Por Fabián Medina.-
Lo que vamos a tratar de explicar aquí es algo que muchos desconocen y es directamente como se elabora una Declaración Jurada Patrimonial.
Entendamos que todo esto se vuelve obligatorio desde el momento que un ciudadano se presenta como Candidato a un cargo electivo nacional (Diputado, Senador, Presidente y/o Vicepresidente) de acuerdo a la Ley Electoral que se modifico en 2010. No sólo se deben reunir los requisitos colocados por la Constitución Nacional en cuanto a la edad y/o nivel de ingresos sino también que como paso previo a la Elección General y desde la fecha de las Primarias Abiertos Simultaneas y Obligatorias -PASO- debe efectuarse como requisito obligatorio, aunque muchos candidatos no la cumplen y podrían incluso llegar a sufrir una impugnación para asumir su cargo una vez electo. Esto también se vuelve obligatorio para quienes sean designados desde los cargos de Subsecretario nacional hasta Jefe de Gabinete de Ministros.
Para hacerlo más claro todavía, todo ciudadano que trabaja en forma autónoma anteriormente a su incorporación a una lista de Candidatos nacionales o designados funcionarios presentan en forma regular -o sea todos los años entre los meses de mayo y junio- la declaración Jurada del viejo Impuesto a las Ganancias a la AFIP-DGI; al momento de presentar ante la Oficina Anticorrupción la Declaración Jurada Patrimonial de Candidato o Funcionario debe poseer un usuario que es su número de CUIT/CUIL y clave fiscal y al momento de generar la declaración de la OA el mismo sistema toma desde sus bases de datos la información que se remitió a la AFIP-DGI de Ganancias del año anterior. Con esto quiero expresar que los contadores no son en ningún momento responsable por la incorporación de bienes a la declaración patrimonial sino que los bienes muebles, inmuebles y hasta de empresas en las declaraciones de ganancias anuales son plena obligación del dueño de la declaración.
Si en ellas existiera algún faltante de información se puede tomar como omisión maliciosa por parte del titular y si el faltante es una empresa no declarada si el monto de lo no declarado e mayor a los 5 millones de pesos puede llegar a tomarse como un tema de EVASIÓN FISCAL AGRAVADA por el monto y su correspondiente pena que surge de la Ley Penal Tributaria es de cumplimiento efectivo por ser de 6 a 9 años de prisión, a ello de existir por haber sido ya aprobada como sido aprobada como llego desde Diputados Nación al Senado en 2016 también correspondería aplicar la EXTINCIÓN DE DOMINIO pero ella duerme el “sueño de los justos” en dicha Cámara de representantes.
12/04/2018 a las 5:15 PM
Esta claro, y no hace falta explicarlo demasiado…, que si un ciudadano en su accion privada antes de ser funcionario omite la inclusion de algun bien patrimonial, eso lo convierte en un evasor(vaya a saber uno como lo obtuvo…) , y de acuerdo al monto en evasor agravado o simple. Y los que se encuentran en esa condicion como funcionarios, deberian marcharse a su casa. Seria lo mejor para la democracia…..
Pero, no es INFINITAMENTE MAS GRAVE, DESANIMANTE, INCONTROLABLE e INEXPLICABLE las fortunas vergonzosas que exhiben funcionarios y ex-funcionarios, que se les permite, con juicios en su contra que todos sabemos que estan mas que probados, conducidos por jueces venales, ser candidatos a cualquier tipo de cargo electivo para protegerse de las sentencias ????
No existe en la practica, la presentacion de DDJJ patrimoniales ni de otro tipo QUE NO ESTEN PERREADAS Y TERGIVERSADAS, de los candidatos para sus oposiciones, y en la realidad terminan convirtiendo al organismo al que se postulan en un aguantadero de sujetos impresentables y sin ningun prestigio. De esa forma solo cabe analizar quienes son los integrantes de los mismos y concluir lo lastimoso de nuestro sistema legislativo. El problema es, con otros matices, tambien extensible a los otros dos poderes, el ejecutivo y el judicial…..
Y lo mas grave de todo es que son defendidos por sus pares-situacion que los iguala entre ellos- , por un periodismo viscoso que los acompaña en sus fechorias, dandoles trascendencia e importancia a los juicios de estos sujetos, cuando en realidad son descartables, y en silencio por parte de una poblacion complice que no tiene reparos con este tipo de individuos que vienen a comernos el tarro, no una…, sino muchas veces recurrentemente….
El pueblo no tiene defensa con estas actitudes, y solo nos cabe seguir esperando quien va a ser el proximo procesado-futuro senador, diputado, o concejal-en declarar ante «periodistas imparciales» que fueron motivo de un «persecucion ideologica», o que hay una «campaña sucia» en su contra o cualquier otra barbaridad a las que nos acostumbran los titulos de las noticias.
13/04/2018 a las 2:44 AM
Esos bigotitos.
Les falta un poco mas de recorte.