Política exterior
Por Jorge Augusto Cardoso.-
“En nuestro país hay una sola política exterior: la que define el Presidente”; así se expresó el nombrado nuevo Canciller, y me pregunto: ¿Debe ser así? ¿El Congreso no tiene nada que ver, no debe participar en el delineamiento de tan significativa política, cual es la de vincular a la Argentina con el mundo? ¿Todo un cuerpo diplomático de carrera, con competencias específicas, debe quedar afuera de las decisiones para subordinarse ciegamente al ejecutivo de turno? Aunque éste tenga la mejor de las intenciones, pienso que la política exterior es demasiado compleja como para que sólo sea definida por una persona. En mi opinión, se debería tener en cuenta a las instituciones nombradas y, en búsqueda de mayores insumos para la toma de decisiones, también debería darse lugar a la participación de los notables de variadas disciplinas.
LA POLITICA EXTERIOR EN PAISES COMO LA ARGENTINA, DEBE SER MANEJADA POR EL EJECUTIVO, A JUICIO Y VOLUNTAD DEL PRESIDENTE.
NO ES UN GOBIERNO PARLAMENTARIO.
LOS MINISTROS SON SUS COLABORADORES Y DEBEN
HACER LO QUE SE LES INDICA, SINO AFUERA Y A OTRA COSA.
EN UN GOBIERNO DECIDIDO A LUCHAR CONTRA LAS MAFIAS, NO PUEDE HABER LIBRE PENSADORES.
Excelente reflexión que comparto . El afán de protagonismo de algunos dirigentes políticos con proyectos y propuestas personales , contribuyen a alentar la desorientación , en un momento histórico que requiere unidad de criterio en la toma de decisiones.
Tienen razón los muchachos, subordinación y valor, para servir a …. (?).
DICEN LOS MUCHACHOS DEL CAFÉ DE IRONICS : » En un gobierno
decidido a luchar contra las mafias no deberían existir librepensadores».
DIRÍA LANDRISCINA : «Gran verdá, don Laguna».
DECÍA EL GRIEGUITO ARISTÓTELES : «La única verdad es la realidad».
Y EL CHUECO, NUESTRO FILÓSOFO AQUÍ EN EL RIOBA, REMATA :
» Carpetiá hermano que hasta el culiao Aristóteles sabe que aquí lo
tenemo al comechingón Zaffaroni, y que luchar contra las mafia es lo
mismo que hacerle la del mono a un tomuer».
Srs muchachos: en el Cap Tercero de nuestra Constitución Nacional, se fijan las atribuciones del Poder Ejecutico, Art 99.¿Serían tan amables de señalarme cuál de los 20 incisos de ese capítulo establece lo que ustedes afirman? Me serviría para mi ilustración.
Muchas gracias.
Cordial saludo
Jorge Augusto Cardoso
Srs Muchachos: me refiero a vuestra afirmación que dice «que la política exterior debe ser manejada por el Ejecutivo a Juicio y Voluntad del Presidente».
Dentro de «Las Atribuciones del Congreso», en el punto D. se le fijan a éste ciertas incumbencias en materia de relaciones exteriores.
Cordial saludo
DON CARDOSO, PUEDE QUE LA CONSTITUCION NO NOS DE
LA RAZON «JURIDICA», PERO QUE GOBIERNO MANEJO EL PAIS AJUSTADO A LA LETRA FUNDAMENTAL ?
ADEMAS, DESCONOCER EL TIEMPO QUE SE VIVE, LA INMEDIATEZ QUE SE REQUIERE Y MUCHAS VECES LAS IDAS Y VUELTAS EN LA TOMA DE DECISIONES, HACE DE ELLO LETRA MUERTA.
USTED SABE QUE DICE LA CONSTITUCION DE LOS TRAIDORES A LA PATRIA ? EN EL CAPITULO «CRIMENES CONTRA LA SEGURIDAD DEL ESTADO».
USTED CREE QUE LA POROTA, MERECE ESTAR LIBRE Y PRETENDER CARGOS POLITICOS, DESPUES DEL PACTO CON IRAN ?
QUE GOBIERNO SE DESEMPEÑO CON APEGO IRRESTRICTO A LA CONSTITUCION, PODRIA INDICARLO ?
NO CREE USTED QUE CIERTAS COSAS HABRIA QUE MODIFICAR, DADO LA INUTILIDAD DE LA NORMA ?
DESDE EL CAFE, UN SALUDO AFECTUOSO DE LOS MUCHACHOS, DON CARDOSO.