Por Carlos Tórtora.-
Ayer la Corte Suprema salió en auxilio del gobierno al dictar una medida cautelar en el amparo presentado en el Juzgado Federal de Bariloche por la Asociación Civil Árbol de Pie. El mismo solicitaba la declaración de inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/23 que derogó la ley 26737. La Corte dispuso entonces una cautelar suspendiendo la aplicación del artículo en cuestión hasta que el juzgado de Bariloche se expida sobre la legitimación de los demandantes.
Agrega la Corte en la cautelar que la derogación de la ley 26737 compromete el derecho a un ambiente sano y equilibrado consagrado por el artículo 41 de la Constitución Nacional.
Con este paliativo judicial, el gobierno cuenta -y probablemente ocurrirá- con que se desactive la ofensiva de la oposición para reunir mayoría absoluta y rechazar el mega DNU. Éste ya fue rechazado en el 2024 por el Senado, así que el rechazo por las dos cámaras produciría la derogación automática del DNU 70/23.
El 14 de marzo de 2024, el Senado rechazó el mega DNU con los siguientes fundamentos:
1) Falta de los requisitos constitucionales para dictar un DNU. Es decir, no estaba demostrado que fuera imposible reunir al Congreso, no se acreditó la imposibilidad de esperar el trámite legislativo de una ley y el propio Poder Ejecutivo había convocado a sesiones extraordinarias.
2) El DNU abarca materias demasiado diversas.
3) Invasión de las atribuciones del Congreso.
4) Las restricciones constitucionales sobre determinadas materias.
5) El cuestionamiento al contenido de las reformas.
6) La necesidad de preservar el sistema Republicano y Federal.
Pasando a la sesión del próximo jueves en Diputados, el planteo opositor gira en torno al proyecto de rechazo presentado por los diputados de la Coalición Cívica Maximiliano Ferraro y Mónica Frade en el expediente 5313-D-2026.
Los fundamentos son muy semejantes a los del Senado. Es decir que no existían circunstancias excepcionales que impidieran legislar al Congreso, que el DNU es una reforma estructural y permanente, no una respuesta transitoria y que el paso del tiempo no subsana los defectos constitucionales. También señala que la derogación de la Ley de Tierras requiere una decisión legislativa y que el rechazo previo del Senado exige que Diputados se pronuncie.
Mucho más que la Ley de Tierras
Como se ve, el DNU 70/23 trasciende en mucho a la importante cuestión de la Ley de Tierras. Modifica entonces decenas de leyes y es la columna vertebral jurídica de la gestión Milei.
Deroga el DNU, por ejemplo, las leyes de alquileres, góndolas, abastecimiento y compre argentino. La derogación del DNU sería un golpe gravísimo para un gobierno que no se caracteriza por su calidad institucional ni la defensa de la seguridad jurídica. La derogación, en este contexto, podría influir sobre los mercados y también sobre el riesgo país, porque reflejaría una crisis de gobernabilidad.
No es de extrañar entonces que Milei, con el nuevo fallo de la Corte, le esté abriendo la puerta para que muchos diputados opositores no rechacen el DNU tomándose sólo de un tema, la Ley de Tierras, y olvidándose de todo el conjunto.
La extrema prudencia puede hacer pie sobre todo en la bancada peronista, debido a un cálculo simple. Si se deroga el DNU, Milei quedaría gravemente herido y esto le abriría las puertas de la candidatura presidencial a Patricia Bullrich.
Para el PJ, lo ideal es que un Milei anémico sea el candidato.
En síntesis, el relato oficial intenta instalar que una cautelar provisoria le resta sentido a la derogación del DNU. La realidad es lo contrario: la derogación de la Ley de Tierras es apenas una de las muchas inconstitucionalidades de la norma.
Desde que el Senado rechazó el DNU, Diputados ya dejó pasar dos años y medio sin tratarlo: más de la mitad del mandato de Milei.
10/10/2026 a las 7:30 AM
La Inteligencia chilena prevé un «evento crítico» con Argentina por el zarpe del buque a Malvinas
Empujada por Gran Bretaña, Chile potencia un conflicto diplomático con Argentina que ya tiene muchos elementos para una confrontación bélica. Diciembre será un mes de alta tensión en el extremo sur del continente suramericano.
9 de octubre de 2026 10:37
Organismos de seguridad e inteligencia de Chile, han alertado de manera directa al gobierno del presidente José Antonio Kast.
La tensión latente en el confín austral acaba de ingresar en zona de peligro real. Una informe exclusivo de la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío reveló este jueves 8 de octubre, la existencia de informes reservados de la inteligencia chilena que califican formalmente como un «evento crítico» inminente el desenlace que tendrá la partida del buque Danstar desde Punta Arenas con destino a las Islas Malvinas.
El reporte confirma que los organismos de seguridad e inteligencia del país vecino han alertado de manera directa al gobierno del presidente José Antonio Kast, a su Ministerio de Defensa y a la Cancillería sobre la alta probabilidad de que la navegación desemboque en un incidente de interceptación o captura armada por parte de la Prefectura Naval Argentina o de unidades de la Armada Argentina con asiento en el Área Naval Austral.
Lejos de una simple travesía mercantil, el viaje ha sido configurado como una provocación estratégica: la inteligencia trasandina admitió que se barajó originalmente enviar el navío por el Pasaje de Drake para evitar roces internacionales, pero la alternativa fue descartada de plano para «no mostrar debilidad» ni ceder en la interpretación soberana. De este modo, Chile resolvió que el buque fuerce el paso saliendo directamente por la boca oriental del Estrecho de Magallanes e ingresando de lleno en el Mar Territorial bajo jurisdicción soberana de la República Argentina.
El Danstar: Fecha bajo secreto y doctrina de provocación
El buque elegido para el desafío es el Danstar, una nave mercante de 72 metros de eslora, pabellón chileno y 1.389 toneladas de capacidad, propiedad de la firma Easter Island Naviera. De acuerdo con las fuentes de seguridad consultadas en Chile, la fecha exacta del zarpe —prevista para finales de este año— ha sido clasificada bajo estricta reserva para impedir que las autoridades de control argentinas desplieguen medidas preventivas con anticipación.
Aunque descartaron escoltarlo con unidades de la Armada de Chile para sostener la fachada de que se trata de un «negocio entre privados», el navío funcionará en los hechos como la punta de lanza logística para abastecer al enclave británico, recortando en 1.100 kilómetros la distancia que hasta hoy cubría la vía de Montevideo. El cargamento previsto incluye provisiones de todo tipo, cemento, materiales y combustibles: insumos elementales que la ocupación colonial requiere para abaratar el mantenimiento de su base militar y apuntalar la infraestructura auxiliar del yacimiento petrolero Sea Lion en la cuenca norte del archipiélago.
La falacia jurídica de Santiago: «Paso inocente» y desafío al Tratado de 1984
Para justificar el incumplimiento a la normativa argentina, académicos y operadores geopolíticos chilenos citados en la investigación —como Luis Valentín Ferrada y Juan Pablo Berlinger— intentan construir un blindaje argumental asegurando que la Argentina no puede frenar el buque sin violar la libertad de navegación fijada en el Tratado de Paz y Amistad de 1984 o el principio de «paso inocente» de la CONVEMAR.
Llegan incluso al extremo de amenazar con que una eventual captura del Danstar equivaldría a declarar «insanablemente nulo» el Tratado de 1984, desempolvando el lenguaje del preconflicto de 1978.
Semejante construcción teórica omite el principio elemental del derecho marítimo y la legislación vigente:
1. Inexistencia de paso inocente: No hay «inocencia» alguna en la navegación de un navío que transporta pertrechos, víveres y combustibles destinados a consolidar la usurpación territorial de un Estado ribereño y sostener un enclave colonial militarizado.
2. Vigencia del Decreto PEN 256/2010: Dicha norma obliga taxativamente a toda embarcación que pretenda surcar aguas jurisdiccionales argentinas uniendo puertos del continente con las islas bajo disputa a solicitar autorización previa, potestad legal que el Danstar rechaza de cuajo.
3. El régimen sancionatorio de la Ley 26.659: Todo operador, armador o prestador de servicios logísticos que asista materialmente a las actividades no autorizadas en la plataforma continental argentina queda incurso en delitos federales sancionados con penas de prisión e inhabilitaciones comerciales.
La pinza británica y la inminencia del choque
Este cuadro de colisión se desencadena en un momento crítico. Ocurre mientras el Gobierno argentino formalizó intimaciones a las corporaciones petroleras, anunció sanciones contra la firma Thales y prepara una presentación formal ante el Tribunal Internacional del Derecho del Mar (ITLOS) contra el Reino Unido.
La advertencia de la filtración de la inteligencia chilena, no deja margen para especulaciones de oficina: Gran Bretaña ha empujado a los sectores duros y comerciales de Magallanes a actuar como su escudo logístico, sabiendo que la salida del Danstar al Atlántico coloca a la Armada Argentina y a la Prefectura Naval frente a la obligación constitucional de hacer valer la ley en nuestro mar soberano.
Si La Moneda insiste en consumar este zarpe clandestino para subsidiar el saqueo petrolero en Malvinas, la responsabilidad de empujar a la región a un conflicto de imprevisibles consecuencias recaerá enteramente sobre quienes decidieron poner el pabellón chileno al servicio de la corona británica.
FUENTE:AGENDA MALVINAS