Por Luis Alejandro Rizzi.-

El derecho de reclamar integra el derecho “de peticionar a las autoridades” que consagra el Art. 14 de la Constitución y se debe ejercer de conformidad a las leyes que reglamentan su ejercicio.

El nuevo Código Civil y Comercial muy claramente dispone que la ley no ampara el ejercicio abusivo de los derechos y agrega: “Se considera tal el que contraría los fines del ordenamiento jurídico o el que excede los límites impuestos por la buena fe, la moral y las buenas costumbres”. La norma concluye disponiendo que los jueces deben ordenar lo necesario para evitar el ejercicio abusivo de los derechos, reponer la situación al momento anterior y en su caso fijar una indemnización.

Desde hace unos veinte años comenzó en nuestra sociedad un nuevo modo abusivo de “peticionar”, bajo las formas de “reclamos sociales” que no son más que un modo para imponer o condicionar una determinada respuesta fatalmente favorable.

A su vez, se pretendió y se logró, con sobrado éxito, sustraer a ese nuevo modo de “peticionar-exigir” de la condición constitucional de ejercer ese derecho o acción de “conformidad a las leyes que reglamentan su ejercicio…”

Para ello se recurrió a un sofisma que nos dice que cualquier restricción a la “petición-protesta-exigencia” constituye su criminalización, por lo tanto, la concreción de esos actos no debe tener límite alguno hasta que se logre la “solución” pretendida.

Esta modalidad se acentuó en los doce años “K”; un claro ejemplo fue la interrupción de la circulación pública por el puente San Martín durante un lapso de casi tres años. Así, ese modo de reclamar se generalizó, sea cortando una calle, una avenida, una ruta, o las vías del ferrocarril, realizando actos no sólo netamente abusivos sino en algunos casos claros delitos penales que jamás fueron investigados. A ello sumemos los “escraches”, muchas veces alentados desde el propio Poder Ejecutivo u otras áreas de gobierno (sic).

La tolerancia a esos abusos llevó a una suerte de “legitimación” y esos hechos también se repitieron y fueron decisivos para impedir la aplicación y conversión en ley de la famosa Resolución 125, gracias al voto “no positivo” que resolvió el empate registrado en el voto de los senadores.

Más recientemente, esa modalidad de “petición-reclamo-exigencia” se reiteró ante la imposibilidad por parte de Edesur de cumplir con su obligación de suministrar el fluido eléctrico a los particulares.

Como vemos, toda la sociedad, finalmente, en cierto modo convalidó este modo abusivo de “peticionar a las autoridades”.

Diría que estas conductas se convirtieron en un “valor cultural” y la consecuente anomia social, en una suerte de virtud.

Es obvio que no es posible corregir esta anomalía en 24 horas, como lo plantea algún sector del periodismo cuyo objetivo parecería que es una suerte de “terrorismo ordenatorio”.

Es cierto: la mayoría de la sociedad somos rehenes de estos hechos abusivos y somos la gran mayoría los perjudicados o molestados, pero también debemos reconocer que esta misma sociedad convalidó electoral y generosamente a estos doce años de gobierno “k” y la diferencia entre “Cambiemos” y el ex oficialismo, en las últimas elecciones, fue de menos de tres puntos.

La “prudencia” es una de las virtudes cardinales y es obvio que necesitamos una buena dosis de esta virtud, porque lo que debe hacer el Gobierno es precisamente promover un “cambio cultural” y restablecer, como lo proponía Akbar, aquel emperador mogol al que hace referencia Amartya Sen, la senda de la razón “o la regla del intelecto, que ha de ser el factor clave del comportamiento bueno y justo, así como de un marco aceptable de deberes y derechos legales”.

El incumplimiento de las obligaciones y las acciones ilegales deben ser penalizados pero simultáneamente nosotros, como sociedad, debemos asir los respectivos valores culturales.

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