La presentación la realiza el presidente de la Fundación por la Paz y el Cambio Climático, Fernando Miguez, y amplía una anterior referida a la construcción de la Línea H del subte.

El texto de la denuncia es el siguiente:

FUNDACION POR LA PAZ y EL CAMBIO CLIMATICO y MIGUEZ FERNANDO C/ UTE TECHINT DYCASA, GCABA, EDENOR S.A. y OTROS S/ ROBO DE ENERGIA ELECTRICA, USURPACION DEL ESPACIO PUBLICO, ABUSO DE PODER, VIOLACION DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO y DAÑO AMBIENTAL “DELITO EN FLAGRANCIA”

SEÑOR JUEZ

PRESENTA DENUNCIA

La Fundación por la paz y el Cambio Climático y Fernando Miguez, por derecho propio, de profesión periodista independiente, Matricula Ley Nº 13.116, con DNI Nº 11.987.726 de nacionalidad argentina, Presidente de la misma, con el patrocinio legal de la Dra. Marcela Carmen Scotti Tº 99 Fº 534 C.P.A.C.F, constituyendo el domicilio legal en la calle José Ignacio Añasco 2221 de esta Ciudad domicilio electrónico 27172727706 (fundación.por.la.paz@gmail.com) a V.S. Respetuosamente se presentan y dicen:

I.- OBJETO

  1. Que vengo a activar la actividad jurisdiccional del Estado, incoando esta acción penal de carácter público en virtud de que el ilícito que se denuncia es de los titulados de acción pública y descripta y sancionada en los artículos 174, inc 5º, 260, 261 y 265, y 164 del Código Penal de la Nación. Ello, sin perjuicio de la calificación legal que luego S.S. evalúe correcta por aplicación del aforismo iura novit curia. Del relato de los hechos que se efectúa a continuación, a todas luces se desprende la relevancia jurídico-penal de la conducta desplegada. En este sentido no debe perderse de vista que en la génesis misma de la instrucción el encuadre jurídico penal siempre será provisorio, ya que un enmarque certero en la normativa criminal recién podrá realizarse con el avance de la pesquisa, que será la encargada de probar con que especiales circunstancias fácticas se encuentran acompañados los hechos denunciados.

2.- En este orden de ideas es importante remarcar la relevancia de la investigación solicitada en orden a las tipificaciones legales precedentemente efectuadas, ya que se apunta a analizar el funcionamiento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en sí mismo y de la UTE TECHINT/DYCASA, más allá de las responsabilidades personales que pudieran surgir como consecuencia de la misma a aquellos funcionarios corruptos. En efecto, el funcionamiento defectuoso del GCABA denunciado, desembocaría en la posible comisión de delitos de acción pública, perjudicando tanto a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuanto a los individuos que deberían ser los destinatarios y los favorecidos, por el correcto accionar del Gobierno. Se observa en el caso en estudio la concurrencia de los elementos típicos de los delitos previstos en nuestro código represivo. Por un lado, se configuraría el delito de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, previsto y reprimido en el Art. 248 Código Penal. Ello así, por cuanto la norma protegida contenida en dicho articulado, tutela más que el correcto desempeño en general de la función pública; sino el respeto y acatamiento debidos a las normas constitucionales y legales, siendo el hecho que nos ocupa, de las tres conductas punibles que alberga este artículo, el hecho de no ejecutar órdenes y resoluciones cuyo cumplimiento le incumbiere. Demás está decir ya dentro del segundo delito de los precedentemente descriptos, que el párrafo cuarto del Art. 77 del Código Penal realiza una interpretación auténtica del concepto en análisis y establece que “por los términos -funcionario público- y -empleado público-, usados en este Código, se designa a todo aquel que participa accidental o permanentemente del ejercicio de funciones públicas, sea por elección popular o por nombramiento de autoridad competente”. No atiende a que la gente ostente una calidad jurídica determinada, sino que repara en el ejercicio real de las tres funciones públicas, equiparando de tal forma al funcionario y al empleado”. (Voto del Dr. Riggi, Cámara Nacional de Casación Penal Sala 3 Registro 335.97.3 «Fendrich, Mario César s/Recurso de Casación). El elemento subjetivo consiste en la conciencia y voluntad de dar un destino diferente a los fondos que se administran sin que sea necesario el propósito específico de perjudicar al Estado, todo ello dicho en concordancia a lo oportunamente sostenido por la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional – Sala VII, Causa 25287 Figueroa Justo de y otros y tal y como fuera también remarcado por el Dr. Edgardo Alberto DONNA en su obra “Delitos contra la Administración Pública”.

  1. Esta trazabilidad en la comisión de los delitos también nos refiere al Robo simple Art. 164 del C.P.N siendo propicio decir que para que se consumara el delito finalidad de la presentación de esta denuncia hubo una superposición de delitos donde también advertimos.

A manera informativa nos gustaría agregar que ya hubo un primer fallo jurisprudencial “de cumplimiento efectivo de prisión por hurto de energía eléctrica, se trata”. Los ocupantes de un edificio ubicado en el barrio de San Cristóbal fueron condenados a cuatro meses de prisión por robar electricidad. El fallo, que sería el primero de cumplimiento efectivo, fue dictado por el Tribunal Oral Criminal Nº 23 de Capital Federal. Según detalló Edesur, la empresa proveedora del servicio en esta área de la Ciudad, la causa se había iniciado en 2004 y los condenados son tres: “Sebastián Daniel Gómez y Alfredo y Fernanda Castany”. La justicia los consideró autores penalmente responsables por la comisión del delito de «robo simple».

  1. Daño Ambiental Leyes; Ley 25.675 denominada “Ley General del Ambiente” y Leyes 25.612, 25.670, 25.688, 25.831, 25.916, 26.331, 26.562, 26.639 y los siguientes tratados internacionales: Convención (aprobada por Ley 24.295) Protocolo de Kyoto (aprobado por Ley 25.438) Convención de las Naciones Unidas sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural (aprobada por Ley 21.836) Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono (aprobado por Ley 25.389) Acuerdo Marco sobre Medio Ambiente del MERCOSUR (aprobado por Ley 25.841) Convención de las Naciones Unidas para la Lucha contra la Desertificación (aprobada por Ley 24.701) Convención de Basilea (aprobado por Ley 23.922 ) Convenio sobre la Diversidad Biológica (aprobada por Ley 24.375 ) Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente (aprobado por Ley 24.216 )Convención sobre Humedales de Importancia .Internacional (aprobada por Ley 23.919 ) Convenio de Viena para protección de la Capa de Ozono (aprobado por Ley 23.724).-

La acción de Dirige también contra los Sres.: PAOLO ROCCA, ROBERTO BONATTI, GIANFELICE MARIO ROCCA, BOLINAGA HERNANDEZ FERNANDO JOSE, BALSEIRO JAVIER FERNANDO, JOSEPH “JOE” LEWIS, MACRI MAURICIO, RODRIGUEZ LARRETA HORACIO, SANTILLI DIEGO, CHAIN DANIEL, GOMEZ CENTURION JUAN JOSE y toda aquella persona que sea vinculada tras la investigación de la denuncia incoada.

II.- HECHOS

a) Que la UTE “Techint y Dycasa” gano la Licitación Pública referida a la ampliación de la traza de la línea H del Subterráneo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al realizar la “OBRA” , suponemos para tener cero costo operativo y mayor rentabilidad y dado que deberían de abastecerse de toneladas de cemento no tuvieron mejor IDEA que usurpar un Espacio Público y así esconder “tras” el Edificio de la Sede de la facultad Derecho de la UBA una Planta Elaboradora de Cemento Armado, la misma debía tener “una fuente de energía eléctrica poderosa y directa” entonces procedieron a cortarle la traza de un cable que alimenta al edificio de la Facultad y conectársela directamente a la Planta. Debo agregar que no solo alimenta a la Planta sino también a varios Obradores que la UTE instalo en medio de Espacios Públicos, “estos linderos tras la facultad”.

b) Esta cuestión produjo que esa casa de altos estudios quedara sin luz, más aun toda un ala del edificio quedo sin suministro, en despachos, claustros y oficinas administrativas de la Sede, esto provoco en principio detectar la falla, ahí fue donde se descubrió EL ROBO DE ENERGIA ELECTRICA, en segundo término se tuvo que adecuar desde otra traza la alimentación de energía eléctrica a los sectores que por los hechos denunciados se habían quedado sin ese suministro.

c) “VS. ¿Si este delito que estamos denunciando no es Robo? al menos consensuemos, es un “Robo Simple”, también existe un “Daño Ambiental” y aun más “incumplimiento a los deberse de Funcionario Público y Abuso de Poder”.

d) Que en aras de impulsar esta denuncia con mayor celeridad, nos remitiremos al tema administrativo, es decir, al previo recorrido antes de presentar esta denuncia, este trámite fue realizado por las Autoridades de UBA Derecho, ni bien aconteció lo denunciado lo pusieron en conocimiento de las Autoridades de la Ciudad, hasta el día de la fecha nunca hubo una respuesta Oficial del Sr. Jefe de Gobierno Rodríguez Larreta, ni de ninguno de los funcionarios del área. Tampoco se realizo la re conexión del cable robado a la facultad por parte de los contratistas.

e) Es imposible que la empresa EDENOR S.A., cuyo accionista mayoritario es el amigo personal del Presidente Macri “JOE LEWIS” (recordado por la Prensa, cuando MACRI viajo en helicóptero a días de asumir como presidente y se alojo en el Sur en la mansión que posee “JOE” y que ha también usurpado espacios comunes de bosques nativos)no esté en conocimiento de estos hechos, toda vez la línea de alta tensión que cortaron a la facultad de derecho son las de mayor tensión en un sistema eléctrico, las de mayor longitud y las que manipulan los mayores bloques de potencia, tan potente que enlazan entre sí diferentes regiones intercambiando energía en ambos sentidos, lo cual se hace muy difícil pensar que la empresa EDENOR no estuviera al tanto de este acontecimiento, menos aun, siendo como lo es JOSEPH LEWIS un accionista mayoritario de la empresa de energía eléctrica concesionaria también del Estado Nacional.

Al parecer MACRI no abandona viejas prácticas que él tiene como costumbre, recordaremos aquí los 700 millones que adeuda del contrabando contra la Aduana que produjera su alejamiento de la empresa Sevel Argentina, estas conductas lesivas no son casuales y son las mismas que permitieron en el tiempo el enriquecimiento familiar, (acaso el testaferro de los Militares) vía la manipulación de la basura (su padre Franco) un albañil de limitados recursos intelectuales, haya influido en estas prácticas donde la impunidad política tiene mucho que ver, recordemos a Manliba (concesión que le otorgara el Brigadier Cacciatore a Franco Macri) que se denunciara en aquella época en sus camiones de basura transportaba a los fallecidos desaparecidos del proceso militar. La importancia de la MEMORIA ACTIVA en argentina no puede soslayar que hay muchos que están acostumbrados a delinquir y compran su libertad fácilmente, pero esta situación no los aleja de su conducta corrupta y criminal en el tiempo.

III.-EVALUACION CONCLUSIVA

La presente denuncia se inscribe dentro de las modalidades o conductas delictivas que en estos últimos 12 años tienen como “AUTORES” a empresas contratistas del Estado y los ejes donde transita la Corrupción Institucionalizada de la mano del Crimen Organizado. Es difícil imaginar a esta altura donde las Empresas Contratistas de la Obra Pública (que viven gracias a los fondos públicos del Estado) se demuestran vulnerables y “sospechados” en actos de corrupción “no hayan aprendido de las Denuncias en Tramite” ante el fuero Federal persistiendo en sus conductas que a toda Razón y Lógica constituyen DELITOS generando estadios de Corrupción a su paso, que son en sí mismos delitos comunes encubiertos tras un paraguas proteccionista de impunidad de funcionarios desleales, cosa ya demostrada ante este fuero. Las conductas de corrupción siempre tratan al menos de dos personas, una que ofrece y la otra que acepta, justamente de eso trata la denuncia del acápite.

La UTE no tuvo mejor idea, así las cosas, que la Planta Elaboradora de Hormigón Armado debía ser instalada en cercanías de LA OBRA (Av. Pueyrredón) y esconderla tras la Sede de la UBA, entonces “USURPARON” un Espacio Público este llamado Plaza de las Naciones Unidas y Floralis Genérica; sita en la Av. Figueroa Alcorta y Juan Antonio Bibliani (esquina de la UBA) provocando también daño al medio ambiente toda vez el impacto ambiental , la tala indiscriminada de árboles y/o abetos, mas el levantamiento del piso plantal (similar a un jardín) del espacio público. En suma una cadena de delitos en pos de buscar mayor rentabilidad a cero costo causando así el correspondiente perjuicio a la CABA, a su patrimonio y lo más singular el Robo de Energía Eléctrica a la UBA, FACULTAD DE DERECHO una condición de inaceptable conducta a una empresa que se precie en ser contratista del Estado y por esa sola condición avasallar derechos y bienes que son de la Ciudad y de sus Ciudadanos.

Si así es como se enriquecen los CEOs en la Republica Argentina (como se diría vulgarmente a costillas del patrimonio de los demás), VS estamos atravesando la mayor crisis en cuanto a la Mala Moral Empresaria (Báez no es el único empresario corrupto) que como hemos relatado en los hechos solo buscan SU PROPIO BENEFICIO y NO EL DE LA SOCIEDAD EN SU CONJUNTO.

A estas personas las premiamos dándoles la ejecución de una Obra (Sub ejecutada en su ejercicio financiero) de miles de millones de pesos (necesitan usurpar, robar y comprometer funcionarios ) ellos están gozando de su Libertad y un ciudadano cualquiera por robarse un pollo va preso, en definitiva la Ciudadanía Clama por Justicia, la Corrupción MATA, y cada centavo que se desvía ayuda a apretar el gatillo de un delincuente, de eso hay cotidianas pruebas y son los ciudadanos fallecidos a mano de la INSEGURIDAD está provocada por estas conductas, los CEOs exitosos de “CUELLO BLANCO” como lo es el Sr. Nicolás Caputo , accionista mayoritario de EDESUR , son tan criminales como el que roba un pollo o cometen un homicidio, de eso nuestra sociedad ya no tiene dudas, ha visto tirar bolsos llenos de millones de dólares, contar miles de millones de pesos, la avaricia en definitiva seria el delito de quienes al parecer VAN POR TODO aunque ese TODO sea UNA PLAZA o la LUZ de LA FACULTAD DE DERECHO, sin importarle lo más mínimo porque los ampara la impunidad que les brinda su dinero.

IV.- ANTECEDENTES

Conflicto en Plaza Francia

A fines de febrero de 2012 se inició una polémica cuando diversas ONG, personalidades políticas y un conjunto de vecinos del barrio de Recoleta, denunciaron que la obra de la estación Plaza Francia estaba teniendo lugar en la Plaza Intendente Alvear modificando rotundamente el aspecto de dicho espacio verde. Se removieron diecisiete árboles centenarios que no podrían volver a colocarse en su lugar luego de la construcción del túnel.10 Además, denunciaron que el movimiento de personas accediendo y saliendo del subte transformaría a la tradicional plaza en un nodo de transporte, y presentaron una denuncia penal contra SBASE, por la cual consiguieron que el juez Schleiber suspendiera las obras.

La ley que autoriza la línea H manda hacer la estación bajo la plaza Francia. Pero la estación está bajo la plaza Intendente Alvear, del otro lado de Pueyrredón. El ex funcionario del PRO Juan Pablo Piccardo explicó que sabía eso pero que “por costumbre” se le dice Francia a la Alvear. Los opositores a la obra propusieron la construcción de la estación varios metros más al norte, en el predio del Centro Municipal de Exposiciones pero la empresa de subterráneos alegó que eso complicaría demasiado la curva que el túnel debe hacer para llegar a Retiro, por lo cual el debate quedó trabado y a mediados de marzo de ese año, el juez Zuleta ordenó la suspensión de las obras hasta que se acate la normativa para esta área de protección histórica (APH) que impide la modificación del paisaje. Por otro lado, el magistrado alegó que la ley original para la línea H indica en su texto que la estación Plaza Francia debería construirse en el lugar marcado por los vecinos denunciantes.

De acuerdo con un informe de la Auditoría porteña, el gobierno de la ciudad pagó por los costos de las obras un 85 % adicional a las empresas contratistas Techint y Dycasa, por el retraso en la construcción de tres estaciones de la línea H. Ambas contratistas cobraron 1.700 millones de pesos en adicionales y re determinaciones de precios, lo cual representó un aumento del 85 % sobre el precio original de la obra. La obra debía ser terminada para abril de 2015 pero la ejecución de los túneles había avanzado un 1,54 por ciento.

Es decir que la Obra SUB EJECUTADA (como todas las Obras de MACRI en la Ciudad le salió al vecino la friolera de $ 3.800 millones de pesos, tal vez justamente por ello, la UTE, los funcionarios y EDESUR, entendieron que debían ganar un tanto más y ello era un ahorro en Logística (camiones yendo y viniendo de la Planta de Hormigón Armado de Barracas, mas el gasto en Energía Eléctrica) entonces se resolvió de manera ecuánime “Usurpar el Espacio Público, el consiguiente Daño Ambiental y que se Robaran” la luz de la UBA así se incrementaría aun más la Ganancia, no solo “los denunciados son corruptos” sino que también su avaricia los transforma en caraduras profesionales que desde siempre vivieron a costillas del Estado cómplice y aun piensan que la fiesta debe seguir. Si ello ocurre la justicia es quien deberá dar explicaciones a la sociedad en su conjunto porque ya no se puede tolerar el grado de Impunidad Institucionalizada con el solo Objetivo de enriquecerse con la OBRA PUBLICA, dándole la espalda al contribuyente que es en definitiva con sus impuestos que tiene que pagar el despilfarro de estos canallas.

V.-PRUEBA

a-Testimonial:

Se cite a declarar a las a las autoridades de la facultad de derecho de la UBA, la Sra. Decana Dra. Mónica Pinto y a los Sres. Secretarios de dicha Casa de Altos Estudios a los efectos que informen sobre la Autorización si es que la dieron en permitir el Corte de la Línea de Alta Tensión para ser utilizada en alimentar a la Planta de Elaboradora de Hormigón Armado.

– Sra. Mabel Aparicio vecina de Pueyrredón y Guido (ver/documental) http://www.lanacion.com.ar/1449761-conflicto-en-recoleta-por-el-subte Diario La Nación Titulado; Conflicto en Recoleta por el Subte) y los siguientes vecinos.

– Sra. María Carmen Arias Usandivaras, titular ONG Basta de Demoler.-

– Sra. María Giménez, vecina de Recoleta.-

– Sra. Sonia Berjman historiadora.-

– Sra. Virginia González Gass, ex Legisladorora.-

– Sr. Adrián Camps, ex Legislador.-

b- Informativa:

Solicito se libre oficio a:

1- Al GCABA para que remita copia de los pliegos licitatorios de la ampliación de la línea H del Subte de Buenos Aires

2- A EDENOR S.A. para que informe cuantas son las líneas de alta tensión que alimentan con energía eléctrica a la facultad de derecho, UBA, remitiendo la documentación pertinente.

3- Al ministerio de Ambiente y Espacio Público de la CABA para que informe bajo que dictamen Y/O Resolución o cual fue la documentación por la cual autorizo la utilización del espacio público donde se realiza la obra en cuestión especialmente al fondo de la Plaza mencionada como de Las Naciones Unidas y Floralis Genérica, entre las calles; Brigadier Gral. Juna Facundo Quiroga y Av. Libres del Sur.

4- A la AUDITORIA del GCABA a los efectos que remita toda la documentación pertinente en relación a los costos de la Obra de Ampliación y así también toda aquella información pertinente a los actuados.

5- Agencia Gubernamental y Control a los efectos que informe sobre la Fiscalización y Control por ese organismo efectuado en el lugar de los Hechos (Planta Elaboradora de Hormigón Armado y Obradores) relativo a la seguridad y pertinencia de radicar en un Espacio Publico dicha Planta y su Impacto ambiental hacia el Ecosistema y su habilitación, así también si se cumplieron las normativas de Seguridad normadas por Ley.

VI.- SOLICITO MEDIDAS

Medidas Sugeridas, solicito se ordene realice ALLANAMIENTO en la Planta Elaboradora de Cemento Armado y Obradores, estos propiedad de la UTE DYCASA-TECHINT Espacio Público llamado “Plaza de las Naciones Unidas y Floralis Genérica; sita en la Av. Figueroa Alcorta y Juan Antonio Bibliani” (esquina norte (TRAS) de la UBA).

VII.- MANIFIESTA

Los efectos y consecuencias del hurto de energía son variados y de graves consecuencias. Se pueden evidenciar variaciones de voltaje, sobrecarga en el suministro eléctrico, incendios y accidentes que incluso pueden llevar a la muerte de las personas que intentan realizar esta acción y otros tipos de daños materiales. En el caso que nos ocupa es realmente una vergüenza que la empresa UTE TECHINT DYCASA cometa este fraude eléctrico que en este caso puntual no se ha visto alentado por factores económicos y culturales, sino que subestimaron este delito.

Más aún, ante la situación de emergencia energética que vive nuestro país y mientras la gente sufre el impacto del TARIFAZO, con más de trescientos por ciento de aumento, ·”ellos roban energía eléctrica amparados en la impunidad que los caracteriza”.-

VII.-PETITORIO

Por todo lo expuesto solicito al tribunal y a la Fiscalía actuante que por delegación le quepa intervenir

1) Se tenga por incoada esta denuncia penal por los delitos sindicados a los enrostrados, citándoseme oportunamente a su ratificación, oportunidad en la que adjuntaré prueba de la misma.

2) Se disponga la instrucción del sumario, previa vista al Señor Fiscal en los términos del artículo 180 del Código Procesal Penal de la Nación;

3) Se tenga por presentado y constituido domicilio procesal, como así también la personería jurídica de la Entidad.

4) Se disponga la producción de las probanzas necesarias que lleven al esclarecimiento de los hechos e identificación de los responsables.

5) Fijados los hechos denunciados, establezca el Sr. Juez su adecuación típica y proceda a señalar a los autores y/o cómplices y/o participes del delito que se denuncia.

6) Que en atención a lo dispuesto por la Procuración General de la Nación mediante Resolución 10/09 expedida el 24/02/2009, en cuanto dispone se arbitren los medios para poner en conocimiento de partes y letrados, aun sin ser parte querellante, todas las resoluciones judiciales que dispongan el archivo de la causa y también a recibir información sobre el estado del proceso, vengo a peticionar en este sentido.

7) Se reserva el derecho de ampliar la prueba en la presente.-

8) Se tenga presente el adjunto a esta denuncia, cuyo capitulo Dice; “PRUEBA DOCUMENTAL CATASTRAL” quede el mismo agregado al cuerpo principal de esta denuncia.

PROVEER DE CONFORMIDAD

ES JUSTICIA

FUNDACION POR LA PAZ Y EL CAMBIO CLIMATICO

Ver: Prueba documental catastral

Share