Por Luis Alejandro Rizzi.-

Es obvio que estamos siendo gobernados “de facto” y hasta hace poco tiempo con la complicidad del Congreso y la pasividad del Poder Judicial, que viene tolerando inconstitucionalidades manifiestas, como la ley 26122, que regula el trámite parlamentario de los DNU.

El DNU 179/25, que la Cámara de Diputados validó, es groseramente inconstitucional, porque al autorizar endeudamiento público, está legislando en materia tributaria, ya que los créditos públicos se pagan con la recaudación de impuestos.

La Constitución le impide al poder ejecutivo y al gabinete de ministros sancionar DNU con incidencia tributaria.

Al margen las dos leyes que regulan la cuestión, son la 24156 y 27612, que disponen que el crédito público requiere un presupuesto y una ley formal del Congreso.

La violación a ese procedimiento está sancionada con su nulidad por el art. 66 de la ley 24156, que dice textualmente: “Las operaciones de crédito público realizadas en contravención a las normas dispuestas en la presente ley son nulas y sin efecto, sin perjuicio de la responsabilidad personal de quienes las realicen”.

Ahora LLA, disfrazada de Poder Ejecutivo, está negociando con el Tesoro de los EEUU otro “Plan Platita” que convierte al de Sergio Massa en un cuento de hadas.

Según alguna información fidedigna, se trataría de un SWAP que implicaría un desembolso de algo así como ocho mil millones de dólares, parte del cual sería destinado a cancelar antes del 31 de diciembre el SWAP vigente con el gobierno chino.

Como sabemos, en verdad el “swap” es una operación de crédito, mediante intercambio de monedas, pactado con un interés y una paridad cambiaria por el tramo que se use. Técnicamente no es una deuda, salvo el devengamiento del dinero desde que se dispara el SWAP y la eventual diferencia de cambio, en el caso que una de la moneda se devalúe.

Cuando se trata de monedas como las que integran la canasta que conforma los DEG, el tema cambiario queda subsumido en la tasa de interés por el tramo que se utilice.

De todos modos, hasta el 26 de octubre, el “plan platita” se limitaría a anuncios o twits. Habrá otras condiciones, pero todo sujeto al tiempo condicional.

Es hora que el Congreso le pida un detallado informe al Poder Ejecutivo sobre el modo en que se usó el crédito logrado bajo el paraguas del DNU 179.

En cuanto a la negociación en curso, se le haga saber a LLA -P.E.- no se la ponga en ejecución hasta que el Congreso la considere.

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