Por Alfredo Nobre Leite.-
No se entiende a qué viene la iniciativa del presidente del bloque kirchnerista del Senado, Miguel Pichetto, de obligar a los jueces que cumplan los 75 años de edad a pedir su renovación, mediante un acuerdo del Senado que les permita acceder al cargo, lo que afectará a la ministra, vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Elena Highton de Nolasco, que cumplirá a fin de año esa edad, que presentó un recurso de amparo, basándose en que la ley sancionada por el Congreso para la reforma constitucional de 1994, no incluía la modificación del artículo 96 de Constitución Nacional de 1853-1860 -ahora 110-, siendo su reclamo aprobado por el juez de primera instancia en Contencioso Administrativo Federal, Enrique Lavié Pico, cuya resolución dice: «la reforma constitucional de 1994 que fijó el límite de la edad ‘afecta la prerrogativa de la inamovilidad de los integrantes de la Corte Suprema de Justicia'» (sic). Asimismo, Gregorio Badeni, en su artículo «La garantía de inamovilidad judicial» en «La Prensa» del 13 de marzo último, expresa: «Está claro que la ley no autorizó a modificar el actual artículo 110 referente a la garantía de la inamovilidad. Sin embargo, los reformadores de 1994 desconocieron el mandato. Se apartaron del objetivo para el cual fueron convocados, y en el artículo 99, inciso 4, establecieron que los jueces cesaban en sus cargos al cumplir los 75 años e edad, a menos que fueran objeto de un nuevo nombramiento de 5 años». Aclaro que el fallo de primera instancia del juez federal Lavié Pico está firme, por no haberlo apelado el Poder Ejecutivo. Sin embargo, la Corte, en fallo firmado el 28 de marzo pasado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, con la disidencia del ministro Carlos Rosenkrantz, validó el límite de 75 años impuesto por la Constitución Nacional reformada en 1994.
Considero que el proyecto de ley pergeñado por Pichetto, es inconstitucional, pues no se puede aplicar ninguna ley con retroactividad, ya que la ministro Highton de Nolasco ejerce su función desde la sentencia en lo Contencioso Administrativo que quedó firme, sin novedad alguno o recamo de nadie; y, además, teniendo en cuenta que las leyes han de ser generales y no dirigidas a nadie en particular afectando derechos consagrados por la ley o la Constitución Nacional.
Evidentemente, el motivo aducido por Pichetto es más que prosaico, es decir un acto vengativo por el fallo mayoritario de la Corte que con su voto y los de sus colegas Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, reconocieron la ley más benigna para un «preso político», siendo inadmisible el proyecto de Pichetto que da de bruces con el Estado de Derecho. En caso de que se sancione ese engendro de ley, debe ser vetada por el Poder Ejecutivo, pues no puede afectar y/o conculcar un derecho adquirido, la división de poderes y la independencia del Poder Judicial, bases esenciales del sistema republicano de gobierno. Sin perder de vista, que el proyecto de ley de marras pretende coartar la facultad del Poder Ejecutivo de nombrar los jueces de la Corte Suprema (art. 99, inc. 4) -es decir que «al cumplir los 74 años deberán gestionar personalmente ante el Senado su eventual continuidad», lo que es doblemente inconstitucional-, constituyendo una reforma de facto de la Constitución manu militari, improcedente e írrita de nulidad absoluta.
20/05/2017 a las 5:35 PM
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20/05/2017 a las 6:21 PM
Este espacio ¿es para comentar el artículo o para publicidad?
21/05/2017 a las 1:05 AM
Es que hay gente enferma, como el Sr El Universal, que también tiene la suficiente cobardia de NO exponer su nombre en el tapete, para tener la osadia de decirle a otro que esta enfermo.
21/05/2017 a las 9:45 AM
EN TODOS LOS ARTICULOS HACEN PUBLICIDAD DEL REGIMEN MILITAR Y GENOCIDA Y ANTISEMITISMO Y NADIE SE ENOJA…. Y AHORA POR QUE UN/A CREYENTE EVANGELIZA SE ESCANDALIZAN????
20/05/2017 a las 8:18 PM
Me parece que por mas que no se haya apelado la decision del juez de primera instancia en referencia a este tema de los 75 años, es claramente insconstitucional, ya que hay sentencia de Corte sobre este asunto, y es mas que explicita al respecto.
Ese juez interpreto lo que le parecio, pero ante cualquier planteamiento judicial, se van a remitir al fallo de Corte y jamas a la sentencia de primera instancia.
Highton tengo entendido que cumple 75 años en diciembre del 2017…. todavia no sabemos si se retira o no.
Por honor y respeto se deberia retirar sin dudas.
Un juez de Corte Suprema debe dar el ejemplo con su proceder, como lo dio oportunamente cuando la ley no lo explicaba, el destacado Dr. Fayt.
20/05/2017 a las 8:37 PM
Un Juez debe tener estabilidad en el cargo y así lo reza la C. N. que parece que ni Picheto lee, «un juez dura en el cargo, miesntras dure su buena conducta» y para removerlo de su cargo se debe iniciar el Juicio Político ¿han visto ustedes al JUez Griesa, bien, vean que a pesar de sus años sigue en el cargo y el que decide irse es él, salvo que cometa alguna irregularidad en el ejercicio de sus funciones. Esa es la columna vertebral que sistema jurídco legal, si un Juez sabe que se va o esta a tiro de cañón de cualquier legislador que porque no le gustó su fallo, lo quiere sacar, nunca tendremos SEGURIDAD JURIDICA, esto es claro en paises serios, pero como ahora nos convertimos en Costa Pobre, no pretendamos calidad en los Organismos Estatales, en los Poderes establecidos en la C. N. . Agrego, elegir un Juez por voto popular, es el absurdo más grande en materia institucional, si eso se lograra establecer, tendremos jueces que iran colgados de las listas partidarias y entonces fallaran o juzgaran acuerdo a los mandatos del gobernante de turno, imaginen a un Pitrola de Presidente junto a Ripoll de Vice, vayan a iniciar alguna causa por irregularidades en la administración o contra algún funcionario. Les dejo abierto el final de la causa ¿que imaginan que pasará, viendo lo que acontece actualmente con justicia legítima y jueces presionados?
21/05/2017 a las 9:49 AM
«salvo que cometa alguna irregularidad en el ejercicio de sus funciones.»
ACASO NO COMETIERON IRREGULARIDADES AL FALLAR POR EL 2X1 A GENOCIDAS????
QUIEN MAS QUISIERA TENER A UN PITROLA DE PRESIDENTE…. ESE SERIA UN PAIS CON JUSTICIA Y DD. HH. PLENOS
21/05/2017 a las 3:25 PM
AGRADEZCO, COMO SIEMPRE; LOS COMENTARIOS, SALVO EL DE LA LIC.. CARLA FRIDMAN. EVIDENTEMENTE IDEOLOGIZADO DE LA IZQUIERDA, QUE PROVOCÓ E INICIÓ LA «GUERRA REVOLUCIONARIA» DE LA DÉCADA DEL ’70, COMETIENDO 21.655 ATENTADOS TERRORISTAS Y, POR LO MENOS, 1.160 ASESINATOS DE INOCENTES A TRAICIÓN; SIENDO ELLA LA MENOS AUTORIZADA PARA OPINAR SOBRE NUESTRA REALIDAD HISTÓRICA.
ALFREDO NOBRE LEITE
21/05/2017 a las 11:39 PM
Estoy de acuerdo con lo comentado por Nobre, pero » confiar » en la CSJN es como confiar quien ganara un partido de futbol. Recuerdo la » anulacion » de leyes en vez de derogarlas, y el ok de la Corte, y recuerdo la » lesa humanidad «, aplicada a hechos de la decada del 70 cuando esa ley no integraba nuestro codigo penal, y en abierta disidencia con nuestro art. 18 de la CN.