engels. Porque el error está en haber transformado una teoría científica en un objetivo político. No me voy a extender más, solamente voy a reflexionar que lo que Karl Marx diagnosticaba y pronosticaba en su tesis era aplicable a la sociedad industrial de Londres, y sin embargo se dio en un ambiente de campesinado en Rusia el fenómeno político.

Las ideas socialistas a partir de 1918, se dan a través de las internacionales socialistas, particularmente la cuarta que es la raíz de donde nacen todas las acciones revolucionarias y enraíza en América a partir de 1959 con la Revolución de Fidel Castro en Cuba, donde -otro dato más sobre un personaje- hay un miliciano asesino internacional -que así debe ser llamado- fracasado en lo personal, fracasado en sus operaciones guerrilleras en Angola que es el Che Guevara, lamentablemente de origen argentino. No es un buen ejemplo, sin embargo lo vemos en tatuajes, revistas, carteles etc., todo comprobable, lo que estoy diciendo yo es objetivo no subjetivo.

Pero hay que desmitificar lo que acabo de decir a favor de Marx y su tesis en contra de Ernesto Guevara que tiene monumentos, en contra de los treinta mil (30.000) desaparecidos, en contra de los bebés robados que lo voy a tocar y ya hay bibliografía públicamente que puede ser consultada, está al uso.

Aquí datos importantes que fueron trascendentes, porque hasta hoy está en danza las investigaciones para ver dónde está o cómo terminó el dinero involucrado. Les voy a decir que el hecho fundamental, el secuestro de los hermanos Born, de donde sesenta millones de dólares (U$S 60.000.000) pasaron a ser administrados por Montoneros. Esto ocurrió el 19 de septiembre del año 1974, pleno gobierno constitucional de Estela María Martínez de Perón, porque el 1 de julio había fallecido el General Perón. Rodolfo Quieto condujo el secuestro, Rodolfo Galimberti lo habría planificado, él era el responsable de la columna norte de Montoneros en Buenos Aires, ese dinero sigue financiando a Montoneros en el año 2015, perdón, dije algo gracioso SS?

Desde el público se escuchan risas.

PRESIDENTE (CASAS). Por favor absténganse de manifestaciones al público. (Sin micrófono)

MARENGO. Porque las dudas que caben yo las puedo aclarar en cualquier momento acá o luego de la sentencia. No tengo ningún problema en reconocer si estoy en un error, tampoco tengo esa soberbia, porque creo que todos los días tenemos que estar aprendiendo cuando ya creemos que la sabemos todos, no servimos más. Gracias.

En acta de audiencia consta que he pedido en modo expreso y puntual que se me acercara o se expusieran aquellos puntos incriminantes, se resolvió que se pidiera a través de la Defensa, se hizo y no hemos encontrado nada en todo lo que se nos acercó. Si nos hacen participar de un audio visual, el audio visual es la fuente, pero en una porción del audio visual tendría que haber estado claramente definida la incriminación, porque el audio visual es la fuente y lo que queremos es la información incriminante. Si estoy pidiendo eso y me traen un expediente de doscientos, un cuerpo de doscientas (200) fojas, el cuerpo es la fuente, el folio o los folios determinados son los que contienen la información de interés a la causa. En las indagatorias que se me han hecho creo que ninguna acta consta el horario de inicio y el horario de finalización no sé si es una disposición jurídica y me he olvidado de informarme, pero evidentemente en dos horas que puede durar una indagatoria el declarante no puede tomar conocimiento de cinco expedientes. Sin embargo en la atribución -y antes de hacer uso de la palabra- dice “de lo cual toma conocimiento en este acto” no es exacto y no figurando la hora de cierre del acta, como así tampoco determina la presencia del Juez que es el que valida el acto formal de la indagatoria, sin embargo hay otra frase que firman después del señor Juez y el Juez no estuvo en indagatoria como en el caso del doctor Poviña, en la indagatoria en que yo me abstuve y en la indagatoria, en la declaración indagatoria del 27 de noviembre, se puede consultar.

Se me está achacando crimen de lesa humanidad o delito común, porque este proceso se inició como asociación ilícita, privación ilegítima de la libertad y sometimiento a tormento y cuando ingreso a este juicio ya no hay ni asociación ilícita, no hay derechos humanos, no hay delitos de lesa humanidad, simplemente Horacio Domingo Marengo se le imputa con el agravante del 441, 441 bis, que es funcionario público, o sea que era funcionario público, pero qué era, porque estaba, había estado en el gobierno o porque era militar? Y si era militar, por qué Horacio Marengo y no el Teniente Primero? El Teniente Primero además, a lo largo de su vida que fue cambiando con la jerarquía, los antecedentes penales ¿qué le arrojan al Teniente Primero Marengo a lo largo de su vida? Nada de favorable y está puntualizado en autos y lo he dicho en declaraciones anteriores en estas audiencias. Si la imputación es penal cuál es el delito penal que se me imputa, cuál es la ley penal que tipifica el hecho achacado, es un hecho anti jurídico, típico, culpable, punible, eventualmente. Cuándo y cómo fue cometida, porque no pueden decir por haber trasladado, no! Cuál es la conducta material!? Acá no se demostró, acá no está probado. En qué consistió ese traslado donde intervino el Teniente Primero. Ningún declarante víctima lo ha identificado, lo ha nombrado, lo ubica en el lugar de los hechos, nadie! Tampoco ubica a alguien extraño que podría tener una similitud con la imagen mía puesta en la calle, incluso un testigo, Hugo José Condorí, llevó a cabo un reconocimiento impropio en este lugar y no me reconoció, no me identificó, no me asoció con aquello, consta en actas.

Sobre el marco referencial próximo, este juicio tiene el origen en la reapertura de los juicios que se inician en el año 2004. Seré breve, porque ya lo he mencionado la actitud del Presidente Kirchner en la ESMA el 25 de mayo del año 2004, cosa que se conmemoró este 25 de Mayo, antes de ayer, o antes de antes de ayer, nuevamente. Cómo alguien puede embanderarse en los Derechos Humanos yendo contra los Derechos Humanos, es como comerse los caníbales para que no hayan más caníbales y ahora yo soy el caníbal, es una burda contradicción y una perversa actitud reñida con la Constitución Nacional y las leyes derivadas de ella. Yo espero que esto termine y lo que me toque me toca, señor presidente, porque un soldado está dispuesto a dar la vida a partir de la Jura de la Bandera. Yo la juré a los 16 años en el año 1963 y nadie me ha relevado de ese juramento.

Todo ha sido expuesto en tiempo y forma por esta defensa, tanto en las indagatorias como en las presentaciones impugnativas que se han llevado adelante se hizo uso de cuanta vía recursiva ha estado a nuestra disposición, pero no para entorpecer la causa y demorarla, porque las demoras se producen por otras causas que las puedo puntualizar, pero me voy a extender. Era pidiendo un poco de orden pero esta causa está desordenada desde el comienzo, porque está mal armada por la premura en armar la causa. ¡Está mal armada! Este Tribunal con otros miembros ha esgrimido la palabra que se encuentra desarticulada o desmembrada. No es verdad es falso. Esta causa nunca estuvo armada y se desarticuló, empezó mal y viene peor, porque se desprende esta Causa 290/10, que pasa al TOF como 80/11, de la 428/05, que es la Causa de Bazán. Y como no hubo una investigación previa, que reuniera los elementos probatorios, que los ordenara direccionados hacia el proceso, es lo que tenemos hoy. Todas las gestiones, presentaciones, impugnaciones y vías recursivas contra el abuso de la potestad estatal fueron sistemáticamente denegadas, porque me querían traer a este juicio para que yo dijera lo que tengo que decir, que es lo que estoy haciendo. Hasta me han pedido en forma irónica una justa condena, hay una expectativa de justa condena, yo creía que lo que se pedía era una sentencia justa, salga para un lado o salga para el otro, no, justa condena.

En el proceso, si alguien no entiende algo, por favor anote y al final se lo voy a explicar no porque tengo la verdad sino le voy a explicar lo que yo creo, que puede no ser la verdad, reitero. Lo cierto es que metodológicamente -y lo nombro nada más y lo explicaré después si me preguntan- esta causa no guarda coherencia lógica con el objetivo perseguido y con el origen que la inicia, no hay coherencia lógica y no tiene correspondencia externa. O sea no está sustentada externamente con la historia, con lo legal, etc., etc, e internamente no guarda una correlatividad y un direccionamiento coherente hacia este final. A pesar de que la vehemencia punitiva que se ejerce está presente como está presente la matemática y la física en la música. Todos escuchamos música y no nos damos cuenta que atrás está la matemática y está la física. Bien. Acá estamos viendo un proceso y no estamos reconociendo esa mano invisible de la vehemencia punitiva en mi contra.

Nadie puede dejar de cumplir ni dejar de hacer cumplir las leyes de la República y es lo que yo quiero, conmigo, que se cumpla la ley conmigo y con todos. Con todos los que por omisión o por acción han puesto la firma en esta causa.

Cuando hablamos de un plan sistemático referido a los niños. Quiero, para variar un poco, referirme porque hace al marco de contexto cuando se dice de marco represivos o que fue una persecución indiscriminada contra la población, se entiende población desarmada y eso no ocurrió. Nunca hubo una persecución contra población desarmada o que no fuera contra aquellas organizaciones que sin estar armadas quizás estaban en apoyo logístico o con otros medios de las organizaciones político – marxistas de índole terrorista y revolucionaria. Y yo entiendo que algunos de los trasladados -porque he leído la causa, y porque he estado viendo sus declaraciones y no he faltado nunca- se sorprendieran por no saber por qué estaban, sin embargo el fiscal Batule dice que todos fueron detenidos con actas de detención y dando participación al Coronel Bulacios.

PRESIDENTE (CASAS). Me parece bien… (se produce desperfectos de audio)…, es su defensa material; pero el tema de los bebes tiene que ver con su defensa material?

MARENGO. No, hace al contexto. O sea ese contexto abusivo, represivo, donde hay extralimitaciones del operar de las fuerzas legales, verdad, guardan relación con esto, porque todos dicen los bebes fueron robados durante la dictadura militar del ‘76 al ‘83, pero lo puedo dejar de lado.

PRESIDENTE (CASAS). Como usted quiera.

MARENGO. Voy a leer una sola frase nada más…

PRESIDENTE (CASAS). En definitiva usted sostiene que no hubo secuestros de bebés.

MARENGO. Digo que no son cuatrocientos (400)…

PRESIDENTE (CASAS). …robo y hasta alude a patrimonial, pero…

MARENGO…y no como secuestros sino que las circunstancias de esa guerra planteada han llevado a que bebes fueran entregados a jueces de menores o fueran entregados en orfanatos…

PRESIDENTE (CASAS). En todos los casos a jueces de menores?

MARENGO. No, no puedo decir todos, el que dice todos es un universal afirmativo, yo no puedo hacer un universal afirmativo, si no hago un particular…

PRESIDENTE (CASAS). Dice que lo que correspondiera es entregarlo a los Jueces de Menores.

MARENGO. Perdón. ¡Algunos! ¡Algunos! ¡Algunos! Y esos jueces dispusieron, que son algunos de los que han aparecido ahora, que me alegro mucho que hayan…

PRESIDENTE (CASAS). Bueno, pero si a usted le parece conducente, continúe en el…

MARENGO. Perfecto. Sólo voy a leer una nada más.

DRA. LUPIAÑEZS. Señor presidente 2’ nada más.

PRESIDENTE (CASAS). A ver.

DRA. LUPIAÑEZS. No, que también se intervenga, porque hay cuestiones que también están ofendiendo…, bueno, a cuestiones que ya se vienen dilucidando en distintos juicios en todo el país y está otra vez estereotipando y creando esta cuestión del enemigo, que ya fue bastante utilizado en otra época, justamente para cometer este tipo de crímenes que hoy se juzgan, no. Entonces lo que le pedimos al Tribunal es que ponga un poco de límites, porque no es cuestión de que el imputado que, si bien está ejerciendo su derecho de declarar cuantas veces quiere y qué se yo, pero bueno, esto no se tiene que convertir en algo abusivo, porque estamos todos acá escuchando, no sé… (sonríe)…. O sea tienen que tener límites, o sea estamos pidiendo que ponga el Tribunal límites a la declaración, bueno se trata de escuchar cuatro horas, cinco horas lo que él quiera decir y hay cosas que hasta se pueden interpretar como apología de delito, no, lo que está diciendo.

PRESIDENTE (CASAS). Esta Presidencia difiere con su criterio y considera que el derecho de defensa tiene que ser ejercido con absoluta amplitud mientras no haya palabras procaces o inaceptadas en el diccionario de la Real Academia, digamos, pero es así.

DRA. LUPIAÑEZS. Pero hace un rato hasta…

PRESIDENTE (CASAS). Bueno, este es el sistema de la democracia, digamos.

DRA. LUPIAÑEZS. Pero no tiene que intimidar, por ejemplo, al público, los testigos se ha referido…

PRESIDENTE (CASAS). En este momento, en este momento…

DRA. LUPIAÑEZS. …se ha referido al público y ha dicho que va a reconocer uno a uno a las personas que están asistiendo al juicio. Es todo.

PRESIDENTE (CASAS). Doctora, si hay un pilar en la organización judicial democrática, es respetar el derecho de defensa si no vamos a desvirtuar el sistema.

DRA. LUPIAÑEZS. Pero para los fines del proceso el tono se tiene que intimidar…

PRESIDENTE (CASAS). Esta es la diferencia entre un proceso judicial en el marco de la democracia de un proceso judicial en el marco de un autoritarismo o un totalitarismo. Esta es la diferencia, no hay otra diferencia. Si queremos ejercerla democráticamente a la función judicial esa es la diferencia central, uno, mueren indefensos o son penados indefensos y en los sistemas democráticos se garantiza el ejercicio de la defensa y sobre todos los puntos de vista material. Si algo le da legitimidad a los juicios es la amplitud del derecho de defensa.

DRA. LUPIAÑEZS. Doctor, pero a los fines del proceso no podemos permitir que se intimide a los fines de llegar a la averiguación de la verdad real. Acá se ha referido a la fiscalía, al doctor Pelazzo lo ha mencionado como quince veces a lo largo del juicio, al público también, ha dicho que va a reconocer…

PRESIDENTE (CASAS). Bueno, yo le acepto, si ha tenido la acepción intimidatoria, le pido que le exima de esos ribetes y se abstenga de esas cosas, pero en lo restante…

DRA. LUPIAÑEZS. Eso es lo que estoy pidiendo.

PRESIDENTE (CASAS). Está bien, perfecto.

DRA. LUPIAÑEZS. Ya se ha referido a la prensa, se ha referido al público, se ha referido…

PRESIDENTE (CASAS). Vamos a ser pacientes para escucharlo en su mayor amplitud.

DRA. LUPIAÑEZS. Bien. Eso nada más.

MARENGO. Gracias, señor presidente. No quiero herir susceptibilidad de nadie, lo que digo lo digo objetivamente, porque legalmente cabe. Número uno, no en agresión a nadie.

Segundo de mí el 12 de junio del año ‘14 la doctora María José Castillo dijo “estos juicios que son garantes de los derechos humanos de estos genocidas -porque el artículo estaba referido a mí por las redes sociales y el periódico El Tribuno de Jujuy-, quienes en su momento no respetaron los derechos humanos de las víctimas durante el terrorismo de Estado”. O sea que he sido llamado genocida y que he sido victimario en eso. Agregó la abogada María José Castillo en un artículo donde como suena “Marengo cumplió el tiempo de la prisión preventiva, pero estas causas complejas de lesa humanidad y el retardo de la justicia -como si fuera mi culpa- hace que estos plazos se prorroguen no para violar los derechos humanos de los imputados -pero con perjuicio- sino para garantizar un juicio justo con todas las garantías”. Esto está hecho por el equipo de comunicación y apoyo a los juicios por delitos de lesa humanidad en Jujuy.

Por otro lado, si digo algo no es porque se me antoja o lo siento. Acá en este artículo que acabo de leer, segundo párrafo, Horacio Marengo imputado en la causa por delito humanidad conocido como Vuelo de la Muerte, en el traslado de cien (100) detenidos desaparecidos, varones y mujeres. O sea que también soy responsable de desaparecidos que, no sé…, y eran cien (100) no noventa (90). Tiene expectativa de lograr condenas justas, ya que estamos hablando de torturas, desaparición de personas y privación legítima de la libertad. Esto por Canal 2 el 6 de febrero del 2014.

Estoy hablando con documentos a la mano, voy a hablar un sólo párrafo, donde Ana Testa en montoneros, soldados de Menem, soldados de Duhalde, de Viviana Gorbato; dice Ana Testa: “todavía recuerdo como trasladé materiales debajo de mi panza de ocho meses de embarazo, al mes de parto ya estaba militando de nuevo. La organización sostenía que ante la baja de alguno de nosotros, el hijo debía ser criado por otro compañero”.

Alicia Pierini Defensora del Pueblo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -todo para confirmar-, dice: tener hijos no era una decisión individual, se evaluaba la posibilidad de tener hijos según el momento, porque la militancia era una forma de vida.

Y último, Jorge Rachid. A su vez nos cuenta que cuando son muertos en Mendoza Paco Uriondo (Urondo) y Alicia Raboy, la hija de la pareja, Angelita, de menos de un año de edad, es recuperada por su abuela y traída a Buenos Aires donde fue obligada a entregarla a la conducción de montoneros, porque reclamaban a la nena para la organización. ¿Dónde está esa nena? No sé, no, no sé.

Frases, voy a leer tres nada más de todas estas, que son para comprender el marco histórico. “Tenemos que derrotarlos, no tenemos que olvidar lo que pasó. Si estamos aquí es porque no nos han vencido. Estela de Carlotto”. “El ejército montonero aniquila parte de guerra del 29 de junio del ‘77. Nos equivocamos, debimos matar a López Rega y no a Rucci”. Miguel Bonasso alias “Cogote”, oficial de Montoneros, hoy diputado nacional. “Creo que para lograr la Patria socialista vamos a tener que matar a no menos de un millón (1.000.000) de personas”. Mario Roberto Roby Santucho Comandante del PRT ERP. Tengo 97 frases de estas, señor presidente.

PRESIDENTE (CASAS). Se le agradece que no las lea a todas.

MARENGO. Comprobables, dichas por los mismos jefes de la guerrilla o por autores que han hecho las entrevistas y figuran en los libros.

Respecto a los detenidos trasladados el 7 de octubre, reitero no conocerlos ni haber tenido ningún trato personal con ellos en modo directo o indirecto. Lo que conozco de ellos ha sido a través de autos y del conocimiento del expediente. Los que fueron liberados por las fuerzas legales de entonces sin ser procesados, fue porque se transformaron en colaboradores, se arrepintieron y comprendieron que habían sido engañados por el PRT o por Montoneros o sus fusionados; pero luego han sido oportunista y cambiaron su actitud y postura y fueron por los beneficios del Estado que les otorgaba como presos políticos.

PELAZZO. Perdón su señoría, si me permite. En el mismo sentido ya manifestado por la querella, voy a pedir que se limite al imputado porque está agrediendo a las víctimas testigos en esta causa. Está insinuando, ya insinuó recién con lo que acaba de decir, el posible destino de los bebés apropiados y en este momento acaba de insinuar que hubo algún cobro indebido o algún cobro reclamado por las víctimas en esta causa y en otra al Estado en relación a su situación de haber sido detenidos en la década ‘70. Voy a pedir por favor que se limite al imputado en su declaración, ya que se esta excediendo de lo establecido por el Código Procesal.

PRESIDENTE (CASAS). No ha lugar. Continúe.

MARENGO. Gracias, señor presidente.

Abonando un poquito a contrario sensu, dicen los abogados, en contra de lo que dice el doctor. Yo tengo constancia, si yo tengo constancia habrá otros que tienen otras constancias de desaparecidos aparecidos y de muertos no registrados, que lo voy a decir.

Un señor Carlos Domínguez, vecino de mi barrio, domiciliado en Barrio Yofre, desapareció por muchos años y se lo daba por desaparecido; ignoro si está en los listados, pero hoy está vivo. Carlos Domínguez, tome nota. Un compañero mío del Liceo Militar General Paz, cuyo nombre le puedo dar en privado, estuvo desaparecido y apareció en el año 1975, 85 en México en oportunidad del terrible terremoto que hubo. Hoy, ese compañero mío vive en Brasil. Una persona conocida por todos, la doctora Carmen Argibay, cobró indemnización, dijo ya veré como la devuelvo, una desaparecida aparecida y últimamente -hace pocos días atrás- apareció en la localidad de Taquela (Taquello), a 15 Km de Termas de Río Hondo, una señora de 61 años que se llama Albina González, porque usa el apellido del señor que la crió, pero en realidad su nombre -según manifiesta- es Albina Fernández (Sánchez), esta señora está desaparecida desde el año ’75 ó ’76 en la provincia de Tucumán.

Entonces no podemos hablar de la cifra de los treinta mil (30.000) desaparecidos que quiero que quede bien claro que no es verdad porque lo dice Luis Labraña en el libro “Mentirás tus muertos” de D’Angelo, que está para comprar en cualquier librería, donde él confiesa que ya lo había dicho antes, que los treinta mil (30.000) desaparecidos fue un invento para justificar la percepción de un dinero, de un presupuesto que una organización europea debía aportarle y él se encontraba con Hebe Pastor de Bonafini, iban llevando un número de aproximadamente 3.800 desaparecidos no tendría que haber habido un solo desaparecido, quiero decir de mi parte, pero ellos iban con 3.800 y le dijeron que eran muy poco para justificar la entrega de creo que ciento sesenta mil dólares (U$S160.000) o un millón seiscientos mil dólares (U$S 1.600.000) no quiero mentir y él reconoce que la cifra fue inflada porque había que aumentarla para percibir eso.

Entonces, quiero dejar claro que no es cierto lo de los 30.000 desaparecidos como está crucificada la Argentina de entonces ante la opinión pública internacional y las organizaciones sociales de Derechos Humanos se embanderan en esos 30.000 desaparecidos que no son tales y las organizaciones de madres y abuelas están reclamando por 400 niños, cuando sabemos -y voy a dar quién tiene el dato-, se sabe que había una guardería en México de los niños de quienes venían a operar en la Operación Retorno del año ’79 y que los niños quedaban allá como he leído acá, por eso estaba hablando de los planes relacionados con los niños. Los planes sistemáticos lo hicieron ellos ¡¿para qué?! para cuidar los niños mientras los militantes venían a operar a Argentina. Luego, esa escuela -y está en documentos y revistas públicas como la revista Noticias- que tiene el documento y tiene las declaraciones de mujeres que eran niñitas de 4 y 5 años en aquella época, yo he leído una que vive en Córdoba, no recuerdo el apellido, esos niños fueron a Cuba y ahí está la famosa, se ubicó y funcionó, la famosa guardería de niños de Cuba. Todo el listado, según trascendidos -no estoy afirmando- estarían en poder del periodista Horacio Verbitsky alias “El Perro”, oficial de inteligencia de la subversión de Montoneros. Lo digo con todas las letras, porque así debe ser dicho y si yo lo oculto sería un hipócrita. Los orientales definen la honestidad de esta manera “es caminar por la vida como si diez pares de ojos te estuvieran mirando” y yo quiero ser honesto y quiero que diez pares de ojos me estén mirando permanentemente. Debemos indignarnos ante la corrupción.

Me he referido al análisis de contenido del asiento de las 6:30 y por razones de brevedad mi defensa técnica lo va a hacer en extenso, solamente quiero que retengan el concepto de fuente que es ese libro y la información que está contaminada. Contaminada intrínsecamente por lo mal redactada, incompleta, in circunstanciada, poco clara, mala letra, equivocada en el llenado de las columnas, equivocado en las columnas, en la designación de las columnas formales de un libro oficial y externamente le quita validez porque se constituyó en el árbol del fruto envenenado donde todos fueron a abrevar y sacaron informes y sacaron informaciones siempre del mismo asiento, pero nadie lo investigó no se tomó ningún recaudo para preservarlo. Abogados, jefes del Regimiento 20, jefes de Policía de la Provincia, Directores del Penal de Gorriti, todos sacaron informes de ahí, pero nadie lo analizó, todos veían lo que ven, lo que ven hoy la fotocopia en el expediente que está mal confeccionada -desde el punto de vista militar- porque lo primero que se asienta, en ese caso, es el nombre del responsable, soy breve, tendría que haber dicho “se presenta el Teniente Primero con tanto personal, tantos vehículos para tal cosa, a fin de…, tal otra” no lo dice! No lo relata ni tan escueto y concreto como yo lo digo y le faltan datos y no se corrobora ni guarda relación conceptual -por aquello de la representación menta-l ni cronológica con el segundo asiento que es el de las 8:40 que habla de un Operativo Ejército que dice que “se da por finalizado y retorna el personal que ha participado”. Entonces volvió el Teniente Primero Marengo con su gente? personal militar, policial y de Gendarmería y no salió más? tampoco!? Ya el primero dice que no salió, porque tiene el horario de las 6:30 y no tiene el horario de salida. Esto no se resuelve con deducciones, sino con pruebas.

El análisis de contenido del informe de calificaciones de mi legajo personal indica que desde el 13 de julio a renglón siguiente, figura el 15 de octubre marcha a la zona de operaciones. No hay comisión y si no hay comisión, el Teniente Primero Marengo estuvo en el cuartel y está corroborado por el informe que no lo voy a analizar por tiempo, pero queda para que mi defensa técnica, si es necesario, si lo reclama en el alegato la presentación de la Fiscalía se va a explicar. El doctor Olivera Pastor pidió el día… y lo incorpora el 29 de octubre al informe que le envía el Estado Mayor General del Ejército, donde vuelve a reiterarse que el Teniente Primero Marengo cumplía, prestaba servicio en el Rim 20, el 7 de octubre de 1976.

Mi legajo personal amerita total valor de prueba en juicio porque fue incorporado por el Fiscal Batule y así fue evaluado y por el doctor Olivera Pastor o sea que solamente en todo el expediente hay dos pruebas directas documentales aceptadas procesalmente. Un proceso que hasta muestra irregularidades en el parte diario del Penal del 7 de octubre del ’76 porque ha sido adulterado, está sobre escrito con una máquina, con otro tipo de tipo, con otra clase de tipo, que responde a una máquina de escribir más nueva, el parte fue confeccionado con una máquina que tiene letras borrosas al golpe.

El día 25 de julio del año 2011 tuve, doctor Pelazzo y doctor Ruarte estuvieron presentes, una apelación “in voce”, en esa apelación el doctor Fiscal José Pérez coincidió con mi defensa técnica que este proceso estaba incompleto y confeccionado defectuosamente, nada se subsanó respecto a esos datos.

Este proceso se inicia con un hecho militar en un contexto próximo y un ámbito referencial político militar que era el gobierno de facto, perdón, reitero, rectifico el gobierno constitucional luego continuado con el de facto, pero en estado de sitio lo cual agrava sensiblemente la situación del personal militar. Los responsables al más alto nivel -cúpulas militares- ya fueron procesados y sentenciados en la Causa 13 y esto me ha creado derechos que al día de hoy me asisten. Del mismo modo las leyes de Obediencia Debida y Punto Final me asisten con su ultra actividad y ninguna disposición puede ir en contra de la Constitución Nacional, es más, al derogarlas se quita el sustento jurídico del mismo juicio a las juntas militares. Ya he dicho que Helvetius y Jeremías Bentham al hablar en su teoría finalista de las instituciones y sus miembros dicen claramente no se pueden culpar a los miembros de una institución por los errores de la institución. Claus Roxin, expresa en los modos de la intervención del delito -Estado de la Cuestión- que los delitos, el injusto atribuido debe ser claramente atribuido, incluso al final de este tratado habla de la necesidad luego de hablar del caso del destornillador, de la sopa envenenada, del panecillo envenenado y de sus colaboradores que no tienen por qué ser responsables de que él no contribuya al fisco como debe, dice lo cierto es que esta teoría debe ser actualizada, lo dice el propio Claus Roxin, quien se había sentido contrariado cuando su teoría fue utilizada para la condena y ejecución en Ramia en el año 1962 de Eichmann, Adolf Eichmann capturado bajo nuestras narices en Buenos Aires, hablo de nuestras narices argentinas que se lo llevaron a Uruguay y luego a enjuiciarlo, él se sintió contrariado por la defectuosa aplicación de su doctrina, en este caso Eichmann.

Tildo de premeditación y alevosía este proceso en mi contra. Premeditación porque fue pensado y preparado durante 34 años y fundamentalmente a partir de 1889 cuando falló el ataque al Regimiento 3 de Infantería y los terroristas variaron la lucha armada empleando la Teoría de Gramsci, Antonio Gramsci y entonces operaron a través de los medios de comunicaciones, el dominio de los medios de comunicaciones y a través de la educación a partir del año 1989. Esa es la premeditación y alevosía porque me quitaron todo respaldo legal institucional y me clavan en este lugar.

Hay un cuentito, dicen que el Ku Klux Klan había tomado a un negro, lo había atado a un árbol y le daba de patadas y trompadas sin poder defenderse ni mover una mano -como cuando me quitaron todas las leyes, respaldo, respaldo institucional apoyo de todo tipo-, en un momento dado uno resbala en una piedra y cae con la cabeza cerca de la cara del negro y el negro le muerde la oreja -como Tyson-, le muerde la oreja, el resto le gritaba “negro de porquería peleá como un hombre!” me están pidiendo que yo pelee de otra manera porque esta es la incorrecta? No. Esta es la manera de presentar las cosas que hace cuatro (4) años y medio me vienen diciendo que tengo que ejercer el derecho a la defensa. Hay un grupo Boko Haram que está operando en África y el que no piensa como él o no cree en lo que él cree lo ejecutan. Qué tiene que ver con esto? Es la misma mentalidad fascista que nos está impulsando a estos juicios. Lo que no me gusta, lo que no quiero, lo que no comprendo o lo que no me conviene lo dejo de lado o lo destruyo. Por eso dije que se ha tomado la actitud de comerse a los caníbales para que no haya caníbales, eso es la base de la teoría Nazi-fascista y se están empleando las técnicas de propaganda de Goebbels, se pueden consultar en Internet para ganar tiempo. Entre ellas está el recurso de victimizarse, desprestigiar al otro, etc.

Errores y omisiones que he observado, carece de coherencia interna y correspondencia externa, desatiende el contexto histórico y legal de la época, se tergiversan las entidades de los protagonistas, los que defendieron son victimarios y los que atacaron son víctimas, se violan principios lógicos, metodológicos propios de la investigación ya lo dije que denota vehemencia punitiva y es a ultranza, a veces parecen las respuestas hipócritas, irónicas…

SNOPEK. Todo eso ya lo había dicho.

MARENGO. Sí, exacto, estoy haciendo un resumen, porque es una cuestión…

El señor presidente Casas interrumpe al orador. Habla fuera de micrófono.

MARENGO. Bien. Salteamos unos apuntes y no voy a ir a los detalles de muchas gestiones, presentaciones con sus contestaciones porque ya dije que siempre fueron denegatorias.

No voy a hablar pero quiero que se entienda sobre la terminología equívoca que se ha empleado, por ejemplo, terminología periodística o policial, tiroteo, por entrar en combate, transmitir una orden, cuando las órdenes no se transmiten a menos que sea un radio operador, las órdenes no se transmiten se imparten y es terminología específica militar, que si no la comprendemos erramos en la conceptualización. La prisión preventiva me ha perjudicado y me sigue perjudicando enormemente, porque se me ató al muro de los Derechos Humanos-Lesa Humanidad-Genocidio, lo cual es agraviante, ofende y crispa. No sé si hay algo más que deba agregar sobre los medios de prueba pero no hay nada probado.

En una contestación, en una resolución a una presentación se me tildó de estar dilatando el juicio, tener miedo al estrépito foris y procurar negar un juicio que el pueblo de Jujuy se merece. Espero estar dando dignas muestras de lo que el pueblo jujeño merece como aclaración en lo que a mí respecta y me atañe de mi participación en este hecho.

Había dicho que se usó equívoca referencia jurídica, porque cuando se me niega la excarcelación por primera vez se emplea un voto en disidencia del doctor Eduardo Riggi, el fiscal lo emplea y dice “por la conducta evidenciada a partir del momento de los hechos que motivan la presente causa”, primer punto. Por la conducta evidenciada y yo dije ¿qué hice desde el año ‘76 hasta el 2010, que me detienen? ¿Cuál es la conducta evidenciada?

Segundo, por la capacidad de destruir pruebas o influir sobre testigos o alterar el proceso. Si no conozco a nadie, no tengo nada que ver, mis antecedentes no dicen eso.

Tercero. Por la conmoción social que podría provocar.

SNOPEK. Solicito que se lo vuelva a llamar orden, está hablando sobre una incidencia que no hace a su defensa material (habla sin micrófono)…

MARENGO. Exactamente. Bien, eso…

PRESIDENTE (CASAS). Qué relevancia tiene lo que hay, le digo… Yo le exhorto una cosa que tratemos de ir cerrando, digamos, y lo exhorto a que no se quede tanto en el expediente porque la verdad es que lo que menos vamos a valorar va a ser el expediente no.

MARENGO. Perfecto.

PRESIDENTE (CASAS). Así que téngalo bien en claro.

MARENGO. Como no.

PRESIDENTE (CASAS). Esta es una audiencia oral…

MARENGO. Exacto.

PRESIDENTE (CASAS). Si va a hablar siete horas sobre lo mismo…

MARENGO. Por eso quería traerla ahora oralmente…

PRESIDENTE (CASAS). Gracias a Dios estamos por hacer desaparecer los expedientes.

MARENGO. Bien.

PRESIDENTE (CASAS). Esa es la reforma procesal.

MARENGO. Perfecto.

Doctor, lo que yo quiero decir es que son las cuestiones que se me han negado en el proceso, porque a raíz de eso no solamente decidió en disfavor el juez si no que también la Cámara de Apelaciones de Salta atribuyendo directamente estas conductas, este posible comportamiento y la gravedad de provocar conmoción social me lo hace valer como si realmente ya hubiera sido de alguna manera puesto en evidencia en mi contra. La Cámara Federal de Apelaciones – Salta.

Y además, otra cuestión. Entiendo que todos mis dichos en esta Sala deben ser valorados a posteriori de la sentencia que el Tribunal indefectiblemente, procesalmente tiene que dictar. Estoy aprovechando, exponiéndoles a sus señorías lo que realmente me ha pasado en el proceso. La etapa de alegatos, sin dudas será un examen, un examen donde la veracidad de las pruebas y la contrastación de las pruebas para verificar la verdad van a ser crucial.

Quiero terminar exponiendo algunos puntos que considero esenciales. Primero que sobre mi cabeza pesa una condena social más fuerte que la judicial encontrándome en estado de inocencia desde el punto de vista constitucional. Todas las indagatorias han sido en forma incircunstanciada y sin el aporte de pruebas directas, cosa reñida con el Código Procesal Penal de la Nación. Las fuerzas que actuaron en aquella época no eran milicias eran instituciones de la Nación fijadas por la Constitución Nacional, no se puede decir -como dijo una querellante- que el Ejército Argentino invadió el país. Si aquí ha habido un falso de un delito falsamente atribuido, debe ser investigado por la Justicia por los daños causados y es un delito perseguible de oficio, sin legalidad no va a haber justicia. Cómo se puede enmendar luego esta difamación que vengo padeciendo.

Si al encartado se le aplicara una pena mediante una sentencia condenatoria ¿cuál sería la finalidad? Entonces vamos a la 24.660 en el artículo 1º que dice que el penado debe comprender la ley y respetarla. Primero ¿cuál ley? ¿Cuál ley fue incumplida, violada por el Teniente Primero Marengo? Dice que de esa manera se produce la resocialización y la reinserción. ¿Cuándo estuve fuera de eso que no fuera a partir del 5 de octubre del 2010? La sociedad me ha segregado, estamos viendo la incoherencia y la no correspondencia del proceso.

Si el Teniente Primero incurrió en un disvalor jurídico, por el contrario cuál es el valor que hubiera correspondido. Reitero, si el Teniente Primero cometió o incurrió en un disvalor jurídico vamos al contrario, vamos por el absurdo. Díganme en los alegatos cuál hubiera sido la conducta valiosa y no la disvaliosa que se le achaca al Teniente Primero. Hay sospecha de malicia porque quienes desempeñan cargos lo hacen por capacitación y por una designación formal y no se puede suprimir descuidos o estulticia. Todo el injusto en mi contra ha sido cometido a sabiendas. Y ese a sabiendas transforma todo esto en un quehacer delictivo por acción o por omisión. No acuso a nadie, pero el que lo hizo debe responder. Todo lo que he dicho -quizás- en forma vehemente no vaya a creer su señoría que estoy pidiendo perdón por algo. Yo creo que acá hay un injusto que está consumado, que a partir de la sentencia debe ser investigado.

Finalmente, para el hipotético e insostenible caso en que el modo inconexo y excéntricamente se resolviera en mi disfavor en la sentencia, en desatención a la ajenidad que he planteado, pido que se someta la causa a la prueba de lo absurdo, como el Teorema de Pitágoras y por el Método del Falsacionismo de Karl Popper, aunque bastaría tratar de subsumir los hechos a la ley penal para que la sentencia condenatoria resultara inviable e impracticable, además del principio del error de prohibición invencible y el artículo 514º del Código de Justicia Militar.

Creo que sería necesario, con el respeto a la Constitución Nacional y desde la ajenidad y la neutralidad de vuestras señorías y las pruebas directas aportadas para lograr la justicia que todos queremos, los que están sentados en cada lugar de esta Sala estamos pidiendo justicia. Nada más, señor presidente.

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