Por Jorge Augusto Cardoso.-
El paro decretado por la CGT y la reunión de personas alrededor del Congreso presionando para que se impongan sus ideas en el debate que se daba dentro del parlamento, en mi opinión, deberían considerarse, por lo menos, como actos delictivos que alteraron el orden público y tendrían que ser sancionados. Tal vez les quepa, entre otros, el delito de sedición. Veamos: “El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes…” Esta frase, establecida en el Art. 22 de la Constitución Nacional, define la democracia representativa, indicando que el pueblo delega el ejercicio del poder en sus representantes electos y no gobierna directamente. Cualquier intento de pretender asumir la representación del pueblo por encima de los poderes constituidos, en este caso, sobre los legisladores, constituye, a mi juicio, sedición.
La sedición se refiere a acciones o expresiones que promueven el descontento o incitan a la rebelión contra el gobierno. Incluyen actividades que pudieran considerarse una apología del desorden público.
En síntesis, toda reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo, de los trabajadores, y peticione a nombre de éste, comete delito de sedición.
Deja una respuesta