Por Domingo Cavallo.-

Al ex Presidente Carlos Saúl Menem lo condenan por utilizar fondos reservados de la Presidencia para pagar complementos remuneratorios a los funcionarios de su administración. A mí, aparentemente, me condenan por haber cobrado esos complementos entre 1991 y 1993, cosa que hicieron todos los Ministros, Secretarios y subsecretarios y también todos los legisladores nacionales. Eso, a pesar de que yo fui quien en 1991 instruyó a todos los ministros en reunión de Gabinete Nacional a incluir los complementos salariales en las respectivas declaraciones juradas de impuestos, y quien en 1994, conjuntamente con el Ministro Armando Caro Figueroa, convenció el Presidente para que firmara el decreto 838/94 que eliminó el carácter secreto de esos complementos. La decisión judicial no es solo injusta sino simplemente absurda.

Aún no han dado los fundamentos, pero por lo que leyó el Presidente del Tribunal en oportunidad de dar a conocer la sentencia, el 1 de diciembre, yo habría sido partícipe necesario, igual que el ex Ministro de Justicia Raúl Granillo Ocampo, del delito de Peculado (sustracción de fondos públicos por parte de aquel al que le fuera confiada su administración) del que habría sido autor el ex Presidente Menem durante su mandato.

Como además de la condena de prisión, disponen la confiscación de 220.868 pesos, cifra que surge de mis declaraciones de impuestos de los años 1991 a 1993, mi delito habría sido el cobro durante los 34 meses de esos tres años, de 6.500 pesos por mes, procedente de gastos reservados de la Presidencia de la Nación.

En el caso de Granillo Ocampo, quien nunca mencionó haber cobrado sobresueldos en sus declaraciones de impuestos de los años 1991 a 1993, le confiscan 1.350.000 pesos que, según quienes lo acusaron, habría recibido de gastos Reservados de la Presidencia durante los años 1998 y 1999. La cifra revela que en caso de ser cierta la acusación, lo que Granillo Ocampo habría recibido no puede ser considerado complemento salarial. Es muy difícil encontrar la conexión entre el delito del que se me acusa a mi con aquel por el que se lo acusa a Granillo Ocampo, salvo que lo que fue una acusación de pago ilegítimo de sobresueldos se haya transformado en una acusación genérica de pagos ilegítimos con fondos reservados. Si este fuera el caso, no se entiende cómo pueden haber llegado a una conclusión sin haber indagado, por ejemplo, al Secretario de la SIDE y a los demás Ministros que manejaron gastos reservados.

En mi caso, es bien sabido que hay alrededor de 40 funcionarios, entre ex Ministros, ex Secretarios, ex Subsecretarios y algunos asesores, que también declararon ante la Dirección General Impositiva, haber cobrado durante los años 1991 a 1993, cifras parecidas a las que me condenan a devolver. Y es también bien sabido, porque ha estado en la prensa desde el ano 1993 en adelante, que todos los ex Ministros, ex Secretarios y ex Subsecretarios, así como todos los demás funcionarios públicos de jerarquía equivalente que estuvieron en funciones entre 1991 y 1993, y los diputados nacionales cobraron complementos salariales procedentes de gastos reservados, aún cuando no aparezca la expresión “Ley Secreta 18302” en sus declaraciones de impuestos.

Yo dediqué varias horas, durante el juicio, a explicar en indagatoria, lo que ocurrió en materia de pagos de complementos salariales con Gastos Reservados de la Presidencia hasta que por iniciativa mía y del ex Ministro Armando Caro Figueroa, el Presidente de la Nación dictó el decreto 838/94 por el que se dispuso que se siguieran pagando los mismos complementos con partidas no reservadas de cada Ministerio.

Por lo que surge de lo hasta ahora conocido de la sentencia, como no me reclaman la devolución de los 201.500 pesos (6.500 durante 31 meses de 1994 a julio de 1996) que declaré como procedentes del decreto 838/94, el Tribunal considera que lo dispuesto por ese decreto no fue un acto delictivo. Quienes estén interesados en mi explicación, he incorporado a este blog el texto y el video de mi declaración indagatoria del 15 de marzo de 2015 y también el video de la sesión en la que respondí las preguntas de los fiscales, de la querella y del Tribunal.

El pago de complementos salariales con gastos reservados de la Presidencia fue una práctica que viene de muy lejos. Se explica porque en las épocas de alta inflación, cuando los aumentos salariales que se disponían eran por sumas fijas, se achataron las escalas salariales del sector público y los sucesivos Presidentes prefirieron pagar complementos con partidas reservadas en lugar de ajustar las escalas de manera explícita. Sin duda, se trataba de una de las tantas prácticas presupuestarias defectuosas y no transparentes que existieron hasta la sanción de la ley de Administración Financiera que mi Ministerio propuso y logró aprobar en 1992. Pero fue precisamente mi labor como Ministro de Economía y la de Armando Caro Figueroa como Ministro de Trabajo que terminó definitivamente con esta práctica. En mi caso, lo hice apoyando el decreto de 1991 que elevó a 6 mil pesos la remuneración explícita de los Directores Nacionales que cumplían funciones ejecutivas y que, en un número aproximado de 500, venían recibiendo también, hasta ese momento, complementos salariales procedentes de gastos reservados. En 1992, apenas Menem me dio la atribución necesaria, dispuse aumentar hasta 7 mil pesos la remuneración total de los miembros de directorios de empresas, bancos oficiales y organismos descentralizados, terminando, para alrededor de otros 400 funcionarios, la práctica de que cobraran complementos salariales por gastos reservados. Y en 1994, cuando Armando Caro Figueroa me acompañó en mi empeño por sancionar el decreto 838/94, terminamos con el sistema al disponer que los alrededor de 200 funcionarios que seguían cobrando complementos salariales con gastos reservados, dejaran de recibirlos por esa vía y lo hicieran desde partidas transparentes del presupuesto de cada jurisdicción.

Fui yo quien en 1991 instruyó a todos los ministros en reunión de Gabinete Nacional a incluir los complementos salariales en las respectivas declaraciones juradas de impuestos según una fórmula que incluía la mención de la Ley Secreta 18302, tal como me lo recomendó el entonces Secretario de Ingresos Públicos, Dr. Carlos Tachi, quien había consultado al Procurador del Tesoro, al Secretario Legal y Técnico de la Presidencia y al Asesor Letrado de la Secretaria de Informaciones del Estado. Por esta razón, muchos funcionarios declararon los complementos salariales utilizando la fórmula sugerida por el Dr. Tachi. El resto, muy probablemente también los declaró, pero sin mencionar a la mencionada ley. Es asombroso que en la etapa de instrucción se haya procesado precisamente a los funcionarios que declararon haber recibido esos complementos salariales, aún cuando el entonces jefe de la Oficina de Anti-corrupción, también había sido Subsecretario en el Ministerio del Interior y cobrado esos complementos en los años 1991 a 1993.

Es la primera vez en la que quien corrige una práctica presupuestaria defectuosa y lucha por la transparencia, prestándose sin restricciones a los requerimientos del Congreso Nacional y de los periodistas, es condenado por un supuesto delito de corrupción. ¿Dónde está el dolo de mi actuación? Si yo hubiera estado cometiendo un delito ¿piensan los señores jueces que soy tan estúpido como para luchar por que se conociera lo que estaba ocurriendo?

Sobre este tema he respondido a muchos requerimientos periodísticos y escrito varios posts. Para quienes tengan tiempo y paciencia los invito a releer las notas tituladas “No se investiga la verdadera corrupción” y “Me demonizaron los medios de comunicación” y los posts “La corrupción que no se investiga” y “Siembran confusión para cosechar impunidad“. Espero que la presunción de que los Tribunales Orales y de la Cámara de Casación Penal que hice en el post “Mi procesamiento en la causa de los sobresueldos” termine siendo correcta. Al menos uno de los jueces del tribunal Oral votó en disidencia y la condena no es definitiva y puede ser revisada por la Casación, a la que apelaremos apenas sean dados los fundamentos de la sentencia.

Todos los esfuerzos que me demandaron desde 1995 las persecuciones de los fiscales y jueces de instrucción fueron y siguen siendo un agobio muy grande. Me duele mucho el daño que le causan a mi familia, pero yo los soporto y seguiré soportando mientras tenga fuerza y razón porque la lucha por la verdad y la justicia han acompañado siempre mi empeño en trabajar por el bienestar de los Argentinos. Habré cometido muchos errores, pero nunca delinquí. Si no lo reconoce así la justicia terrenal, confío en que si lo hará la Justicia Divina.

Agradezco a través de este post las expresiones de solidaridad, pero debo reconocer que estoy sorprendido por las escasas muestras de apoyo que recibí. Obviamente, muchos de quienes fueron mis colegas y saben cuál es la verdad prefieren mantenerse en el anonimato y no arriesgar a escribir un e-mail, enviar un mensaje de texto o hacer una llamada a mis teléfonos.

Más importante aún, me preocupa el mensaje que la Justicia envía a las personas honestas que deseen ingresar a un gobierno futuro e intenten bregar por la transparencia y la honestidad en las finanzas publicas. Los que dicen la verdad y declaran sus ingresos, son condenados. Los que mienten y ocultan su patrimonio, aun de la forma más burda e hipócrita, gozan de impunidad.

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