Por Hernán Andrés Kruse.-

“La voluntad general, a su vez, sería ni más ni menos que el ejercicio de las virtudes, las cuales, gracias a la intervención de la razón, se han perfeccionado. “La virtud no es más que la conformidad de la voluntad particular con la general” (Economía política, citado en Durkheim). La fuerza sobre la que descanse la sociedad y el contrato social debe ser la naturaleza en el segundo sentido en que se describió en el apara’tado anterior. La base para la constitución de la sociedad es la racionalidad humana. Al respecto, E. Durkheim expresa: “He aquí cómo es posible para Rousseau concebir, de una manera general, que el medio social, aunque sea diferente del medio primitivo, no sea sin embargo más que una forma nueva de él. Así los hombres podrán salir del estado de naturaleza sin violar la ley de naturaleza, a condición de que puedan reunirse en sociedades bajo la dependencia de una fuerza o de un mismo sistema de fuerzas que domina a todos los particulares estando fundada en la razón”.

Con relación a las leyes que el Estado necesitaba, Rousseau argumentaba que podrían no ser enunciadas nunca de manera formal, puesto que los actos hablarían por sí mismos y, en consecuencia, legitimarían o echarían por tierra la ley. La unión bajo el “cuerpo político” demandaba no sólo dispositivos jurídicos y políticos, sino el componente ético de la voluntad general tendiente a la búsqueda del bien común y que, según él, se vería reflejado en las costumbres. “Se trata no tanto de conservar intacta la libertad natural, sino más bien de transformarla en libertad cívica, con un real enriquecimiento y una ulterior expansión de la personalidad” (Abbagnano y V.).

Es decir, los individuos, a cambio de contar con ciertos derechos, dejan en manos del Estado parte de su libertad externa, pero ganan en un bien material –la ley, fundada en el interés común– que les permite un mayor desarrollo de sus potencialidades. Si bien este contrato es una convención, un pacto, un arreglo entre los hombres, su legitimidad debe estar fundada en un principio universal y superior que rija al conjunto: la libertad, que en el estado civil significa el desarrollo de la razón y la moralidad de que el hombre es capaz en sus acciones.

Se trata de una convención que, por sustentarse en un principio de carácter universal, mueve al hombre a tener por deseable para él lo que puede ser deseable para los demás. La conservación de su propio interés lo hace obligarse para con los demás y, en consecuencia, desarrollar sus virtudes. Los derechos que guiarían el cuerpo político tendrían que ser de carácter universal; no dependientes de normas legales, como el derecho positivo, sino fundados en capacidades naturales del hombre. Lo natural en el estado social se habría identificado –como se ha anotado– con la racionalidad; capaz de ordenar su conducta conforme a las normas provistas por su razón, el hombre sería el único autorizado para valorar sus acciones y ningún ordenamiento de tipo jurídico podría coartar esta libertad.

Si bien Rousseau admitía la fundación de la comunidad política mediante un contrato, éste implicaría el reconocimiento por parte de la autoridad de que la soberanía radica en el pueblo, conformado por el conjunto de libertades individuales. El establecimiento de un contrato social significó el respeto a un pacto por el cual los hombres aceptan la regulación de sus intereses en el espacio público por parte del Estado, sin violentar la libertad individual. Por su parte, la educación sería la encargada de internalizar la conveniencia del pacto social y desarrollar al máximo las potencialidades de cada individuo. La libertad se realiza en la voluntad general, pues, al adherirse el individuo a las leyes que emanan del soberano, se vincula a una ley erigida sobre sí mismo, sobre sus intereses particulares. La naturaleza racional de los hombres es el vínculo para la constitución del Estado, concebido no como una institución coactiva, sino que los mismos individuos han instituido por una obligación que consideran válida.

Como interpreta Cassirer: “No se trata de emancipar al individuo en el sentido de liberarlo de la forma y el orden de la comunidad, sino que se trata más bien de encontrar una forma de comunidad que proteja a la persona de cada individuo con la fuerza globalmente unida al vínculo estatal, de suerte que cada individuo, al asociarse con todos los demás, sólo se obedezca a sí mismo en esa asociación”. En modo alguno ve él en el Estado una mera “asociación”, una comunidad de intereses y un equilibrio de los intereses de las voluntades individuales. Según Rousseau, el Estado no es un mero compendio de determinadas inclinaciones e impulsos, de ciertas “veleidades”, sino la forma de la voluntad en general como voluntad moral, la única manera en que puede consumarse el tránsito del simple arbitrio hacia la voluntad. La ley en su sentido estricto no es un vínculo que abarque exteriormente a las voluntades individuales e impida su dispersión; se trata más bien de su principio constitutivo, lo que las fundamenta y justifica inmaterialmente. A decir verdad, la ley sólo pretende imperar sobre los ciudadanos en tanto que al mismo tiempo, en cada acto individual, haga y eduque ciudadanos” (Cassirer).

Con el paso del estado de naturaleza al estado civil se origina la moralidad. Una vez constituida la sociedad, el deber y el derecho adquieren sentido para los hombres, porque deben dejar de mirar sólo sus necesidades e intereses para obligarse a actuar según los principios de la voluntad general.

EL PAPEL DE LA EDUCACIÓN

En el Emilio se sostienen varias de las ideas expuestas en el segundo Discurso y Del contrato social. Entre las más importantes podemos mencionar la idea de felicidad, el desarrollo de la facultad de imaginación como factor que desencadena la creación de necesidades ficticias, el papel del castigo para hacer respetar la ley, la moralidad y el ejercicio de la virtud como condiciones para entrar en el estado civil. En esta obra, Rousseau establece algunos elementos que, desde nuestro punto de vista, se corresponden con su teoría política. Del mismo modo que en el Discurso y en Del contrato social, el punto de arranque en Emilio es el hombre en estado de naturaleza, bueno por sí mismo, cuya bondad hay que mantener incorruptible el mayor tiempo posible.

En el estado de naturaleza, la felicidad es un momento en donde existe equilibrio entre los deseos, las necesidades y el desarrollo de las facultades humanas para satisfacerlos. El hombre todavía no es objeto de las injusticias sociales ni del sentido de previsión que comienza a desarrollarse con el surgimiento de la propiedad. Una vez que la imaginación aparece, el hombre comienza a elaborar una percepción equivocada de sí mismo, de lo que realmente requiere y de lo que es capaz para satisfacerse.

Por esto es tan importante que no se introduzca al niño antes de tiempo al estado civil, pues aumentan sus necesidades y, en consecuencia, su flaqueza, ya que las necesidades creadas por la vida civil exceden la fuerza de que es capaz. Si se le exige al niño lo que la naturaleza no le pide, no se respeta su libertad. Cuando el hombre depende sólo de las cosas de la naturaleza, no se engendran vicios en él y es libre. Lo que se dé a un niño debe ser porque lo pida y no debe hacer nada por obediencia, sino sólo por necesidad. Acceder a sus reclamos o hacerlo que obedezca puede tener como consecuencia convertirlo en un niño imperioso que cree poder ordenar o introducirlo demasiado temprano en la servidumbre civil, aspectos que limitarían la posibilidad de formarlo en la virtud llegado el momento. Por su parte, el maestro debe abstenerse del enseñar preceptos y procurar que el niño los encuentre por sí mismo.

La renaturalización del hombre en el estado social sólo puede conseguirse por medio de la educación. Si para el hombre primitivo su libertad estaba anclada en la satisfacción de sus instintos, en el hombre civil lo está en el desarrollo de su razón y en su moralización. Para Rousseau, la obra maestra de la educación es formar un hombre racional; pero la razón no puede ser usada como método para educar. Debe dejarse al niño aprender conforme a su naturaleza y no a un plan de enseñanza que pretende prepararlo para un futuro que tal vez no viva. Sin embargo, llegado el momento, es inevitable que Emilio se enfrente a las instituciones sociales y, si bien la educación deberá atender en principio a las disposiciones primitivas, se presenta el conflicto entre formar a un hombre o formar a un ciudadano.

Rousseau confía en que si la educación atiende el desarrollo de las disposiciones naturales, serán buenas instituciones las encargadas de hacer compatible la personalidad de cada sujeto con la comunidad. Esto se logra por la vía negativa, lo cual en Rousseau significa no proporcionar al niño castigos ni motivaciones conducentes al conocimiento temprano de la moralidad. Emilio no debe obtener nada “porque lo pida, sino porque lo necesite, ni hacer nada por obediencia, sino sólo por necesidad”. Esto se debe a que, sin la razón, sin la capacidad de formular juicios, tampoco se puede tener ideas de seres morales ni de relaciones sociales. Para Rousseau, el hombre nacido en sociedad es débil, desprovisto de lo más básico para subsistir y de juicio, y todo lo que necesita le es dado por la educación, la cual, como seres humanos, “nos viene de la naturaleza, de los hombres o de las cosas”.

La meta de las tres educaciones es la naturaleza, lo cual sería posible si no fueran contradictorias y sólo fueran diferentes. Rousseau se pregunta “¿qué hacer cuando son opuestas?, ¿cuándo en lugar de educar un hombre para él mismo se le quiere educar para los demás? Entonces el acuerdo es imposible. Forzado a combatir la naturaleza o las instituciones sociales, hay que optar entre hacer un hombre o un ciudadano; porque no se puede hacer uno y otro al mismo tiempo”.

Ésta es una de las mayores oposiciones señaladas en el pensamiento rusoniano: formar al hombre o al ciudadano. Se deriva que hay una ruptura entre el hombre como individuo, como hombre natural y el ciudadano, entendido como miembro de la comunidad política del contrato social. Desde nuestro punto de vista, la oposición se resuelve si atendemos a la compleja concepción de naturaleza humana planteada por el filósofo: lo que es natural en el estado originario o salvaje –los instintos y las pasiones o sentimientos sin el concurso de la razón– y lo que es natural en el orden civil –la capacidad de juicio, la libertad del individuo–. Recuérdese también el carácter hipotético de la concepción rusoniana de hombre y el papel que él mismo le asigna como instrumento de análisis de la sociedad. Se trata de concebir “lo que la sociedad debiera ser, por la formación de lo que en el hombre debiera ocurrir”.

En el Emilio, Rousseau plantea el procedimiento por el que, gracias a la educación privada, es posible pasar, de manera individual, “del constructo natural al constructo social” (Rubio). En el plano privado e individual hace el mismo movimiento que sigue el modelo del contrato social en el plano público y colectivo. En el Emilio, en el plano individual y privado se desarrolla la perfectibilidad humana a través de la mediación educativa, mientras que en el plano colectivo y público la legitimidad de las formas de gobierno se da por la mediación política de la voluntad general en la asamblea pública.

Renaturalización de Emilio, si conservamos el significado de la naturaleza racional del hombre, o desnaturalización, si partimos de la idea de que el hombre primitivo no puede conservarse tal en cuanto entra en contacto con otros hombres y debe abandonar su individualidad para convertirse en miembro de la colectividad y tomar conciencia de los mandatos de la ética civil. Como señala Rubio Carracedo: “Todo parece indicar, sin embargo, que la “voz interior” de la conciencia juega en Emile el mismo papel que la “voluntad general” en Du contrat social, siguiendo el paralelismo plano privado-plano público. Porque la conciencia no se opone a la razón pública, sino a la seducción de la sociedad corrupta con su razón contaminada, que puede llegar a sofocar su voz, pero nunca a extinguirla. Lejos de contraponerse a la voluntad general, ésta ha de entenderse como “una voz colectiva de la razón” que guía a la sociedad política como la conciencia guía al individuo frente al antimodelo de la sociedad histórica”.

Desde nuestro punto de vista, la noción de libertad propuesta por Rousseau en su obra Emilio es rigurosa, contiene un alto componente disciplinario –por la formación y ejercicio de las virtudes–, indispensable para que, llegado el momento, el hombre se incorpore al estado civil con atención al mantenimiento de la voluntad general, lo cual exige, al mismo tiempo, no dejar de lado la individualidad y respetar en cada uno lo que es común a todos: la libertad, que radica en la razón y cuya manifestación en el orden social se dará en la capacidad de participar en la elaboración de la ley. Rousseau legitima así un modelo de autoridad basado en la personalidad autónoma, virtuosa, que no necesita de la fuerza, pues se internaliza desde la infancia. Gracias al proceso educativo se estructura la conciencia del niño de tal forma que establezca los lazos sociales benéficos y respete la autoridad como producto de sus deseos. Su vida como ciudadano se posibilita gracias a su educación como hombre, al desarrollo de una personalidad autónoma, a “sólo querer lo que puede y hacer lo que le conviene”.

Rousseau respondió con su modelo teórico de contrato social a la explicación y comprensión racional de la relación que los hombres libres y autónomos pretendían como modo ideal del vínculo entre ellos y el Estado, del tipo de asociación política ideal en que había que socializar al hombre moderno. Así como el contrato social opera en el plano colectivo y público para que los sujetos se comprometan con el bien común, consideramos que en el planteamiento de Rousseau la educación resulta fundamental para desarrollar en el hombre la capacidad de razón aunada al ejercicio del discernimiento de sus opciones morales y del desarrollo de las virtudes necesarias para actuar en sociedad.

La internación de la voluntad general supone el ejercicio de una mayor autonomía por parte del hombre, es decir, que se responsabilice de sus decisiones tanto en el plano público como en el privado; que comprenda la necesidad del vínculo político para mantener un estado de equilibrio entre lo que quiere y lo que puede, como garante a la autoridad legitimada por él mismo, en tanto producto de su razón expresada públicamente. El componente moral de la voluntad general introducida por Rousseau como factor indispensable del contrato social es un referente ineludible en las teorías de la ciudadanía más recientes. La moral es una dimensión que no sólo concierne a los asuntos privados del ser humano, sino que le permite el respeto al orden legal y la participación comprometida en el espacio público. En el pensamiento rusoniano los espacios del hombre y el ciudadano mantienen una relación de complementariedad.

Por último, si bien coincidimos con Rubio Carracedo en que el planteamiento político de Rousseau difícilmente tendría un potencial crítico útil para la oposición política en nuestro tiempo, sí nos recuerda que una mejor forma de vida social se posibilitará en tanto los ciudadanos asuman sus responsabilidades públicas, que no puede haber ciudadanía sin participación política. El estado de naturaleza racional del hombre permanece como una utopía y, en la medida en que nos acerquemos a ella, “la reforma ha de ser radical, en todos los aspectos (públicos y privados)”.

(*) Blanca Flor Trujillo Reyes (Universidad Pedagógica Nacional-México): “Hombre, moral y ciudadanía en Jean-Jacques Rousseau” (Revista Intercontinental de Psicología y Educación-Volumen II, Número 1-Universidad Intercontinental-distrito Federal-México-2009).

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