Silencio con sentido positivo
Por Oscar Edgardo García.-
La Ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, en lo referido a la Reforma del Estado, sustituyó el texto del artículo 10 de la Ley 19.549 de Procedimiento Administrativo, que regula las normas que se aplican ante la Administración Pública Nacional, tanto la centralizada como la descentralizada, con excepción de los organismos militares y de defensa y seguridad.
El Gobierno Nacional dictó el Decreto 971/2024 mediante el que al menos 500 procedimientos serán considerados aprobados ante la falta de respuesta del Estado en un lapso de 60 días y una vez cumplidas las condiciones exigidas, eliminando de ese modo las «trabas burocráticas» en la administración pública y posibilitando, por ejemplo, la agilización de los reclamos de beneficios impositivos de empresas y personas humanas ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Es obvio que la inexistencia de la respuesta sobre un expediente de parte de un funcionario de la Administración Pública pone en evidencia su ineficiencia, su irresponsabilidad y/o su incapacidad para dictar una resolución sobre el mismo o, quizás, que el cargo que ocupa es innecesario.
Para cumplimentar totalmente esta fase del plan de desburocratización, Federico Sturzenegger debería dictar las normas que establezcan las medidas disciplinarias que serán adoptadas con aquellos empleados públicos que no cumplan con sus funciones posibilitando la viabilización del «silencio con sentido positivo».
A través de las mismas se podrían identificar a los «ñoquis» que componen la plantilla de empleados y se obtendrían los fundamentos requeridos para decidir su desvinculación en pos del objetivo de reducción del déficit fiscal.
Decreto 971/2024.
POR FAVOR LEER E INFORMARSE ANTES DE ESCRIBIR UNA NOTA DE INTERES GENERAL.
DE LO CONTRARIO, NO PUBLICAR NOTAS COMO IGNORANTE.
Excelente reflexión digna de llevarse a la práctica.