Por Carlos Tórtora.-

Era previsible que las causas judiciales contra la corrupción, así como quedaron congeladas durante la campaña electoral, se activaran rápidamente ni bien se terminaran de contar los votos. La corporación judicial de Comodoro Py habría advertido claramente que distintos sectores con poder político estaban dispuestos a acusar a los jueces si no se producían decisiones relevantes en algunas causas. No sólo había una auditoría de gestión de causas en el Consejo de la Magistratura, sino que Elisa Carrió lanzó repetidas advertencias. Ahora, después que Julio De Vido y Amado Boudou perdieron su libertad, habría más figuras de primer nivel cerca de una situación similar. Algunos mencionan a alguien cuya detención podría tener aún más impacto mediático dada su trayectoria, Daniel Scioli. Es sabido que el ex motonauta no cuenta con el respaldo político de los gobernadores del PJ ni de su propia ex jefa CFK. Pero Scioli ya fue electo diputado nacional. El ex gobernador enfrenta dos procesos penales en la Provincia de Buenos Aires: uno por enriquecimiento ilícito y otro por lavado de activos y corrupción, en el que están incluidos varios de sus ex funcionarios. Pero algunos de los denunciantes consideran que sería mucho más transparente que tome las riendas de las investigaciones el fuero federal.

Si un juez pidiera la detención, la Cámara de Diputados debería aparentemente seguir el precedente del caso De Vido y aceptar su desafuero si es que está justificado por la justicia.

Pero el incipiente mani pulite criollo tiene particularidades que se relacionan con el nuevo diseño del poder político. Las detenciones de De Vido y Boudou, y muy probablemente las que sobrevengan de ahora en más, están basadas en la jurisprudencia establecida en septiembre pasado por los jueces de la Sala II de la Cámara Federal, Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia, al rechazar el fallo del juez federal Luis Rodríguez que había denegado el pedido de detención de Julio De Vido interpuesto por el fiscal Carlos Stornelli en el caso del fraude en las minas de carbón de Río Turbio. Lo que falló Irurzun no es nuevo en la jurisprudencia, pero sí es nueva su aplicación al caso de los funcionarios públicos procesados en los últimos años. En las causas penales ordinarias, los jueces suelen merituar si le otorga o no la libertad condicional al procesado en función del peligro de fuga existente. En este caso, el argumento para denegarla es otro: la influencia que puedan ejercer para obstaculizar la causa judicial desde su actual posición (De Vido como diputado y Boudou como un activo movilizador de influencias). Concretamente, Irurzun estableció en ese fallo nuevas pautas para meter presos a los funcionarios acusados de corrupción e inauguró una jurisprudencia más amplia, que debería preocupar a otros ex funcionarios que enfrentan causas y gozan de la libertad. Dijo Irurzun que, en estos casos complejos, con un daño considerable y la reiteración de los mismos acusados, hay particularidades que deben contemplarse.

Dijo que no sólo se debe analizar si hay arraigo del acusado para decidir si existe riesgo de fuga o de entorpecimiento. Se debe considerar un «escenario formado por conductas que involucrarían serias irregularidades en el manejo de los fondos públicos por parte de funcionarios de distintas áreas del Estado y que, se presume, han tenido un desarrollo temporal extenso, lo que implica, a su vez, que se ha contado con las complicidades necesarias para garantizar su sostenido éxito». Estableció nuevas pautas para decidir la libertad: la complejidad de las maniobras, su magnitud, las concretas posibilidades de fuga y de entorpecimiento derivadas de los frentes judiciales abiertos en diversos expedientes, las relaciones personales, laborales o políticas de los acusados mediante las cuales mantienen la posibilidad de influir en las investigaciones, ya sea ocultando o alterando documentos o restringiendo la información que la Justicia les pide a los organismos públicos. Irurzun dijo que había que considerar si el caso involucra sumas millonarias que no se sabe dónde están y si la actividad de los acusados sólo es posible con una complicidad funcional extendida en el tiempo. Por lo que las posibilidades de entorpecimiento incluyen su capacidad de influencia.

La doctrina Pichetto

Lo notable del nuevo escenario es que en forma institucional, y a través de una de las cabezas del Senado de la Nación, este cuerpo parece consentir en una interpretación exactamente contraria a la de Irurzun, que es la base de las actuales detenciones. Miguel Ángel Pichetto, en un revelador reportaje de Perfil que Jorge Fontevecchia le hizo unas semanas atrás sostuvo lo siguiente:

— “¿Le asignás alguna posibilidad de que Cristina Kirchner pueda no asumir o hacerlo por poco tiempo, siguiendo el camino de desafuero de De Vido?

— No, no lo veo eso. El Senado tiene una línea digamos de definición, que está reflejada muy claramente en el fallo de la Cámara Federal que resolvió la procedencia de la candidatura de Carlos Menem a las elecciones recientes, que sostiene el principio de presunción de inocencia y el concepto de sentencia firme de naturaleza de cosa juzgada. Con lo cual, no veo que la voluntad popular pueda ser vulnerada por un mecanismo de desafuero en una instancia del proceso judicial, donde se está en la etapa de instrucción, en la etapa de investigación.

— ¿Y por qué sería distinto del caso de De Vido?

— Bueno, yo personalmente opino lo mismo, digamos, sin perjuicio de que ésta es otra Cámara y tiene su autonomía y decidirá qué hacer, yo creo que el desafuero procede ante sentencia firme. Esto en términos, digamos, también del principio constitucional de la inocencia. Esta es una posición que yo vengo sosteniendo y que no diría que es doctrina en el Senado, pero ha sostenido, digamos, en muchas situaciones individuales de pedido de desafuero, esta línea de definición política.

— O sea, que para que haya sentencia firme, si llega, pasa a Casación y llega a la Suprema Corte, pueden pasar 25 años.

— Bueno, eso es uno de los temas que tiene que resolverse en la Argentina que es un procedimiento y un proceso judicial más corto. Pero lo que sí es cierto, que si no hay sentencia firme, tu principio de inocencia se sostiene, no se cae ese principio. Esto es una línea muy clara y muy contundente desde el punto de vista judicial. La posición del Senado es de construcción más legalista y más de reconocimiento al voto del ciudadano. A ver, si analizamos el caso De Vido, más allá de la situación pública. Lo que digo y lo que sostengo es que De Vido ha estado a derecho, se ha presentado permanentemente en cada una de las citaciones judiciales, de hecho, hoy está siendo sometido a un juicio oral en el caso Once, nunca ha dejado de comparecer ante la justicia, no hay riesgo de fuga, tampoco me parece de interferencia en la acción de la investigación judicial, acaba de renunciar a la presidencia de la Comisión de Energía. Tengo una mirada más, digamos, más legalista de la cuestión. Sé que a lo mejor esto no es políticamente correcto, sé que a lo mejor aquellos que declaman con venganza mediática juicio y castigo”.

La realidad es que ningún senador replicó los dichos de Pichetto que blindan no sólo a CFK sino a todos los senadores nacionales.

La línea argumental seguida por éste se apoya en la doctrina y la jurisprudencia más tradicional, que limitaba las razones para dictar la prisión preventiva al riesgo de fuga, en tanto que Irurzun avanza en realidades más complejas: se trata de procesados con capacidad de ejercer influencias y que estarían administrando fondos obtenidos por vías ilícitas.

Con este doble estándar, el horizonte de la lucha contra la corrupción parece oscurecerse significativamente.

Si las posturas de Irurzun y Pichetto continúan firmes, pronto buena parte del gabinete de ministros y secretarios de CFK irá camino al juicio oral y ella también, pero sólo que en su caso no sólo seguirá en libertad sino que será una influyente senadora, la jefa de un amplio sector del PJ y tal vez candidata a presidente o a gobernadora dentro de dos años. Salvando las obvias diferencias, esto sería como si en el caso de los juicios por lesa humanidad hubieran quedado detenidos hasta los generales pero no Jorge Rafael Videla ni los demás miembros de las Juntas Militares.

Desde ya que no hay decisión judicial que pueda imponerse a una decisión como la que tomaría el Senado si Claudio Bonadío pide el desafuero de la ex presidente. Pero la gravedad del caso ubicaría el tema cerca del conflicto de poderes.

A través de los planteos recursivos que hagan los abogados defensores, la cuestión podría llegar a la Corte Suprema de Justicia, que debería decidir si con un fallo respalda a Irurzun y la línea dura o vuelve a posturas más tradicionales y coincide con Pichetto. Este conflicto no sólo va a marcar el rumbo de los procesos en marcha sino que le va a dar a Cristina Kirchner una centralidad política tan grande o mayor que la que tuvo Lula Da Silva con sus procesos en los últimos tiempos por el Petrolao y otros escándalos. El brasileño, político de raza, no se detiene ante nada y ya está en campaña para presidente otra vez. Como es obvio, en Comodoro Py hay un grupo de jueces y fiscales que interpreta que detrás de la doctrina Pichetto estaría Macri y cierto background de impunidad para CFK. Lo que implicaría, según como se presente el paquete, que termine pagando los costos políticos la Justicia, el Ejecutivo o ambos.

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