Por Oscar Edgardo García.-

Los porteños comenzaron a tomar cabal conocimiento de otra faceta del plan de transformación de la ciudad concebido por Horacio Rodríguez Larreta y su equipo.

Las construcciones edilicias que se están ejecutando actualmente conforme a las normas del nuevo Código Urbanístico aprobado en el año 2018 ponen en evidencia el impacto negativo que producen en el medio ambiente, la infraestructura de servicios y la valorización de los inmuebles existentes, principalmente en las denominadas «casas bajas» de varios barrios residenciales de la ciudad.

El objetivo de densificación de la construcción perseguido por el gobierno está patentizado claramente en las modificaciones que fueron introducidas en el citado código.

Las normas actuales, a diferencia de las disposiciones anteriores, permiten un mayor volumen constructivo (superficie y altura) que conduce a la desaparición de los llamados «pulmones de manzana», lo cual trae aparejados efectos perjudiciales en los espacios verdes y, concomitantemente, en la calidad de vida de las personas.

Cabe destacar la improvisación, por no decir negligencia, que existió en el dictado de estas normas dado que en las exposiciones para su dictado en el seno de la Legislatura no se incluyeron los estudios correspondientes para el control de la capacidad constructiva en cada barrio, en cada manzana y en cada terreno (para mayor detalle), de modo de proteger las características e identidades propias de cada barrio.

Para satisfacer totalmente los fines el propósito recaudatorio no podía estar ausente y lo concretaron astutamente con la sanción de otra ley, también en el año 2018, mediante la que se legalizó el concepto de «plusvalía urbana» que habilita al Gobierno a cobrar un porcentaje del valor de la tierra que el propietario «gana» a raíz de los cambios introducidos y que le permiten un mayor nivel de constructibilidad generado por la nueva normativa.

Es obvio que todo el proceso se está desarrollando legalmente pero los legisladores en el dictado del Código Urbanístico ignoraron las normas establecidas en el Plan Urbano Ambiental cuya ley es el marco dispositivo superior al que se debe ajustar la normativa en materia urbanística y de obras públicas y dado que el citado código la incumple se convierte en inconstitucional.

Frente a este cuadro de situación los vecinos, individualmente o a través de organizaciones vecinales, están expresando sus reclamos y discordancias, tanto pública como judicialmente, para frenar el objetivo del Jefe de Gobierno de transformar inapropiadamente la ciudad con estas acciones que dan pie a la especulación inmobiliaria y producen resultados negativos en la naturaleza, la calidad de vida de los porteños y sus intereses personales.

Los legisladores deberían abocarse en lo inmediato a la revisión del Código Urbanístico para introducirle las modificaciones necesarias respetando las disposiciones del Plan Urbano Ambiental y la opinión de los vecinos.

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