Por Carlos Tórtora.-

Ayer se daba por descontado que el Senado aceptará la eliminación del artículo 44 del proyecto de reforma laboral que sancionó Diputados. En consecuencia, la ley será sancionada.

Empezará entonces el siguiente capítulo de esta historia, ya anunciado por la CGT, que es su judicialización. La cantidad y calidad de las aristas judicializables de la reforma es tan significativa que no entra en un análisis sintético. Para empezar, hay que distinguir dos tiempos. En una primera etapa, la CGT y las dos CTA presentarán sin duda amparos en distintas sedes judiciales -valiéndose de distintas entidades- para tratar de que algún juez de primera instancia falle una medida cautelar suspendiendo aunque sea parcialmente la aplicación de la ley.

Si los sindicalistas consiguen aunque sea un juez que proceda a favor de la inconstitucionalidad de la ley, el Estado apelaría y tendría entonces la palabra la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Si ésta dejara sin efecto la medida cautelar que suspende la aplicación de la ley, la CGT tendría abierta la vía de la Corte Suprema a través de un recurso extraordinario por inconstitucionalidad. Si las cosas fueran a la inversa, el que accedería a la Corte sería el gobierno.

En síntesis, es casi ineludible que en pocas semanas la causa llegue a la Corte. A ésta no le corren los plazos procesales pero sí las presiones políticas. Es difícil pensar que el máximo tribunal opte por cruzarse de brazos y dejar pasar el tiempo ante una causa que tendría pendiente a la totalidad del espectro político.

Una larga ola de conflictos

La última palabra sobre la reforma la tendrá seguramente la Corte y es muy probable que, ante la complejidad del tema, la misma se incline en algunos temas a favor del gobierno y en otros en contra.

Pero mucho antes de que los expedientes escalen hasta la Corte, se habrá iniciado una segunda ola judicial bastante más compleja: la de los conflictos originados por la aplicación de la ley. Hay docenas de cuestiones y una de las más importantes es si la nueva norma puede aplicarse retroactivamente o no. Como es obvio, la segunda ola judicial estará condicionada por los efectos que la primera ola pueda tener sobre la aplicación de la ley.

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