Por Carlos Tórtora.-

Javier Milei presentó el viernes un paquete de ocho reformas legales anticasta. Algunas de las mismas presentan serios reparos. Por ejemplo, el gobierno propone suprimir el financiamiento público de los partidos políticos. Pero olvida el presidente el texto del artículo 38 de la Constitución Nacional, que establece con relación a los partidos políticos: «El Estado contribuye al sostenimiento económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes». La reforma propuesta es, por tanto, inviable.

Con respecto a que las personas condenadas por corrupción en segunda instancia no podrán presentarse como candidatos en las elecciones nacionales, el Código Electoral Nacional, en su artículo 1 inciso e, establece que no podrán ser electores los condenados por delitos dolosos a penas privativas de libertad, y por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena. Por supuesto, el que no puede ser elector no puede ser candidato. Habría que definir cuáles son los delitos de corrupción, ya que no existe una categorización legal de los mismos.

Por otra parte, la justicia exige sentencia firme, que no es lo mismo que sentencia en segunda instancia.

Criminalizar la política económica

En cuanto a la reforma que impulsa reducir drásticamente la cantidad de contratos para asesores de diputados y senadores de la Nación, el proyecto desconoce que la fijación del presupuesto y sus partidas es facultad de las cámaras del Congreso y no del Poder Ejecutivo. Por lo tanto no podría el presidente anunciar esta medida.

Otra medida propuesta es penalizar por ley al presidente de la Nación, al ministro de economía, a los funcionarios del BCRA, diputados y senadores que aprueben un presupuesto que contemple financiar déficit fiscal con emisión monetaria. Esto último no puede ser considerado un delito, por cuanto no se cumplen los requisitos mínimos para que lo sea. Lo contrario sería criminalizar las medidas de política económica, lo que no tendría ningún sustento legal.

Financiar el déficit fiscal con emisión monetaria es una de las opciones de política fiscal que de ningún modo puede ser asimilada a un delito.

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