Por Mario Meneghini.-

Un artículo publicado ayer*, estimula este breve comentario. Sostiene el autor, doctorado en Derecho, que los “constituyentes” han actuado, “privilegiando al sector político y garantizando la perpetuidad de quienes dicen representarnos”. Agrega, que debería impedirse la reelección en sus cargos de quienes dirigen, no solamente los órganos públicos, sino también los sindicatos, obras sociales, etcétera. Curiosamente no incluye a las asociaciones empresarias, ni a los colegios profesionales, ni a los clubes de futbol.

Si de evitar los privilegios de los políticos se trata, debería comenzarse por modificar el art. 38 de la Constitución vigente, que les otorga a los partidos el monopolio de la representación ciudadana. Además -establece dicho artículo-: “El Estado contribuye al sostenimiento económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes”.

A diferencia de otros países, en la Argentina no se admite la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, de ciudadanos independientes, ni a quienes representan a asociaciones civiles, sindicatos, centros vecinales, centros de estudios y otras entidades de la sociedad.

Cabe mencionar sobre este tema, lo que expresaba el Modelo Argentino, presentado al Congreso, por el único argentino electo en tres oportunidades Presidente de la Nación (**):

“El ciudadano se expresa como tal a través de los partidos políticos cuya vigencia lleva al funcionamiento de los cuerpos políticos legislativo y ejecutivo. Pero también el hombre, a través de su condición de trabajador, intelectual, empresario, militar, sacerdote, etc., tiene que organizarse para participar en otro tipo de recinto, como puede ser, por ejemplo, el Consejo para el Proyecto Nacional Argentino. Este debe enfocar su tarea hacia la gran obra de formulación del Proyecto Nacional en la cual todo el país tiene que empeñarse”.

“Cuando la concepción liberal actúa en el nivel del ciudadano y del Estado, sin aceptar más entidad intermedia que los partidos políticos, ofrece garantías no del todo adecuadas”.

“Cuando la concepción de la democracia social establece que los grupos sociales deben integrar institucionalizadamente los cuadros intermedios de la comunidad organizada, está ofreciendo garantías verdaderas”.

* Liberati, Enrique. “Hacia una república sin corrupción”; La Voz del Interior, 8-5-23, p. 12.

** Modelo Argentino, 1974, Segunda Parte.

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