Por Juan José de Guzmán.-

Se supone que toda la fortuna que se le pudiera expropiar a la familia Kirchner, sin discusión, debe ir al Estado, como forma de reparar el inmenso daño que le produjo el accionar delictual de sus miembros en la causa Vialidad, cuya tasación del desfalco fue valuada en 685.000.000.000 de pesos.

Es por esta razón que cuesta entender la resolución del mismo tribunal que la sentenció, que ahora corrió vista a Máximo y Florencia para que opinen en relación al decomiso de los bienes que su madre Cristina (la principal acusada y condenada) les cedió como adelanto de herencia en 2016.

Todos sabemos que esa jugada fue pergeñada para evitar la inhibición de sus bienes, que el juez Bonadío tenía previsto decidir por entonces.

¿A título de qué el Tribunal que la sentenció le otorga entidad a ese acto de transferencia hacia sus hijos, cuando quien la efectúa tiene una condena firme por haber defraudado, junto con otros partícipes secundarios al Estado argentino en una suma varias veces millonaria?

Entonces vuelvo a la pregunta del título: ¿es fundado el temor del tribunal a una impugnación de lo actuado por no haber respetado el debido proceso?

¿No se les dio durante el juicio condenatorio la oportunidad de rebatir la acusación de los fiscales?

Si todo eso existió y a pesar de ello la familia Kirchner no logró convencer a estos mismos jueces de su inocencia y con ello evitar la condena por defraudación al Estado, que fue posteriormente confirmada en segunda y tercera instancia por la Casación Penal Federal y la Suprema Corte de Justicia de la Nación, significa que los bienes existentes, en tanto no superen el monto que los peritos de la Corte estimaron, cosa que está lejos de suceder, deben ser confiscados.

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