Por Miguel Ángel Boggiano (Carta Financiera).-

El gobierno argentino sigue intensificando sus esfuerzos para conseguir intercambiar información con diferentes países del mundo. El objetivo es bien simple: que aquellos contribuyentes que están en la duda, decidan finalmente ingresar al blanqueo. El gobierno pretende que aquellos que están en la duda, ingresen no tanto por convicción propia sino por temor a que le encuentren bienes que no tienen declarados.

La semana pasada vimos dos grandes grupos de titulares en los medios de comunicación. Los podríamos resumir del siguiente modo: 1) Argentina firmará un acuerdo de intercambio de información con los Estados Unidos; 2) La AFIP tiene identificadas más de 2000 propiedades no declaradas en Uruguay y Miami. Ambas tienen una dosis de verdad, pero hay que matizarlas muy sutilmente para ver su verdadero alcance.

1. ¿Qué intercambio podría tener la Argentina con los EEUU?

Estados Unidos ofrece diferentes acuerdos intergubernamentales (IGA) impulsados por “la AFIP de los EEUU”, llamada IRS (Internal Revenue Service). El que pretende tener la Argentina es el IGA Modelo 1 A. Más allá de los tecnicismos, éste es el acuerdo que EEUU tiene con sus principales aliados. En América Latina tiene este acuerdo con Colombia, México, Brasil y Chile. Éste es un acuerdo de intercambio automático y recíproco de información.

Todavía no se sabe si efectivamente EEUU decidirá ofrecerle a la Argentina este acuerdo, que es el más amplio que ofrece. En el mejor de los casos, pasarán unas semanas hasta tanto se defina si éste es el acuerdo ofrecido. Luego de esto, el Congreso de los EEUU tendrá que aprobar el acuerdo. Sin embargo, dado que hay elecciones en noviembre en los Estados Unidos, este acuerdo con Argentina no tendría ningún tipo de prioridad en la agenda del Congreso.

Aun cuando todo se diera con la mayor de las velocidades, podríamos presuponer una firma de este acuerdo para la segunda mitad del 2017. Sin embargo, aun cuando esto pueda parecer muy lejos en el tiempo, podría firmarse con retroactividad del 31 de diciembre de 2016.

Si se diera todo esto, cabe aclarar dos puntos salientes: a) este acuerdo alcanza a personas físicas y no a entidades. Esto quiere decir que si una persona tiene una cuenta en los EEUU a nombre de una sociedad o un trust, la información de esta cuenta no será intercambiada; b) este acuerdo no incluye ningún intercambio de ninguna información relacionada a los inmuebles.

2. ¿Qué implicancia tiene que la AFIP tenga identificadas 2000 propiedades de argentinos en Miami y Uruguay?

Para empezar, vale aclarar que el modo en que la AFIP pueda tener identificadas esta propiedades es diverso. Pueden ser inferencias en base a información migratoria y gastos de tarjetas de crédito y probablemente alguna otra fuente que ellos tengan. El resto puede ser simplemente investigación por internet.

Con respecto a Miami, es importante destacar que el registro de propiedades en el condado de Miami-Dade es público (https://miamidade.county-taxes.com/public). Si la AFIP ingresa el nombre de una persona y esta tiene un departamento, aparecerá el departamento. Por otro lado, si la propiedad está a nombre de una Limited Liability Company (LLC), la AFIP podría buscar el nombre de la persona física a nombre de la cual está la LLC en www.corporationwiki.com. Típicamente cuando una LLC tiene un único dueño recibe el nombre de Managing Member. Si la AFIP buscara esta información, podría obtener el nombre de la LLC y apartir de ahí saber qué propiedad tiene la persona física.

La situación narrada en el párrafo anterior es la del 90% de los argentinos que tienen inmuebles en los EEUU. Algunos más precavidos han puesto a una sociedad de BVI (British Virgin Islands) como dueña de la LLC. Ahí la AFIP no puede concluir nada.

Dicho todo esto, esta información puede ser utilizada por la AFIP (y está siendo utilizada) para enviar cartas informando que sabe que tal o cual contribuyente posee una propiedad en Miami. Sin embargo, más allá de esta intimidación, la AFIP no puede hacer nada de forma oficial.

La situación con Uruguay es distinta. Argentina ya tiene un acuerdo bilateral de intercambio de información que es previo a la entrada en vigencia del acuerdo multilateral de la OCDE.

Es el único país con el que puede establecerse un mecanismo de intercambio de información que podría alcanzar a dueños de propiedades y tener consecuencias penales y tributarias para ellos.

Si bien es muy difícil estimar la probabilidad de que esto ocurra, estamos elaborando un informe con los detalles de un eventual intercambio. Este informe es producto de un trabajo conjunto entre abogados y escribanos, tanto de Argentina como de Uruguay.

Share