Por Jorge Luis Vitale.-

Estos juicios en Estado Unidos son parte del campo minado dejado por el gobierno K. La Cámara de apelaciones de Nueva York fallaría antes del 31 de agosto del 2017.

Áspera. Dura. Complicada. Pero, al final, esperanzadora. Así se tomó en el bando argentino el resultado de la audiencia del mes de junio del 2017 en la Cámara de Apelaciones de Nueva York, donde el país se juega un complicadísimo juicio contra YPF por la manera en que se reestatizó la petrolera en mayo de 2012. En esta causa el país se juega si debe pagar, como mínimo, unos U$S 3.000 millones. La causa, de complicarse, podría extenderse incluso a demandas por más de U$S 6.500 millones; en el caso que la justicia norteamericana se ensañe contra la posición argentina y todos los tenedores del 49% de las acciones de la petrolera decidan litigar al momento de ser renacionalizada. Son todos los accionistas que quedaron fuera del pago que el país le hizo a Repsol por la expropiación de la mayoría de la compañía, por el que el gobierno de Cristina de Kirchner pagó U$S 6.000 millones.

Los tres jueces que deben resolver si el fondo Burford Capital se vio perjudicado, como actual propietario de la demanda que originalmente surgió con Petersen Energía Inversora, por no haber el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, abierto una «Oferta Pública de Adquisición (OPA)» por el 49% de acciones restantes luego de la reestatización del 51% de Repsol; fueron condescendientes con la abogada Maura Barry Grinalds, que desde esta audiencia representará legalmente al país. De hecho,- se tomaba como una señal positiva que en lugar de limitarse a los 12 minutos pactados originalmente, se le permitiera explicar la posición nacional durante más de una hora. Aún ante preguntas y repreguntas duras y hasta por momentos amenazantes de parte de los magistrados Ralph Winter, Guido Calabresi y Denny Chin; la posición de la nueva abogada contratada por el gobierno argentino, y que proviene del estudio Skadden, Arps, Meagher & Flom (uno de los más importantes de los Estados Unidos especializado en litigios internacionales y arbitrajes entre países), fue siempre diplomática y asegurando que el país, en esta oportunidad, respetará todo lo que resuelva la Cámara de Apelaciones de Nueva York, y que, luego de una eventual apelación ante la Corte Suprema en el caso que sea negativa, acatará el fallo final de la justicia norteamericana. La aclaración sobre la que insistió Grinalds fue para que los tres magistrados entiendan que la posición de la Argentina es ahora absolutamente respetuosa a los tribunales de los Estados Unidos. El objetivo es simple: que se separe la visión que aún se mantiene sobre el país EE.UU. luego de la experiencia de los litigios por el «juicio del Siglo» contra los fondos buitres.

Grinalds insistió en que los jueces tomaran en cuenta dos reclamos del país: que, por cuestiones legales, se traslade la demanda a los tribunales argentinos; y que, si la causa avanza en la justicia norteamericana, se considere válido el argumento que durante el proceso de reestatización de YPF se debe considerar que se trató de una empresa pública y no estatal.

Desde el fondo Burford la posición fue, obviamente, más violenta. El demandante, un estudio especialista en comprar juicios de empresas en bancarrota; reclama a YPF y al gobierno argentino por no haber lanzado una OPA en el momento de la reestatización de la petrolera, ampliando la oferta de compra de los u$s6.000 millones de dólares al resto de los accionistas de la empresa. Según la posición de Burford, esta acción era obligatoria para el gobierno argentino, ya que figura en los prospectos de colocaciones de acciones y en el «estatuto» de privatización de YPF lanzado en el gobierno de Carlos Menem en 1993.

«¿Dónde en la Ley de Expropiación literalmente dice que Argentina no puede lanzar una OPA por el 49% no expropiado?»; preguntó Winter a Grinalds en uno de los momentos más duros de la audiencia. La abogada respondió que «la expropiación fue acto soberano y que no puede ser alcanzado por la Ley EEUU»; con lo que los tribunales apropiados «deben ser los de la Argentina» ya que «este caso debe ser tratado por las cortes argentinas por inmunidad soberana». Fue ahí que los jueces, casi al unísono (Chin presenció la audiencia por teléfono), bramaron recordando la historia reciente de las posiciones de la Argentina en los tribunales neoyorquinos durante el juicio contra los fondos buitre. «Argentina ofrece promesas a los inversores para que inviertan en el país y después se arrepiente de estas promesas». La abogada, instruida sobre la mala imagen que dejó la Argentina hace sólo cuatro años, aclaró que la decisión nacional es «por supuesto ser respetuosos de lo que decida eventualmente la justicia norteamericana» y que «en el caso que se decida mantener el juicio en Nueva York, la decisión se acatará». Grinalds había sido instruida previamente por el Procurador del Tesoro Bernardo Saravia Frías, que tiene ahora la responsabilidad de llegar adelante este nuevo y complicado juicio contra la Argentina. Este le había explicado con detenimiento el segundo concepto que la abogada debía aclararle a los jueces: que «Argentina no pudo llamar una OPA porque estaría obligada a comprar 100% de las acciones y la Ley de Expropiación impide al Estado ser propietaria de todas las acciones», ya que la base legal de toda la operación es que YPF no podía convertirse en una empresa estatal sino pública. Inmediatamente después los jueces quisieron saber si específicamente el Congreso argentino prohibió al Estado adquirir el 100% de las acciones mediante una OPA. La abogada dio sus argumentos y los jueces prometieron estudiarlos. Argentina recalcó que la Ley de Expropiación dice que YPF debe permanecer una empresa pública y no 100% en manos del Estado, motivo por el cual no realizaron una OPA.

Según Sebastián Maril, de Research for Traders, «no hay que leer nada específico en el tono áspero de los jueces con Argentina y con YPF. Es normal en estas instancias este tipo de idas y vueltas agresivas

En la audiencia del día 15 de Junio de 2017, en los tribunales de Estados Unidos los abogados en representación de la Argentina solicitaron que la causa debe ser tramitada en nuestro país.

Las causas en la Argentina sobre la gran estafa que fue YPF-REPSOL deben avanzar para evitar perder dos juicios en EEUU por el orden de los 8.000 millones de dólares -o más-. Por este motivo los Jueces Bonadío, Ercolini y Lijo deben actuar y no hacer “la plancha”, investigando fundamentalmente el fraude en la compra de los Eskenazi como así también todo el perjuicio de YPF REPSOL de pagar utilidades durante los años 2008/9/10. Cuando no eran ganancias, si no capital lo que se llevaban» como lo habían determinado la ONG contadores forenses.

Según Ducler, podía aportar información para ganar el juicio en Nueva York, evitar nuevas demandas por la expropiación del 51% de YPF e incluso comenzar acciones contra Repsol por el vaciamiento de la petrolera. su último objetivo era «recuperar parte de los US$ 1289 millones cobrados por los Eskenazi en conceptos de dividendos en YPF». Estaba dispuesto a informar los «números de cuentas en EEUU, Luxemburgo y Suiza, donde estaban depositados los fondos de santa cruz, quiénes eran los banqueros y representantes de Petersen Energía en España y Australia, apoderados, administradores y operadores de los fondos de Santa Cruz, operadores políticos para que el grupo Petersen comprara el 25% de YPF a Repsol, operadores políticos, empresarios y funcionarios argentinos y españoles, que junto a bancos extranjeros establecieron una sociedad ilícita para estafar a la argentina y a YPF, documentación sobre las maniobras para que el grupo Petersen compre YPF a Repsol y pruebas de las presiones que Néstor y Cristina Kirchner ejercieron sobre Repsol para obtener el 25% de YPF, entre otra documentación.

El procurador general de la nación, Bernardo Saravia Frías, fue para la audiencia de la Cámara de Apelaciones en la que se decidirá si el caso reclamado por el fondo Burford sigue tratándose en los tribunales norteamericanos o pasa a la argentina.

El gobierno le pidió a la cámara de apelaciones de Nueva York que no haga lugar al reclamo económico del grupo Petersen al expresar que la expropiación de las acciones de Repsol-YPF fueron un acto soberano de la argentina, sin una finalidad comercial.

Así lo expresa en un escrito de 60 páginas que sirve como base para la audiencia de hoy, en la que estos magistrados de segunda instancia decidirán si hacen lugar al reclamo de Petersen, que fue comprado por el fondo de inversión Burford y que ya recibió una sentencia favorable en primera instancia.

EL RELATO K PARA EXPROPIAR

Esto nos relataba el gobierno anterior para expropiar YPF el acuerdo con Repsol implico no sólo que los españoles desisten de casi todos sus juicios contra la argentina y que el gobierno baja la mayoría de las demandas contra la petrolera: el país también se hará cargo de demandas en tribunales argentinos contra la compañía en su rol de accionista de YPF. Se trata de causas emprendidas por ex empleados y proveedores. La ex presidenta Cristina Fernández anunció al congreso el proyecto de ley que reclamaron los españoles como aval al acuerdo por el cual recibirán 5.000 millones de dólares por el 51 por ciento de las acciones de YPF expropiadas. Antes de llegar al recinto, la iniciativa deberá contar con el visto bueno de las comisiones de presupuesto, de asuntos constitucionales y de energía, por lo que su debate se concretará en el marco de un plenario conjunto, una vez que queden definidas las conformaciones de cada una de esas comisiones, con sus respectivas autoridades, proceso que debería estar concluido antes de que finalice la actual semana.

En el bloque oficialista no descartan incluso que el plenario de comisiones -de conformarse en el menor tiempo posible-, pueda comenzar a analizar el proyecto en los próximos días, de manera de acortar los plazos de llegada al recinto para su sanción, aseguró la agencia oficial Télam.

El convenio implica la entrega a Repsol de bonos de la deuda por 6.000 millones de dólares, que la empresa podrá vender (o esperar a cobrar) hasta reunir 5.000 millones de dólares en efectivo, que es el monto de la indemnización acordada.

Además del pago, el acuerdo implica que las partes desisten de demandas judiciales cruzadas que han acumulado. Así, Repsol debe anular 19 demandas iniciadas en Buenos Aires, Nueva York y Madrid, según consta en el anexo vi del acuerdo. Pero además deberá lograr que se desactiven otras nueve causas contra el país. No le será complejo; son de ejecutivos de la propia compañía.

Por su parte, el estado argentino se compromete a desistir de toda demanda contra la petrolera española, aunque no se enumera cuáles son, pero sí se precisa, en el Anexo VII, que el país se hará cargo de un grupo de nueve demandas de terceros contra los españoles: son particulares, empresas proveedoras, dueños de campos donde hay explotaciones petroleras; así como las que pudieran emprender ex empleados que reclaman por acciones de YPF. En todos los casos, quien pagará por esos juicios, si correspondiera, será el estado. Es la cláusula de “indemnidad” a que se comprometió el ministro Axel Kicillof al firmar el acuerdo. También la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deberá certificar que en los juicios iniciados por Repsol o sus ejecutivos, no hay deuda por la tasa de justicia.

En cambio, el acuerdo plantea que pueden seguir adelante las demandas cruzadas que haya o pueda haber entre Repsol e YPF por la transferencia de activos internacionales de YPF o por la responsabilidad por colocaciones accionarias en Nueva York de papeles de la petrolera argentina hoy tenemos este juicio, más otro por otros 3.000 millones de dólares, por la venta de acciones durante el 2010/11, que trajo como consecuencia perjuicio a los compradores de acciones en EEUU, al descubrirse que los balances presentados estaban subvaluados, y cuando esto se descubrió, trajo como consecuencia perjuicios económicos a los compradores. Esto demuestra que no sólo vaciaron a la empresa YPF sino que nos dejaron pasivos de más de 30.000 millones de dólares.

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