Por Luis Orea Campos.-
Se encuentra en tratamiento en el Senado de la Nación un proyecto presentado por la Senadora Carolina Losada en el que se propone agravar las penas de quienes incurran en el delito de denuncia falsa.
La iniciativa está motivada en el abuso que hacen muchas mujeres de la legislación protectoria y de los mecanismos creados para ponerla en ejecución con fines que nada tienen que ver con el objeto de la normativa.
En efecto, para obtener el cuidado personal de los hijos o para vengarse del marido o pareja recurren a un uso espurio del sistema para lanzar sobre el varón la maquinaria del Estado mediante denuncias maliciosas generalmente basadas solo en el relato de la supuesta víctima.
En el diario La Nación una nota describe como una esposa se llevó ilegalmente los hijos del matrimonio a Brasil, burlando el derecho paterno, cuando su denuncia por supuesta violencia doméstica fue desestimada por insustanciosa después de varios meses de proceso, lo que dejó en evidencia cual era el verdadero fin de la denunciante.
Sin perjuicio de la positividad de la reacción legislativa ante la proliferación del empleo malicioso de las leyes de protección a la mujer, el aumento de las penas por denuncias falsas podría tener poca eficacia en la disuasión de esta práctica femenina si no se complementa con un cambio en la rigurosidad del examen de los casos que llegan a los organismos específicos como la Oficina de Violencia Doméstica y a los juzgados.
En efecto, estas dependencias toman el relato de la mujer como palabra sagrada aunque carezcan de pruebas sólidas y de razones fundadas, y de inmediato se movilizan mecanismos judiciales y policiales que se lanzan sobre el presunto infractor como si ya hubiera sido juzgado y condenado, infringiéndole un daño irreparable aunque luego sea sobreseído.
El principio de inocencia se hace a un lado y se disparan medidas preventivas aunque sea evidente que el relato de la mujer presente manifiestas inconsistencias con lo que pretende el espíritu de la ley que es la protección ante serios indicios de violencia concreta.
Recientemente un anciano de casi 80 años fue abruptamente dejado en la calle sin contemplaciones con lo puesto debido a una denuncia de su esposa y su hijastra que pidieron su exclusión del hogar acusándolo de violencia doméstica no por hechos concretos y actuales sino por “temor a que el aumento de su irritabilidad produjera un hecho violento”
Asimismo ante la flojedad de sus argumentos trajeron a colación un incidente familiar ocurrido … un año antes! Lo que no fue obstáculo para que se tome la denuncia y el proceso siga su marcha y el anciano fuera de su hogar.
Es cierto que en la mayoría de los casos que reciben los organismos competentes las denuncias son fundadas, pero en otros solo se busca el perjuicio del denunciado o el desconocimiento de su derecho paterno.
Por ello, los funcionarios de las oficinas competentes y los jueces deberían examinar con mas rigurosidad la verosimilitud y el fundamento de las denuncias para evitar que en muchos casos la finalidad tuitiva de la mujer que tienen las normas vigentes se vea desvirtuada maliciosamente por fines que llevan a una flagrante injusticia y perjuicios irreparables para las verdaderas víctimas.
Si ello no ocurre el aumento de las penas por esas denuncias falsas no tendrán el efecto disuasivo que se pretende en la iniciativa parlamentaria, porque aunque el trámite penal termine en sobreseimiento del acusado por falta de pruebas los magistrados raramente pueden afirmar que la denuncia había sido falaz debido a los trámites preliminares realizados ligeramente por las oficinas supuestamente especializadas que se encargan de mostrar a los varones como potenciales delincuentes.
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