Por Carlos Tórtora.-

La Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo, que debe dictaminar sobre la validez de los DNU, ya está en mora con relación al polémico DNU 70/2023. El inciso tercero del artículo 99 de la Constitución Nacional establece que dentro de los 10 días de dictado el DNU, el Jefe de Gabinete someterá la medida a consideración de la Comisión Bicameral Permanente y que ésta elevará su despacho en un plazo de 10 días al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento.

El DNU 70\2023 fue dictado el 21 de diciembre, por lo cual el Jefe de Gabinete debió remitirlo a la Comisión Bicameral el 31 de diciembre. Esto, si se tomara el plazo desde el dictado del Decreto. Pero el gobierno contaría 10 días desde su entrada en vigencia, por lo cual el plazo vencería hoy. Así las cosas, la Comisión debería emitir su despacho el 10 o el 15 del corriente.

Sin embargo, es prácticamente imposible que esto ocurra, por la sencilla razón de que la Comisión aún no está conformada. La presidenta del Senado, Victoria Villarruel, comunicó quiénes son los 8 senadores designados para integrarla. Pero el presidente de la Cámara Baja, Martin Menem, no hizo lo propio, razón por la cual la Comisión no está conformada.

¿Y ahora qué?

Por otra parte, es imposible precisar cuánto tiempo le demandaría a la Comisión analizar los más de 300 artículos del DNU. Todo indica entonces que recién tal vez para las sesiones ordinarias, que se inician el 1 de marzo, la Comisión emita su despacho. Si no lo hiciera, estaría privando al Congreso de hacer uso de sus facultades de aprobar o desaprobar la norma y esto también tendría implicancias judiciales. En efecto, los jueces que están tramitando amparos contra el DNU podrían señalar que es el Congreso el que debe ratificar o derogar el mismo y no lo está haciendo. Los datos indican que la Comisión no se reúne desde el 2022, lo que pasó totalmente desapercibido. Los DNU dictados antes y después simplemente quedaron vigentes. Ahora, por primera vez, el tema cobra trascendencia.

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