Por Luis Américo Illuminati.-
«Non cobardes y viles criaturas, que un solo caballero es el que os acomete. Levantóse en esto un poco de viento, y las grandes aspas comenzaron a moverse, lo cual visto por don Quijote, dijo: -Pues aunque mováis más brazos que los del gigante Briareo, me lo habéis de pagar. Y diciendo esto Don Quijote, encomendándose de todo corazón a su señora Dulcinea, pidiéndole que en tal trance le socorriese, bien cubierto de su rodela, con la lanza en el ristre, arremetió a todo el galope de Rocinante y embistió con el primero molino que estaba delante; y dándole una lanzada en el aspa, la volvió el viento con tanta furia, que hizo la lanza pedazos, llevándose tras sí al caballo y al caballero, que fue rodando muy maltrecho por el campo…» (El Ingenioso hidalgo Don Quijote de la Mancha, primera parte, Cap. VIII).
La loca aventura de Don Quijote arremetiendo contra los molinos de viento se parece a los objetivos de la Ley de (in) Seguridad Interior Nro. 24.059 y sus modificaciones, confunde gigantes con molinos. Véase el plexo normativo de la misma, sancionada en 1991, el cual a todas luces ha quedado totalmente desactualizado frente al gravísimo problema del narcotráfico, un flagelo mundial, un delito global que traspasa las fronteras de nuestro país. Habla de la «seguridad interior» como algo abstracto e irreal y permite disponer de las Fuerzas Armadas en forma limitada, acotada y bajo fórmulas alambicadas, que es lo mismo que no usarlas. Es un círculo vicioso, un extraño laberinto, un lecho de Procusto, un burócrata (un inútil y pesado leviatán) que confunde molinos de viento con gigantes, los cuales se ocultan en palacios cuidados por un ejército de esbirros y sicarios. Si el presidente Milei se decide a modificarla, hay que respaldarlo.
La Ley 24.059 es un dispositivo totalmente inadecuado para los tiempos que corren, además de adolecer de definiciones tautológicas. El punto de partida y la meta son la misma cosa. Un ejemplo de flagrante contradicción es el Artículo 28, que dice: «Todo atentado en tiempo de paz a la jurisdicción militar, independientemente de poner en forma primordial en peligro la aptitud defensiva de la Nación, constituye asimismo una vulneración a la seguridad interior». Para comprender este artículo, habría que recurrir a las hermenéuticas de Dilthey, Gadamer, Paul Ricoeurt, Aristóteles, Habermas, Vattimo, Richard Rorty o Humberto Eco. Pues no se entiende bien qué cosa es para los legisladores «atentado a la jurisdicción militar» y qué se entiende por «vulneración de la seguridad interior». ¿Quiénes serían los potenciales agentes vulneradores? ¿Qué diría Cicerón de estas fórmulas legales tan incompletas? Seguridad Interior es hoy en día un concepto muy amplio. En «tiempos de paz», nuestro país ha soportado todo tipo de atentados, crímenes, y vulneraciones «ad nauseam» al sistema republicano de gobierno. Cuando las papas queman, son los militares a quienes se culpa de todo y son quienes tienen que pagar cuentas ajenas, circunstancia que la experiencia de la historia lo ha demostrado. Y resulta que a la postre los vulneradores son las «víctimas».
El «estado de necesidad» es una indiscutible «causa de justificación» que obliga a todo gobierno constitucional a disponer de las Fuerzas Armadas para reprimir a las bandas narcoterroristas. Dilatar el problema para mantener el Ejército ocupado en menesteres menores en base a prejuicios, pretextos y sofistería legal es algo más que una vulneración o atentado, es dejar inerme a la sociedad frente al ejército irregular de criminales y asesinos de adentro y de afuera de la Argentina. Existe un Estado Narco que amenaza la vida de todos los argentinos.
Hoy día es descabellado pensar que las FF.AA. puedan repetir un golpe de estado como en 1976. Son muchos los países del mundo que confían en sus Fuerzas Armadas y las consideran sumamente necesarias en la lucha contra el narcotráfico. Pasa que los viejos rencores y temores de los «jóvenes idealistas» (Montoneros) que desafiaron a Perón en Ezeiza y que fueron derrotados por las FF.AA. por orden del mismo Perón, aún perduran, ya que no quieren reconocer que la generación de los militares de hoy en día no son los mismos. Habría que incluir en esta ímproba lucha a los Veteranos de Guerra, que no son unos parias sino hombres que se jugaron por su patria.
Texto vigente
ARTICULO 1º — La presente ley establece las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema de planificación, coordinación, control y apoyo del esfuerzo nacional de policía tendiente a garantizar la seguridad interior.
ARTICULO 2º — A los fines de la presente ley se define como seguridad interior a la situación de hecho basada en el derecho en la cual se encuentran resguardadas la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la Constitución Nacional.
ARTICULO 3º — La seguridad interior implica el empleo de los elementos humanos y materiales de todas las fuerzas policiales y de seguridad de la Nación a fin de alcanzar los objetivos del artículo 2º.
ARTICULO 4º — La seguridad interior tiene como ámbito espacial el territorio de la República Argentina, sus aguas jurisdiccionales y su espacio aéreo.
ARTICULO 5º — La seguridad interior, de conformidad con los principios derivados de la organización constitucional, se encuentra reglada mediante leyes nacionales y provinciales referidas a la materia, con vigencia en cada jurisdicción y por la presente ley, que tendrá carácter de convenio, en cuanto a la acción coordinada interjurisdiccional con aquellas provincias que adhieran a la misma.
ARTICULO 27. — En particular el Ministerio de Defensa dispondrá en caso de requerimiento del Comité de Crisis- que las fuerzas armadas apoyen las operaciones de seguridad interior mediante la afectación a solicitud del mismo, de sus servicios de arsenales, intendencia, sanidad, veterinaria, construcciones y transporte, así como de elementos de ingenieros y comunicaciones, para lo cual se contará en forma permanente con un representante del Estado Mayor Conjunto en el Centro de Planeamiento y Control de la Subsecretaría de Seguridad Interior.
ARTICULO 28. — Todo atentado en tiempo de paz a la jurisdicción militar, independientemente de poner en forma primordial en peligro la aptitud defensiva de la Nación, constituye asimismo una vulneración a la seguridad interior.
ARTICULO 29. — En los casos previstos en el artículo 28 constituye una obligación primaria de la autoridad militar la preservación de la fuerza armada y el restablecimiento del orden dentro de la aludida jurisdicción, de conformidad con las disposiciones legales vigentes en la materia.
ARTICULO 30. — Para los supuestos del artículo 28, en cuanto a los aspectos relativos a la seguridad interior, el Consejo de Defensa Nacional creado por la ley 23.554 y el Consejo de Seguridad Interior establecerán la adecuada coordinación del apoyo que las fuerzas de seguridad y policiales pueden brindar en esas circunstancias en lo atinente a la preservación del orden en el ámbito territorial militar.
ARTICULO 31. — Sin perjuicio del apoyo establecido en el artículo 27, las fuerzas armadas serán empleadas en el restablecimiento de la seguridad interior dentro del territorio nacional, en aquellos casos excepcionales en que el sistema de seguridad interior descrito en esta ley resulte insuficiente a criterio del Presidente de la Nación para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el artículo 2º.
ARTICULO 32. — A los efectos del artículo anterior el Presidente de la Nación, en uso de las atribuciones contenidas en el artículo 86, inciso 17 de la Constitución Nacional, dispondrá el empleo de elementos de combate de las fuerzas armadas para el restablecimiento de la normal situación de seguridad interior, previa declaración del estado de sitio.
En los supuestos excepcionales precedentemente aludidos, el empleo de las fuerzas armadas se ajustará, además, a las siguientes normas:
a) La conducción de las fuerzas armadas, de seguridad y policiales nacionales y provinciales queda a cargo del Presidente de la Nación asesorado por los comités de crisis de esta ley y la 23.554;
b) Se designará un comandante operacional de las fuerzas armadas y se subordinarán al mismo todas las demás fuerzas de seguridad y policiales exclusivamente en el ámbito territorial definido para dicho comando;
c) Tratándose la referida en el presente artículo de una forma excepcional de empleo, que será desarrollada únicamente en situaciones de extrema gravedad, la misma no incidirá en la doctrina, organización, equipamiento y capacitación de las fuerzas armadas, las que mantendrán las características derivadas de la aplicación de la ley 23.554.
Conclusión
En definitiva, a lo dicho al comienzo, comparto además el texto del Sr. Jorge Tisi Baña (coronel retirado del Ejército Argentino). De mi parte, digo que urge sancionar una nueva Ley de Seguridad Interior, la actual favorece la droga y a los criminales. No hacerlo es hacer la vista gorda y dejar que el narcoterrorismo se enseñoree y enerve el poder del Estado a su mínima expresión. Para erradicar definitivamente esta «plaga egipcia» se necesita una generación como la de los patriotas de la Revolución de Mayo. Los soldados y veteranos que lucharon en el Operativo Independencia y en la Gesta de Malvinas tienen el valor y la convicción suficiente para hacerlo. Digamos no al lecho de Procusto que es la actual Ley 24.059 -norma invertebrada-, sancionada por una casta corrupta que hace 20 años que traiciona el mandato y deber constitucional de proteger y defender los intereses argentinos. Creemos que Javier Milei va en esa dirección.
Dice Jorge Tisi Baña en su muro, con cuyos argumentos coincido.
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14/03/2024 a las 2:06 AM
«Todo atentado en tiempo de paz a la jurisdicción militar, independientemente de poner en forma primordial en peligro la aptitud defensiva de la Nación, constituye asimismo una vulneración a la seguridad interior». Esto fue agregado por la experiencia de La Tablada. Pero yendo al punto de usar las FF. AA. en la Lucha contra el Narcotráfico, es irresponsable y con consecuencias impredecibles. No fueron creadas para tales menesteres ni estan capacitadas para esas Operaciones, que generalmente ocurren en el ejido urbano, como si Gendarmería y Prefectura en sus ámbitos de Operaciones, Fronteras Terrestres y Litoral Marítimo y Ríos Interiores.
14/03/2024 a las 2:35 AM
Coincido con el autor de la nota respecto del art. 28: Todo atentado en tiempo de paz a la jurisdicción militar, independientemente de poner en forma primordial en peligro la aptitud defensiva de la Nación, constituye asimismo una vulneración a la seguridad interior». Esta fórmula es la «obviedad de las obviedades». Es lo mismo que decir «Si tomas un cuartel y matas a sus soldados, es un atentado a la paz y una vulneración a la seguridad interior». Esta aclaración equivale a lo mismo que decir «Si asesinas militares no te olvides que está prohibido porque pones en peligro también la actitud defensiva de la Nación. Pero hermano si hasta un niño sabe que las Fuerzas Armadas son «el brazo armado de la Nación». Los integrantes de las mismas no son bandas armadas, o fuerzas paramilitares.
14/03/2024 a las 2:54 AM
No hacía falta la absurda aclaración del art. 28, toda vez que tales atentados son vulneraciones a expresas normas del Código Penal.
14/03/2024 a las 3:42 AM
El artículo 28 de la ley 24.029 es un pleonasmo, es decir, exceso de palabras inútiles que confunden y oscurecen el concepto.
14/03/2024 a las 12:57 PM
Quien entra a las favelas de Sao Pablo a combatir el narcotráfico es la infanteria de marina. Aquí no puede ni sabe. Quienes tendrían la responsabilidad de sancionar un cuerpo normativo moderno y eficiente en Argentina serían legisladores amenazados junto a sus familias. Jueces, Fiscales y abogados defensores corruptos pueblan el mundo de la Justicia. Quienes deberian ejecutar el nuevo régimen carecen de formación para hacerlo. La lucha no es sólo militar. . Un pueblo surgiendo de la miseria todo terreno que dejó el kirchnerismo es la única esperanza, personal al menos.
14/03/2024 a las 1:59 PM
Su comandante será el autor de está columna norte yfogueado en combate cuerpo a cuerpo con los marineros bengalíes.
Unete al Ejército Loco, joven argentino.
Iluminattis por el Fuego Fatuo, cuerpo a tierra, cola parriba,estaqueado y a latigazo de cuero negro y medias caladas bombachas violadas… Adeeentro..!!
14/03/2024 a las 3:01 PM
Mercenarios, planeros y zombis
Vos si que sos un zurdo parásito y odiador serial, carrera mar de aquí kircho.
14/03/2024 a las 3:49 PM
Operación Rosario
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Operación Rosario
Esta operación conjunta nos recuerda que el 2 de abril de 1982 fue un día clave para la Historia argentina, una fuerza de tareas anfibia de la Armada Argentina, llevó a cabo la «Operación Rosario» que desembarcó en las Islas Malvinas, y tras breve combate rindió a la guarnición inglesa, recuperando las mismas. Hoy las fuerzas policiales con el apoyo logístico del Ejército Argentino se aprestan a recuperar el territorio de la ciudad de Rosario tomada por los narcos. ¡Viva la Patria!
.
Esto es para vos
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14/03/2024 a las 5:31 PM
Rescaté esta frase del señor Illuminati : «El estado de necesidad es
indiscutible causa de justificación para que un Estado recurra a sus
Fuerzas Armadas».
A los despistados que nunca escasearán, y también a los pituquitos y
empolvados formalistas dispuestos siempre a afrontar cualquier
eventualidad anteponiendo los dictámenes de tal código, y el artículo
o el inciso, será suficiente con relampaguearles la escueta y definitoria
arenga del muy práctico General San Martín —- «ese General de
entorchados y neblina», como lo llamaba Borges —- : «CUANDO LA PATRIA
ESTÁ EN PELIGRO, NO REPAREMOS EN LOS MEDIOS PARA DEFENDERLA».
En el más desopilante surrealismo Daliniano, imaginemos a Don José
aprestándose en la mendocina Base del Plumerillo para trasponer el
macizo Andino; un leguleyo consejero le advierte : «mi General,
consideró usted que una policía de fronteras podría sancionarlo por
violar el código tal con el artículo y el inciso cual ?.
La respuesta la imaginamos, y con las palabrotas escatológicas que
eran proverbiales en el magno General : «Me chupan un hueeevo !!!»
14/03/2024 a las 11:24 PM
Cuando San Martín cruzó los Andes, no había Organismos de DD. HH. ni las Orgas de Izquierda en los Gobiernos. Hoy si, y los Generales Coroneles, Capitanes, Sargentos y Cabos van a la Cárcel sin juicio ni condena y mueren sin atención médica. ¿suficiente para ser «legalista»? No es lo mismo 1815 que 1983 y subsiguientes.
14/03/2024 a las 5:59 PM
Tres radicales inútiles: Javkim, Pullaro y Petri quieren que las FFAA LES SAQUEN LAS PAPAS DEL FUEGO MIENTRAS SE ROBAN LAS CAMIONETAS DE LAS FFAA Y FFAA.TIENEN 3000 GENDARMES HACE AÑOS EN ROSARIO Y NO ATRAPARON NI MATARON A NADIE.
PARA QUE QUIEREN AL EJERCITO ?
PARA ROBAR Y REPRIMIR.Y LAS POLICIAS DE SANTA FE ?
Y LAS FFSS. ?
SON ENTRE TODAS CASI MAS DE 100.000 EFECTIVOS.A
40 AÑOS DE RADICALES Y SOCIALISTAS EN ROSARIO.
Y VIENE UN CORDOBES EUNUCO A ANALIZAR LA LEY DE DEFENSA Y SEGURIDAD CON LAS FOCAS DEL LAGO SAN ROQUENO SEAN TAN PELORUDOS.
ESTUPIDOS INFRADOTADOS
14/03/2024 a las 6:01 PM
Rocket Man.
Compren misiles anti molinos.
Los narcos son uds
14/03/2024 a las 10:33 PM
Señor Fuego por el orto
Si es un poco hombre, lo que le dice a Illuminati, ¿por qué no se lo dice en la cara y no escondiendo su nombre? El Sr. Illuminati tiene la virtud de enervar a los infames, cobardes y felones como Ud.
15/03/2024 a las 1:35 AM
Para las focas locas
14/03/2024 a las 11:32 PM
Las notas del Sr. Illuminati tienen la virtud de sacar de su escondite alguna que otra cucaracha, son seres patéticos sin honor ni recato, seres subalternos, cobardes, burlones fumistas que no saben hablar, sólo saben insultar y nada más.
15/03/2024 a las 1:40 AM
Otro pelotudo Infradotado.
Que honor ni ocho cuartos.
Es una obligación cívica tomarlo para la joda y zamarrearlo un poco al vejete para que algún lector desprevenido e ignorante se percate que solo escribe idioteces insostenibles y que tiene más versos que la Biblioteca Nacional, que es su único y verdadero arte.
Obviamente que ese deber no incluye educarlo ni instruirlo acerca de sus errores y necedades a quién habla de lo que no sabe.
Para eso que lo contraté a Baradel de profesor particular. Tal vez se entiendan.
Guguragagagugu
15/03/2024 a las 1:57 AM
Es el mismo infradotado el que insulta y pretende agraviar con sus pullas bajo la máscara del anonimato. Ninguna idea, ningún argumento serio que refute la nota del autor. Sólo logra autodenigrarse. Su pullas improperios en el aire dan cuenta de la clase de escoria humana que es. Contrasta con el resto de los lectores, es el típico cínico frustrado que lo sacan a patadas de todos lados.
15/03/2024 a las 3:01 AM
Parece que nadie entendio o leyo la nota que publique en el envio anterior de Iluminatti, respecto de la estructura y dimension del fenomeno del «Narco».
No la voy a repetir aca, pero pueden verla en la nota anterior.
Si no se toma una accion conjunta de caracter internacional, con leyes redactadas al efecto, el Narco seguira reinando en cada lugar en que haga base.
Puede morigerarse por momentos, de acuerdo a la represion que hubiere, pero la base que lo crea y lo mantiene en funciones no desaparece, porque la accion en su contra, debe ser cordinada de manera internacional.
El factor financiero enquistado en la economia con blanqueos muy faciles de realizar, es el mecanismo que lo energiza.
No es con la fuerza, aunque esta debe ser empleada con rigor, es con trabajo de inteligencia como se lo combate.
Vuelvo a decir como en mi nota anterior, hace falta crear una DEA INTERNACIONAL, no hay otra solucion definitiva para combatir al Narco.
Otra cosa muy distinta es la consumicion de droga, que debe diferenciarse del Narco.
Eso hace a la esfera humana del hombre y la presion social que lleva a muchas personas, por distintos motivos, a usar estupefacientes.
Eso es tan viejo como la humanidad misma.
15/03/2024 a las 7:12 PM
En una entrevista de un periodista español a Jorge Luis Borges, considerado
uno de los cinco intelectuales mejor formados del siglo veinte, el campeón
de la ironía (quien por su parte admiraba ese envidiado don en Oscar Wilde)
respondió sin inmutarse :
PERIODISTA : Me disculpo señor Borges, pero mi obligación como
periodista es formular preguntas que muchas veces pueden incomodar al
entrevistado.
BORGES : formúlelas usted sin reparos; estoy aquí para responderle.
PERIODISTA : Al no ignorar que muchos personajes famosos descollantes
en la literatura eran adictos a las drogas, ¿recurre usted o recurrió en alguna
oportunidad a ellas?
BORGES : Ahh . . . sí, sí, . . . vea, hubo un tiempo en que consumí heroína;
luego me pasé a la cocaína, y también probé la marihuana . . .
pero finalmente me decidí por las pastillitas de menta.
16/03/2024 a las 6:17 AM
Cierta vez, un escritor prestigioso fue entrevistado por una periodista.
Esta como suele ser habitual en algunos cronistas. No dejo de alabarlo.
Es cuando le pregunta
.- Dígame, por favor. Ud. que ha llegado a esta edad tan sabio y habiendo escrito tantas obras geniales.¿cuál es el secreto? Y que tiene para decirnos.
A lo que respondiera.
.- Hace mucho tiempo, y cuando era joven. Una noche después de algunos tragos-yo que no bebía- hice el amor con otro escritor.
La joven periodista, solo atinó a decir.
.-Bueno, perdón. No me refería a que nos dijese eso.
.-¡¡AH !…bueno, coman sano