Por Hugo López Carribero.-

La Justicia de Formosa dio a conocer una decisión, socialmente aceptable pero jurídicamente dudosa.

Se condenó a 16 años de prisión a un conductor por el homicidio de dos personas, en el marco del dolo eventual, al interpretar el imputado pudo representarse acabadamente la posibilidad cierta de matar, y sin embargo continuó con su conducta antisocial y antirreglamentaria.

El caso lo resolvió, recientemente y promete un giro en la política judicial de la provincia.

Allí, el procesado fue considerado responsable de homicidio simple con dolo eventual.

Paralelamente a la sustanciación de la prueba, se acreditó que según el informe de laboratorio tres horas después del choque el condenado tenía un nivel de alcohol en sangre de 2,7 g/l.

En este sentido la Cámara Segunda en lo Criminal de Formosa condenó a un hombre a la pena de 16 años de prisión efectiva por el homicidio de dos personas luego de atropellar con una camioneta el automóvil en el que viajaban las víctimas. La sentencia recayó sobre Ulberto Colman.

El tribunal que encabezó el juicio oral estuvo integrado por los jueces María Nicora Buryaile, Ricardo Fabián Rojas y Ramón Alberto Sala (subrogante).

Los jueces afirmaron que “de haberse desplazado manteniendo la distancia precautoria con el vehículo que lo precedía con la marcha a la velocidad reglamentaria (40km/h) el impacto hubiera sido evitable”.

El siniestro vial ocurrió el 18 de agosto de 2013, sobre la ruta 11, a la altura del barrio Nueva Pompeya, a pocos kilómetros al sur de la capital formoseña, cuando la camioneta, que Colman conducía en estado de ebriedad, atropelló de atrás y arrastró más de 70 metros al Fiat Uno conducido por Sergio Velázquez, quien junto a Viviana Yolanda Sanabria, fallecieron en el acto producto del impacto. Junto a Velázquez y Sanabria viajaban Rosalinda Velozo Irala y Lucas García Jacobo, quienes también resultaron con heridas de consideración.

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