Por Luis Alejandro Rizzi.-

El miércoles no fue un buen día para el gobierno del triángulo deformado.

La Cámara de Diputados rechazó decretos del P.E. y aprobó proyectos que, de convertirse en ley por el Senado, serán vetados en nombre del equilibrio y superávit fiscal, amén.

Esta vez Martín Menem presidió la sesión, así que debería integrar la nómina de “traidores” y asumirse como “mandril”, pero no será así.

Sobre la sesión de ayer, se oyeron críticas que hacen suyas las del gobierno, en el sentido de que los proyectos de ley crean gastos, pero no indican la forma de financiarlos.

Esta afirmación es un sofisma que me recuerda la carrera entre Ulises y la tortuga.

Digo esto porque el gobierno administra sin presupuesto y prorrogar anteriores es inconstitucional.

Es atribución del Congreso, según dispone la constitución en el art. 75 inc.8, “fijar anualmente, conforme a las pautas establecidas en el tercer párrafo del inc. 2 de este artículo, el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la administración nacional, en base al programa general de gobierno y al plan de inversiones públicas y aprobar o desechar la cuenta de inversión.”

El art 27 de la ley 24.156 dispone, vulnerando la norma constitucional que: “Si al inicio del ejercicio financiero no se encontrare aprobado el presupuesto general, regirá el que estuvo en vigencia el año anterior, con los siguientes ajustes que debe introducir el Poder Ejecutivo Nacional en los presupuestos de la administración central y de los organismos descentralizados…”

Ese artículo conforma una suerte de delegación de facultades ilegítima, tanto al P.E., como al propio Congreso, dado que la Constitución es imperativa: el Congreso debe fijar anualmente… el presupuesto…”, como vemos ,no hay excusa posible.

“El presente título establece los principios, órganos, normas y procedimientos que regirán el proceso presupuestario de todas las jurisdicciones y entidades que conforman el sector público nacional”, dice el art. 11 de la misma ley.

Podría ser materia de debate la necesidad de reformar el inciso 8 de art. 75 y posibilitar la sanción de presupuestos plurianuales o para los cuatro años del mandato presidencial, lo que sería más razonable y republicano.

Sería el modo en que el Poder Ejecutivo presente su programa de gobierno y la forma de ejecución.

Una vez aprobado, la legislación futura debería ser consecuente con el presupuesto sancionado, que sólo podría ser modificado por solicitudes del poder ejecutivo o por iniciativa de cualquiera de las cámaras por una mayoría de los dos tercios de sus miembros.

Propongo esa mayoría especial, porque nuestro sistema de gobierno es presidencialista.

Volviendo a la sesión del miércoles 6 pasado, al no existir presupuesto para el año 2025 sancionado por el Congreso, suena como temerario que se lo acuse por no disponer los recursos, cuando el gobierno gasta de modo discrecional y arbitrario, invocando un supuesto orden en las cuentas públicas y un superávit de 1,6% del PBI, que en todo caso debería ser aprobado por el propio Congreso.

El superávit no es un fin en sí mismo y un déficit razonable de hasta un 3% del PBI no es pecaminoso, si se financia incluso con emisión controlada.

La ley 24156 dispone los “principios” a los que se debe ajustar la política económica del gobierno, pero, la aprueba el Congreso, que puede modificarla.

Ante la ausencia de “presupuesto 2025” sancionado de conformidad a lo dispuesto en la Constitución, el Congreso, haciendo uso de sus atribuciones, ha determinado objetivos prioritarios, no ya del gobierno, sino del estado, como es el tema previsional o la salud infantil.

Respecto del sistema previsional, es cierto que está quebrado, pero no es culpa ni responsabilidad de quienes reciben sus beneficios, sino del propio estado y sus gobiernos. El 70% de las prestaciones previsiones consisten en un haber mínimo que hoy es inferior a una limosna.

El incremento dispuesto consiste en una actualización del bono no remunerativo, que es remunerativo, según jurisprudencia pacífica y el incremento de enero de 2024, que fue realmente hurtado.

En último caso, se debe aplicar la doctrina del esfuerzo casi compartido, ya que con esos “ajuste” dispuesto por el Congreso no se llega al valor de la canasta básica total, ni alcanzaría a cubrir el 50%.

Que no haya presupuesto es responsabilidad también del Congreso, que tolera que el Poder ejecutivo gaste “a la carta”, como las transferencias hechas a la SIDE de ochenta mil millones adicionales, el 20% “fondos reservados”, según dio cuenta Morales Solá en el diario “La Nación”.

No hay plata, pero como los fantasmas, hay plata para espiar lo que está a la vista.

El inspector Clouseau ha sido contratado por el gobierno. Aquel por lo menos nos divertía; el de la SIDE sólo gasta, nos vive y no espía…

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