Por Hernán Andrés Kruse.-

La vicepresidenta de la nación embistió nuevamente contra el Tribunal Oral Federal número 2 que la juzga en la causa Vialidad. Luego de considerar que dicho Tribunal no era otra cosa que un pelotón de fusilamiento, y de acusar a los fiscales de haber “inventado hechos, ocultar otros, tergiversar y mentir” de tal modo que ello creó las condiciones propicias para que tuviera lugar el intento de magnicidio el 1 de septiembre, CFK compartió en sus redes sociales un documento que se titula “Las veinte mentiras de la causa Vialidad”. He aquí su contenido (fuente: Página/12, 29/11/022):

“1. NK y CFK asignaron fondos a la provincia de Santa Cruz para obras viales de manera ilegal y arbitraria

  1. Las decisiones en materia de inversión pública son de resorte exclusivo de los órganos políticos y no existe ninguna norma jurídica que fije límites sobre cómo se debe llevar a cabo su distribución. Así lo reconoce la doctrina de los autores, entre ellos, la del actual Presidente de la CSJN, Horacio Rosatti y la jurisprudencia emanada de nuestro más alto Tribunal (fallo “Bustos”)
  2. La inversión en obra pública vial de Santa Cruz se justificaba ampliamente por el déficit que presentaba su red vial en el año 2003, así como también por la necesidad de garantizar los objetivos de integrar los distintos ejidos poblacionales y reasegurar la soberanía, entre otras. Esto quedó demostrado en el juicio no solo a partir de las declaraciones de los ex Jefes de Gabinete, sino también por los testimonios de los auditores de la DNV, que incluso prestaron funciones durante la gestión de Iguacel y miembros de las Cámaras empresarias del sector.
  3. Ninguna de las 51 obras investigadas en la causa resultó improductiva o innecesaria, dato que ni siquiera pudo ser desmentido por los diputados de la oposición.
  4. Los proyectos de ley de presupuesto elaborados por el Poder Ejecutivo fueron diseñados de manera arbitraria e ilegal por NK y CFK
  5. Se acreditó en el juicio por prueba documental y testimonial que el proceso de elaboración de los proyectos de ley de presupuesto cumplió con todos los controles legales y financieros y contó con la intervención de todas las oficinas competentes
  6. También se acreditó que desde la Presidencia de la Nación jamás se impartió directiva alguna a la ONP indicándose cómo debían efectuar su tarea
  7. La Fiscalía nunca convocó como testigos al juicio ni a los Ministros de Economía del período 2003-2015 ni al personal técnico que cumplió funciones dentro del Sistema Nacional de Inversión Pública.
  8. El Congreso de la Nación tuvo una participación marginal en la sanción de las leyes de presupuesto
  9. La ley de presupuesto es conocida como la “ley de leyes” y resulta ser una de las normas más debatidas en el Congreso. Ello quedó acreditado con las declaraciones testimoniales de los ex Jefes de Gabinete, los legisladores, los integrantes de las comisiones de asesoramiento y los funcionarios técnicos del Poder Ejecutivo.
  10. Los legisladores fueron obligados desde el Poder Ejecutivo Nacional para votar de manera afirmativa los proyectos de leyes de presupuesto que eran remitidos al Congreso
  11. Quedó probado en el juicio, incluso con las declaraciones de Margarita Stolbizer y Fernando Sánchez (entre otros) que jamás se presionó o coaccionó a los legisladores para votar favorablemente las leyes de presupuesto del período 2004-2015
  12. Se acreditó que incluso la propia oposición durante los ejercicios 2010 y 2011 presentó proyectos de presupuesto alternativos que incluían las mismas obras que son cuestionadas en esta causa
  13. Además, las leyes de presupuesto del período fueron votadas afirmativamente por legisladores de la oposición, tales como Graciela Camaño, Federico Pinedo, Cristian Ritondo, Gerardo Morales y Pablo Tonelli. Y naturalmente, por quien se desempeñó en todo el período como jefe del bloque de senadores del oficialismo, Miguel Ángel Pichetto
  14. También quedó acreditado que nunca hubo partidas presupuestarias destinadas a la provincia de Santa Cruz que tuvieran como propósito beneficiar a un contratista en particular.
  15. A diferencia de la defensa de CFK, la Fiscalía jamás solicitó que se convocara a algún ex legislador que pudiera corroborar que hubiera sufrido presiones o amenazas desde la Presidencia de la Nación para votar favorablemente las leyes de presupuesto.
  16. NK y CFK aumentaron las partidas del presupuesto a través de DNU sin intervención del Congreso para beneficiar a las empresas de Lázaro Báez
  17. Todos los DNU que ampliaron partidas fueron expresamente validados por el Congreso de la Nación
  18. Todos los DNU contaron con los controles de legalidad practicados por los servicios jurídicos
  19. Todos los DNU ampliaron partidas presupuestarias con carácter general.
  20. Este tipo de herramienta legal fue utilizado por todos los gobiernos constitucionales a partir de la reforma del año 1994 y tiene una clara justificación económica (utilizar los fondos presupuestarios disponibles que son obtenidos por mayores recaudaciones a lo largo del ejercicio).
  21. NK y CFK utilizaron los fondos del fideicomiso creado por el Decreto N° 976/2001 sin intervención del Congreso para financiar ilegítimamente obras viales en la provincia de Santa Cruz
  22. El fideicomiso ya existía con anterioridad al año 2003 y había sido creado durante la Presidencia de Fernando De la Rúa, con el propósito de financiar proyectos de inversión viales
  23. En cumplimiento de las disposiciones legales pertinentes, la utilización de los fondos del fideicomiso fue informada en cada uno de los proyectos de ley de presupuesto y su asignación fue validada por el Congreso de la Nación
  24. La utilización de estos fondos fue informada periódicamente al Congreso por los Jefes de Gabinete y finalmente aprobada en las Cuentas de Inversión
  25. Los DNU 104 y 508 del año 2004, dictados por NK y cuestionados por los Fiscales fueron utilizados con la finalidad prevista en el Decreto de constitución del fideicomiso (financiación de obras viales), tenían carácter general y fueron expresamente validados por el Congreso de la Nación.
  26. CFK dictó el Decreto N° 54/2009 incorporando a la DNV como beneficiaria del fideicomiso creado por el Decreto N° 976/2001 pese a la opinión contraria de los servicios jurídicos y con el propósito de que se asignaran fondos a las empresas de Lázaro Báez
  27. Quedó acreditado en el juicio que este decreto constituyó una simple norma de asignación de funciones, tal como expresamente lo explicó Sergio Massa ante las preguntas efectuadas por la Fiscalía
  28. El decreto fue refrendado por distintos Ministros del Poder Ejecutivo y contó con todos los controles de legalidad practicados por los distintos servicios jurídicos en la esfera administrativa
  29. Jamás existió un dictamen jurídico que aconsejara que este decreto no fuera firmado
  30. El decreto no tenía relación alguna con la asignación de fondos para ninguna obra vial en particular.
  31. NK y CFK hicieron uso de las decisiones administrativas, cuya competencia corresponde a los Jefes de Gabinete, para redireccionar recursos económicos en favor de Lázaro Báez
  32. De la simple lectura de la CN (art. 100) y de las leyes dictadas en su consecuencia (ley 26.124) surge que la ejecución del presupuesto de la nación es una competencia exclusiva de la Jefatura de Gabinete, que en base a esta competencia dictan las decisiones administrativas necesarias para abrir las partidas y dar cumplimiento a la ley de presupuesto. Todo esto fue explicado en detalle por los ex Jefes de Gabinete y los funcionarios técnicos de las áreas competentes
  33. Las decisiones administrativas cuestionadas en la causa tuvieron carácter general e incluyeron a las distintas áreas del Estado, entre ellas el Poder Judicial de la Nación y el Ministerio Público.
  34. Las decisiones administrativas de la Jefatura de Gabinete no solo aumentaban partidas sino también las disminuían cuando ello era necesario, tal como ocurrió con relación a los fondos asignados a las obras de la provincia de Santa Cruz
  35. Todos los ex Jefes de Gabinete declararon bajo juramento de decir verdad que jamás recibieron instrucciones por parte de NK o CFK para que direccionaran partidas presupuestarias para financiar proyectos viales en la provincia de Santa Cruz
  36. Se acreditó la falsedad de lo afirmado por la Fiscalía, en cuanto a que las decisiones administrativas cuestionadas tuvieran como exclusivo órgano iniciador al Ministerio de Planificación, echando por tierra el argumento de que estos actos venían prestablecidos desde dicha cartera.
  37. El Ministerio de Planificación y la Dirección Nacional de Vialidad, por orden de NK y CFK, aumentaron ilegalmente las partidas correspondientes a las obras adjudicadas a las empresas de Lázaro Báez
  38. Las decisiones adoptadas en el área de Planificación y en la DNV se corresponden con las autorizaciones otorgadas expresamente por la Jefatura de Gabinete de Ministros a través de decisiones administrativas y no con directivas impartidas desde la Presidencia de la Nación
  39. Tales decisiones fueron notificadas a la ONP, la cual efectuó un control de razonabilidad y de legalidad con carácter previo a su aprobación
  40. Todos los testigos convocados al juicio descartaron que hubiesen existido interferencias desde la Presidencia de la Nación para que estas decisiones administrativas beneficiaran a Santa Cruz y menos a un empresario en particular
  41. Estos actos no solo aumentaban partidas sino también las disminuían cuando ello era necesario, tal como ocurrió con relación a los fondos asignados a las obras de la provincia de Santa Cruz.
  42. Durante los años 2003 y 2015 el Poder Ejecutivo Nacional impidió que el Congreso de la Nación tuviera conocimiento sobre cuál era el destino de las partidas presupuestarias incluidas en las leyes de presupuesto (apagón informativo)
  43. Quedó probado en el juicio que durante los gobiernos de NK y CFK se promovieron múltiples iniciativas tendientes a fortalecer todos los sistemas de información correspondientes a las cuentas públicas. En ese sentido se implementó la herramienta informática E-SIDIF y se lanzó el programa BAPIN II, el cual cuenta con un registro detallado de las obras, sus plazos, costos y estudios de impacto
  44. Los testigos convocados al juicio corroboraron que todas estas iniciativas constituyeron una política de Estado iniciada antes de los gobiernos de NK y CFK y que se continuó hasta el presente
  45. Las leyes de presupuesto incorporadas como prueba documental a la causa demuestran que las obras investigadas fueron informadas al Congreso siguiendo la misma técnica legislativa que se venía adoptando, utilizada antes y después de los gobiernos de NK y CFK
  46. Quedó demostrado que la Fiscalía deliberadamente ocultó los créditos presupuestarios aprobados por el Congreso para cada una de estas obras en las sucesivas leyes de presupuesto, lo cual desmiente el argumento de que fueran subvaluadas
  47. Quedó demostrado que la Fiscalía deliberadamente ocultó todos los actos del Poder Ejecutivo a través de los cuales se disminuyeron las partidas asignadas a las obras viales de Santa Cruz
  48. El Congreso contaba con información detallada de todas las obras viales realizadas en Santa Cruz, no solo al sancionar las leyes de presupuesto, sino también durante su etapa de ejecución
  49. Las obras que se realizaban por convenios con la provincia de Santa Cruz además estaban previstas en las leyes de presupuesto votadas por la legislatura provincial.
  50. El Congreso de la Nación aprobó las Cuentas de Inversión sin efectuar ninguna evaluación seria, siendo ello el resultado de la simple imposición de mayorías políticas
  51. Las Cuentas de Inversión contienen un detalle exhaustivo de cada uno de los pagos que se efectúan con fondos públicos
  52. El personal administrativo de la DNV explicó que no hubo ningún pago efectuado a las empresas de Lázaro Báez o a cualquier otro contratista que no estuviese debidamente registrado ante los sistemas del organismo y en los sistemas informáticos administrados desde la ONP (sistema SIDIF)
  53. Con carácter previo a su aprobación, las Cuentas de Inversión fueron evaluadas por la Comisión Mixta Revisora de Cuentas, que cuenta a su vez con la asesoría de la AGN
  54. La Fiscalía jamás solicitó ninguna medida de prueba que demostrara tan siquiera que al menos un legislador votara afirmativamente las Cuentas de Inversión en contra de su voluntad.
  55. A finales de noviembre de 2015 CFK ordenó aumentar las partidas presupuestarias de las obras adjudicadas a Lázaro Báez para que le fuera pagada una suma superior a los 500 millones de pesos
  56. Durante el año 2015 el Poder Ejecutivo Nacional redujo considerablemente las partidas presupuestarias asignadas por el Congreso a la provincia de Santa Cruz para realizar obras viales
  57. A finales del mes de noviembre de 2015 no se hizo ningún pago en favor de las empresas de Lázaro Báez
  58. La prueba incorporada a la causa y en particular la información brindada por la DNV durante la gestión de Iguacel prueba que las empresas de Lázaro Báez contaban con una gran cantidad de certificados de obra impagos.
  59. El 30 de noviembre de 2015 CFK viajó a la provincia de Santa Cruz para reunirse con Lázaro Báez y diseñar el plan limpiar todo, que consistía en el abandono de las obras realizadas en Santa Cruz y el despido de todos los empleados de las empresas de Báez
  60. La noticia periodística aportada por la Fiscalía tendiente a acreditar dicho encuentro no correspondía al día 30/11/2015 sino al 29/11/2015
  61. El día 30/11/2015, en el mismo momento en que según la Fiscalía CFK tenía un encuentro con Báez, CFK participaba de un acto público en Río Negro que fue transmitido en vivo y en directo para todo el país
  62. Los mensajes extraídos de manera sesgada del teléfono de José López, a partir de los cuales la Fiscalía intentó fundar una falsa acusación en contra de CFK, en rigor de verdad demostraban, entre otras cosas, que López mantenía una relación mucho más que fluida con el “hermano del alma” de Mauricio Macri, Nicolás Caputo -tanto en el ámbito público como privado-, como así también con otro importante empresario de la construcción, aportante de campaña de Cambiemos y en cuya casa, además, López vivía. Todos estos datos fueron deliberadamente ocultados durante el alegato de Mola y Luciani.
  63. Las relaciones comerciales entre Lázaro Báez y NK y CFK eran actos ilegales que encubrían el retorno de ganancias ilícitas producidas a raíz de la adjudicación de obra pública vial en Santa Cruz
  64. Los contratos comerciales que enumera la Fiscalía como prueba de un delito ya habían sido denunciados muchos años antes, determinando la justicia que no constituían ilícito alguno
  65. Es falso que tales contratos representen supuestos retornos en favor de la familia Kirchner, pues son actos en los cuales se intercambian prestaciones reciprocas (vgr., pago del precio de un alquiler o la compra de un bien)
  66. La simple lectura de los documentos incorporados a la causa muestra que jamás existió una relación de sociedad entre NK, CFK y Lázaro Báez
  67. La justicia determinó con autoridad de cosa juzgada que las relaciones comerciales entre la familia Kirchner y una persona o empresa que tuviera contratos de obra pública con el Estado no suponían ningún conflicto de intereses ni mucho menos un ilícito penal.
  68. CFK dio las órdenes para que se adjudicaran de manera ilegítima obras viales en la provincia de Santa Cruz al empresario Lázaro Báez
  69. La Presidencia de la Nación no tiene competencia alguna en los procesos de licitación, ejecución o pago de los proyectos viales investigados en la causa ni en ningún otro que se hubiese realizado en el período 2003 y 2015
  70. La práctica de realizar convenios entre la DNV y organismos provinciales es absolutamente legítima, fue realizada a lo largo de toda la historia de la DNV y en todo el país y tenía una justificación particular en lo que hace a la provincia de Santa Cruz. Así lo explicaron en detalle no sólo los técnicos de la DNV, sino también el principal asesor jurídico de Javier Iguacel, Ricardo Stoddart.
  71. Todos los testigos que declararon en el juicio, sin excepción, afirmaron que jamás recibieron de NK o CFK orden alguna para beneficiar a Lázaro Báez o a cualquier otro contratista del Estado
  72. El nombramiento de funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional constituyen actos legítimos y de ellos no pueden extraerse criterios que permitan responsabilizar a la Presidencia por posibles irregularidades que estos funcionarios eventualmente cometieran
  73. Pese a que la hipótesis de la acusación consistió en que NK y CFK habían dado tales órdenes ilícitas, durante todo el juicio la Fiscalía se opuso a que se formulara tal pregunta.
  74. CFK omitió llevar a cabo controles que impidieran la comisión de irregularidades en las obras adjudicadas a las empresas de Lázaro Báez, pese a las alertas efectuadas por el ex Ministro Lavagna y por la AGN
  75. No existe ninguna disposición constitucional, legal o reglamentaria que imponga a la Presidencia de la Nación el deber de controlar los actos administrativos que lleva a cabo la DNV ni mucho menos los que desarrolla un órgano provincial (AGVP)
  76. El ex Ministro Lavagna explicó que su denuncia fue canalizada a través de la Comisión de Defensa de la Competencia y que NK no debía tomar ningún tipo de intervención en ese trámite. Además expuso que la supuesta relación existente entre esta denuncia y el pedido de renuncia que le efectuara NK era una simple especulación periodística
  77. Se probó en el juicio que lo que la Fiscalía denomina como “alerta de la AGN” no es más que una opinión personal de Leandro Despouy.
  78. Si bien Alejandro Nieva (auditor general de la Nación) efectuó cuestionamientos ante los medios de comunicación por supuestos sobreprecios, discrecionalidad en la asignación de fondos hacia Santa Cruz y otorgamiento de obras a las empresas de Lázaro Báez, no pudo corroborar ninguna de esas manifestaciones en el juicio; expresamente indicó que ello no le constaba.
  79. NK y CFK utilizaron abusivamente el aparato estatal para que la obra pública vial de Santa Cruz se concentrara en un único grupo empresario y que su titular (Báez) pudiera apropiarse de otras empresas radicadas en la provincia de Santa Cruz
  80. La concentración de obra pública en empresarios locales es un fenómeno que se da en forma generalizada en el resto del país
  81. Los testigos que vinieron al juicio explicaron detalladamente las razones por las que se producen tales concentraciones sin que ello pueda suponer ningún tipo de irregularidad (así lo declaró entre otros Ángelo Calcaterra)
  82. Los titulares de las empresas adquiridas por Lázaro Báez descartaron la existencia de presiones para vender sus empresas y afirmaron que lo hicieron por valores que los dejaban satisfechos.
  83. Por orden de NK y CFK se dictaron leyes provinciales fundamentales (obra pública) con el exclusivo propósito de que las empresas de Báez ganaran las licitaciones de Santa Cruz
  84. Se encuentra acreditado en el juicio que casi todas las provincias argentinas cuentan con sus propias leyes de obra pública
  85. El Congreso de Santa Cruz votó libremente tales leyes
  86. Las preferencias para empresarios locales que se establecen en tales leyes existen en otras provincias y suelen estar contempladas en los pliegos licitatorios. Así los declararon distintos empresarios y técnicos de la DNV.
  87. En todas las licitaciones ganadas por las empresas de Lázaro Báez se pagaron sobreprecios millonarios
  88. La Fiscalía jamás pidió un estudio pericial que demostrara esta acusación
  89. El estudio pericial se realizó exclusivamente a instancias de las defensas y fue limitado por el Tribunal a sólo 5 obras elegidas según criterios fijados por los acusadores
  90. Se permitió que participara en la causa como perito oficial (Eloy Pablo Bona) una persona que tenía una activa participación en redes sociales expresando sus opiniones en contra de la familia Kirchner
  91. El criterio utilizado por este perito, así como también el del propuesto a instancias de la Fiscalía (Roberto Panizza) resultaba manifiestamente ilógico y contrario a las reglas más elementales de su profesión. Así quedó establecido cuando los nombrados debieron prestar declaración en el juicio
  92. La única perito que hizo un estudio serio sobre la existencia o no de sobreprecios fue la Ing. Adriana Alperovich, quien de manera fundada descartó la acusación de sobreprecios.
  93. Pese a que Báez cobró todos sus pagos en tiempo y legal forma, las obras se demoraron de manera injustificada, presentaron deficiencias constructivas o directamente no se hicieron
  94. La prueba incorporada al juicio (documental, testimonial y pericial) demostró que las demoras que las obras registraban se encontraban debidamente justificadas en los distintos expedientes administrativos sustanciados al respecto
  95. La prueba incorporada al juicio (documental, testimonial y pericial) demostró que no se advirtieron deficiencias constructivas de relevancia y que todo lo pagado a las empresas de Báez se correspondía con trabajos efectivamente ejecutados (no se hicieron pagos por obras no realizadas)
  96. Los auditores de la DNV corroboraron que lo informado en el programa PPT acerca de obras que conducían hacia la nada era falso
  97. Las obras fueron deliberadamente abandonadas durante el gobierno de Mauricio Macri, lo cual generó el verdadero perjuicio para el Estado”.

El sincericidio de Luis Juez

La política y el engaño son hermanos siameses. Es muy difícil encontrar a un dirigente político que exprese en público lo que piensa en la intimidad. La política se apoya en reglas que aniquilan cualquier atisbo de honestidad intelectual. Es por ello que, cuando de manera sorpresiva un dirigente político se quita la máscara, llama poderosamente la atención. Hace unas horas el senador nacional Luis Juez cometió lo que en el mundo de la política se llama “sincericidio”.

En diálogo con los conductores de Especial Domingo (La Nación+) el verborrágico dirigente cordobés expresó: “Somos jodidos los argentinos, ¡qué pueblo d hemiedra! Le exigimos mucho más a un jugador de fútbol que a nuestros propios dirigentes”. “Se van a enojar con esta frase, pero es verdad, lo siento en el alma. Somos mucho más feroces con nuestros jugadores de la selección que con nuestra dirigencia política”. “Estamos predispuestos a hacer quilombo si nos quedamos afuera del mundial, pero te roban un país, te saquean la educación, te roban el futuro de tus hijos y no nos movemos de casa, así somos los argentinos” (fuente: Perfil, 28/11/022).

Lo primero que cabe destacar es que Luis Juez lejos estuvo de descubrir la pólvora al poner en evidencia una característica medular de nuestra idiosincracia desde que los ingleses lo inventaron: nuestro fanatismo por el fútbol. Para millones de argentinos el fútbol determina su estado de ánimo. Si Boca gana, su hinchada está contenta. Si Boca pierde, su hinchada está triste. Lo mismo sucede con el resto de las hinchadas del país. La pasión por el fútbol alcanza su clímax durante los históricos clásicos. En Rosario el choque entre Central y Newell´s constituye uno de los acontecimientos más relevantes del año. Cuando chocan en la cancha canalla o en la leprosa, la ciudad se detiene, queda adormecida como si la hubieran drogado. El equipo que gana hace feliz a una mitad de la ciudad. El que pierde hace infeliz a la otra mitad. Es tanto el fanatismo que si el día del clásico se produjera una hecatombe (se derrumbaran varios edificios al mismo tiempo, por ejemplo), pasaría inadvertida para la muchedumbre, al menos durante esa jornada.

El fanatismo adquiere características patológicas cuando juega la selección. Para millones de argentinos cuando juega la selección está en juego la dignidad nacional. Una derrota significa una afrenta para los argentinos. Una victoria infla nuestro orgullo. Ello se pone dramáticamente en evidencia durante los mundiales. Los argentinos ingresamos al paraíso en 1978 y 1986, años en los que el equipo nacional se consagró campeón. En 1978, luego del triunfo ante Holanda, todos salimos a festejar por las calles del país. Estábamos eufóricos porque consideramos que había ganado el país. Lo mismo sucedió en 1986 inmediatamente después del triunfo ante Alemania Occidental. En 1978 Mario Kempes fue nuestro prócer, tal como lo fue Diego Maradona en 1986.

Luego llegó la época de una sequía insoportable. Pasaban los años y la selección no lograba emular a los campeones de 1978 y 1986. Las críticas al equipo y los entrenadores fueron impiadosas. No hubo perdón para Alfio Basile, Daniel Passarella, Marcelo Bielsa, Néstor Pekerman y compañía. Sólo se salvó del escarnio Alejandro Sabella, el entrenador de la selección que perdió la final ante Alemania en el mundial celebrado en Brasil en 2014. Basile y Passarella, por ejemplo, fueron masacrados por la prensa. En aquel momento era presidente Carlos Menem, cuya política económica estaba cuando estragos. Sin embargo, la prensa fue muy condescendiente con el riojano. Lo mismo cabe decir sobre el pueblo. No perdonó a ambos entrenadores pero premió a Menem en 1995 con la reelección.

Tiene razón Luis Juez. Somos mucho más exigentes con Messi que con Alberto Fernández. Pero ello no significa que seamos un pueblo de mierda. Somos un pueblo fanatizado por el fútbol. Quizá sirva de consuelo pero luego de la derrota sufrida por Bélgica ante Marruecos en el mundial que se está celebrando en Qatar, miles de belgas invadieron las calles de Bruselas y causaron numerosos destrozos. Estamos hablando de Bélgica, un país supuestamente más desarrollado que el nuestro. Otro ejemplo: inmediatamente después del triunfo de Japón ante Alemania, el centro de Tokio se llenó de fervorosos nipones que celebraban alocados la histórica victoria. Y nadie puede dudar del desarrollo tecnológico de Japón. Sin embargo, para Juez el belga y el japonés serían, al igual que el argentino, pueblos de mierda

Me parecer que la queja del senador se centra en una cuestión que fue analizada por Guillermo O’Donnell: la democracia delegativa. En un ensayo titulado “Revisando la democracia delegativa (www-escenariosalternativos.org) escribió:

“La democracia delegativa expresa y ejecuta una manera de concebir y ejercer el poder político, sustentada por algunos presidentes y colaboradores; suele ser compartida, al menos temporalmente, por importantes franjas de la opinión pública.

Es democrática por dos razones. Una es su legitimidad de origen, es decir, su surgimiento de elecciones razonablemente limpias y competitivas. La otra es que durante ella se mantienen vigentes ciertas libertades políticas básicas, como las de expresión, reunión, prensa, asociación y movimiento.

No es por lo tanto ajena a la tradición democrática, pero es menos liberal y republicana que la democracia representativa.

Consiste en generar, por medio de las elecciones arriba referidas, un líder que se erige-en principio-por un período determinado, en el principal intérprete, si no en la encarnación, de los principales intereses de la nación.

La concepción básica, que se expresa repetidamente por el líder y sus seguidores, es que la elección da al presidente/al derecho, y la obligación, de tomar las decisiones que mejor le parecen al país, sujeto sólo al resultado de futuras elecciones presidenciales.

Esta autoconcepción y las prácticas de poder resultantes consideran un estorbo indebido la interferencia de instituciones que ejercen diversos aspectos de control sobre el poder ejecutivo, incluyendo los otros dos grandes poderes del estado constitucional. Esto lleva a esfuerzos por anular, cooptar y/o controlar esas instituciones; el éxito de estos intentos depende de relaciones de fuerza, variables de caso a caso y dependiendo de períodos. Esta es una de las razones por las que los presidentes de las democracias delegativas no son omnipotentes, aunque extreman refuerzos por serlo.

Esta concepción lleva a que la manera típica de adopción de políticas públicas sea abrupta e inconsulta; trata de no pasar por los filtros de otras instituciones, aunque el grado en que lo logra depende también de casos y períodos.

Esta autoconcepción expresa la idea de que el presidente es la encarnación o al menos el más autorizado intérprete, de los grandes intereses de la nación. En consecuencia, el líder se siente colocado por encima de las diversas partes de la sociedad”.

Lo que hace O’Donnell es describir de manera magistral la democracia de masas o caudillista que ha estado vigente en nuestro país desde los albores de nuestra independencia. Los argentinos-o al menos un importante número-se sienten cómodos y seguros con la presencia de un líder en la Casa Rosada. El caudillo está por encima de las instituciones y del pueblo. Es el único capaz de interpretar las genuinas necesidades de sus súbditos. Éstos nada le exigen, nada le demandan. No lo hacen porque creen que siempre tiene razón. Y si alguna vez yerra o su conducta es inapropiada desde el punto de vista ético, habrá tenido sus razones para equivocarse o actuar al margen de la ley. Él es quien manda y nosotros no somos quiénes para cuestionarlo. ¿Ello significa, entonces, que somos un pueblo de mierda? Si la respuesta es afirmativa, por lo menos cabe que nos consolemos si pensamos que otros pueblos, más desarrollados que nosotros, le entregaron en su momento al líder todos sus derechos y todas sus libertades en aras, por ejemplo, de una raza superior.

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