Por Alfredo Nobre Leite.-
Llama la atención que el juez federal de la Rioja, Daniel Herrera Piedrabuena, pretenda juzgar al ex jefe del Ejército, Tnte. General César Milani, de haber formado parte de una asociación ilícita -delito civil- para cometer, supuestamente, delitos de lesa humanidad. Es oportuno aclarar que en 1975 era un subteniente de primer grado de 22 años de edad, que obedecía órdenes de su capitán y un teniente coronel, y se trató de hechos militares en el marco de la «Operación Independencia», iniciada por el Ejército Argentino el 9 de febrero de 1975, en virtud del Decreto Secreto Nº 261 con fecha 5.2.1975, de la ex presidente E. M. de Perón, que dice en su artículo 1º: «El Comando General del Ejército procederá a ejecutar las operaciones militares que sean necesarias a efectos de neutralizar y/o aniquilar el accionar de los elementos subversivos (el ERP) que actúan en la Provincia de Tucumán». Lo que fue extendido por el Presidente provisional del Senado de la Nación en ejercicio del Poder Ejecutivo, Ítalo Lúder, a todo el país, según el Decreto 2772 el 6.10.1975, que expresa en su artículo 1º: «Las Fuerzas Armadas, bajo el Comando Superior del Presidente, que será ejercido a través del Consejo de Defensa, procederán a ejecutar las operaciones militares y de seguridad que sean necesarias a los efectos de aniquilar el accionar de los elementos subversivos en todo el territorio del país».
El hecho es que el presidente Ricardo R. Alfonsín para juzgar a las cúpulas de las organizaciones subversivas y los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas, emitió el decreto 158/83 -ejerciendo funciones judiciales, al hacerles detener- que vulnera el principio de división de poderes y el sistema republicano de gobierno. Se violó el derecho de defensa, la garantía del juez natural, así como el principio de retroactividad de la ley penal y el precepto que exige que todo proceso se funde en ley anterior a los hechos de la causa (hizo reformar el Código de Justicia Militar para que fueron sometidos a tribunales civiles). Se dejó cesantes al Fiscal y a todos los jueces de la Cámara Federal de Buenos Aires y se nombró otros que homologaron el designio de condena exteriorizado en el decreto 158/83.
Alfonsín decidió en 1983 juzgar -como queda dicho- a la cúpula terrorista y las juntas militares, ignorar la existencia de un conflicto armado y aplicó el Derecho de la Paz (Tratado de Derechos Humanos) imputándoles delitos comunes (que es lo que el tribunal federal de la Rioja pretende hacer a Milani) y no el Protocolo II de Derecho de Guerra (Derecho Internacional Humanitario o Convenciones de Ginebra) ámbito característico donde correspondía valorar las respuestas a «la guerra revolucionaria», ordenadas por los gobiernos constitucionales de Perón y M.E.M. de Perón. y para ello, hasta tanto no haber juzgado a las Juntas Militares, evitó promulgar el Protocolo II, que era la norma que correspondía aplicar (recién se lo ratificó el 26.11.86).
Es oportuno decir que el Protoclo II contempla tres tipos de actores: las organizaciones irregulares terroristas, las Fuerzas legales del Estado y la población civil, ajena al conflicto. A este último grupo es que fundamentalmente protege el Protocolo II. En los tratados de Derechos Humanos en cambio, sólo hay dos actores: El Estado y los ciudadanos y, al no existir el concepto de conflicto armado interno, dentro de la expresión «población civil» quedan necesariamente incluidos los terroristas, por lo cual quedarían incluidos entre quienes debieron ser protegidos de ellos por los agentes del Estado. Así los terroristas quedan habilitados a reclamar derechos que le son propios a dicho población, desplazando a sus propias víctimas, los civiles que no participaron de las hostilidades y fueron asesinados por ellos y las Fuerzas del Estado pasan a ser responsables de haber accionado contra la población civil debido, como hemos visto, a la inexistencia de combatientes ya que éstos mutaron en población civil.
Las consecuencias de este razonamiento, que aplican jueces y fiscales, son que no reconocen la existencia de un estado de guerra; los terroristas no iniciaron la agresión armada; los terroristas son víctimas civiles… y sólo a los agentes del Estado les deben imputar crímenes imprescriptibles, éstos (los agentes del Estado) en definitiva fueron los terroristas, porque ejercieron el terrorismo del Estado.
Queda en evidencia que, las condenas de militares, personal de seguridad y policiales, desde el juicio y condenas a los Comandantes en Jefe de las Juntas Militares y las siguientes, son inconstitucionales por violar el artículo 18 de la Constitución Nacional; ser sometidos a juicio por leyes posteriores al hecho del proceso, juzgados por comisiones especiales, sacados de los jueces naturales o sea por jueces designados por ley anterior a los hechos de las causas. Asimismo, la Convención de Imprescriptibilidad de Penas de Delitos de Lesa Humanidad fue ratificada por el Congreso recién en 2003, mediante la ley 25.778, no aplicable a los hechos de la década del ’70; y, asimismo, el Estatuto de Roma, que fue ratificada por la Argentina en 2003, establece su aplicación a posteriori de su ratificación y no a priori.
Por lo expuesto, constituye una aberración jurídica y violación de la legalidad todos los juicios incoados y las condenas a prisión perpetua de los «presos políticos», en los presidios de Marcos Paz y del interior del país, con ancianos mayores de 90 años muriéndose de inanición y sin atención médica; con unos 2.400 «presos políticos» con prisión preventiva que exceden los dos años, más las condenas a prisión perpetua, con una edad promedio de 75 años, y los mayores de 90 años vegetando y muriéndose, como queda dicho, quienes el único delito que cometieron fue combatir por su Dios y la Patria. Y, al mismo tiempo, vemos que la misma (in)justicia argentina libera a peligrosos delincuentes, asesinos y pervertidos a quienes otorgan prisión domiciliaria al cumplir los 70 años. Amén, de los 389 «presos políticos» muertos en presidio, luego de pasar por ese martirio.
Esa situación anómala, es una rémora de la guerra revolucionaria que debe ser encarada por el presidente Mauricio Macri para pacificar el país, terminando con la injusticia de los subversivos que fueron amnistiados, indultados e indemnizados con recursos del Estado y gozando de canonjías, mientras los derechohabientes de sus víctimas, cuyos crímenes quedaron impunes (hago esta mención para el presidente de la Corte Suprema de la Nación, Ricardo Lorenzetti), son ignorados endógena y exógenamente.
17/03/2017 a las 1:36 PM
Disculpe señor Liete pero el último párrafo de su artículo me hizo reir.
¿Usted relmente piensa que Macri podría llegar a interesarse por los que defendieron a la Patria?
Está en la vereda opuesta.
Es algo así como el judío errante
Vea el parecido
http://2.bp.blogspot.com/-24XDHf-oIuo/VPcMX7C1ICI/AAAAAAAADHU/sfCdidIS_wY/s1600/Jerusalem.%2B1957.%2BJerusalem%2527s%2Bmain%2Bproduce%2Bin%2Bthe%2BMacheneh%2BYehuda%2Bmarket.jpg
17/03/2017 a las 2:04 PM
Excelente resúmen de las órdenes legales, LOS JOVENES DEBEN IMPRIMIR Y ESTUDIAR ESTE ARTICULO, Y LUEGO AMPLIARLO, CON LOS DECRETOS Y LAS LEYES.afines.-
además agrego, que lo que efectivamente se quizo decir es ANIQUILAR A LAS PERSONAS Y ORGANIZACIONES que ACCIONAN, NO SE aniquila «el ACCIONAR»,.
esto lo sostuvieron los firmantes de los Decretos (caffiero, Ruckauff), no recuerdo quienes fueron los otros firmantes. LUEGO Luder se asustó e inventó un sofisma por «las dudas».-
17/03/2017 a las 3:04 PM
Gracias por los comentarios; lo que deseamos es que el presidente Macri tenga presente la situación de quienes nos salvaron de ser una nueva Cuba o Nicaragua, y, oportunamente, tome las medidas pertinentes para cesar la injusticia apuntada.Y el decreto 2772, dice: » …procederán a ejecutar las operaciones militares y de seguridad que sean necesarias a los efectos de aniquilar el accionar de los elementos subversivos en todo el territorio del país» (sic).
ALFREDO NOBRE LEITE
17/03/2017 a las 3:33 PM
habiendo sido contemporáneo de muchos de los hechos relatados, tengo bien presente que: los grupos subversivos, apoyados, financiados y azuzados por Cuba, Libia, la OLP, la URSS y el general sonriente (Juan Domingo Peron.. este con fines propios), se propusieron tomar el poder en la Argentina dentro del conflicto denominado «La Guerra Fria», donde la URSS, le quería cooptar el patio de atrás a su aserrimo enemigo los EEUU. Cuando el general sonriente logro su cometido, creyó que son su solo figura, podía controlar y manipular al monstruo que ayudo a contruir. Todo sabemos cuales fueron sus ordenes no escritas y sus consecuencias. Cuando la situación se desmadro los políticos de turno dieron como siempre su capacitad innata de incapacidad total, y recurrieron a las fuerzas armadas para que le solucionaron los problemas creado por ellos mismos por acción y/o omisión. Las fuerza armadas cumplieron con su función primero bajo las ordenes de la democracia…algo que hoy los políticos sobrevivientes niegan y luego de producido el golpe bajo las duras leyes de la guerra civil, que muchos se niegan a admitir. Como esto ultimo fue y es lamentablemente aun políticamente incorrecto aprobarlo, nacieron todos los engendro de juzgamiento que hay por todos lados, como por ejemplo el de un ex-compañero de trabajo «cabo de la armada», que esta preso por seguir ordenes superiores,esta en la Prisión de Marcos Paz, como si el hubiese ostentado el grado de como mínimo Capitan de Corbeta…..
Con este tipo de justicia, lo mas probable sera que nunca haya justicia en este país.
Si bien el presidente Alfonsin, intento
17/03/2017 a las 5:24 PM
Comenta en un libro el Dr. Cossio (h), que ante algunos problemas graves de salud, que tuvo Perón, su padre le decía «general tenemos que ir una Clínica de alta complejidad, «…. Perón le contestaba que prefería estar en su cuarto con la aparatología que tenían… » porque si iba a una Clinica, o sanatorio, la guerrilla lo «podia asesinar»
a ese extremo llegó la gravedad DE LA TOMA DEL PODER.
18/03/2017 a las 2:32 AM
Nuevamente Alfredo Nobre Leite dando en el blanco de lleno. Más que un artículo periodístico es una exposición capaz de reordenar las ideas de cualquier persona que se proponga ser honesto sin excepciones ni indulgencias, como debe ser. La escla
recedora pormenorización acerca de la violación en toda la línea y alevosamente, del artículo 18 de la Constitución Nacional, inaugurada por Raúl Alfonsin, es algo que es preciso tener muy en claro para entender la tropelía sostenida durante 35 años de ausencia de estado de derecho, por obra y gracia de los «verdaderos demócratas». Encabezados en aquél comienzo por el inveterado recitador del preámbulo de la Constitución, con la única finalidad de alcanzar el sitial desde donde violarla asquerosamente. ¿ Es posible que se siga omitiendo el contexto en que los militares intervienen, virtualmente obligados por los reclamos de esos mismos «demócratas»?. Escuché al Tata Yofre contar un episodio sucedido en una conmemeración llevada a cabo en la Ciudad de Chascomús, poco antes del golpe de 1976. A ese acto concurrieron los Generales Ibérico y Alfredo Saint Jean, oriundos del lugar. Al entrar ambos al local social donde se llevaba a cabo el evento, alguien de entre la concurrencia, airadamente y con adjetivaciones rayanas en el desprecio hacia ella, exigió el derrocamiento inmediato de la entonces ocupante del cargo de Presidente de la Nación. El indignado no era otro que el nombrado Alfonsin. Impresiona como un sujeto desquiciado por la falta de libertades esenciales. Sin embargo había sido y siguió luego siendo el defensor de confianza del lider el ERP. De sus escritos surge una identificación personal con los objetivos y el accionar de grupos terroristas entrenados en Cuba por cuenta y orden de la URSS. ¿ Puede pensarse en él como en alguien empeñado en imponer algo distinto a lo buscado por su defendido estrella, el tal Santucho?. ¿Puede creerse que en verdad no existe contradicción entre la pretendida condicion de «demócrata ejemplar» y las ilegales disposiciones que tomó para derogar de hecho el artículo 18 de la Constitución Nacional, comenzando así su gobierno con la increíble supresión del Estado de Derecho, no respecto de los militares sino respecto de todos los habitantes de esta nación; porque el Estado de Derecho no puede ser para unos sí y para otros no. Es para todos o no es para nadie. Y el resolvió que no fuera para nadie, vaya a saber con fundamento en que, seguro que no en la Ley. Su premisa derogatoria de derechos básicos garantizados y para todos los habitantes, es coincidente con los objetivos terrorístas. Hace unos días murió un filosófo búlgaro, Todorov. Tuvo oportunidad de fijar su atención sobre el caso argentino: guerrra de guerrillas, terrorismo, asesinatos alevosos, secuestros y afán de tomar el poder para implantar un estado totalitario, eliminando a millones de habitantes. Lucidamente, recordó que el proceder y los objetivos de esos grupos en Argentina eran los mismos que caracterizaban a la guerrilla terrorista camboyana encabezada por el tremendo asesino Pol Pot. Este logró tomar el poder y eliminó,- asesinó -, a la cuarta parte, el 25%, de la población de ese país; millones de personas. Santucho y demás asesinos vernáculos que compartían métodos y objetivos con el sátrapa Pol Pot, fueron vencidos por las Fuerzas Armadas y de Seguridad de la República Argentina. El saldo fue la muerte del 0,10% de la población de este país. Cuesta imaginar una acción represiva eficaz contra un conjunto de organizaciones terroristas – que no reparan en echar mano de los más rastreros e inmorales recursos para salirse con la suya -, sin muertos y desaparecidos. Como las muy buenas reflexiones de Nobre Leite, también es empeñosamente ignorada en todo comentario de la «prensa libre», la ponencia pública en su momento dada a conocer por una especialista como es la Señora Virginia Gamba. Este via crucis de la más elemental concepción ética es, más allá de cualquier pretendida postura ideológica, una flagrante violación a la Constitución Nacional, más grave que cualquier delito previsto en el Código Penal, dada la jerarquía de la norma violada. Los detenidos por llevar a cabo aquella represión justa, no son simples ancianitos sádicos o meramente equivocados, juzgados en un todo de acuerdo con lo estalecido en el citado artículo 18 de la CN. Son el ejemplo viviente y doliente de la barbarie impuesta durante 35 años por una banda de disolutos, coherentes defensores de las pretensiones y crueles privilegios de verdaderas bandas de asesinos. Que el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se haya atrevido a decretar que esta montruosidad jurídica es una «Política de Estado», dá una idea de quienes deberían quedar en libertad de inmediato y con las indemnizaciones del caso, y quienes deberían ser juzgados, con todas las garantías y derechos previstos en esa premisa constitucional por todos ellos ignoradas como funciionarios públicos. Empezando por el monstruo Lorenzetti. Milani debería ser juzgado y muy probablemente condenado, con la mayor dureza, por los hechos sobre los que tuvo poder de decisión como Comandante en Jefe del Ejército y como mandamás del Servicio de Inteligencia de la Fuerza. Las órdenes cumplidas como subteniente hace 45 años no pueden ser objeto del más mínimo reproche. No creo que sea de casualidad que la historia termine escrita exactamente al reves. Y todos lo sabemos, sin que consideremos criminal nuestro silencio cobarde y empobrecedor. Gracias Nobre Leite por sus valientes y valiosísimos aportes a la más indiscutible legalidad republicana. Ningún abogado constitucionalísta ni especialista en derecho penal de este país le llega a la suela de los zapatos en decencia, coraje y perspicacia.-
18/03/2017 a las 4:35 PM
Gracias estimado señor José Córvalan, por sus elevados conceptos, de un humilde bancario jubilado, que está luchando con Anses para el pago de su jubilación, según fallo de la Cámara de Seguridad Social, de octubre de 2014.
ALFREDO NOBRE LEITE
19/03/2017 a las 12:50 AM
Existe un proyecto completo de ley de amnistía redactado y fundamentado en forma impecable por el ex diputado Jorge Vanossi.
De manera que si el presidente tomara la decisión que esperamos los que deseamos la pacificación y la concordia que nuestra sociedad, sólo tendría que darle curso.
En ese proyecto están también las razones políticas, históricas y sociales que darían fuerza argumental incluso a un indulto presidencial.
19/03/2017 a las 10:50 PM
He leído atentamente, su nota, la cual la encuentro muy informativa, creo que los delitos no se clasifican por orbe social, el código penal se aplica a todos militares, sacerdotes, civiles, todos deben ser iguales mientras se mantengan los parámetro de igualdad, y para esta ley quien comete conductas punibles debe ser analizado en estas. Las consecuencias del conflicto, que comparto son por venganza pura, deberían haber sido contempladas por la dirigencia en su momento, creo y estoy convencido que la impunidad supero al raciocinio previsor. También adjunto que la soberbia, la intolerancia, y el saberse Estado, dejo de lado a las personas como tales, hoy creo que comparte, que el estado, debe únicamente juzgar/sancionar o reprochar/ encarcelar, estas acciones eran conocidas en el 74 y bajo las conductas de campora, se desdibujaron.
21/03/2017 a las 9:07 AM
Comparto la nota y los comentarios a la misma. Creo que debe recordarse y ser materia de difusión pública que el llamado partido radical es la historia de la incoherencia, invocando ser democrático y republicano, sus fundadores sedujeron a oficiales de las fuerzas armadas con el objetivo de derrocar al presidente Juárez Celman, en 1890, iniciándo el camino de la sedición y el golpismo delictivos e inconstitucionales. Ese accionar se reiteró posteriormente en varias oportunidades hallándose el país con gobernantes legítimos de conformidad con el orden constitucional. Invocando ser un gobierno popular -igual que el peronismo- comenzó con las políticas represivas, hoy catalogadas por los mismos radicales de genocidas, cuando el presidente Yrigoyen ordenó las masacres de la semana trágica en 1919 y de los peones de las estancias del sur en la llamada patagonia rebelde. Otro presidente radical, Alvear, continuó con la política represora -genocida- de Yrigoyen al ordenar a fuerzas de gendarmería reprimir salvajemente a los obrajeros de la empresa «La Forestal», explotados cruelmente por una empresa de capitales ingleses, cayendo el declamado nacionalismo del radicalismo.
Golpista inveterado, el presidente Alfonsín procedió igual que sus antecesores violando la Constitución Nacional, persiguiendo a las fuerzas armadas con el inmoral objetivo de hacer recaer en ellas toda la responsabilidad de la represión de las organizaciones terroristas, eximiendo y eximiéndose a si mismo a sus cofrades políticos de su protagonismo en el accionar castrense. Creo recordar que Alfonsín participó en un congreso internacional de la IVa internacional comunista.
Alfonsín es una representante cabal de todos los políticos argentinos que han gobernado el país desde 1983. Los resultados desastrosos para el orden constitucional y la marcha normal de la Argentina están a la vista en este año 2017. El presidente Macri, carente de toda personalidad y coraje, se restringe a imitar a sus antecesores en el cargo.
21/03/2017 a las 6:16 PM
BRILLANTE EXPOSICIÓN DE LA REALIDAD DE LOS HECHOS DE LOS AÑOS 70, «FELICITACIONES SEÑOR ALFEDRO NOBRE LEITE», «TUCUMAN CUNA DE LA INDEPENDENCIA, REFUGIO DE COBARDES, TRAIDORES Y CORRUPTOS»