Por Hernán Andrés Kruse.-

La Corte Suprema se puso del lado de los usuarios residenciales de gas al decidir la anulación del tarifazo que recargó las boletas con subas superiores al 400 por ciento. El alivio a la población se mantendrá hasta la concreción de la audiencia pública como paso previo fundamental a cualquier modificación tarifaria y que fue ignorada por el gobierno nacional. Si bien el fallo deja de lado a las empresas, las cooperativas, las recuperadas, productores, comedores y asociaciones, los faculta para iniciar nuevos juicios en defensa de sus derechos. Una cuestión relevante del fallo es que fue por unanimidad e implica para el presidente de la nación un fuerte golpe político ya que había transformado el tarifazo en una suerte de cruzada. Todo hace suponer que con este fallo, al sentar jurisprudencia, la Corte Suprema actuará de manera similar cuando trate otros tarifazos, como el de la electricidad.

Los supremos exigen “razonabilidad” al Estado en los incrementos tarifarios. Es su obligación, remarca el fallo, “velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad de los servicios públicos”, ponderar “la realidad económico-social concreta de los afectados por la decisión tarifaria con especial atención a los sectores más vulnerables”, evitar “el perjuicio social provocado por la exclusión de numerosos usuarios de dichos servicios esenciales como consecuencia de una tarifa que, por su elevada cuantía, pudiera calificarse de “confiscatoria”, en tanto detraiga de manera irrazonable una proporción excesiva de los ingresos del grupo familiar a considerar”. Expresa que “un cálculo tarifario desmesurado o irrazonable generará altos niveles de incobrabilidad y terminará afectando el mentado financiamiento” y, a la larga, la “calidad y continuidad del servicio”. Para los supremos el tarifazo perjudica fundamentalmente a los usuarios de menores recursos, quienes se ven obligados a destinar una buena parte de sus ingresos a pagar la factura de gas, lo que puede terminar siendo verdaderamente confiscatorio. Pero también puede resultar perjudicial para las empresas que prestan el servicio ya que una factura confiscatoria puede llegar a provocar una rebelión de los usuarios que podría provocar a dichas empresas un caos financiero de impredecibles consecuencias. Lo concreto es que la Corte decidió que quienes viven en una casa o departamento no deberán pagar los incrementos en el gas que impuso el gobierno nacional mediante las resoluciones 28 y 31 de marzo pasado, resoluciones que fueron anuladas por la Cámara Federal de La Plata y la propia Corte Suprema. En consecuencia, las empresas no les podrán cobrar retroactivo a los usuarios, lo que significa que no tendrán más remedio que refacturar con los valores vigentes a principios de año.

Según la Corte, “las decisiones adoptadas por el ministro de Energía y Minería no han respetado la participación de los usuarios bajo la forma de audiencia pública” previa al incremento tarifario. Lo que hizo Aranguren fue ignorar olímpicamente el artículo 42 de la Constitución que prevé una instancia de discusión sobre las tarifas, el acceso a la información adecuada y veraz, el resguardo de los denominados “derechos económicos” y el control de los servicios públicos. La audiencia tiene como objetivo garantizar la participación de la ciudadanía en este tema tan delicado. Dice la Corte que su cumplimiento es “imprescindible” si lo que se pretende es “el ejercicio de derechos por parte de los ciudadanos” en lugar de “acrecentar el catálogo formal de instituciones nominales vaciadas de todo contenido” que “sólo pretenden legitimar decisiones verticales tomadas con anterioridad”. La audiencia garantiza a los ciudadanos hacerse escuchar antes de que el gobierno imponga el tarifazo. La Corte considera que siempre debe haber una audiencia para debatir los valores, fijados de manera monopólica, de transporte y distribución del gas. Afirma que el “gas de boca de pozo” o PIST (precio de ingreso al sistema de transporte) también debe ser discutido en audiencia mientras sea el Estado el encargado de fijar su precio. No sucede lo mismo si es el mercado el que lo regula. Los supremos exigen que el tema de discusión no sea ignorado por el gobierno para que los ciudadanos no sean burlados en su buena fe. Según la Corte, carece de sentido considerar como válida la audiencia celebrada en 2005 para una medida que se tomó once años después. Los supremos descartan el carácter “transitorio” del régimen en relación con sus consecuencias concretas: “El incremento para el usuario implica un aumento sustancial de su factura y, en caso de no poder afrontarlo, podría ser privado del goce del servicio”. De acuerdo con el caso “Halabi”, rememora la Corte, quedaron fijas las bases de las acciones colectivas. Éstas pueden ser puestas en marcha por quienes ante un único hecho padecen iguales efectos (la falta de audiencia), es decir quienes están en una clara posición de vulnerabilidad. Tal el caso de los usuarios residenciales pero el resto de los damnificados-empresas, cooperativas, etc.-están en condiciones de hacer planteos individuales o colectivos. Es obligación del Poder Judicial, remarcan los supremos, controlar si las tarifas se ajustan a “la Constitución, la ley” y evaluar “su razonabilidad”. Es obligación de la Justicia impedir que las empresas prestadoras de servicios esenciales para la vida atenten contra el derecho a la vida de los usuarios, en suma. Los supremos reclamaron a los legisladores nacionales la designación del Defensor General de la Nación, cuyo cargo está vacante desde hace siete años. También aclaran que la tarifa social se mantiene.

Pedro Sisti, abogado del Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis), manifestó que “la decisión de la Corte es mucho mejor de lo que esperábamos, y sentó un criterio que ahora debería aplicarse a la luz y al agua”. “No estamos de acuerdo con que se excluya a los comerciantes y a la industria, porque nosotros planteamos el reclamo enfocado en la falta de audiencia, y en eso no hay distinción. La Corte tomó la afectación económica. Pero seguramente las empresas más chicas van a poder accionar en forma colectiva. Las más grandes tendrán que hacerlo individualmente” (fuente: Irina Hauser: “El fallo que el gobierno no quería recibir”, Página 12, 19/8/016).

Marcos Peña, jefe de Gabinete, y Juan José Aranguren, ministro de Energía, salieron inmediatamente a dar la cara ante la opinión pública luego de conocido el fallo adverso de la Corte. Ambos funcionarios confirmaron que la audiencia pública se efectivizaría dentro de tres semanas (hoy, viernes 19, se conoció la fecha: 12 de septiembre). El cuestionado ministro de Energía sostuvo que “en la audiencia pública que vamos a hacer recibiremos todos los comentarios sobre la base del cuadro tarifario que establecimos este año”. Ello significa que el gobierno nacional insistirá con el tarifazo en una actitud políticamente incomprensible. Lo cierto es que el aumento llegará a los usuarios luego del invierno y no será retroactivo. Como hace poco sostuvo Peña, “a la corta o a la larga, los usuarios pagarán el tarifazo”.

El gobierno de Mauricio Macri viene actuando como si se sintiera el dueño de la Argentina. En efecto, al imponer el tarifazo descartó de cuajo la convocatoria a audiencias públicas porque estaba obsesionado con imponer los nuevos cuadros tarifarios lo antes posible. De haber convocado a audiencia pública hubiera demorado tal decisión, con el consiguiente perjuicio económico para las empresas gasíferas. El tarifazo fue, por ende, una decisión eminentemente política cuyo objetivo no es otro que garantizar una gigantesca transferencia de dinero a las gasíferas. El Ministro de Energía sostuvo que, en relación con los precios mayoristas, la audiencia pública no tenía sentido alguno porque el segmento de la producción no está sujeto a la intervención estatal. Cuando se le preguntó al ministro por qué no hubo audiencia pública cuando se avanzó con el cambio en los cuadros tarifarios aplicados por las distribuidoras, su respuesta fue disparatada: dijo sin ruborizarse que la audiencia había tenido lugar, pero hace una década (durante la presidencia de Néstor Kirchner). Ello significa que para el gobierno nacional el tarifazo fue una “adecuación transitoria” que no hacía más que continuar con aquella negociación contractual comenzada en 2003 y que no había terminado porque el gobierno de Kirchner no la había concluido. El cuerpo de letrados del Ministerio de Energía se explayó al respecto: “La audiencia pública para dicha adecuación transitoria fue oportunamente celebrada con plena participación de usuarios y consumidores, así como de las asociaciones que quisieron participar, por lo que no tiene ningún sustento lógico, pretender la celebración de una nueva audiencia pública a los mismos fines”. Este argumento, que sorprende por su “originalidad”, fue sepultado en las últimas horas por los supremos. Consideraron que “la participación de los usuarios con carácter previo a la determinación de la tarifa constituye un factor de previsibilidad, integrativo del derecho constitucional a una información “adecuada y veraz”. Destacaron, también, que la audiencia pública otorga una garantía de razonabilidad para el usuario y “disminuye las estadísticas de litigación judicial sobre las medidas que se adoptan”. Respecto a la “adecuación transitoria” esgrimida por el gobierno nacional, la Corte fue contundente: “cuando el Estado Nacional pretende justificar su accionar en que se trata de un régimen transitorio, no es posible soslayar que si bien la expresión remite semánticamente a un aspecto temporal del nuevo régimen tarifario, el incremento para el usuario implica un aumento sustancial de su factura y, en caso de no poder afrontarlo, podría ser privado del goce del servicio. En tales condiciones, resulta intranscendente que se trate o no de un régimen definitivo o integral” (fuente: Fernando Krakowiak: “A la audiencia con la cabeza gacha”, Página 12, 19/8/016).

El gobierno nacional trató inmediatamente de minimizar la derrota política que acababa de sufrir. Fiel a su formación empresarial, el presidente hizo una lectura pragmática del fallo supremo y ordenó a sus alfiles instalar ante la opinión pública una interpretación “light” del fallo. Los integrantes de la “mesa chica” del macrismo consideraron que el costo fiscal es más bajo del que podría haber sido y que dentro de un semestre podrán imponer el tarifazo a todo el mundo. Para el oficialismo el fallo no incidirá en lo más mínimo en el rumbo trazado en materia energética, lo que en la práctica significa un fuerte apoyo al ministro de Energía. Mauricio Macri reaccionó como lo hubiera hecho Cristina Kirchner, en suma.

Pese a las fuertes presiones que ejerció sobre la Corte para que fallara favorablemente y al apoyo recibido de gobernadores de diversos colores políticos, el gobierno nacional acaba de recibir un duro golpe político. Uno de los puntos que más hizo enojar al presidente de la nación y a sus colabores más inmediatos fue la decisión de la Corte de no ratificar el precio en boca de pozo sin audiencia previa. Un cercano colaborador presidencial masculló bronca: “nos preocupa el liberalismo extremo de la Corte: que si el precio del gas fuera el del mercado no requeriría audiencia previa, pero si el Estado regula el precio a la baja tienen que convocarla, aunque eso no está en norma alguna. Pero podemos vivir con eso”. Para la “mesa chica” del gobierno nacional era un alivio que el fallo no quitara el aumento a los usuarios no residenciales. Mostrando un optimismo que no se condice con la dureza del fallo, el círculo áulico presidencial calculó que se estaba en condiciones de cobrar el incremento de la tarifa de gas al 75 por ciento y de tener que financiar durante algunos meses los subsidios del restante 25 por ciento de usuarios residenciales hasta estar en condiciones de cumplir con los procedimientos y aplicar el incremento. Uno de los miembros de ese círculo áulico, encargo de delinear la estrategia judicial del oficialismo, dijo: “¿El fallo? Fiscalmente, bien. Institucionalmente, muy bien. Jurídicamente, es un mamarracho”. El gobierno hacía este cálculo: “no lo vemos como una derrota. El 75 por ciento de los aumentos los ratificó. Y el otro 25 por ciento lo vamos a poder hacer dentro de unos meses. Es financiarlo, a lo sumo, seis meses” (fuente: Werner Pertot: “De cómo disimular una derrota política”, Página 12, 19/8/016).

Mientras tanto, el presidente de la nación recién va recuperando el conocimiento luego del knockout recibido.

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