Por Hernán Andrés Kruse.-

Gildo Insfrán y el imperio de la hipocresía

Gildo Insfrán, histórico dirigente del justicialismo formoseño, asumió por primera vez como gobernador el 10 de diciembre de 1995. Era el momento de apogeo de Carlos Menem, quien había obtenido la reelección en mayo. A partir de entonces, reforma constitucional mediante, Insfrán fue elegido en las elecciones de 1999, 2003, 2007, 2011, 2015 y 2019. Ello significa que vio pasar por la Casa Rosada a Carlos Menem, Fernando de la Rúa, Adolfo Rodríguez Saá, Eduardo Duhalde, Néstor Kirchner, Cristina Kirchner y Mauricio Macri. Estamos hablando de un cuarto de siglo en el poder, de un gobernante eterno que ha hecho del poder una cuestión de fe.

Insfrán es el típico caudillo que se maneja como un patrón de estancia. En su concepción política Formosa no es una provincia sino una gigantesca estancia donde ejerce el poder sin limitación alguna. En la provincia norteña hay dos clases de personas: por un lado, los miembros de la oligarquía y los secuaces de Insfrán; por el otro, la inmensa mayoría de los formoseños, condenados a sobrevivir. Esa mayoría no es libre. Al predominar el empleo público y los planes sociales, los formoseños no tienen más remedio que rendirle pleitesía al patrón de estancia. Es la única manera de no transformarse en muertos civiles. La libertad de expresión brilla por su ausencia. ¿Alguien puede suponer que Insfrán permitiría críticas a su gestión desde los medios oficiales? Puede suceder que algún periodista de una remota FM se atreva a criticarlo, pero su nula repercusión ni cosquillas le hace. Es cierto que existe una oposición pero sus chances de victoria en las elecciones es inexistente. Insfrán ha edificado una fuerza política hegemónica similar al PRI mexicano que permitía a la oposición “competir” para salvar las apariencias. ¿Cómo pueden tildar de dictador a Insfrán, braman sus defensores, si es gobernador gracias al voto popular? Es cierto que la inmensa mayoría lo vota pero sería tremendo no reconocer que ningún empleado público y ningún beneficiario de algún plan social se atreverían a votar en su contra. La gente vota con miedo, presionada por un gobierno que no admite “traiciones”.

Hace 25 años que Insfrán gobierna de esa forma. Cuesta creer que los sucesivos presidentes que tuvo el país a partir de 1995 no supieran que en Formosa la democracia brilla por su ausencia. Por supuesto que eran perfectamente conscientes de ello pero siempre primó la política de buena vecindad. De repente, casi como por arte de magia, la oposición nucleada en torno a JpC se despabiló y comenzó a darse cuenta de que en Formosa se violan los derechos humanos. Esta reacción “republicana” se debió a la decisión de Insfrán de confinar en lugares insalubres a aquellas personas enfermas de Covid-19 o sospechadas de estar infectadas. Las denuncias, fogoneadas fundamentalmente por Clarín, La Nación y los canales de cable afines al multimedios, comenzaron a expandirse como reguero de pólvora. ¿Se trató efectivamente de una sincera reivindicación de la democracia como filosofía de vida, del derecho de los formoseños a ser considerados personas, sujetos de derechos? Lamentablemente, lo que está primando en la oposición es un mero oportunismo político. Conscientes de que se trata de un asunto delicado sus máximos referentes vienen machacando desde hace varias semanas con la sistemática violación de los derechos humanos en Formosa. Pero lo que se proponen no es reivindicar los derechos pisoteados por Insfrán sino pura y exclusivamente horadar la imagen del gobernador y, conscientes del apoyo que le brindaría Alberto Fernández, efectuar por elevación un disparo al gobierno nacional.

La reacción presidencial y del peronismo fue de manual. Salieron con los tapones de punta a defender a Insfrán quien, al fin y al cabo, es un peronista y como lo sentenció Perón “el peor de los nuestros es preferible al mejor de ellos”. Alberto Fernández y los máximos referentes del PJ saben muy bien lo que sucede en Formosa, que Insfrán es un caudillo sin moral, que los formoseños están a su merced. Pero decidieron ignorar la cruda realidad porque imperó en ellos la “real politik” o, si se prefiere, el maquiavelismo químicamente puro. Emerge en toda su magnitud el error táctico cometido por la oposición. Lo único que consiguió con sus denuncias fue unir al peronismo en torno a la figura de Insfrán y ya se sabe que cuando el peronismo se une es invencible. Una vez más quedó en evidencia de lo que es capaz el justicialismo cuando lo que está en juego es el poder. El clásico principio “el fin justifica los medios” alcanza su máximo esplendor. Hoy apoyan a Insfrán como lo harían con cada gobernador peronista, por más inmoral que sea, en problemas. 2021 es un año electoral y el gobierno, en consecuencia, se juega su futuro. Y cuando el peronismo se juega su futuro es capaz de ejecutar cualquier movida, por más vil y hedionda que sea.

La ideologización de los derechos humanos

El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de la ONU dio a conocer un documento fundamental: la declaración universal de los Derechos humanos. He aquí su articulado.

Artículo 1-. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2-. Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3.- Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4.- Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5.- Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6.- Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7.- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8.- Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9.- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10.- Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11 1.- Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. 2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12.+ Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13 1.- Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado. 2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso el propio, y a regresar a su país.

Artículo 14 1.- En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país. 2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas. Artículo 15 1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. 2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16 1.- Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio. 2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio. 3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17 1.- Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18.- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19.- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20 1.- Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. 2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación. Artículo 21 1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. 2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. 3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22.- Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23 1.- Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. 4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24.- Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25 1.- Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26 1.- Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27 1.- Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. 2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28.- Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29 1.- Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática. 3. Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

He aquí, en esencia, el liberalismo filosófico y jurídico. Toda persona, por el hecho de serlo, tiene derecho a que el poder la respete, la considere como tal. Ningún gobierno, sea de derecha, de izquierda, del centro o lo que fuere, puede violar los derechos humanos. Si lo hace ingresa en la ilegitimidad, por más que haya sido elegido por el pueblo. Lamentablemente, son muchos los que, fanatizados por una ideología, sólo condenan a aquellos gobiernos violadores de los derechos humanos pero que profesan la misma ideología. El caso más notable es la Cuba castrista. Desde que Fidel Castro se adueñó de la isla en 1959 ha violado sistemáticamente los derechos humanos. La libertad de prensa, por ejemplo, no existe. Ni qué hablar del derecho a criticar los actos de gobierno. Sin embargo, los defensores del castrismo desparramados por el mundo jamás osaron criticarlo. Incluso organismos que han enarbolado la defensa de los derechos humanos, como las Madres de Plaza de Mayo, no se han cansado de alabar al histórico comandante. Para Hebe de Bonafini, Estela Carlotto y compañía, el régimen de Castro es el más fiel exponente del paraíso socialista. En consecuencia, todo lo que hizo Fidel Castro fue legítimo, incluidas las violaciones de los derechos humanos. Para estas dirigentes sólo son condenables las violaciones de los derechos humanos cometidas por gobiernos que están en las antípodas de sus preferencias ideológicas, es decir, por gobiernos de derecha o de ultra derecha. Cabe destacar que los gobiernos denunciados por las Madres efectivamente han violado los derechos humanos. La última dictadura militar es el ejemplo más dramático. Lo notable, reitero, es que el régimen castrista nunca mereció ninguna condena de parte de las Madres, tan violador de los derechos humanos como la dictadura militar.

Estamos en presencia de un ejemplo notable de ideologización de los derechos humanos. Si el gobierno A coincide con la ideología que profesamos, debe ser defendido hasta las últimas consecuencias, aunque viole los derechos humanos. En cambio, si el gobierno B no coincide con nuestra ideología y viola los derechos humanos, merece la condena eterna. El problema es que tanto el gobierno A como el gobierno B son deleznables porque violan sistemáticamente los derechos humanos. Impedir a la ciudadanía expresarse libremente deslegitima tanto al gobierno de izquierda como al gobierno de derecha. Otro caso notable es el de la dictadura de Nicolás Maduro. En Venezuela se violan sistemáticamente los derechos humanos. Sin embargo, el kirchnerismo se ha negado sistemáticamente a condenar a Maduro. ¿Por qué? Por razones ideológicas. Es cierto que Maduro viola los derechos humanos, razona el kirchnerismo, pero Maduro es de los nuestros. Si lo condenamos le estaremos haciendo el juego a la derecha.

En las últimas horas la oposición, en una clara actitud electoralista, se aprovechó de algunas denuncias efectuadas contra el gobernador Insfrán de violar los derechos humanos en la lucha contra la pandemia, para acusarlo de haber violado sistemáticamente los derechos humanos desde que se adueñó de la provincia en 1995. La reacción del gobierno nacional fue de manual. Salió a defender a Insfrán porque es peronista, pese a la validez de las denuncias de la oposición. Una vez más, primó la cuestión ideológica. Todo el mundo sabe que en Formosa, como en la mayoría de las provincias, impera un régimen caudillista, autoritario e inmoral. Los formoseños no son libres, no son considerados por Insfrán sujetos de derecho. Sin embargo, el kirchnerismo jamás lo condenó. Al que sí condenó-y con razón-es a otro caudillo autoritario y venal como el gobernador de Jujuy quien metió presa a Milagro Sala por razones políticas. Pero el gobernador de Jujuy es radical mientras que Insfrán es peronista. En consecuencia, las violaciones a los derechos humanos cometidas por Gerardo Morales merecen ser condenadas pero no las cometidas por Insfrán.

Cada violación de los derechos humanos debe ser condenada. Gobernante que encarcela a alguien porque le desagrada su postura política es un dictador. No importa que sea un progresista o un neoliberal, un radical o un peronista. Una vez Cordel Hull, Secretario de Estado de Roosevelt, se refirió de esta forma a Anastasio Tacho Somoza, dictador de Nicaragua: “puede ser que Somoza sea un hijo de puta, pero es nuestro hijo de puta”. Era un aliado, un “amigo”. En consecuencia, se le perdonaba todo, incluidas las violaciones a los derechos humanos. Consciente o inconscientemente, Hull hizo escuela.

Excelente reflexión de José Pablo Feinmann

El ser y el no ser en el capitalismo global (*)

Era previsible: una vez descubierta la tan anhelada vacuna se desataría una guerra ferozmente competitiva. ¿Qué se podía esperar de un mundo cuya estructura económico política se basa en la desigualdad y el extremo egoísmo? Todo es mercancía, nada es solidaridad. Ponerse a hablar de la solidaridad es arrojarse en el ridículo. ¿Cuándo el ente antropológico ha sido solidario? Hace más de quinientos años que vivimos bajo este sistema. Que es muchas cosas, pero hay dos o tres que son centrales, definitivas. Siempre rechacé la idea de “naturaleza humana”. No, argumentaba desde un sólido historicismo, “el hombre no es naturaleza, es historia”. Es decir, había ciertas persistencias en la condición humana, pero ninguna debía ser naturalizada. El ser humano es cambio. Era –como casi todos– heracliteano. Uno no se baña dos veces en el mismo río. Abominábamos de Parménides. ¿Qué es eso del “ser es, el no ser no es”? Un mero error presocrático. El ser no es invariable. Es y no es. Es devenir. Nos fascinaba el devenir. Todo estaba en perpetuo cambio. Esto era maravilloso. Nos permitía pensar una idea muy tranquilizadora: siempre vendrá algo distinto, algo mejor, y nosotros seremos parte de ese cambio. Pero los elementos constantes de la condición humana son invariables. Se reproducen. Hay esencialidades en lo humano. Si Hitler exigía espacio vital, no era porque deseara cambiar el nacionalsocialismo. Quería fortalecerlo. Estoy hablando del ente capitalista. Y Hitler era esencialmente capitalista. Y el capitalismo tiene tres elementos fundamentales. Los tres funcionan a la vez. El capitalismo se alimenta de la voluntad de poder de sus sujetos. Esta voluntad de poder tiene dos esencialidades insoslayables. Para seguir existiendo la voluntad tiene –ante todo– que quererse a sí misma. Ser voluntad de voluntad. Esto lo postuló Hegel y lo desarrolló Deleuze. Una vez que deseo mi voluntad (su triunfo) debo mantenerla, para lo cual debo hacerla crecer. El crecimiento (o el aumento) está al servicio de la conservación. Tenemos entonces: la voluntad que se quiere a sí misma debe aumentar si quiere conservarse. Por eso los nazis se dedicaron a conquistar Europa. Querían aumentar su espacio vital para conservarlo.

Esto explica el espectáculo horrible que el capitalismo despliega con la cuestión de la vacuna. Algo que el mundo esperaba ansiosamente. Algo que vendría a salvar las vidas que la impiadosa pandemia se lleva, se transforma en una mercancía en disputa dentro de las reglas del sistema que ya lleva quinientos años de vida. Canadá, que es un país rico, almacena vacunas que deberían destinarse a la humanidad. Las vacunas desatan una guerra geopolítica donde cada cual juega su juego. El egoísmo sigue siendo el motor del sistema del capital. Ya hace dos siglos lo dijo Adam Smith: no hay que esperar nada de la benevolencia del carnicero. Todo lo bueno vendrá de su egoísmo que lo lleva a competir y ofrecer cada vez mejor calidad y precio de venta.

Los laboratorios son grandes empresas multinacionales. Y de las más egoístas que existen. Hoy, con la peste, apelan a la pulsión de muerte. No importa cuántos mueren, importa que se salven los mejores. En una escena del film Titanic, la versión de James Cameron, le comunican al desagradable multimillonario que asume Billy Zane que sólo hay botes para la mitad de los pasajeros. Zane enciende su cigarro e impasiblemente dice: “Mientras sea la mejor mitad» (the better half). Con tal de sobrevivir, Rose empuja a su amor hacia el fondo helado del océano porque no hay espacio para los dos en el madero destinado a salvarlos. Es la más veraz historia de amor del cine. Es increíble, pero es así.

El Brexit y la Unión europea se agreden a dentelladas. Viene a la memoria la dura frase de Christine Lagarde quejándoe de la superpoblación mundial. ¿Esta era la pandemia que nos habría de volver más generosos? El capitalismo antropológico es más que nunca el de un globalizado “primero yo”. El mundo tiene que cambiar su estructura global. Tiene que haber una sociedad de los Estados que modere y anule los intereses mezquinos de las grandes corporaciones de la salud, de la vida. Pero eso ya se intentó y fue en vano por completo. La mezquindad es el ser parmenídeo que se muestra en todo su esplendor. El ser es lo que es, lo que es la coseidad de la mercancía, todas las mercancías remiten a la mercancía de las mercancías: el dinero, que remite al oro. El ser es de quien lo posee en mayor cantidad. El no ser no es. Se pueden morir apestados. El mundo quedará en manos de los poderosos y quedará también más habitable, más ordenado. Eso esperan.

(*) Página/12, 31/1/021

El aporte de David Easton

La vida política como sistema de conducta

(última parte) (*)

31/8/011

Para David Easton resulta por demás útil y provechoso dejar a un lado la noción de “sistema político natural”, la idea de que los sistemas políticos se hallan localizados en la naturaleza. De ahí la relevancia de considerar como “sistema de conducta” todo tipo de variables escogidas para describir y explicar el objeto de conocimiento, ya que de esa manera se simplifican enormemente los problemas de análisis al no verse el teórico político en la necesidad de forzar los datos empíricos. Constituye, pues, una pérdida de tiempo dilucidar si se trata de un sistema dado en la naturaleza o una elaboración arbitraria del intelecto. Lo que verdaderamente importa es establecer si las variables seleccionadas para la descripción y el análisis ayudan al teórico político a comprender lo que quiere investigar o, por el contrario, no le brindan ayuda alguna.

La clasificación que hace Easton entere “sistemas interesantes” y “sistemas triviales” es central en el análisis sistémico de la política. ¿Cuándo el teórico político está frente a un sistema interesante? “En caso de que las partes escogidas de la vida política sean relevantes, muestren algún grado de interdependencia y parezcan tener un destino común, podemos decir que estamos ante un sistema interesante y útil para comprender el probable funcionamiento de los sistemas políticos” (“Esquema para el análisis político”, Amorrortu editores, Buenos Aires, pág. 56). Si, en cambio, los elementos seleccionados tienen poco que ver entre sí, si el conocimiento de uno de ellos no ayuda a la comprensión del resto de los elementos, emerge un sistema trivial o poco apto para la tarea científica. Si el teórico político decide investigar la caída del gobierno de Fernando de la Rúa, puede escoger al gobierno nacional de aquel entonces como un sistema político. Puede escoger como elementos de análisis la personalidad de De la Rúa, las medidas adoptadas desde que asumió en diciembre de 1999, su relación con la oposición en el congreso y el rol protagónico de sus hijos. Si tales elementos son interdependientes configuran un sistema apto, interesante, para comprender la debacle de diciembre de 2001. En caso contrario, configuran un sistema trivial. Pero en ambos casos se está en presencia de un sistema.

Según Easton este modo de proceder presenta dos importantes ventajas para el enfoque sistémico de la política. “En primer término, elimina toda discusión posible acerca de si el objeto de nuestro análisis es o no realmente un sistema (…) Esta posición nos permite, además, modificar nuestros juicios sobre la importancia de los sistemas. Nos autoriza a decir que un sistema totalmente desprovisto de interés por la poca interrelación existente entre sus partes, adquirió relevancia de repente al sugerir nuevos datos otras conexiones posibles, para aseverar lo cual no precisamos recurrir a una discusión superflua sobre la repentina mutación de un no-sistema en sistema” (pág. 56). Puede suceder que el teórico político considere la influencia de los hijos sobre De la Rúa un elemento trivial o carente de interés para el análisis de la caída del presidente el 20 de diciembre de 2001. Pero de repente el teórico político encuentra nuevos datos que le hacen cambiar de postura y comenzar a considerar tal influencia una variable relevante para el análisis que está efectuando.

Ahora bien, cabría formular ahora el siguiente interrogante: ¿hay algún impedimento para afirmar que cualquier elemento está vinculado con todos los demás, quedando así plenamente de manifiesto que toda la vida social constituye un único y gran sistema? Si el teórico político procediera así se ahorraría el complejo trabajo de decidir qué elementos incluirá en un sistema supuestamente arbitrario. En efecto, podría afirmar que todas las especies de conducta están interconectadas configurando un mega-sistema, un sistema colectivo, universal. Y nada le impediría actuar de esa manera. ¿Pero qué razón habría paras que actuara precisamente de esa forma? Según Easton no hay ningún sustento teórico para suponer que considerando la vida social como un mega-sistema el científico político llegaría a una mejor comprensión del comportamiento político de las personas. Si efectúa una delimitación del sistema observado o selecciona un conjunto preciso de elementos políticos de entre todos los que podrían formar un sistema, es porque está convencido de que hay elementos más importantes que otros para analizar la conducta política de las personas. De ahí la necesidad de que el teórico político establezca criterios de selección en función de los intereses de su investigación, de manera tal que extraiga un número limitado de actividades políticas de la realidad política que intenta comprender. Tales elementos constituirán su unidad empírica fundamental a analizar, la que recibirá la denominación de “sistema político”. Retornando al ejemplo citado precedentemente, el teórico político escoge los siguientes elementos de la realidad política que eligió para su análisis ya que los considera relevantes: a) la personalidad de De la rúa, b) las decisiones adoptadas durante su gobierno, c) el cambio de gabinete en marzo de 2001, d) la derrota electoral de octubre de ese año y e) la actitud del peronismo en los días previos a la debacle de diciembre de 2001. Tales factores constituirán para el científico político el “sistema político” a analizar.

¿Son las variables escogidas por el investigador realmente las más relevantes para efectuar un acertado análisis político? Easton se sincera: “No hay razón alguna para suponer que exista un conjunto preordenado, inalterable de variables, cuyo examen permita responder todas las preguntas políticas significativas. También supera nuestra capacidad de comprensión actual la esperanza de lograr alguna vez aislar y describir de manera completa y definitiva los principales elementos de la vida política que contribuyen a sus variaciones temporales y espaciales; ello representa una “edad de oro” a la que ninguna otra ciencia, por rigurosos que sean sus métodos o ambiciosos sus fines, se ha aproximado jamás” (págs. 57/58). No se trata de que el científico político escoja las variables por mero capricho. Puede elegir, si quiere, el comportamiento de los perros vagabundos y el grito de la hinchada que celebra un gol de su equipo predilecto como variables esenciales para comprender el comportamiento político de las personas. Desde el punto de vista lógico nada le impide hacerlo, pero desde el punto de vista conceptual le resultaría fútil. Su tarea no implica elegir caprichosamente cualquier conjunto de variables “sino seleccionar aquella combinación que, sobre la base de la experiencia, insight e investigaciones anteriores, sea la que con mayor probabilidad y de la manera más económica y valiosa posible nos permita saber por qué las personas se comportan políticamente como se comportan” (pág. 58). Desafortunadamente, es imposible manifestar a priori qué criterios garantizan la mejor elección posible de las variables.

Easton redondea su punto de vista continuando con su análisis de la crítica fundamental a la interpretación amplia del sentido del término “sistema”: “(…) se podría alegar que si todas las cosas, aisladas o combinadas, pueden considerarse un sistema, por definición es imposible que exista un conjunto de variables que no formen tal sistema. Puesto que todas las cosas pertenecen a la clase de los sistemas, no puede haber una clase de no-sistema. Si no se omite nada, el concepto mismo de “sistema” tiene poco significado” (págs. 59/60). De lo que se trata, en definitiva, es de saber si el concepto de “sistema” es más o menos útil, interesante o trivial, para el investigador.

(*) Publicado en el portal rosarino Ser y Sociedad el 31/8/011

Alberdi y el derecho a la guerra

(primera parte) (*)

5/9/011

“El crimen de la guerra” (1870) es, después de las “Bases”, uno de los libros más conocidos de Juan Bautista Alberdi, ideólogo de la Constitución de 1853. En el capítulo primero analiza el derecho histórico de la guerra.

Alberdi comienza su análisis de la guerra destacando lo monstruosa e incomprensible que resulta, pese a ser utilizada cotidianamente, la expresión “el derecho de la guerra”, es decir, el derecho de cometer los actos más aberrantes que cabe imaginar: el homicidio, el robo, el incendio, la devastación a gran escala. Hablar, pues, del derecho de la guerra es hablar del derecho de destruir sin misericordia a nuestros semejantes. Estos actos, en el plano interno de la realidad política, son considerados crímenes por el cuerpo normativo de todas las naciones. Sin embargo, la guerra los convierte en acciones buenas, legítimas y honestas, con lo cual la guerra emerge como el derecho del crimen, algo que para Alberdi implica un horroroso contrasentido que atenta contra la civilización. Alberdi brinda una explicación histórica para dotar de sentido a este absurdo. El derecho de gentes que se practica en la modernidad tiene su origen en Roma. Tal derecho era el que los romanos aplicaban a los extranjeros. En aquella época los extranjeros eran considerados “bárbaros”, “enemigos”. En consecuencia, el derecho externo que los romanos aplicaban era inexorablemente el derecho de la guerra. Todo acto que era considerado un crimen en el interior de Roma, no lo era si se trataba del acto de un romano contra un bárbaro. Roma distinguía, por ende, dos derechos: el interno y el externo. A raíz de ello, había dos justicias. Para Alberdi el mundo de su época tomó de Roma la peor cara de su derecho, que no era otra que el derecho público (interno y externo). En otros términos, el mundo de su época tomó de roma el despotismo (derecho público interno) y la guerra (derecho público externo).

Alberdi se queja amargamente de esto y dice a manera de denuncia pública: “Les hemos tomado la guerra, es decir, un crimen, como medio legal de discusión, y sobre todo de engrandecimiento; la guerra, es decir, el crimen como manantial de la riqueza, y la guerra, es decir, siempre el crimen como medio de gobierno interior. De la guerra es nacido el gobierno de la espada, el gobierno militar, el gobierno del ejército que es el gobierno de la fuerza sustituida a la justicia y al derecho como principio de autoridad. No pudiendo hacer que lo que es justo sea fuerte, se ha hecho que lo que es fuerte sea justo (Pascal)” (“El crimen de la guerra”, Clásicos Americanos, Buenos Aires, 1943, pág. 8). La manera en que los romanos concibieron y practicaron las máximas del derecho público (o del gobierno de los pueblos) goza de vigencia en nuestro medio, juzga negativamente Alberdi, quien se basa en la historia para probarlo. “Para no probarlo sino por un ejemplo estrepitoso y actual, veamos la Prusia de 1866. Ella ha demostrado ser el país del derecho romano por excelencia, no sólo como ciencia y estudio, sino como práctica. Niebühr y Savigny no podían dejar de producir a Bismark, digno de un asiento en el Senado romano de los tiempos en que Cartago, el Egipto y la Grecia eran tomados como materiales brutos para la construcción del edificio romano” (pág. 9). La anexión violenta de territorios, el sojuzgamiento de pueblos, la necesidad imperiosa de grandeza, no son más que máximas romanas, normas del derecho de gentes romano que situó a la guerra en la categoría de “industria legítima”. Ello explica el rechazo que esta concepción produjo en espíritus como Tocqueville y Laboulaye, que se inspiraron en los principios de la democracia cristiana y moderna.

Para Alberdi la democracia es la antítesis del despotismo, así como la espada de la justicia lo es respecto a la espada de la guerra. “La democracia no se engaña en su aversión instintiva al cesarismo. Es la antipatía del derecho a la fuerza como base de autoridad; de la razón al capricho como regla de gobierno. La espada de la justicia no es la espada de la guerra. La justicia, lejos de ser beligerante, es ajena de interés y es neutral en el debate sometido a su fallo. La guerra deja de ser guerra si no es el duelo de dos litigantes armados que se hacen justicia mutua por la fuerza de la espada. La espada de la guerra es la espada de la parte litigante, es decir, parcial y necesariamente injusta” (pág. 10). La guerra implica ausencia de un juez imparcial. Ese vacío es llenado por la voluntad de los contendientes de imponer la fuerza de su espada. En septiembre de 2001 las Torres Gemelas fueron demolidas por un salvaje atentado terrorista. Estados Unidos enarboló la espada de la guerra culpando al gobierno despótico de Saddam Hussein. Dada la inexistencia de una genuina Corte Penal Internacional el gobierno de Bush (h) hizo justicia por mano propia haciendo añicos toda posibilidad de actuación de la espada de la justicia.

¿Cuál es la naturaleza del crimen de la guerra? Hay crimen de la guerra cuando la justicia es ejercida de manera criminal, cuando un gobernante se vale de la espada para demoler a su enemigo. “El crimen de la guerra es el de la justicia ejercida de un modo criminal, pues también la justicia puede servir de instrumento del crimen, y nada lo prueba mejor que la guerra misma, la cual es un derecho, como lo demuestra Grocio, pero un derecho que, debiendo ser ejercido por la parte interesada, erigida en juez de su cuestión, no puede humanamente dejar de ser parcial en su favor al ejercerlo, y en esa parcialidad, generalmente enorme, reside el crimen de la guerra” (pág. 10). El ejercicio parcial del derecho de la guerra a favor de una de las partes interesadas constituye, pues, la esencia del crimen de la guerra. La invasión anglonorteamericana a Irak en marzo de 2003 constituye un claro ejemplo de crimen de la guerra, de ejercicio del derecho de la guerra por parte interesada, en este caso por una parte dueña de un fabuloso arsenal bélico que arrasó con una civilización milenaria. La decisión de Bush (h) de encontrar a Hussein ignorando a las Naciones Unidas demuestra el acierto de Alberdi: “La guerra es el crimen de los soberanos, es decir, de los encargados de ejercer el derecho del Estado a juzgar el pleito con otro Estado” (pág. 10). Como la guerra implica la decisión de una parte interesada de juzgar su propio pleito, aquélla “se presume injusta de derecho”. Bush (h) sentenció que Bin Laden era el responsable ideológico del atentado del 11 de septiembre y que Hussein, además de tener lazos con Bin Laden, estaba construyendo armas de destrucción masiva. En consecuencia, le declaró la guerra a ambos y se presentó ante el mundo como el cruzado de la democracia, con lo cual legitimó su decisión de devastar Irak.

¿Cómo probar que la guerra es un crimen? “Para probar que la guerra es un crimen, es decir, una violencia de la justicia en el exterminio de seres libres y jurídicos, el proceder debe ser el mismo que el derecho penal emplea diariamente para probar la criminalidad de un hecho y un hombre” (pág. 11). En el ámbito interno de la realidad política una conducta considerada un crimen-el asesinato a sangre fría de toda una familia, por ejemplo-es llevada ante la justicia. Está el acusado, su abogado defensor, la parte acusadora y el juez, quien finalmente determina la culpabilidad o inocencia del acusado. Finalmente, el juez considera probado el crimen y sentencia al acusado a cadena perpetua. Lo mismo debería suceder en el ámbito externo de la realidad política. Para probar que la guerra es un crimen Bush (h) debería ser llevado ante la Corte Penal Internacional y ser juzgado de igual manera que aquél que mató a una familia entera.

Alberdi es un ferviente defensor de la moral cristiana, a la que juzga como el mejor garante de la paz entre los hombres y las naciones. “La moral cristiana es la moral de la civilización actual por excelencia; o al menos no hay moral civilizada que no coincida con ella en su incompatibilidad absoluta con la guerra. “La moral cristiana es la moral de la civilización actual por excelencia; o al menos no hay moral civilizada que no coincida con ella en su incompatibilidad absoluta con la guerra” (pág. 11). Mera expresión de deseos del gran tucumano ya que la historia se ha encargado de corroborar hasta el hartazgo la plétora de guerras desencadenadas en nombre de Dios. Sin embargo, Alberdi enarbola como un dogma su afirmación de que el cristianismo es la antítesis de la guerra: “El cristianismo como ley fundamental de la sociedad moderna, es la abolición de la guerra, o mejor dicho, su condenación como un crimen. Ante la ley distintiva de la cristiandad, la guerra es evidentemente un crimen. Negar la posibilidad de su abolición definitiva y absoluta, es poner en duda la practicabilidad de la ley cristiana” (págs. 11/12). La mayoría de los gobernantes, especialmente los más poderosos, se han encargado de transformar esa duda en realidad.

(*) Publicado en el portal rosarino Ser y Sociedad 5/9/011

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