Por Luis Alejandro Rizzi.-
No ponemos en duda el derecho de los conductores de colectivos o buses para defenderlos y hacerlos valer.
Tampoco podemos poner en duda el “derecho al transporte” que tiene la gente, sin distinción de su posición social, y cuyo ejercicio debe garantizar todo Estado.
Pero lo más grave es la pasividad del estado ante un conflicto colectivo de trabajo que agravia derechos de terceros.
En el AMBA ayer se vivió un día de “anarquía”. Un gremio de trabajadores impidió a otros gremios de trabajadores y a personas o trabajadores independientes ejercer su derecho a trabajar.
Como lo explicó Robert Nozick, cuando el estado no existe o se ausenta de ejercer sus funciones, aparecen instituciones intermedias que imponen las reglas de convivencia, pero desde la defensa de sus propios intereses sectoriales, aunque fueren absolutamente legítimos.
Este hecho ocurrido ayer nos obliga a pensar como sociedad y desde una visión “cultural”.
Una primera opinión me lleva a pensar que el “derecho de huelga” hoy carece de justificación, ya que su ejercicio afecta y lesiona al bien común.
Ayer se perjudicó a la gente, al tiempo que se puso en evidencia la “inhabilidad del gobierno” para administrar y resolver conflictos y la ausencia de estado.
Más aún, el gobierno de los estados, como lo está haciendo éste de Javier Milei, usa el conflicto para descalificar o poner en evidencia, como suelen decir, a los enemigos “del cambio”, cuya esencia nadie puede explicar.
Lo que no se dan cuenta es que el gobierno también pone en evidencia su juego partidario; en vez de resolver, busca lucrar con el conflicto.
Es inmoral que el gobierno intente justificar teórica o doctrinariamente esta omisión en doctrinas liberales o libertarias, porque el fundamento de la libertad es el orden, no la anarquía ni el desorden social.
El Estado debe reglamentar el ejercicio del derecho de huelga, garantizando servicios mínimos y creando un procedimiento de arbitraje obligatorio, del mismo modo que existe un tribunal de defensa de la competencia.
Culturalmente, en el siglo XXI el derecho de huelga sólo debe ser un hecho histórico.
En el fondo, es una cuestión de límites. En el orden privado, quien traspasa un límite debe indemnizar a la víctima.
Ahora bien, cuando la víctima es una pluralidad de personas anónimas a los victimarios, ¿el “Estado” no debiera prohibir el traspaso de ciertos límites, como es el derecho de huelga?
No quiero parecerme a “Bertie” con su imbecilidad sobre la educación de los chicos, sino desde una posición progresista de avanzada, el “conflicto social” debe resolverse sin recurrir a la agonalidad que implica la huelga, retención de tareas o como se lo llame.
El ejercicio de los derechos lo debemos ponderar desde sus consecuencias y desde el ángulo del derecho público.
El artículo 958 del Código Civil y Comercial dice: “Las partes son libres para celebrar un contrato y determinar su contenido, dentro de los límites impuestos por la ley o el orden público. Las normas legales siempre son de aplicación supletoria a la voluntad de las partes expresada en el contrato, aunque la ley no lo determine en forma expresa para un tipo contractual determinado, salvo que la norma sea expresamente imperativa, y siempre con interpretación restrictiva.
La negociación laboral es privada, pero con efectos que trascienden a las partes, por lo tanto, rige la restricción que subrayamos. Se da una paradoja, el derecho privado debe respetar las restricciones que impone el derecho público, que es el que debe promover y garantizar el “bien común”.
Como dice la Constitución, cuando lo privado afecta u ofende la moral o el orden público, deja de ser privado y se impone la tutela del bien común.
El arbitraje obligatorio es uno de los medios “posmodernos” que debe usarse para resolver conflictos colectivos.
La agonalidad es irracional, ilegítima y lesiva.
14/04/2024 a las 1:22 AM
MIRE DON RIZZI, EL DERECHO DE HUELGA, DEBE SER USADO EN CASOS EXTREMOS, NO DEBE CONVERTIRSE EN UNA NORMALIDAD.
MUCHO MENOS CUANDO DE SERVICIO PUBLICO SE TRATA.
PORQUE AHI ENTRA UN TERCER ELEMENTO EN JUEGO, QUE ES EL INTERES PUBLICO Y EN MUCHOS CASOS EL ORDEN PUBLICO.
POR LO TANTO, ES SENCILLO DE SOLUCIONAR, SOLO HAY QUE PONER CADA COSA EN SU LUGAR.
TAMBIEN HAY QUE TERMINAR CON LAS PARTARIAS GENERALES, SE DEBE CONVALIDAR LOS ACUERDOS POR EMPRESA, SINO LA MAS GRANDE FUNDE A LA MAS CHICA.
HAY ACUERDOS QUE, LAS MAS CHICAS NO PUEDEN CUMPLIR.
UN CASO SIMILAR ES LA PARITARIA DE LOS PORTEROS DE EDIFICIOS HORIZONTALES.
EN ESTE TEMA HAY QUE HACER CIRUGIA MAYOR.