Por Jorge Luis Vitale.-
Desafuero: La Doctrina Pichetto no existe en nuestro ordenamiento legal. La Doctrina Pichetto es inconstitucional. El Senado Nacional no puede dejar sin efecto el pedido de desafuero de un juez, en este caso el de la ex presidenta.
Hoy la doctrina dice: el poder es uno, lo que se dividen son las funciones y los órganos que las ejercen, pero el principio de división de poderes es válido como garantía de los derechos de la persona y de la sociedad. Al desconcentrar -por la división- y limitar el poder, se crea un espacio social de libertad, que favorece el ejercicio de los derechos.
LA REGLA Y LAS EXCEPCIONES
El constituyente argentino, siguiendo al norteamericano, receptó en la segunda parte de la Constitución, el principio de división de poderes y por ello llamó al Congreso: Poder Legislativo; al Presidente: Poder Ejecutivo y a la Administración de Justicia: Poder Judicial. En consecuencia de ello, prohibió las facultades extraordinarias, la suma del poder público (art. 29 de la Constitución) y la delegación de poderes, porque alteran el principio de división de poderes (76, 99 inciso 3 y 109).
Las excepciones, admitidas en la Constitución Nacional, son la facultad que tiene el Poder Ejecutivo de: 1. Reglamentar la ley (delegación impropia); 2. Dictar decretos de legislación delegada (delegación propia); y 3. Dictar decretos por razones de necesidad y urgencia. Estas dos últimas fueron incorporadas en la Constitución en la reforma de 1994. Las tres, por su carácter excepcional, se ejercen e interpretan siempre con criterio restrictivo, como indica la norma hermenéutica.
Por eso, si quiere aplicar la Doctrina Pichetto, lo puede resolver la Corte Suprema. Pero debe ir presa, ya que el delito que se le imputa no es el delito de opinión ni de discusión.
La Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el ex canciller Héctor Timerman y los otros nueve acusados de encubrir el atentado a la AMIA a través del impulso y la firma del memorando de entendimiento entre Argentina e Irán.
La decisión fue adoptada por los integrantes de la sala II del tribunal de apelaciones, Eduardo Farah y Martín Irurzun, quienes también convalidaron las detenciones preventivas dispuestas por el juez de la causa Claudio Bonadío.
Quiero aclarar que el 97% de los presos sin condena son pobres, que no existe ninguna persona que tenga más de dos procesamientos por delitos graves que no esté presa, por supuesto pobre, y tercero, que Cristina tiene cinco procesamientos firmes, todos de delitos graves; pero el más grave es encubrimiento en la causa AMIA.
Le recomiendo a Pichetto que lea la Constitución Nacional, que sólo protege a los senadores o diputados por opiniones o discursos.
Senador Pichetto, lea por favor el Artículo 68: “Ninguno de los miembros del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador.”
Artículo 69: “Ningún senador o diputado, desde el día de su elección hasta el de su cese, puede ser arrestado; excepto el caso de ser sorprendido in fraganti en la ejecución de algún crimen que merezca pena de muerte, infamante, u otra aflictiva; de lo que se dará cuenta a la Cámara respectiva con la información sumaria del hecho”.
23/12/2017 a las 10:20 AM
«Quiero aclarar que el 97% de los presos sin condena son pobres, que no existe ninguna persona que tenga más de dos procesamientos por delitos graves que no esté presa, por supuesto pobre, y tercero, que Cristina tiene cinco procesamientos firmes, todos de delitos graves; pero el más grave es encubrimiento en la causa AMIA.»
Señor Vitale, este párrafo, me trajo a la memoria a un miembro componente de un Tribunal Superior que en una amena charla con mi hijo, le transmitió: «Las leyes sólo podés aplicar a los pobres, el rico tiempre pagará su defenza». Triste REALIDAD de un país vecino, pero el nuestro, no está exceptuado.
23/12/2017 a las 10:55 AM
La Doctrina Pichetto en el Senado es inconstitucional y la ciudadanía en Argentina prosigue expuesta a la imposición de un oficialismo/oposición, que nos considera unos reales idiotas. Nos enmarañan en una continua, persistente e irregular sucesión de hechos, mediante sus cuadros políticos partidarios. Un DESASTRE. Dentro de los innumerables hechos, como se aprovechan con sus mecanismos ejecutivo, legislativo y judicial para su propio provecho tenemos: El gasto público con el que a) pagamos sus sueldos y el de los “familiares, militantes, amigos, etc.”, que van ubicando y b) el oscuro manejo del presupuesto que obtienen a cambio de los mutuos arreglos para sus “negociados”. La utilización obscena de los impuestos que pagamos, pues nos consideran reales idiotas, nos advierte de donde podríamos comenzar para enumerar éste manejo irregular de estos personajes que, integran el parlamento que, deberían estar procesados y en prisión.
Ing. Osvaldo V. Buscaya
Ciudadano participativo contra la corrupción; político no partidario
Ciudadanos Grupo Uno
CGU
23 de diciembre de 2017
CABA
Argentina
23/12/2017 a las 2:46 PM
POR FAVOR NADA DE PRIVILEGIOS PARA NADIE…ANTE LA LEY SOMOS TODOS IGUALES!!!SENOR PICHETO NO TRATE DE AYUDAR A CORRUPTOS PARA EVITAR QUE SEAN CONDENADOS Y USTED TIENE LA OBLIGACION DE ACEPTAR LO QUE PIDE EL JUEZ O SEA EL DESAFUERO DE CRISTINA… ELLA DEBE SER CONDENADA POR LOS DELITOS QUE COMETIO…
POR QUE ES TAN DIFICIL ACEPTAR ESTO?????
24/12/2017 a las 10:01 AM
Estimado NOCA, los fueros no son aplicables en estos casos, de hecho los mismos valen para expresiones vertidas en la cámara (Art. 68), pero por alguna razón, en forma totalmente inconstitucional, los extienden. El delito por el que la Ex presidente esta imputada, es el más grave del Código Penalal y esta `previsto en el Art. 69 de la C. N. por lo que bien pudo el juez decretar su arresto y los fueros no corren en estos casos (y él lo sabe pero se hizo el zota). Algún día tendremos jueces con los pantalones en la cintura y no en los tobillos como ahora.
25/12/2017 a las 8:39 PM
EXACTAMENTE AMIGO, LOS FUEROS SON PARA PROTEGER A LOS LEGISLADORES POR SUS ACCIONES POLÍTICAS, NO POR LAS DELICTIVAS, Y LA TRAICIÓN A LA PATRIA, O SU ENCUBRIMIENTO, QUE TAMBIEN LOS TRANSFORMA EN TRAIDORES, ES EL PEOR DELITO EN CONTRA LA SOCIEDAD TODA DE UN PAÍS Y POR ENDE, NO ESTÁ PROTEGIDO POR LOS FUEROS PARLAMENTARIOS!!!!!! LES GUSTE O NO !!!
24/12/2017 a las 7:32 PM
Responder a NOCA:
—————————
Me extraña su inocencia !! El «señor» Pichetto es complice y fue Director de Orquesta en el Senado en la aprobacion del Memorandum.
El no trata de ayudar a corruptos, el trata de ayudarse a si mismo, porque el es parte de la Asociacion Ilicita, que fueron los que votaron a favor del mismo.
24/12/2017 a las 7:38 PM
Otro sidigo:
Seria bueno que se aclare porque y quienes votaron para entregar un territorio a China dentro de la Patagonia.
En el cual rige la Ley China y cualquier Argentino es extranjero en el mismo.
Podrian ser considerados «Traidores a la Patria» tambien o solo «Buenos Anfitriones»
Si los desaparecidos hubieran sido realmente 30.000 muchos de estos problemas hoy no existirian.
23/12/2017 a las 8:07 PM
LA DOCTA ABOGADA DEBERA PRESENTAR LA CARA. TARDE O TEMPRANO, POR UNA CAUSA O LA OTRA. TIENE COMO PARA HACER DULCE. DIFICILMENTE QUE ZAFE. A MENOS QUE SE TOME UN AVION Y SE EVAPORE POR ALGUN PARAISO FISCAL….SI ES QUE SABE HACER BIEN LAS COSAS….
24/12/2017 a las 7:27 AM
También hay presos sin condenas o con juicios truchos que son los militares que defendieron a la nación de los guerrilleros que nos querían someter al comunismo Ellos están presos en condiciones indignas ,sin atención médica negada por Rossi ,contradiciendo todas las leyes ya que la mayoría tiene más de 70 años
El relato tan fuerte que este gobierno mantiene sobre los militares malos y los guerrilleros víctimas llega incluso obligando a los jefes de gobierno de otros países a rendirle homenaje a los guerrilleros ha hecho que la gente salga indignada a pedir que esos presos sigan el las mazmorras hasta su muerte
Sobre los fueros el pueblo debe exigir a esa gente que indignamente ocupa el congreso que solo se apliquen para lo que dice la constitución y no para protegerlos de delitos,pero claro Bonadio espero que tuviera fueros y así sigue el circo
24/12/2017 a las 10:41 AM
ES VERDAD SRA MARI…HASTA AL ASESINO ODONTOLOGO BARRERA LE DIERON PRISION DOMICILIARIA!!!
PERO PARA LOS PRESOS POLÍTICOS MILITARES Y CIVILES ARGENTINOS NO EXISTEN LOS DERECHOS HJMANOS…Y SIEMPRE SERÁN LAS VICTIMAS DE LA MÁS GRANDE MENTIRA ARGENTINA JAMÁS CONTADA!!!
25/12/2017 a las 8:33 PM
LES PREGUNTO A LAS MARÍAS ¿QUE TIENE QUE VER EL CULO PARA TOMAR LA SOPA??
26/12/2017 a las 7:22 AM
En la nota se hace mención a la cantidad de presos sin condena y entre ellos están muchos militares
27/12/2017 a las 6:55 AM
Los Sres. legisladores, de ambas camaras, han hecho pelota la » honorabilidad «. Hoy los fueros protegen a los corruptos y a los delincuentes, eso es facil de cambiar. No es posible que los fueros se mantengan por algo mas que los que dice y piensa un legislador. Se lo protegio a Menem, y se la protege a la » doctora «. Como en su momento no se le permitio acceder a su banca a un ex intendente votado por el pueblo para ser legislador.
Como tambien (gracias a la Carrio que lamentablemenete se excedio) ANULARON las leyes de Obediencia debida y punto final. Las leyes en nuestro pais se promulgaron y a veces se derogaron, pues bien en esas leyes mencionadas se ANULARON, permitiendo que las personas fueran nuevamente juzgadas EN UN VACIO LEGAL, ya que anteriormente fueron juzgadas personas con estas leyes que hasta la CSJN las considero constitucionales.
Pero sin ir muy lejos, en nuestro Pais, se aplico la » lesa humanidad » a los hechos acaecidos durante los 60 y los 70, cuando la » lesa humanidad » fue reglamentada en Roma en el 1999 y adoptada a nuestra legislacion en 2003. Y entre la » anulacion » de la obediencia debida y punto final,y la aplicacion de una ley posterior al hecho, somos un Pais que legalmente dejamos mucho que desear.
El Dr. FAYT y dos legisladores mas estuvieron en desacuerdo de aplicar una ley posterior al hecho, por ser inconstitucional, pero no fué suficiente, y el trolo Zafaroni, con la ex guerrillera Argibay Molina al frente se rieron del Dr. Fayt, lamentablemente ganaron la votacion 4 a 3 y votaron con Lorenzetti, a favor del pedido de Nestor Kirchner.
Nuestra Constitucion Nacional es practicamente una copia de la Const. Norteamericana, pues bien hay otro tema: En USA no saben que es tener o no quorum. Los Sres. legisladores SIEMPRE DAN QUORUM, y se presentan a defender sus ideas, porque ademas para eso les pagan. En mi opinion es ILEGAL, y antisistema, el no presentarse y no dar quorum en Argentina para discutir las leyes. Esa es otra deuda que tienen nuestros » legisladores » con los ciudadanos.
Hoy hasta se habla de la » defensa legal » de dar o no dar quorum, para el tratamiento de las leyes. Y en mi mejor opinion eso es bastardear la legislacion. Es hora de dejar de bastardear las camaras, con los cartelitos que ponen en cada banca, o alguno que agita y golpea elementos culinarios (como la Donda). Incluso habria que darle mas poder al presidente de la Camara para sancionar al legislador que grita, o interrumpe a otro legislador, o insulta etc etc, y someterlo a un tribunal de etica especial, para hasta suspenderlo por una o mas sesiones hasta que cumpla con las disposiciones legales que permitan que la Camara funcione debidamente. Deberia tener poder el presidente de la Camara, de hacer retirar por la fuerza a aquel legislador que bastardee la sesion con insultos, agresiones, o que no deja hablar a un tercero. De lo contrario seguiremos siendo un Pais de cuarta.
29/12/2017 a las 12:57 AM
La inmunidad es de traslado. Si un legislador se opone a una orden judicial por fuera de las actuaciones correspondientes, debe ser juzgado por encubrimiento de actividades delictivas