Por Luis Orea Campos.-

LA DESHUMANIZACIÓN DEL DERECHO

Un reciente fallo de la Corte Suprema argentina que, a pedido del padre, dispuso el retorno a Francia de una niña de tres años con retraso madurativo –lo que dadas las circunstancias en la práctica significa separarla de su madre– plantea serios interrogantes sobre el ajuste de este tipo de decisiones al plexo de derechos que poseen las personas por el solo hecho de pertenecer a la especie humana, conocidos como derechos humanos.

¿Respeta la sentencia los derechos humanos de la madre y de la hija a permanecer juntas? Porque más allá de los tratados, en una dimensión infinitamente superior a cualquier cláusula, se encuentra el vínculo materno filial del niño con su madre que, aunque ciertas corrientes de pensamiento buscan devaluar, tiene sus raíces en lo más profundo del orden natural.

Así, María de la Luz Casas Martínez, en la revista Xihmai sostiene que “…la postura más humana sería la que favoreciera la calidad y cantidad de sus individuos y ello se refiere a la promoción del vínculo materno-filial, sin el cual, cuantitativamente, no habría especie y, cualitativamente, no habría calidad de la misma”.

No fue ésta la precisamente la óptica del Alto Tribunal, que prefirió anteponer crudamente la fría letra de la ley a las consideraciones humanas que reclama el vínculo materno-filial en una situación en la que se encuentra en juego la vida de una niña indefensa que no puede manifestar sus preferencias.

Parafraseando a Ortega y Gasset, es posible afirmar que en ciertas circunstancias como las que aquí se comentan, exonerar la esencia de lo humano del núcleo lógico que sustenta una decisión judicial es ignorar lo real, es desrealizar el fin de la norma, es propiamente deshumanizar el derecho que, vaya paradoja, es una creación humana.

Más aún cuando se invoca el meneado principio agonal del “interés superior del niño” que supuestamente debe guiar prioritariamente las decisiones de los jueces en asuntos de familia.

En nombre de ese interés superior, del que en teoría es propietario el niño, se cometen verdaderas atrocidades que al decir del maestro Ernest Roguin constituyen “un ejemplo típico de la inflexibilidad bárbara con que los hombres de ley se complacen en asombrar al público.»

Desde el punto de vista humano, ¿qué interés del niño puede ser superior a permanecer con su madre? Sin embargo, para muchos magistrados y doctrinarios el interés superior del niño, en los casos en que la mujer huye con sus hijos de los malos tratos del marido, consiste en ser devuelto a su país de origen aunque ello ponga a la madre ante la disyuntiva de ser separada de sus hijos o volver con ellos a luchar por la custodia en un territorio hostil, sin amigos ni familiares, donde es prácticamente una paria y seguro blanco de humillaciones y amenazas.

“Nadie le mandó a la chica a casarse y tener familia en Francia”, argumenta un ex juez para justificar que se deja a la mujer y sus derechos humanos en la más dura intemperie jurídica so color del cumplimiento de compromisos internacionales.

Ese principio del interés superior que mencionan leyes y tratados internacionales y que supuestamente apunta a la protección de la niñez de los desvaríos de sus padres a primera vista parece una creación loable, pero a poco que se hurgue en los antecedentes se descubre que en realidad esconde un trasfondo de machismo porque por lo general cada vez que es aplicado resulta en favor de la pretensión del varón.

Por otra parte, numerosos jueces y juristas sostienen que los magistrados deben juzgar los asuntos que involucren mujeres con perspectiva de género, es decir, atendiendo a la asimetría de poder que pone a la mujer en la posición más débil, pero al parecer esa “perspectiva” puede perderse en un punto de fuga según como venga la mano, sobre todo cuando hay abogadas que presionan a los jueces con amenazas de denuncias en organismos internacionales.

En resumen, en este caso, tanto el interés superior del niño como la perspectiva de género han quedado reducidos a meras consignas elegantes que no evitaron que los derechos humanos de una niña y de su madre fueran sacrificados sin misericordia ni piedad alguna en el altar de criterios que implican ni más ni menos que la deshumanización del derecho y por lo tanto la reducción de los seres humanos a objetos subalternos de un entramado de intereses y normas que parece haber cobrado vida propia para colocarse por encima de los valores esenciales de nuestra especie.

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