Por Oscar Edgardo García.-

Finalmente, después de un prolongado tiempo, con el voto unánime de todos sus integrantes, la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la vigente Ley N°26.080 del Consejo de la Magistratura, dando conformidad a un fallo de cámara del año 2016 mediante el cual se determina que la composición actual de dicho Consejo no cumplimenta el requisito de equilibrio que requiere la Constitución Nacional para el ejercicio de su competencia.

Entre otras fundamentaciones, la Corte sostiene en su fallo que durante la vigencia de la mencionada ley existen evidencias que demuestran que la regla de no predominio se ha quebrantado y que ello pone seriamente en riesgo la independencia del Poder Judicial.

Es innegable que este fallo es una decisión que genera esperanzas para que en el futuro los magistrados cuenten con un respaldo genuino para dictar sus fallos con la independencia necesaria y, a la vez, para que el poder político de turno se vea obligado a respetar a las instituciones de la República e impedido de atropellarlas.

Asimismo, la Corte Suprema debería tomar conciencia de que una verdadera administración de la justicia requiere que los fallos de importancia deben ser dictados en tiempo y forma, ya que las demoras no son positivas y producen una evitable imagen negativa a uno de los tres poderes del Estado.

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