Por Hernán Andrés Kruse.-

Acaba de fallecer el juez federal Claudio Bonadío, víctima de una cruel enfermedad. Como alguien sentenció una vez, la muerte no absuelve. El hecho de que una persona parta de este mundo no significa que a partir de ese momento se recubra de una santidad y una bonhomía de las que careció mientras estuvo viva. Claudio Bonadío fue la antítesis del juez digno, fiel servidor del valor Justicia. Bonadío fue el emblema de lo más sórdido del Poder Judicial. Se adecuó perfectamente a los tiempos menemistas, delarruístas, duhaldistas, kirchneristas y macristas. Sinuoso y acomodaticio, fue obsecuente y despiadado según la ocasión. Claudio Bonadío deshonró la función del juez, ultrajó al valor Justicia, se mofó de la independencia del Poder Judicial. Claudio Bonadío acaba de fallecer. Lamentablemente, se fue impune.

Claudio Bonadío no fue un juez de la república porque lejos estuvo de reunir todas las cualidades enumeradas por el autor del artículo que transcribo a continuación.

Importancia del juez en la sociedad

Por Carlos Divar, El risco de la Nava.

(ARBIL, anotaciones de pensamiento y crítica)

El nuevo siglo y el nuevo milenio debe ser un tiempo de renovación, y también, de una nueva Administración de Justicia. No se trata de cambiar el concepto tradicional y natural de lo que es justo o injusto, pero sí que hay que ir hacia una forma de aplicación y de interpretación de las normas, más abierta, más acorde con la realidad social del hombre de hoy que necesita de la justicia y de una organización estatal que sólo tiene auténtico porvenir desde el estado de derecho, cuyos garantes custodios son los Jueces. Se ha de buscar, por tanto, un Juez humano, metido en cuantos problemas afectan a la sociedad que le rodea, consciente de que tiene una vocación especial que constituye algo más que un medio de vida o una profesión. Es un llamado a defender la Ley, y de forma especial, a los más necesitados del amparo legal, como los ausentes, los desaparecidos, los incapaces, las personas marginadas y aquellas que aunque hayan cometido errores en su vida, debe ayudárseles a encaminarse hacia un futuro de convivencia en esa sociedad de paz y justicia que los nuevos Jueces tienen de alguna forma que transmitir. No se ha de olvidar que aquello que guarda el interior de nuestro corazón, de alguna forma es recibido por los demás. El que está inquieto, el que tiene espíritu de revancha, transmite inquietud y guerra, pero el que en su interior goza de paz y sentido de lo verdaderamente justo, transmite paz y justicia. La angustia, la depresión, la desesperación del hombre contemporáneo se deben a la ausencia de estas verdades y de estas certezas. La explosión epidémica de enfermedades mentales de la esquizofrenia o el síndrome de Alzheimer, ponen al desnudo el desequilibrio mental de nuestra sociedad. Y nuestra sociedad no tiene equilibrio precisamente porque está privada de determinadas certezas y valores que un Juez puede proporcionarles con su justicia, con su capacidad de creer en lo bello, de amar lo bueno y de luchar por los más necesitados. He aquí el gran camino de los nuevos Jueces, en un nuevo siglo y en una nueva Justicia.

La auténtica función judicial no se aprende solamente en textos jurídicos y en obras de gran valor científico, sino que tiene que estar unida a la experiencia y riqueza de la vida, a sus miserias y a sus grandezas. El Derecho, en sí mismo, es la vida de las personas; entre el nacimiento y la muerte se producen una serie de figuras reguladas por la Ley: los derechos y relaciones paternofiliales, el matrimonio, el trabajo, el contrato, los medios de vida, el delito, etc. Consecuentemente, un Juez debe estar inserto en la vida diaria, en el momento que le ha correspondido vivir, actuando intensamente sobre el presente que tiene en sus manos. Es un error renunciar a aspectos de estudio, teoría y riqueza vital, sustituyéndolos exclusivamente por un sentido práctico de lo que puede hacer un Juez. La práctica que se sustenta en una buena formación da excelentes autos. No así la que carece de aquellos principios de la vida a los que hemos hecho referencia.

Al hablar de función judicial, preferiría cambiar el término por el de «misión del Juez». Función es la acción y ejercicio de un empleo o cargo. Misión es poder y facultad para desempeñar un cometido. En la labor judicial, el cometido está por encima del cargo. El diccionario académico, en una de sus acepciones, habla de «la misión» como acción de enviar. Transmitir la buena nueva a quien la necesite. Eso es, exactamente, el trabajo fundamental de un Juez: ser un enviado a la vida diaria para transmitir la buena noticia de una sociedad de justicia y de un estado de derecho sin discriminaciones, que se hace y forma diariamente, en la vida profesional de Jueces y Magistrados. Es, precisamente, la efectividad de la Justicia la máxima aspiración de los pueblos cultos. Una de las más antiguas Compilaciones del mundo, las Leyes de Manu, dicen que la Justicia es el único amigo que acompaña a los hombres después de la muerte, pues todo otro afecto está sometido a la misma destrucción del cuerpo. Y si la Justicia es imperecedera, si el hombre lleva en sí este sentimiento, es indudable que al tratar de plasmar dicho sentir en una acción humana, no puede considerarse como mera función, simple actuación de funcionario, sino como verdadera misión trascendente, fundamental y esencialísima dentro de la organización de la sociedad. Goldschmidt dice que la virtud de la Justicia, lejos de ser sólo una virtud moral, es más bien una virtud intelectual y posee repercusiones sobre la voluntad. Cuando el Juez es consciente de esa misión y de esa virtud, aprende que la norma jurídica le dará la pauta a seguir de la que no debe salirse, pero sin imponerle barreras infranqueables ni limites rígidos. Porque hay que tener presente que la Justicia no es la aplicación estricta de las normas, sino la actualización del derecho positivo a un caso concreto y a un momento histórico determinado (art. 2 del Código Civil). En este sentido, la misión del Juez se acerca al orden legislativo sin invadirlo, puesto que tiene que adaptar las normas legales a la cuestión debatida. Esa actividad intelectual del Juez, se dirige al hombre. No hay máquina ni puede haberla capaz de suplir los elementos volitivos e intelectuales que logra aportar la criatura humana. De ahí que el hombre convertido en Juez, sea el elemento fundamental, la figura central del proceso, hasta el punto que se ha llegado a afirmar que más que buenas o malas leyes, lo que hay son buenos o malos Jueces.

Condiciones de las personas encargadas de juzgar

El consejo del suegro de Moisés, tal como se lee en el Libro del Éxodo (18, 20-22), sigue siendo válido: «escógete de entre el pueblo hombres capaces, temerosos de Dios, hombres íntegros y libres de avaricia y constitúyelos sobre el pueblo, para que juzguen al pueblo en todo tiempo». El Juez público tiene que tener tales condiciones; es el único capaz de transformar lo ambiguo, abstracto o genérico en jurídicamente concreto y definitivo, y esto se hace desde la sabiduría jurídica y también desde la integridad y honestidad moral. Hurtado de Mendoza perfila un poco más la figura del Juez como hombre y jurista: «Pusieron los Reyes Católicos el gobierno de la Justicia en manos de Letrados, cuya profesión eran las letras legales, comedimiento, secreto, verdad, vida y alma y sin corrupción de costumbres; no visitar, no recibir dones, no profesar estrechura de amistades en razón al cargo, no vestir ni gastar suntuosamente, humanidad en el trato y juntarse a las horas señaladas para oír causas y tratar el bien público». Así pues, el Juez de todos los tiempos, pero especialmente el de la sociedad futura, debe ser un Juez con:

* Dignidad: obligación fundamental en su profesión, mediante una conducta responsable guiada por la conciencia recta y responsable.

* Amante de la Verdad, por su formación intelectual, ya que pone su estudio e investigación al servicio de esa verdad. La Verdad es siempre objetiva y los errores son también siempre subjetivos. El Juez sólo cede cuando pronuncia verdad y no la hace depender de la crítica u opinión de los demás, por mucho que pueda comprometerle o desfavorecerle. El Juez es un servidor; se debe a los demás, a personas que han cometido errores o aquellos que someten a su decisión cuestiones de honor, de familia o de economía. Es, por tanto, un servidor; el servicio viene de amar, y el amar viene de reinar.

* El Juez es el servidor nato del reino de la paz y de la justicia.

* Función social: Ha de que estar en la realidad social de su tiempo. Ni los pasados fueron mejores, ni los futuros serán peores. Es el momento presente, con sus circunstancias políticas, históricas, laborales, conflictivas, de falta de trabajo, de enfermedad y de grandes desigualdades, donde el Juez tiene que ejercer su función, ante todo, social.

* Pensando en los demás, y olvidándose de su persona, porque la verdadera Justicia se hace hacia el exterior y no contemplándose a sí mismo.

* Secreto profesional: Debe mantener siempre el secreto de lo que actúa, con las excepciones que están especificadas en la Ley. No es la falta de publicidad del proceso, sino el no dar a conocer, con interpretaciones desviadas, aquello que sabe por el ejercicio de su profesión; y sentir a la Justicia en primer lugar, y el Juez encargado ha de estar situado en un segundo puesto de discreción, prudencia, anonimato, silencio y humildad. Lo importante ha de ser hacer el bien supremo de Administrar Justicia, y que su persona, o la de su compañero judicial, aparezca como lo menos importante pues todos, cualquier Juez, ha de pretender siempre lo mismo: el reinado de la justicia.

* Compañerismo: Estar cerca unos compañeros de otros. Por sí mismo, el Juez, en sus últimas decisiones, es un hombre solitario. No ha de olvidar la voz de la experiencia. El consejo útil del amigo. La meditación de un tema entre varios y la tranquilidad después de haber resuelto con arreglo a su conciencia y al derecho que debe aplicar.

* Orden personal: Por último, debe mantener un orden en su vida particular, que refleje ese mismo orden en el despacho y en todas sus actuaciones judiciales. San Agustín decía que la paz es la tranquilidad en el orden, y un Juez no está tranquilo por ausencia de problemas sino porque trata de resolverlos, con orden y armonía.

Conclusiones

En definitiva, la Justicia del siglo XXI, debe restablecer la confianza de los ciudadanos en sus Jueces, y para ello ha de estar dotado de valores de transcendencia y de seguridad en lo que se decide, que permitan al justiciable acudir con esa especial confianza a sus Tribunales. Aquello del molinero de Berlín ante el Emperador que trataba de quitarle sus tierras: «todavía hay Jueces en Berlín». Unamuno decía: «el amor compadece y compadece más, cuanto más ama». Por su parte Esquilo: «el que nunca ha amado no puede ser bueno». Toda su justicia, por severa que sea, tiene que estar dirigida a la comprensión y al amor a su misión de juzgar, y a las personas que deben beneficiarse de esa misión. Para terminar, las palabras de un excelso poeta, San Juan de la Cruz, que invita a un nuevo oficio, a un nuevo trabajo, a una nueva misión. Ya mi alma se ha empleado, y todo mi caudal, en su servicio. Ya no guardo ganado ni ya tengo otro oficio, que sólo el amar es mi ejercicio.

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