Por Carlos Tórtora.-
Cristina Kirchner sufrió en los últimos días uno de los golpes más graves de su carrera politica. Treinta diputados nacionales de UxP desconocieron su autoridad como jefa del partido y se pronunciaron en el bloque a favor de suspender las PASO, tal como desea Javier Milei. A su vez, LLA consiguió el dictamen para que la suspensión de las PASO se trate el jueves en el recinto, gracias a los diputados de los gobernadores de Catamarca, Raúl Jalil, y Santiago del Estero, Gerardo Zamora.
El deterioro de la expresidenta se produce en el peor momento para ella, porque Axel Kicillof está muy cerca de desdoblar la elección provincial, recortando así la influencia de ella en el armado de las listas bonaerenses. Si Cristina resulta debilitada en Buenos Aires, se agravaría su ya escasa incidencia en los asuntos del peronismo del interior. Son muchos los gobernadores peronistas que, sin estridencias, ignoran olímpicamente la conducción del PJ que ella ejerce. En un distrito fundamental para el justicialismo como es Santa Fe, el peronismo concurrirá partido en cuatro pedazos a la elección de los constituyentes para la reforma de la constitución provincial, que tendrá lugar el 13 de abril próximo.
Dando una idea de lo difíciles que están las cosas, Cristina anunció hace poco que haría una gira por el interior para reordenar los distritos, pero hasta ahora no se hizo.
¿Hacia el fin de la polarización?
La crisis de poder de Cristina es en realidad una pésima novedad para Javier Milei. Éste intentó embolsar a todo el justicialismo bajo el ala de ella, confiando en que LLA se impondría a una candidata tan desprestigiada y que carga con el desastre de Alberto Fernández.
Milei quedó satisfecho cuando Cristina asumió la presidencia del PJ pero ahora la situación ha cambiado. Ella se enfrenta a la posibilidad concreta de que el peronismo bonaerense se vuelque hacia Kicillof y La Cámpora termine quedándose con una estructura vacía.
Con una creciente preocupación, los libertarios ven cómo el peronismo entonces empieza a buscar el camino para superar el ciclo de los Kirchner.
06/02/2025 a las 12:38 AM
El liderazgo de Cristina siempre fue «propaganda de delincuentes». El peronismo no existe sin Perón y el Justicialismo es utopía política que requiere adecuado líder. ¡En La Argentina Siglo XXI esto no se vislumbra!
06/02/2025 a las 7:29 AM
EN ESTE PRIMER CUARTO DE SIGLO NOS TOCÓ CONVIVIR CON LA BASURA MÁS GRANDE DE NUESTRA HISTORIA, FUE LA QUE MÁS SE PARECIÓ A PERÓN, AGRAVANDO SUS IDEAS.
06/02/2025 a las 10:17 AM
Cristina Fernández de Kirchner NO EXISTE, no tiene amistades (solo esclavos) ni vida social, SOLO tiene dinero (malhabido)
Politicamente y fraude mediante, solo gano cuando estuvo de luto, después SIEMPRE se equivoco, por ej. con Julio Cesar con Martín Guga Lusto, con Amado y con Alberto Ángel solo por citar algunos casos
Pero OJO, en el peronismo no hay machos alfa (el último fue Carlos Saul), solo hay ladrones consumados y aprendices de ladrones
POR LO TANTO, el peronismo vegeta o sobrevive gracias al sindicalismo (aunque cada vez en menor medida) y a prensa
Solo por eso se explica que El Peluca de Milei y su Karina hayan llegado al Ejecutivo
06/02/2025 a las 12:57 AM
EL UNICO FRAUDE ES MILEI.
SI ASI RESPETA LOS ACUERDOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES, IMAGINATE CON EL RESTO.
«Tras la salida de la OMS, Milei también analiza retirar a la Argentina del Acuerdo de París»
LO MEJOR QUE PUEDE HACER ES RETIRAR A ARGENTINA DEL PLANETA Y D LA GALAXIA.
ESTE SE TOMO EN SERIO VOLVER AL 1800 O A LA EPOCA DE MOISES.
TODOS, ABSOLUTAMENTE TODOS, ESTAN TOMANDO ESTO COMO ALGO GRACIOSO. NO SE QUEJEN DESPUES DE LO QUE NOS SUCEDA A TODOS.
UDS LO VOTARON Y LO APLAUDEN.
https://www.infobae.com/politica/2025/02/05/tras-la-salida-de-la-oms-milei-tambien-analiza-retirar-a-la-argentina-del-acuerdo-de-paris-me-parece-un-fraude/
06/02/2025 a las 7:31 AM
PARA QUIENES SU MANERA DE VIDA ES EL FRAUDE, CONSIDERAN A MILEI UN FRAUDE, YA QUE NO LES PERMITE QUE SIGAN VIVIENDO DEL FRAUDE.
YA QUE LOS PERONISTAS SIEMPRE PREGUNTAN: DONDE ESTÁ EL CURRO?
07/02/2025 a las 6:52 AM
Lo mejor que ha hecho hasta ahora; salir de Organismos CORRUPTOS como la OMS Organismo Privado que dicta normas acorde a los humores y deseos de liquidar la población del planeta de BILL GATES.
06/02/2025 a las 1:03 AM
Nadie hizo mas que Perón (solicitada del 4 de Marzo de 1973)
NOTA IMPORTANTE: La que sigue es una solicitada aparecida en los diarios. Esta es la publicada en el Diario “La Nación”, Domingo 4 de marzo de 1973, Página 11. La tapa es de una edición de 24 páginas en folleto que se realizo en Febrero de 1973.
Descargar gratis el folleto en PDF
Nadie hizo más que Perón
Dedicado en especial a los jóvenes que no han vivido ni estudiado, la experiencia de esta década de infamia, cuyos hechos han sido ocultados o deformados por ideólogos interesados en el olvido o la desfiguración, que no son más que formas elementales del lavado de cerebro al que el totalitarismo trata siempre de someter a los hombres libres.
LO MORAL
a) La Patria
1.- Silenció el culto de todos los héroes y próceres.
2.- Reemplazó el Himno Nacional por la marcha partidaria y quiso hacer lo mismo con el escudo argentino.
3.- En idéntica sustitución, también suprimió las marchas patrióticas.
4.- Restó toda importancia a la celebración del 25 de Mayo y menospreció el 9 de Julio, convirtiéndolo en el “Día de la Independencia Económica”.
5.- Devolvió al Paraguay los trofeos de guerra tomados por la Argentina.
6.- Hizo quemar la Enseña Nacional.
7.- Impuso su nombre y el de su segunda esposa a provincias, partidos, ciudades, pueblos, barrios, calles, plazas, estaciones, buques, aviones, institutos, congresos, etc.
8.- El 16 de Junio de 1955 tembló y gimió en el tercer sótano del Ministerio de Guerra, después de haber hecho convocar a sus adictos a Plaza de Mayo para que lo defendieran.
9.- Producida la Revolución del 16 de septiembre de 1955 se refugió en una cañonera paraguaya, mientras lo esperaba reunido su consejo de ministros.
10.- Fue juzgado por un Tribunal Superior Militar que lo condenó con la pena máxima: falta gravísima, por la indignidad que con su inconducta puso de manifiesto, prohibiéndole el uso del título del grado y del uniforme. Firmaron el fallo cinco tenientes generales de la Nación, por unanimidad.
11.- En noviembre de 1972, pese a ser ciudadano argentino, volvió al país con pasaporte paraguayo. Y el 16.12.72 en Asunción, ratificó: “Mientras viva utilizaré el pasaporte paraguayo, que tuve el honor de recibir en 1955”.
12.- Afirmó a la prensa extranjera que el ejército del Paraguay era el más glorioso de América y renegando de la institución que le dio formación militar se jactó de ser general paraguayo (título protocolar y de intercambio entre mandatarios).
b) La Familia
13.- Obligó a usar en las escuelas primarias libros de lectura con su efigie y la de su segunda mujer en todas las páginas, acompañadas de textos donde se exaltaba a ambos como únicos “próceres”. Reemplazó por su nombre y el de ella las palabras “papá” y “mamá”
14.- Cuando murió su madre no concurrió al sepelio, enviando un telegrama y haciéndose representar por un edecán, mientras paseaba en yate por los riachos del Tigre.
15.- Creó el odio entre padres e hijos y hermanos, destruyendo a millares de familias argentinas. Fomentó la delación en todas sus formas y la recompensó.
16.- Antepuso la incondicionalidad partidaria a todo sentimiento y aún a la unión del hogar, al que dividió en “réprobos” y “elegidos”.
17.- Explotó a su propia mujer viva y después de muerta, sometiendo su cadáver embalsamado al grotesco cortejo de los serviles. Hasta ella, antes de morir, lo repudió. Dijo a un grupo de sindicalistas: “Cuídense de este miserable”.
c) La Religión
18.- Quiso entronizar en los altares su efigie y la de su mujer.
19.- Reemplazó el crucifijo por el retrato de ambos en hospitales, colegios, institutos, entidades, etc.
20.- Proclamó a su partido como “única religión nacional”.
21.- Sustituyó el Día de la Inmaculada Concepción por el “Día del Campeón” (Pascual Pérez)
22.- Decretó el 18 de octubre como “San Perón”.
23.- Hizo sancionar la Ley de la Prostitución.
24.- Persiguió, encarceló, vejó y/o expulsó a centenares de sacerdotes y obispos, entre otros: Monseñores De Andrea, Lafitte, Tato, Novoa, Dumphy, Jorba Farías, los curas de la Medalla Milagrosa, etc.
25.- Ordenó quemar y profanar, con apoyo policial, numerosos templos de la ciudad de Buenos Aires.
26.- En el mismo “operativo” quedó totalmente destruída la Curia Metropolitana.
27.- Fue excomulgado por el Papa.
d) La Verdad
28.- Aseguró haber obtenido la bomba atómica, gracias a las investigaciones de los científicos argentinos Ronald Richter y Otto Gamba, despilfarrando millones en autopublicidad y poniéndonos en ridículo ante el mundo.
29.- Dijo “He renunciado al honor más grande a que puede aspirar un militar: a ser general de la Nación, para seguir siendo siempre vuestro querido coronel Perón”.
30.- Dijo: “No tengo otra ambición que la de servir a los trabajadores, Por eso nunca seré Presidente”.
31.- Dijo: “Aunque me lo pidan a título de sacrificio personal, jamás aceptaré mi reelección”.
32.- Dijo: “Antes de adoptar semejante determinación me cortaría la mano derecha” y firmó la declaración de guerra contra el Eje cuando éste ya estaba derrotado.
33.- Cuando era presidente dijo: “Yo vivo modestamente con trescientos pesos mensuales”. Una vez que huyó, afirmó cínicamente que “podía pasar el resto de suvida comiendo billetes de mil todos los días”.
e) La Honestidad
34.- Fue procesado por haber cometido el delito de estupro contra una niña de 14 años.
35.- Hacía seleccionar por sus sicarios a sus futuras víctimas (generalmente de hogares muy humildes y en las escuelas) y les regalaba billeteras con dinero, bicicletas y motonetas con gorras “pochito”.
36.- Corrompió instituciones fundamentales de la República, comprando voluntades con órdenes para adquirir automotores “a precios de lista”. Sus favoritos recibieron centenares, y negociaron la mayor parte de ellas.
37.- Cubrió a su segunda mujer de joyas cuya valuación actual es de muchos miles de millones de pesos.
38.- No obstante su declamada pobreza colocó millones de dólares a interés en cuentas del exterior, particularmente en Suiza y los Estados Unidos.
39.- Desconfiando de los “cien años de cuerda” que se atribuía, abrió numerosas cuentas extranjeras a nombre de terceros. De la nada llegó así a figurar entre los diez hombres más ricos del mundo.
40.- Para satisfacer su propio ego obligó a deportistas, científicos, técnicos y artistas, a dedicarle públicamente sus triunfos. Los que no se sometieron tuvieron que retirarse o emigrar.
41.- Humilló a los hogares modestos en las fiestas de fin de año, haciéndoles llegar sidra y pan dulce comprados con los dineros del país, en paquetes que llevaban su retrato y el de su segunda esposa y una inscripción que decía: “Obsequio de Perón y Evita”.
LO POLÍTICO INSTITUCIONAL
f) La Ley
42.- Modificó arbitraria y fraudulentamente la Constitución Nacional para posibilitar su reelección.
43.- Ganó las elecciones haciendo fraude preelectoral, monopolizando para su partido todos los medios de comunicación, coaccionando y amenazando a través de sus personeros a todos los agentes públicos, modificando maliciosamente las inscripciones electorales, trasladando en trenes y camiones grandes cantidades de votantes de un lugar a otro de la República, etc.
44.- Hizo fraude durante y después del comicio. No depuró los padrones y empleó elementos pagados, haciéndolos votar varias veces con una misma libreta, o utilizando libretas de fallecidos; adulteró las cifras del escrutinio, etc.
45.- Implantó la afiliación obligatoria al “partido único”, como requisito indispensable para poder trabajar.
46.- Decretó el luto obligatorio por la muerte de su segunda esposa.
47.- Obligó a funcionarios, empleados y obreros a observar el “minuto de silencio” a las 20,25.
48.- Impuso la concurrencia forzosa a todos los actos partidarios.
49.- Rotuló a sus adversarios políticos como “la canalla opositora” y los encarceló, vejó y torturó.
50.- Intimidó a grandes sectores de la ciudadanía, quemando la Casa Radical, la Casa del Pueblo la sede del Partido Demócrata Nacional y el Jockey Club.
51.- En la quema de la Curia, de la Casa del Pueblo y otras instituciones, destruyó más de 200.000 libros e inutilizó importantísimas obras de arte, archivos históricos insustituibles, reliquias, trofeos patrióticos, etc.
52.- Ejerció la suma del poder público, aceptando las facultades extraordinarias que le concedieron sus obsecuentes legisladores. Violó así, junto con ellos, la Constitución Nacional, quedando todos sujetos “a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria”, que establece el artículo 29 de aquella.
53.- Sometió absolutamente al Poder Judicial y a todos los fueros de Justicia. Llegó al extremo de decir: “El gobierno y el Estado me pertenecen a mí, como funcionario. Yo actúo sobre ellos, los gobierno, los manejo, los mando” (10-1-53).
54.- Decretó el “estado de guerra interno” permanente y utilizó a su arbitrio la Ley de Residencia.
55.- Aprovechó la obsecuencia legislativa y judicial, para obtener más de cien despachos diarios, favorables a sus propósitos e intereses personales. En un solo día se llegaron a presentar en el Congreso 383 proyectos de homenajes a él y a su segunda esposa, caso único en la historia del mundo.
56.- Antepuso su vanidad a la gloria del Padre de la Patria, y pretendió equipararse a él haciéndose proclamar oficialmente, por el Congreso, “Libertador de la República”.
57.- Proclamó a su programa partidario como “Doctrina Nacional” e hizo titular a su segunda mujer como “Jefa Espiritual de la Nación”.
58.- Cuando fue derrocado le estaban levantando un monumento, con fondos recaudados mediante descuentos obligatorios.
59.- En cuanto al monumento “al descamisado”, financiado del mismo modo, nunca se construyó y nadie sabe lo que se hizo del dinero “donado” para ese fin.
g) El Ejército
60.- Postergó o no permitió el ascenso de los jefes y oficiales que se habían manifestado abiertamente contrarios a su régimen.
61.- Dispuso antirreglamentariamente la participación de las Fuerzas Armadas en actos de carácter partidario, e inició el nefasto proceso de politización de las mismas.
62.- Trató de corromper la moral de los jefes, con órdenes de compra de automotores, misiones al exterior, y otorgándoles la”medalla militar peronista”.
63.- Sometió a las instituciones armadas, como a la civilidad a un régimen de delación y servilismo.
64.- Quiso reemplazar al ejército por bandas armadas (“milicias populares”).
h) La Libertad de Prensa
65.- En 1946 clausuró “La Vanguardia” (órgano oficial del Partido Socialista),
“Cascabel”, “Antinazi”, etc. Luego “La Nueva Provincia”, “El Intransigente”, etc. En 1950, La Comisión Visca” cerró en un solo día más de cien publicaciones. Posteriormente hizo tomar por asalto el diario “La Prensa”, del cual se apropió. En esa ocasión fue asesinado un obrero gráfico y el personal sufrió cárcel, vejámenes y torturas. Dado su discrecional manejo de las cuotas de papel, el diario “La Nación” -único no adicto- quedó reducido a dos hojas.
i) La Enseñanza
66.- Suprimió la autonomía universitaria y cerró todas las Academias Nacionales.
67.- Manejó las universidades desde la Casa de Gobierno.
68.- Reemplazó la materia “Instrucción Cívica” por una presunta “Cultura Ciudadana”, conformada a su programa partidario deformante.
69.- Persiguió y dejó cesantes a los profesores democráticos y encumbró a sus incondicionales. Destruyó virtualmente el magisterio y el profesorado masculinos, al mantener casi congelados los sueldos durante nueve años. Centenares de varones que alentaban esa vocación, tuvieron que abordar otras actividades para poder constituir o mantener una familia, quedando esa importante misión formativa, circunscripta a los docentes de sexo femenino.
70.- Reprimió a golpes a los estudiantes no adictos, por medio de sus “muchachos” casi siempre ex pugilistas a sueldo, encargados de la “persuasión”.
71.- Negó la historia, quiso cambiar el pasado y deformó la realidad espiritual y cultural de su tiempo, pretendiendo adecuarla a sus objetivos.
72.- Impuso la lectura obligatoria de “La Razón de mi Vida”, atribuido a su segunda esposa, pero escrito por un extranjero a sueldo.
73.- Convirtió en una sangrienta burla el precepto constitucional que consagra la libertad de enseñar y aprender. («Alpargatas sí, libros no” “Haga Patria: mate un estudiante”, eran los estribillos habituales de las manifestaciones peronistas).
j) La Libertad Individual
74.- Instituyó la “medalla de la lealtad peronista” para premiar la delación y la obsecuencia.
75.- Creó los “Jefes de Manzana” del partido, “Gestapo” permanente de cada barrio en cada ciudad.
76.- Creó las “unidades básicas”, verdaderas células de penetración, acción psicológica, delación organizada, reparto de prebendas y en caso necesario, mecanismo de “persuasión” dentro de cada vecindario.
77.-Hizo que la simple denuncia de cualquiera, justificara la privación ilegal de la libertad o la expulsión del empleo.
78.- Suprimió el recurso de “habeas hábeas”, la tradicional garantía contra las restricciones ilegales de la libertad corporal de las personas.
79.- Recluyó a los presos políticos y gremiales junto con los delincuentes comunes y los asesinos.
80.- Sus sicarios asesinaron a obreros: Núñez, Aguirre, cañeros de Tucumán, ferroviarios, etc.; a profesionales: Ottolenghi, Ingalinella, etc.; a estudiantes: Salmún Feijoo, Bravo, Sulky, Valle, Astrada, Beltrán, etc.; a sacerdotes: Wagner, Martinez, etc.; entre muchos otros crímenes que sería largo enumerar.
81.- A los opositores encarcelados, los acusó de “comunistas”, calificación que hizo figurar en sus prontuarios.
82.- A mujeres no adictas, las hizo rapar para marcarlas y las sometió a malos tratos y vejaciones, fichándolas como prostitutas.
83.- Durante su régimen las torturas, los vejámenes y la picana eléctrica fueron métodos habituales de “persuasión” políticas.
k) Las Fuentes de Trabajo
84.- Con su política totalitaria desalentó el trabajo en el interior del país y provocó el éxodo rural a las ciudades.
85.- Proliferaron así centenares de “villas miseria”.
86.- Provocó la necesidad del doble empleo para poder sobrevivir.
87.- Sometió a los sindicatos en una central única y dictatorial que fue su “partido paralelo” y a la vez su “fuerza de choque”.
88.- Copió la “carta del lavoro” fascista, implantándola como régimen laboral argentino.
89.- Politizó los gremios al punto de que para poder trabajar, era imprescindible ser afiliado a su partido único y adicto incondicional de su régimen.
90.- Desposeyó a los sindicatos, utilizando sus fondos en su provecho personal y en el de sus allegados. Vació las cajas de jubilaciones, incautándose de sus reservas, que sustituyó por bonos incobrables.
91.- Inauguró la entrega obligatoria de sueldos y jornales. Inventó los descuentos por planilla y otras formas de despojo actualmente en vigor (como muchas otras implantas por él)
l) La Vivienda
92.- Convirtió en una realidad angustiante el problema de la vivienda para las clases más necesitadas y para la clase media, a la que intentó destruir.
93.- La inflación que él mismo causó, le obligó a congelar los alquileres mediante una ley totalitaria. Sabía que ese medio fraudulento era el único capaz de evitar que millares de familias cayesen en la indigencia, lo cual hubiera precipitado su caída.
94.- Benefició con edificaciones palaciegas a los miembros de su camarilla gobernante, a los jerarcas del partido y a los dirigentes de los sindicatos adictos.
95.- Su política en esta materia produjo una crisis habitacional sin precedentes en la historia del país.
96.- Infligió gravísimo daño a la industria de la construcción, provocando una contracción económica que afectó a centenares de gremios afines y aumentó la desocupación.
97.- Despojó de su legítima renta a los pequeños propietarios, que vieron así diluirse el fruto de sus ahorros, al legalizarse el atropello al libre usufructo de la propiedad privada.
98.- En materia de vivienda produjo al país un atraso de más de medio siglo.
m) Los Servicios Públicos
99.- Con el pretexto de nacionalizarlos, compró y destruyó a los ferrocarriles, transformando sus servicios en una verdadera vergüenza nacional.
100.- Anuló la eficiencia de todos los servicios públicos: Teléfonos, Correos, Telégrafos, Energía Eléctrica, Obras Sanitarias, Asistencia Hospitalaria, Transportes, etc. Demoró en diez años la introducción de la televisión con respecto a otros países sudamericanos. Cuando se inició, sólo se permitieron televisores en las unidades básicas.
101.- Implantó restricciones al consumo de energía eléctrica familiar, comercial e industrial, como consecuencia del déficit energético que provocó. Las familias tuvieron que usar elevadores de tensión, los comercios fueron racionados en la iluminación de vidrieras (días para las numeraciones pares y días para las impares) y la industria obligada a funcionar con limitaciones y alteraciones horarias. También fue responsable de la implantación de los “limitadores” de consumo de nafta, consecuencia de su funesta política petrolera. Redujo a YPF a una organización burocrática atrasada e inoperante. El sindicato mandaba según sus caprichos, per encima del directorio aterrorizado. En 1955 la perforadora más nueva tenía 16 años de edad y las había de 25. Cuando cayó su régimen pudo impulsarse la acción, construyéndose entre numerosas obras, los grandes oleoductos de Campo Durán.
102.- Mantuvo virtualmente paralizada la red vial nacional. En nueve años, no llegó a terminar ni 5000 kilómetros de caminos. Después de su derrocamiento se hicieron más de 18.000 y de mejor calidad.
103.- Durante su gobierno, apenas logró un incremento de consumo de cemento por habitante, de 43 kgs. Inmediatamente después se produjo una expansión “per cápita” de 102 kgs.
104.- En energía eléctrica totalizó 2695 millones de capacidad de Kw/h contra 10915 millones de Kw/h, después de su deposición.
LO ECONOMICO
n) La Inflación
105.- Desató una espiral inflacionaria en progresión geométrica, cuyas consecuencias dificultan, aún hoy, la recuperación nacional. Manejó discrecionalmente y con criterio político, la cartera crediticia, aniquiló el ahorro y ahuyentó la inversión. El hecho de que actualmente se mantenga la misma política es –naturalmente- imperdonable; pero no exculpa en modo alguno al tirano que la implantó.
106.- Convirtió el Banco Central en una simple oficina de la Casa de Gobierno, produciendo sucesivas emisiones incontroladas hasta empapelar al país. (¿Para qué quieren dólares?” – ¿Alguno de ustedes ha visto un dólar? – “Los dólares no se comen” – decía después de haber dilapidado una enorme reserva de divisas en numerosas extravagancias demagógicas.)
107.- En nueve años mantuvo virtualmente paralizado el ingreso promedio de los argentinos, que sólo creció en un 11% contra un 43% después de su derrocamiento. Esta fue otra gravísima consecuencia de su política económica colectivizante e inflacionista.
ñ) El Dirigismo
108.- Firmó un contrato leonino con la “California” y otros grupos -que se jactaba de combatir- en detrimento de la soberanía nacional y de nuestra economía. Con su política confiscatoria llevó la crisis al campo fomentando un inexistente antagonismo agro-industrial. Expropió establecimiento agrarios en plena producción, para provecho de la camarilla gobernante. Tampoco escaparon a esta política las empresas industriales no adictas. Fue responsable de la merma de nuestras cosechas de trigo, maíz, avena, cebada, lino, etc. Dilapidó las reservas de nuestro stock ganadero sacrificando vientres y animales jóvenes y después de ocupar el primer lugar en el mundo, fuimos desplazados por nuestros antiguos compradores, llegando a tener que importar semilla de lino. De primera potencia triguera mundial, descendimos a comer pan de harina oscura.
109.- Redujo a cero nuestro parque automotor. Estableció un régimen de privilegio a través del sistema de “órdenes de compra” que manejó discrecionalmente, repartiendo más órdenes que el stock real de unidades.
110.- Creó un monstruo económico: el IAPI, corrupto organismo que negociaba irregularmente y con sentido político. Todos los artículos de primera necesidad para el consumo familiar tuvieron que ser racionados. Los argentinos conocimos las “colas” para el kerosene, el vino, la leche, el azúcar, la papa, los huevos, etc. Para recuperar el stock ganadero que había destruido, quiso obligarnos a comer pescado y gastó millones para hacer propaganda exaltando los beneficios de esta alimentación. Inventó la ropa, los enseres y hasta la comida “flor de ceibo”.
o) La Deuda y las Reservas
111.- Dijo que cuando llegó al poder había una deuda externa de 3.500 millones de dólares, por la que pagaban 500 millones anuales de amortización e intereses. Según las Memorias del Banco Central, a principios de 1946 la deuda pública no superaba los 250millones de dólares y sus servicios no alcanzaban a 40 millones de dólares.
112.- Afirmó que en 1946 no teníamos reservas financieras y que antes de su derrocamiento, teníamos 1600 millones “cash” en la mano. Según las Memorias del Banco Central, a fines de 1945 teníamos 1200 millones de dólares en oro y 460 millones de dólares en divisas; y a fines de 1955 solo nos quedaban 370 millones de dólares en oro y 110 millones en divisas.
113.- Subió al gobierno con una deuda pública de 230 millones de dólares y su administración la elevó a 757 millones de dólares, o sea más del triple en solo nueve años. Las Memorias del Banco Central que se han citado pertenecen al ejercicio de su colaborador Miguel Miranda (negociado de la hojalata). (En cuanto a los saldos que registran sus cuentas particulares en los bancos de Suiza y de otros países, nadie los conoce, pero, por algo es el séptimo entre los más grandes inversores de la Bolsa de Nueva York).
A propósito de estos bienes, es interesante recordar cómo se desveló por ellos cuando se produjo la Revolución Libertadora. Al día siguiente del estallido, el 17-9-55, ya con la mente puesta en la fuga y mientras otros ciudadanos se jugaban la vida en la lucha que se desarrollaba, él se tomó el tiempo necesario para extender ante escribano público un amplio poder para la administración de su cuantiosa fortuna. Antes del 3-12-49, había manifestado –en solemne declaración pública de bienes- que sólo poseía sus efectos personales, un automóvil Packard y una quinta hipotecada en San Vicente.
LO INTERNACIONAL
p) La Posición Argentina
114.- Logró el unánime desprestigio de nuestro país ante el mundo civilizado. Inventó los convenio bilaterales de trueque para disimular el descalabro de nuestro comercio exterior.
115.- Hizo perder a la Argentina su privilegiada posición de liderazgo espiritual y material en Latinoamérica.
116.- Perturbó de continuo las tradicionales relaciones de amistad con casi todos los países del Continente, llegando inclusive a crear conflictos inexistentes para distraer la atención de la ciudadanía con respecto a la dramática gravedad de la situación interna en todos los órdenes.
117.- Convirtió a las embajadas extranjeras en el refugio obligado de sus compatriotas perseguidos que debieron asilarse huyendo de su régimen de terror.
118.- Cuando él huyó, comprometió gravemente a las naciones que lo cobijaron, conspirando sin cesar e incitando siempre a sus adictos a la violencia y a la comisión de todo tipo de crímenes, mientras él se mantenía prófugo.
119.- Sólo cultivó estrechos vínculos de amistad con los estados totalitarios.
q) Agravios Internacionales
120.- Consecuente con sus simpatías fascistas, facilitó el ingreso al país de criminales de guerra. A este respecto se ha difundido últimamente que negoció la protección que les brindaba por dólares (Eichman, entre otros muchos jerarcas nazis y más 7000 pasaportes en blanco, que cobró a pesos de oro).
121.- Movido por su odio al Uruguay, tomó represalias contra el gobierno del país hermano, paralizando el funcionamiento de la Comisión Técnica Mixta Argentino Uruguaya del Salto Grande, y demoró así irracionalmente la construcción de esa necesaria represa.
122.- Pidió auxilio a una flota extranjera cuando consideró inminente el bloqueo naval de nuestra marina de guerra.
LAS BASES IDEOLÓGICAS
123.- Fue el gran impulsor del nazi-fascismo, sistema del cual hizo la pública apología. Dijo: “Elegí cumplir mi misión desde Italia porque allí se estaba produciendo un ensayo de nuevo socialismo”. Consecuente con su vocación antidemocrática, cuando “el Eje” fue derrotado, puso sus miras en el totalitarismo rojo.
124.- Dijo: “La Revolución Rusa Había ejercido una notable influencia, pero llegó a Occidente transformada”.
125.- Dijo: “El peronismo, en la medida en que puso el acento sobre lo social, también vivió el influjo de la Revolución Rusa”.
126.- Dijo: “En 1946 restablecí las relaciones con la URSS”.
127.- Dijo: “Los generales cavernícolas que pretendían convertir al Ejército en una guardia pretoriana, me acusaron de comunista”.
128.- Dijo refiriéndose a Vittorio Codovilla y a sus “rojos”: “Nosotros nos sentíamos mil veces más comunistas que ellos”.
129.- Dijo: “Yo aspiraba a ser el Lenín de esta Revolución”.
130.- Dijo: “Si Rusia me hubiera dado pleno apoyo, yo hubiera sido el primer Fidel Castro de América”.
131.- Hizo reiteradamente la apología de Mao Tse Tung. “Si yo fuera chino sería maoísta”. Ratificó el 11-2-73.
SU PACIFICACIÓN
132.- “El día que se lancen a colgar, yo estaré del lado de los que cuelgan”. (2-8-46)
133.- “Entregaré unos metros de piola a cada descamisado y veremos quién cuelga a quién”. (13-8-46)
134.- “A mí me van a matar peleando”. (13-8-46)
135.- “Con un fusil o con un cuchillo, a matar al que se encuentre”. (24-6-47).
136.- “Esa paz tengo que imponerla yo por la fuerza”. (23-8-47).
137.- “Levantaremos horcas en todo el país para colgar a los opositores”. (8-9-47).
138.- “Vamos a salir a la calle de una sola vez para que no vuelvan nunca más ni los hijos de ellos”. (8-6-51).
139.- “Distribuiremos alambre de enfardar para colgar a nuestros enemigos”. (31-8-51).
140.- “Para el caso de un atentado al presidente de la Nación… hay que contestar con miles de atentados”. (Plan Político Año 1952).
141.- “Objetivo: Lista de dirigentes opositores; lista de instituciones reconocidas como desafectas al gobierno; lista de opositores o de casas comerciales dirigidas o ligadas a los opositores; lista de representaciones cuyos gobiernos realizan campañas opositoras al nuestro. Personal: Serán empleados grupos previamente instruidos y seleccionados de las organizaciones dependientes de la CGT y del Partido Peronista Masculino. Misión: Atentados personales; voladuras; incendios”. (En el mismo documento).
142.- “Se lo deja cesante y se lo exonera… por la simple causa de ser un hombre que no comparte las ideas del gobierno; eso es suficiente” (3ª. Conferencia de Gobernadores, pág. 177).
143.- “Vamos a tener que volver a la época de andar con alambre de fardo en el bolsillo”. (16-4-53, horas antes del incendio de la Casa del Pueblo, la Casa Radical, la sede del Partido Demócrata Nacional y el Jockey Club).
144.- “Leña… leña… Eso de la leña que ustedes aconsejan, ¿por qué no empiezan ustedes a darla?” (El mismo día).
145.- “Hay que buscar a esos agentes y donde se encuentren colgarlos de un árbol”. (El mismo día).
146.- “Compañeros: cuando haya que quemar, voy a salir yo a la cabeza de ustedes a quemar. Pero entonces, si eso fuera necesario, la historia recordaría la más grande hoguera que haya encendido la humanidad hasta nuestros días. Los que creen que nos cansaremos se equivocan. Nosotros tenemos cuerda para 100 años”. (7-5-53).
147.- “A unos se los conduce con la persuasión y el ejemplo; a otros con la policía”. (15-5-53).
148.- “Aquel que en cualquier lugar intente alterar el orden contra las autoridades… puede ser muerto por cualquier argentino. Esta conducta que ha de seguir todo peronista no solamente va dirigida contra los que ejecutan, sino también contra los que conspiren o inciten”. (31-8-55).
149.- “Y cuando uno de los nuestros caiga, caerán cinco de ellos”. (31-8-55).
150.- “Que sepan que esta lucha que iniciamos no ha de terminar hasta que no los hayamos aniquilado y aplastado”. (31-8-55).
151.- “Nuestra nación necesita paz y tranquilidad… y eso lo hemos de conseguir persuadiendo, y si no a palos”. (31-8-55)
152.- “Veremos si con esta demostración nuestros adversarios y nuestros enemigos comprenden. Si no lo hacen, ¡pobres de ellos!. (31-8-55).
153.- “Yo pido al pueblo que sea él también un custodio del orden. Si cree que lo puede hacer, que tome las medidas más violentas contra los alteradores del orden”. (31-8-55).
154.- “¡Al enemigo, ni justicia!”. (Memorando reservado “para el doctor Subiza”. De su puño y letra, con triple subrayado). (Esta misma frase la vuelve a repetir desde el exterior en junio de 1972, y se difundió por televisión a todo el país los días 21 y 22-6-72).
155.- “¡Ah… si yo hubiese previsto lo que iba a pasar… entonces sí: hubiera fusilado al medio millón, o a un millón, si era necesario. Tal vez ahora eso se produzca”. (9-5-70).
156.- “Si yo tuviera 50 años menos, no sería incomprensible que anduviera ahora, colocando bombas o tomando la justicia por mi propia mano”. (30-12-72).
157.- “Los militares son todos unas bestias”. (5-2-73).
—————————————————————————————————————-
Esta lista que no registra ni aproximadamente todas las imputaciones posibles, buena parte afecta principios éticos fundamentales. Bastaría una sola de ellas para marcar a fuego al déspota. ¿Qué decir de más de un centenar de hechos infamantes?.
El régimen peronista fue una corrupta tiranía y, como tal, intrínsecamente perverso. Aunque hubiera hecho “cosas buenas” en lo administrativo, ello no lo relevaría de la infamia. Pero en este caso, aún lo administrativo fue absolutamente deficiente y el régimen significó la ruina del país en todos sus aspectos.
Esto es historia y hay que recordarlo permanentemente para que se aprenda la lección. ¿O es que hay que estudiar a griegos y romanos e ignorar lo que pasó en el país hace dos décadas?
Y en cuanto a perdonar: ¿Se han rectificado acaso los culpables?
CIUDADANO:
Cuando haya leído esta solicitada (NR: Diario “La Nación”, Domingo 4 de marzo de 1973, Página 11) facilítesela a un amigo, para que la conozca.
06/02/2025 a las 7:40 AM
¿Se desmorona Cristina?
SE DESMORONA EL PERONISMO ENTERO.
COMO PUEDE MANEJAR UN PARTIDO UNA CHORRA CONDENADA?
06/02/2025 a las 11:50 AM
SEGUN PARECE EL PERONISMO Y CRISTINA SE VAN DE MORON.
ASI LO ACABA DE AFIRMAR DON TORTORA, AL DECIR
QUE SE DESMORONAN.
EN BUENA HORA DEJEN EL LUGAR !!
06/02/2025 a las 9:09 AM
VILLARRUEL, RAJO A TODO EL PERSONAL DEL SENADOR KUEIDEL, (PROFUGO EN PARAGUAY).
LA VICE YA DIO DE BAJA MAS DE 100 NEGROS CABEZAS, QUE VIVEN DE NUESTRA PLATA, SIN TRABAJAR, EN EL SENADO.
BASTA DE GASTOS INUTILES.
PENSAR QUE EL DR. ALFONSOIN, COMO BUEN BUROCRATA, CREO EL TERCER SENADOR, UN GASTO TREMENDO PARA LA PATRIA.
TODA PLATA DE LAS PENSIONADAS Y JUBILADAS.
06/02/2025 a las 9:23 AM
ME PARECE MUY BIEN.
06/02/2025 a las 9:14 AM
LOS DECANOS DE LAS UNIVERSIDADES NACIONALES, GASTAN EN SUS OFICINAS DEL DECANATO, MAS DE $ 3.000.000 MILLONES MENSUALES, EN CAFE , YERBA.,INFUSIONES Y AZUCAR.
Y PASAN LAS FACTURAS A TESORERIA.
QUE SE LO PAGUEN DE SUS BOLSILLOS.
NO HAY PLATA, NO HAY PLATA.
06/02/2025 a las 9:26 AM
ASÍ DEBERÍA SER.
QUE CADA UNO VAYA CON SU TERMITO. (HASTA LOS CABEZA DE TERMO)
06/02/2025 a las 9:18 AM
UNA ONG PATRIOTA, PRESENTO UN PROYECTO DE AMNISTIA GENERAL, PARA LOS PRESOS POLITICOS, MILITARES, U8NIFORMADOS Y CIVILES, QUE SE ENCUENTRAN INJUSTAMENTE DETENIDOS EN LAS MAZMORRAS DE LA DEMOCRACIA.
POR OBRA DEL TUERTO KIRCHNER Y SUS SECUACES.
PRESIDENTE JAV O MILE, NO «TENGA MIEDO», FIRME LA AMNISTIA, LO MEJOR QUE PUEDE HACER, SERIA UN ACTO DE JUSTICIA.
ACASO USTED TAMBIEN LE TIENE MIEDO A LA IZQUIERDA ???
06/02/2025 a las 10:07 AM
Esto es lo que deja como legado CFK una CORRUPTA HDP:
El “Conurbano o Kongourbano Bonaerense” de la Provincia de Buenos Aires, Gobernada (sic) por el enano Neo-Marxista e HDP de KICILLOF, es mas fácil morir por la inseguridad reinante que de una enfermedad. Su inseguridad está a full y el Ministro de área no existe literalmente, no se sabe ni quién es. Pero…este payaso el gran “Responsable” sigue sin ser mencionado MASIVAMENTE en los medios de COMUNICACION gracias al blindaje, obviamente a cambio de la pauta publicitaria ($$$) de la Gobernación.
Por último y para consolidar el bastión electoral Bonaerense, comandado por los autodenominados BARONES ( simplones NEGROS DE MIERDA como el Int. Matanza el NARCO-DROGON- DEGENERADO y ALTO DELINCUENTE de ESPINOZA sumado a otros 500 Int que lo eligieron como representante) lo llenó de inmigrantes pobres a los cuales les entregó documentos argentinos para que pudieran votar y les permitió la ocupación de tierras fiscales y privadas, suministrándoles gratuitamente electricidad, aunque se tratara de viviendas de lata, sin agua potable ni cloacas viviendo como SIMIOS (lo son) cagando en baldes . Sus habitantes pasaron de hacer planes para tener hijos a hacer hijos para tener planes sociales, que distribuyó sin control, administrados por los gerentes de la pobreza BELLIBONI-GRABOIS-PERSICO y otros DELINCUENTES de la “Narco-política Pseudo-Progre Nativa” que tanto han lucrado con ello.-
06/02/2025 a las 10:11 AM
Infectado
06/02/2025 a las 10:32 AM
SI TIENE CARA DE PELOTUDO; HABLA COMO UN PELOTUDO; Y
RAZONA COMO UN RECONTRAPELOTUDO . . .
ES EL MINISTRO DE SALUD DE BUENOS AIRES KREPLAK.
06/02/2025 a las 11:59 AM
CARTA ABIERTA AL PRESIDENTE MILEI.
—————————————————————-
DADOS LOS ULTIMOS ACONTECIMIENTOS DE INSEGURIDAD EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, QUE APARENTEMENTE VIENEN INCRESCENDO, SERIA LOGICO INTERVENIR LA PROVINCIA Y CONSECUENTEMENTE PEDIR EL JUICIO POLITICO Y CADUCIDAD DE MANDATO POR INCOMPETENCIA MANIFIESTA AL ACTUAL GOBERNADOR KICILLOFF.
LAS CIFRAS ACTUALES POR ASESINATO EN LA VIA PUBLICA, ESTAN AL NIVEL DE ROSARIO ANTES DE LA INTERVENCION DE LA MINISTRA BULLRICH.
LA PROVINCIA EN ESTADO DE CALAMIDAD, RECLAMA LA URGENTE INTERVENCION FEDERAL.
ES DEBER DE LAS AUTORIDADES, SACAR A LOS INCOMPETENTES Y/O COMPLICES, NUNCA SE SABE BIEN QUE PAPEL JUEGAN LOS POLITICOS EN EL DELITO.
ESPERAMOS SE SUMEN OTRAS VOCES QUE HAGAN INSOSTENIBLE LA CONTINUIDAD DEL GOBIERNO PROVINCIAL, CUANTO MENOS POR SU INCOMPETENCIA.
06/02/2025 a las 12:35 PM
ESE ESTUPIDO Y SUS INFRADOTADOS SEGUIDORES MORIRAN APLASTADOS COMO LOS DINOSAURIOS.
VAN A IR A SEMBRAR Y COSECHAR POROTOS CON PINO ABAJO DE 50 METROS DE HIELO.
STANDALONE
El impacto del asteroide “Bennu” contra la Tierra podría desencadenar un invierno global de entre tres y cuatro años
https://www.infobae.com/america/mundo/2025/02/06/el-impacto-del-asteroide-bennu-contra-la-tierra-podria-desencadenar-un-invierno-global-de-entre-tres-y-cuatro-anos/
06/02/2025 a las 12:42 PM
El problema de la Intervencikón es ¿Quien reemplaza al Kici, Scioli o alguno parecido? No tienen personas Honestas, Capaces y de Trabajo para hacerlo. El remedio será peor…..
06/02/2025 a las 12:44 PM
TODO MUY LINDO, PERO TODAS LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS ESTÁN CORROMPIDAS DE TANTO PERONISMO.
POR EJEMPLO EN 1963, GOBIERNO DE ILLIA, TODAVÍA HABÍA CIERTA LÓGICA DEMOCRÁTICA Y NI BIEN SE CONOCÍA ALGÚN HECHO CORRUPTO DE ALGÚN GOBERNADOR SE MANDABA LA INTERVENCIÓN.
NO SOLO LA MAYORÍA DE LOS DIRIGENTES DE LA PCIA DE BS AS SON UNOS CHORROS SINO GRAN PARTE DEL «PUEBLO PERONISTA» TAMBIÉN LO SON.
06/02/2025 a las 1:42 PM
https://youtu.be/uZvZu23PlUE
06/02/2025 a las 12:36 PM
ESE ESTUPIDO Y SUS INFRADOTADOS SEGUIDORES MORIRAN APLASTADOS COMO LOS DINOSAURIOS.
VAN A IR A SEMBRAR Y COSECHAR POROTOS CON PINO ABAJO DE 50 METROS DE HIELO.
STANDALONE
El impacto del asteroide “Bennu” contra la Tierra podría desencadenar un invierno global de entre tres y cuatro años
06/02/2025 a las 12:45 PM
ABRIGATE.
06/02/2025 a las 12:40 PM
TE HICIERON SOÑAR QUE SERIAMOS POTENCIA Y NO PODES DESPERTAR DE LA PESADILLA DIARIA DE LA LOCURA Y ESTUPIDEZ LENGUARAZ. 🙂
06/02/2025 a las 12:50 PM
O.M.S.
VACUNATE.
AHHH, TE VACUNASTE Y TE MORISTE?
APRENDÉ PARA LA PRÓXIMA.
06/02/2025 a las 12:51 PM
Crimen y Justicia
Otro ataque a un delivery en Moreno: se resistió a un asalto, una vecina lo ayudó y evitó que le robaran
Ocurrió anoche segundos después de que entregara un pedido. El repartidor quiso perseguir al ladrón, quien finalmente escapó. El video
06 Feb, 2025 11:48 a.m. AR
OTRA KICHI-NOTICIA.
06/02/2025 a las 1:51 PM
EXISTEN 3 PODERES DEL ESTADO:
1) PARA LOS RICOS,
)PARA LOS POBRES,
3) PARA LOS DELINCUENTES..
VOS, EN CUAL ESTAS ?
06/02/2025 a las 2:13 PM
4) PARA LOS QUE TRABAJAN, NO ROBAN Y NO SON PERONISTAS.
06/02/2025 a las 2:17 PM
Política
Tensión en Diputados: Espert dijo que los kirchneristas son “delincuentes y asesinos” al hablar de la inseguridad en provincia de Buenos Aires
El legislador oficialista apuntó contra el gobernador Axel Kicillof por la ola de inseguridad de las últimas semanas
06 Feb, 2025 01:37 p.m. AR
Y TIENE TODA LA RAZÓN.
06/02/2025 a las 2:21 PM
DEVALUACION Y SUBA DE RETENCIONES
https://www.infobae.com/economia/2025/02/06/el-fmi-aseguro-que-continua-la-negociacion-y-que-el-gobierno-necesitara-mas-medidas-fiscales-monetarias-y-cambiarias/
06/02/2025 a las 3:04 PM
TE VAN A SUBIR LAS RETENCIONES.
O SEA TENDRÁS QUE IR MENOS VECES AL BAÑO.
06/02/2025 a las 3:39 PM
no te encuentra entre sus habitantes vivos ni zombies…. espero que llegue pronto y no haya que esperar a llegar al fin del tunel. Te podemos enterrar a oscuras. Nadie lo notara.
06/02/2025 a las 3:39 PM
Es claro que, la inmoralidad de este esperpento, es superlativa, dado que no se le mueve un musculo de la cara ante la evidencia empirica de su robo atroz.-
Deberia ir a su geriatrico millonario y esperar sus ultimos dias. una desgracia esta mujer
06/02/2025 a las 5:11 PM
CASO LOAN:
HECHOS DE GRAVEDAD.
LOS SIGUIENTES SON HECHOS QUE REVISTEN GRAVEDAD, Y SOLO ENUNCIARE ALGUNAS DE LAS CAUSAS POR LAS QUE ASI LO CONSIDERO EN MI HUMILDE OPINION:
Se dan a conocer masivamente PRUEBAS Y PARTES DEL EXPEDIENTE, que pudieron o podrian ser utilizados para ajustar las versiones y permitir procedimientos de los imputados y/o de las autoridades, tendientes a evadir o facilitar se evada la justicia.
Pone en EVIDENCIA el trafico de informacion que se denuncio desde un primer momento, ineludiblemente originado en alguna de las autoridades que forman parte de la investigacion o el proceso judicial, con fines no determinados pero amplios y no sujetos a un solo objetivo. pero contando entre todos ellos, la obtencion de lucro, la manipulacion de la opinion publica y el direccionamiento y obstaculizacion de la Causa Judicial..
Clara exposicion de la discresionalidad del acceso a la informacion, que se hace semipublica selectivamente, evitando que accedan a ella en forma completa los ciudadanos que pretenden accionar en instancias internacionales, lo absolutamente pobre y reducido del esfuerzo y los recursos como capacidades tecnicas, materiales y humanas, que displicentemente han sido aplicados a la investigacion y resolucion del caso por parte de las Fuerzas y los Funcionarios intervinientes.
Todo ello se encuentra dentro de un contexto de CONFUSION DE CRITERIOS donde se mezclan todo tipo de visiones y roles, ninguno y en ningun caso pertinentes a la investigacion y a la causa judicial, comprensible tal vez para la poblacion comun, el hombre de a pie, el lego, pero absolutamente inaceptable en FUNCIONARIOS PUBLICOS RENTADOS Y CON OBLIGACIONES CIERTAS y en DIFUNDIDORES que fungen de un profesionalismo del que carecen y sin base pertinente en ningun caso.
NO DEBEMOS OLVIDAR la inaceptable e inexplicable manipulacion de la obtencion y omision en la obtencion de pruebas, pericias, testimonios, en base a excusas, engaños, falsas limitaciones, que NO SOPORTAN LA MAS SDANA CRITICA, y pretenden OCULTAR la inexplicable falta de PROCESAMIENTO DE DETERMINADOS PERSDONAJES, en base a argumentaciones capciosas y con evidente respuestas a criterios antagonicos con los de administracion de Justicia y Objetividad cientifica.
Dar difusion. Link :
https://www.youtube.com/watch?v=NjPWXuzRZ9o
06/02/2025 a las 5:25 PM
SALIO LA CUMBIA LGBT
—————————————
YO NO SOY KIRCHNERISTA
SOY MARICON, SOY MARICON
YO NO SOY PERONISTA
SOY MARICON, SOY MARICON
YO NO SOY LIBERTARIO
SOY MARICON, SOY MARICON
AL FIN Y AL CABO ME LA BANCO
YO SOY PAULON, YO SOY PAULON
(Se repite el estribillo hasta tanto dure la musica)
06/02/2025 a las 5:45 PM
ANDA PARA BARRANQUITAS….. IEEEE. IEEE… IEVA IEEEVA DALE DALE OTRA VEEE
06/02/2025 a las 5:45 PM
AHORQUEMOS A TODAS LAS TORTILLERAS ARGENTINAS CON
LAS TRIPAS DE TODOS LOS COMECHINGONES ARGENTINOS.
06/02/2025 a las 5:57 PM
DE UNA GRONCHA VILLERA Y DESCASTADA NO SE PUEDE
ESPERAR QUE SURJA UNA PREMIO NÓBEL. SI A SU PROPIA
ESTIRPE LE AGREGAMOS QUE ESA VILLERITA, QUE FUERA
RESCATADA DE UN ORFANATO, Y LUEGO CRIADA Y
EDUCADA POR UN PADRE DELINCUENTE, COIMERO,
ENSOBRADO, INMORAL COMO TODO FABRICANTE DE
CHISMES Y PUTERÍO, Y PARA MAYOR «I.M.R.I.» ALCAGÜETE
DEL KIRCHNERISMO . . . Y BUENO, NO PRETENDAMOS
QUE LA ASTILLA ACABE SIENDO UNA HERMANITA DE LAS
ADORATRICES.
06/02/2025 a las 8:25 PM
SE LLEVA BIN CON EL HIJO DEL COLECTIVERO.
CUALQUIER COLECTIVO LES QUEDA BIEN, INCLUIDO EL GAY.
06/02/2025 a las 5:59 PM
DIRIGETE A LA COMISARIA DE TU BARRIO.
PREGUNTA POR JORGE
06/02/2025 a las 6:00 PM
Me gusta que me vacunehttps://www.perfil.com/noticias/politica/el-video-de-javier-milei-en-el-que-apoyaba-el-aislamiento-por-covid-19-es-lo-que-deberia-hacer-el-gobierno.phtmln bien…confeso ante las camaras.
06/02/2025 a las 6:02 PM
Me gusta que me vacunen bien…confeso ante las camaras.
Me adelante en la fila porque no es delito.
Me gusta que todos hagn la cola atras mio…
06/02/2025 a las 6:07 PM
https://www.youtube.com/watch?v=J8dy2W_BzE8
06/02/2025 a las 6:07 PM
EL NOVENTA Y CINCO POR CIENTO DE LOS ARGENTINOS
REFIRMA LAS DECLARACIONES DEL DIPUTADO ESPERT :
«LOS KIRCHNERISTAS SON DELINCUENTES Y ASESINOS, Y
HABRÍA QUE AGUJEREARLOS A BALAZOS Y COLGARLOS
EN UNA PLAZA PARA QUE SIRVAN DE EJEMPLO».
LA COINCIDENCIA CON EL LEGISLADOR ADQUIERE CASI
UNANIMIDAD . . . PERO ES CLARO : ES INADECUADO
MANIFESTARLO PÚBLICAMENTE.
07/02/2025 a las 7:05 AM
Si muy bien……..en las palabras pero en los hechos él no va a hacerlo, mandará a otros como pasó en el pasado reciente y luego, cuando todo parezca calmarse, estos irán presos y el se irá a tomar un café con Rockauf y se cagarán de risa de todos los argentos que aplaudieron la medida. No es la salida y menos con el nivel de corrupción de las Fuerzas Policiales.
06/02/2025 a las 6:27 PM
Cristina hace mucho que terminó.
No se sale de tantas derrotas, así nomás.
Su aislamiento ya no tiene retorno.
Un día el ocaso le llegaría.
Todavía falta, si en realidad hay en este país, la palabra de la Justicia.
Ni los acuerdos bajo la mesa ya le sirven.
Un día, el de arrriba, viene y te pasa factura.
Con ese no se j…(valga la grosería).
06/02/2025 a las 8:26 PM
TORTORA HACE NOTAS PARA ELLA
06/02/2025 a las 6:53 PM
SI PUBLICARAN UNA FOTO MÍA DE CUANDO CUMPLÍ OCHO
MESES Y ANDABA GATEANDO POR LA COCINA DE MI
HUMILDE CASA (PRECISAMENTE COMO UN GATITO MÁS) ES
OBVIO QUE PROVOCARÍA HILARIDAD Y HASTA YO ME REIRÍA
DE ESA INEVITABLE TRAYECTORIA. ASIMISMO ME RÍO HOY
DE CUANTOS PELOTUDOS REFLOTAN UNA FOTO DE MILEI
DE HACE CINCO AÑOS Y FESTEJAN ALBOROZADOS PORQUE
ACTUABA DE UN MODO DISTINTO AL DE HOY.
EVOCO A WALT WITMAN, EL CÍCLOPE DE LA LITERATURA
AMERICANA : «ME CONTRADIGO; PUES BIEN, ME CONTRADIGO».
Y TAMBIÉN RETROTRAIGO A CHARLES DE GAULLE, EL MÁS
GRANDE ESTADISTA QUE TUVO FRANCIA : «SÓLO LOS IDIOTAS
NUNCA CAMBIAN DE IDEAS».
06/02/2025 a las 8:27 PM
NADIE QUISO SECUESTRARTE NI SODOMIZARTE, YA DE CHIQUITOS DABAS MIEDITO
06/02/2025 a las 7:56 PM
Denuncia de 2020, de los abogados Tiscornia e Iriarte revela advertencias ignoradas sobre la pandemia: conexión con decisión de Milei de retirar a Argentina de la OMS
https://totalnewsagency.com/2025/02/06/denuncia-de-2020-de-los-abogados-tiscornia-e-iriarte-revela-advertencias-ignoradas-sobre-la-pandemia-conexion-con-decision-de-milei-de-retirar-a-argentina-de-la-oms/
06/02/2025 a las 9:46 PM
Denuncia de 2020, de los abogados Tiscornia e Iriarte revela advertencias ignoradas sobre la pandemia: conexión con decisión de Milei de retirar a Argentina de la OMS
6 febrero, 2025
Denuncia de 2020, de los abogados Tiscornia e Iriarte revela advertencias ignoradas sobre la pandemia: conexión con decisión de Milei de retirar a Argentina de la OMS
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Por Daniel Romero
BUENOS AIRES–6 de febrero de 2025 –Total News Agency-TNA- Documentos judiciales del Expediente N°1884/2020, accedidos en exclusiva por Total News Agency, exponen una querella criminal contra el exministro de Salud Ginés González García (gobierno de Alberto Fernández) por presunta “propagación de enfermedad peligrosa” (arts. 202, 204, 205 y 207 CP). La denuncia –presentada en plena cuarentena– acusa al funcionario de omitir alertas tempranas de Taiwán en febrero de 2020 sobre protocolos anti-COVID, según revelaciones del embajador Antonio Hsieh. Al parecer, los abogados Tiscornia e Iriarte se adelantaron a los tiempos, si se observa la acertada decisión del Presidente Milei, quien ahora estudia denunciar ante la Corte Penal Internacional (CPI) al director de la Organización Mundial de la Salud (OMS), Tedros Adhanom Ghebreyesus, por delitos de lesa humanidad durante la gestión de la pandemia del Covid 19
CLAVES DEL CASO
Advertencias taiwanesas: Dos informes entregados a una epidemióloga no identificada del Ministerio de Salud detallaban medidas como cierre de fronteras, rastreo con big data y cuarentenas estrictas implementadas desde enero/2020. Nunca hubo respuesta oficial.
Retraso crítico: Argentina implementó medidas similares a las de Taiwán, pero 45 días después, según la querella. Los abogados Tiscornia e Iriarte argumentaron daños económicos directos por la cuarentena “improvisada”.
Vínculo OMS: La denuncia subraya que la omisión ocurrió bajo presión geopolítica para alinearse con China y la OMS, organismo que hoy el presidente Javier Milei critica como “cómplice de encierros criminales”.
GIRO HISTÓRICO: MILEI VS OMS
La decisión anunciada por el presidente Milei de retirar a Argentina de la OMS encuentra sustento en este expediente dormido:
Paralelo judicial: Pese a 5 años de demora, el Juzgado Federal N°12 (subrogante Rodolfo Canicoba Corral) no avanzó en investigar el presunto encubrimiento de China y errores de la OMS denunciados en 2020.
Pruebas ocultas: La querella solicitó sin éxito en 2020:
1) Testimonios del embajador Hsieh
2) Documentos de demandas en EEUU contra China por COVID (Berman Law Group)
3) Acceso a mails de alerta taiwaneses a la OMS (diciembre/2019).
CONTEXTO EXCLUSIVO
Fuentes de la Casa Rosada, de aquel momento, informaron a TNA que la administración de Alberto Fernández y Cristina Kirchner operó para el archivo estratégico de la causa para no afectar relaciones con China, que había sido elegido politica e ideologicamente principal proveedor de insumos médicos durante la pandemia. Este bloqueo burocrático contrasta con:
Litigios globales: 87 demandas contra China en cortes internacionales (incluyendo La Haya) por supuesta creación negligente del virus.
Caso Klayman: Demanda en Texas (2020) que pedía US$20 billones por daños, citando al Wuhan Institute of Virology como fuente del “arma biológica”.
REACCIÓN OFICIAL:
El presidente Javier Milei anunció que Argentina se retirará de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para no permitir que un organismo internacional intervenga en la soberanía del país.
DENUNCIA COMPLETA:
QUERELLA CRIMINAL. RESERVA PROPIA DEL SECRETO SUMARIAL. INCONTROVERTIVBLE POSICIÓN DE PARTICULARES DAMNIFICADOS. BIEN JURÍDICO DE NATURALEZA MACRO SOCIAL. RESERVAS.
Señor Juez Nacional en lo Criminal y Correccional Federal.
Guillermo J. Tiscornia, abogado Tª19 Fª257 CPACF CUIT n°20113717794,, y Eduardo Jorge Iriarte, abogado inscripto al T 32 F.344 CPACF, CUIT Nª 20137312817, responsable inscripto por nuestros propios derechos, constituyendo en la calle Lavalle 1607, piso 10, oficina “D” domicilio legal CABA, y electrónico 20113717794 ( el primero de ellos) y 20137312817 en el marco del expediente judicial supra identificado a V.S., como mejor proceda nos presentamos y respetuosamente decimos:
I. Objeto. Querella criminal. Incontrovertible posición de particulares damnificados.
1.Que por medio del presente venimos a promover formal querella criminal contra el actual titular de la cartera del Ministerio de Salud de la Nación Argentina, doctor Ginés González García, extensiva contra quienes pudieren resultar a la postre co autores, partícipes, encubridores y/o instigadores de la probable actividad criminal desarrollada en la jurisdicción territorial argentina, ello a partir de los episodios que seguidamente se pasarán a desarrollar.
2. En cuanto al encuadre normativo asignar a tales episodios la conducta enrostrada bordea los tipos penales diseñados en los arts. 202, 204, 205 y 207 todos del Código Penal; al respecto constituye toda una obviedad señalar que del decurso de la pesquisa surgirá la correcta individualización de los episodios ahora denunciados, y en su caso su correcto y preciso encuadre normativo. Y no es de descartar que a partir de la reconstrucción del episodio objeto de querella criminal se admita el encuadre típico previsto en el art. 248 del Código Penal u otros delitos de categoría funcional.
3. Y además, eventualmente, las posibles responsabilidades que pudieren al respecto corresponder.
4. Como dato preliminar se recuerda como –al tomar estado público la expansión del COVID 19 en tantísimas regiones del planeta- como el señor titular de la cartera de salud del gobierno federal, en declaraciones públicas, sostuvo que el riesgo de expansión del COVID 19 era “mínimo”, siendo que lamentablemente lo sucedido vino a demostrar todo lo contrario poniéndose en evidencia no tan solo la liviandad sino también la mayúscula dosis de irresponsabilidad en cabeza del señor Ministro.
5. .Desde cierto sector de la jurisprudencia se ha sostenido el criterio de que -aun cuando los delitos a investigar agravien a la administración pública en forma directa ( en este caso agravian a la salud de la población) – ello no impide que el mismo tiempo las consecuencias derivadas del delito afecten -en forma efectiva- directamente a quien pretende ser tenido como parte querellante (confr. -entre otros – c. 27105 Campanelli, reg. 1200, 21/12/95, Sala I, CCC Federal).
6. Reiterada doctrina jurisprudencial ha admitido al pretenso querellante, recurrir cualquier resolución desestimatoria adversa a su pretensión por estar en juego el orden público local entre otros, (Acerbo , LL 1994, A pag. 562).
7. Asimismo, ese mismo criterio encuentra respaldo en calificados autores; así se ha sostenido que:…Como consecuencia de que el amparo de la garantía del debido proceso (art. 18, CN y 10 DUDH, XXVI, DADDH 8, apartado I, CADH, 14.1, PIDCP y 75 inc. 22 CN). alcanza a todo aquel a quien la ley otorga personería para actuar en juicio en defensa de sus derechos, sea que actúe como acusador o como acusado, se le reconoce la facultad de recurrir conforme a las previsiones legales (CS, LL del 23/IV/99, f. 98617 con nota de Palacio) Un caso paradigmático de privación de justicia en perjuicio del querellante). (confr. Francisco J. D´Albora, Código Procesal Penal de la Nación, cuarta edición, Pag. 182″).
8. Nuestra posición procesal de particularmente damnificados deviene, en este contexto, incontrovertible por cuanto resultamos ser víctimas – como tantos ciudadanos argentinos- del episodio objeto de querella criminal.
9. La cuarentena obligatoria dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional ( aislamiento obligatorio) provoca inequívocos daños materiales y morales en cabeza de quienes suscriben la presente; ello debido a que el derrumbe progresivo de la actividad económica evidenciado en sector privado afecta de modo relevante a los monotributistas, autónomos, cuenta propistas, etc.
10. la condición de monotributista (el primer denunciante) y responsable inscripto (el segundo) nos exime de todo esfuerzo en pos de la acreditación de los daños materiales y morales que el confinamiento obligatorio nos ha provocado; nos vemos privados de ejercer libremente el derecho de circular por todo el territorio nacional; nos vemos privados de ejercer a pleno nuestrai actividad profesional; del mismo modo en que muchísimos compatriotas se ven privados de mantener sus fuente de sustento.
11. Y sabemos que se verifica en este caso la convergencia de una relación causal directa entre las medidas de aislamiento social obligatorio decretadas por el Poder Ejecutivo Nacional y la pandemia desatada en la Argentina; y a su vez ésta última marca una mas que probable relación directa con los episodios que seguidamente se pasarán a desarrollar.
12. Y en este contexto, nuestra posición como particulares damnificados legitima nuestras aspiraciones de acceder al rol de parte querellante ( arts. 82 y cdtes. CPPN).
II. Raconto acerca de la plataforma fáctica. Deber inexcusable de ordenar la apertura de la pesquisa en pos de la averiguación de la verdad.
1.Conforme surge de la crónica periodista del señor Martín Di Natale ( Infobae 18/04/20) en los primeros días del mes de febrero del corriente año 2020 , cuando la pandemia del COVID-19 ya había estallado en China y Europa pero aún no se habían tomado medidas preventivas en la Argentina, el embajador de Taiwán en Buenos Aires, Antonio Hsieh, se reunió con una epidemóloga del Ministerio de Salud para compartirle las medidas que se podían tomar para frenar el virus y transmitir también las advertencias de Taipei a la Organización Mundial de la Salud (OMS) por el brote de coronavirus en China.
2. Hsieh llevó dos informes a la reunión con la funcionaria del Ministerio de Salud y le detalló cada uno de estos documentos, pero nunca tuvo respuesta. Tampoco lo contactó la Cancillería o alguna otra dependencia del gobierno argentino para analizar la documentación entregada.
3. “Nosotros cumplimos en colaborar con la Argentina para informar sobre todas las medidas que habíamos tomado para frenar el coronavirus, ya que a ustedes los consideramos un país amigo. Y también cumplimos en advertir sobre los riesgos que tenía el coronavirus y que habíamos alertado en diciembre a la OMS”, explicó a Infobae el embajador Hsieh.
4. El encuentro del diplomático de Taiwán con la epidemióloga del Ministerio de Salud fue una reunión privada y extraoficial por un simple motivo: la Argentina no reconoce a Taiwán como Estado independiente sino que solo habla de “una solo China”. Se trata de un estatus diplomático histórico de la Argentina que trascendió todos los gobiernos y que no acepta la autonomía de Taiwán.
5. Además, la OMS tampoco reconoció hasta ahora a Taiwán como miembro de ese organismo por las mismas razones diplomáticas que tienen la Argentina y muchos países del mundo sobre el estatus diplomático de los taiwaneses.
6. Hsieh no quiso revelar el nombre de la funcionaria de Salud con quien se reunió en febrero porque mantener el anonimato de esa funcionaria fue una de las condiciones que hubo para llevar adelante aquel encuentro. Es que el recelo de China es muy fuerte al momento de que Argentina o cualquier otro país quiera entablar diálogo con Taipei. De hecho, nuestro país, como la mayoría, tiene una oficina comercial y no una embajada en Taiwán.
7. Pero más allá de esos detalles de la geopolítica mundial, el embajador de Taiwán nunca recibió una respuesta del gobierno argentino a sus informes. Hsieh aclaró que “el gobierno argentino está llevando adelante buena medidas de prevención para combatir el coronavirus y se da información transparente de lo que está ocurriendo aquí con la enfermedad”. No quiso entrar en conflicto con la administración del presidente Alberto Fernández. Ello no obstante, y a juzgar por la crónica periodística en cuestión, las medidas de prevención adoptada por el Estado Argentino resultaron ser manifiestamente tardías.
8. El presidente Alberto Fernández se reunió con el embajador de China Zou Xiaoli . Según refiere el periodista Martín Di Natale desde el Ministerio de Salud no dieron respuesta alguna a las consultas que hizo Infobae sobre los informes entregados por la diplomacia taiwanesa en relación a las medidas contra el COVID-19 y las advertencias a la OMS en diciembre pasado.
9. A partir de estas advertencias el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció que dejará de transferir aportes financieros al organismo multilateral, una medida que objetó la Argentina junto con 28 países miembros de la Alianza por el Multilateralismo. El gobierno de Alberto Fernández se alineó así a la OMS y a China en la embestida de Estados Unidos por la crisis sanitaria mundial.
10. Según refiere el periodista Martín Di Natale en el primer informe que entregó el embajador Hsieh al Ministerio de Salud se detallaba la alerta que en diciembre Taiwán entregó a la OMS. Allí sostenía que “China Continental notificó a la Organización Mundial de la Salud (OMS) que tenía 27 casos de una neumonía desconocida. Al mismo tiempo, el Centro de Comando Epidémico de Taiwán (CECC) notificó al Centro de Control de Enfermedades de China continental y a una dependencia de la OMS (Regulación Internacional de la Salud –IHR-) que esta enfermedad desconocida podía ser de transmisión de persona a persona, pero no fueron tenidas en cuenta”.
11. En ese mismo documento, Taiwán detalló que se habían ordenado de inmediato inspecciones de los pasajeros que llegaban en vuelos desde Wuhan (China). Todo esto ocurrió en el transcurso del mes de diciembre de 2019 , pero se dio a conocer recientemente cuando el titular de la OMS Tedros Adhanom Ghebreyesus, acusó al gobierno de Taiwán de haber alentado a sus ciudadanos a desacreditarlo y desmintió haber recibido alertas de ese país. La presidenta Tsai Ing-wen mostró los mails que se habían enviado a la OMS y lamentó las acusaciones de Tedros.
12. “Todo ese informe que se entregó a la OMS en diciembre de 2019 fue derivado a todos los países amigos de Taiwán, incluido la Argentina”, dijo el embajador Hseih.
13. A la vez, el diplomático taiwanés detalló que el segundo informe que entregó al Ministerio de Salud en febrero pasado tenía un detalle completo de las medidas que había tomado Taiwán para mitigar el COVID-19.
14. Ese informe, al que dice haber tenido acceso el señor Martín Di Natale ( Infobae), hace un repaso detallado de todas las iniciativas que adoptaron las autoridades sanitarias de Taipei desde diciembre del 2019. Sobresalen las siguientes iniciativas para mitigar el coronavirus:
i) El 20 de enero Taiwán comenzó a exigir a todos los hospitales que realizaran las pruebas correspondientes y reportaran los casos. “Eso ayudó al gobierno a identificar a los infectados, rastrear a sus contactos y aislar a todos los involucrados, evitando que el virus se propague en la comunidad”, decía el documento.
ii) El Ministro de Salud y Bienestar anunció la activación del Centro de Comando Epidémico Central (CECC).
iii) Se prohíben los vuelos desde y hacia Wuhan y otras ciudades chinas a la vez que se impone el uso de la tecnología para la detección de casos (para realizar el monitoreo de la temperatura en los aeropuertos) y disponer las cuarentenas de 14 días a los pasajeros.
iv) El gobierno taiwanés integró datos del seguro nacional de salud con datos de inmigración y aduanas, y desarrolló un programa que permitió a las personas reportar historias de viaje y síntomas de enfermedad escaneando un código QR cuando llegaran a Taiwán. Luego, los viajeros reciben un mensaje de texto con su estado de salud, lo que permite a los funcionarios de aduanas omitir pasajeros de bajo riesgo y centrarse en los pasajeros con un alto riesgo de infección por COVID-19.
v) Para un eficaz suministro de elementos de protección, se prohibió la exportación de barbijos, implementó un sistema de racionamiento y fijó el precio en solo 16 centavos cada uno de estos protectores.
vi) Hubo una fuerte campaña de educación a la población con mensajes frecuentes de las autoridades sanitarias en la radio y la televisión.
vii) Taiwán aprobó un nuevo sistema de racionamiento de mascarillas quirúrgicas. Y ya desde el 6 de febrero se les denegó la entrada a todos los ciudadanos chinos.
viii) Se anunció el cierre temporal de sus fronteras a los residentes.
ix) Se conformó una flota de taxis de prevención epidémica para transportar a ciudadanos en cuarentena.
15. Después de de ese informe que se entregó en los primeros días del mes de febrero del corriente 2020 al Ministerio de Salud de la Argentina, el gobierno taiwanés tomó más medidas en lo que se conoció como “El modelo de Taiwán” para mitigar el COVID-19.
16. El director general de la Organización Mundial de la Salud (OMS), Tedros Adhanom Ghebreyesus, durante una conferencia de prensa en Ginebra, Suiza, Febrero 28, 2020. REUTERS/Denis Balibouse/La isla de Taiwán está situada apenas a dos horas y media en avión de la provincia china de Wuhan, el mayor foco de contagio de donde los expertos dicen que surgió el coronavirus. Sin embargo hasta el día 16 de abril del corriente año , en Taiwán se había logrado aplanar sustancialmente la curva de infectados y hay 396 contagiados y 6 muertos sobre una población total de 25 millones de habitantes.
17. El embajador Hsieh dijo a Infobae que ahora el gobierno argentino tomó muchas de las medidas que Taiwán encaró entre enero y febrero pasados.
18. ¿Se podrían haber tomado medidas preventivas al COVID-19 en la Argentina antes de marzo? ¿Pudo el Ministerio de Salud analizar con rigurosidad los informes que le acercó el embajador de Taiwán? ¿Por qué la diplomacia taiwanesa nunca recibió una respuesta de las autoridades argentinas a las alertas que le entregaron?. Estos interrogantes son aquellos que precisamente deberá dilucidar la pesquisa cuya puesta en marcha se impone.
19. Hay muchas más preguntas que quedan en el aire tras la visita del embajador taiwanés a la epidemióloga del Ministerio de Salud. Pero nadie ofrece una respuesta. El embajador Hsieh cree que la Argentina tomó “medidas acertadas” en la actualidad. Pero obviamente tardías.
20. Sin embargo, el diplomático de Taipei no sabe por qué nadie le respondió a los informes emitidos en febrero. Tampoco entiende por qué debe canalizar por vías extraoficiales toda la ayuda sanitaria que dispuso Taiwán a la Argentina para mitigar el COVID-19. El envío de donaciones sanitarias de Taipei se canaliza hoy por medio de la comunidad taiwanesa en la Argentina pero no por la Cancillería.
21. Todas estas dudas son comprensibles si se advierte el alineamiento que mantiene la Argentina con China y los recientes gestos que emitió el gobierno de Alberto Fernández no sólo hacia Beijing sino a la OMS.
22. El 17 /04/20 el canciller Felipe Solá participó de una videoconferencia con 28 ministros de países que forman parte de la Alianza por el Multilateralismo y expresó un abierto apoyo a la OMS, bregó para que no se corten los aportes de los países miembros a ese organismo como había propuesto Estados Unidos y se mostró en contra de buscar un culpable por el origen de la pandemia. Esto es: una abierta defensa al régimen de Xi Jinping cuestionado por varios países del mundo por no haber alertado en diciembre pasado sobre la explosión de COVID-19 en el estado de Whuan.
23. “Compartimos con alegría una idea central que es apoyar a los organismos multilaterales y en especial a la OMS que provee datos científicos esenciales”, dijo Solá al iniciar su intervención en la videoconferencia. Luego, el canciller argentino instó a fortalecer los sistemas nacionales de salud, remarcó el llamado que la Argentina había hecho en el G20 por un pacto de solidaridad social y la creación de un Fondo de emergencia humanitaria.
24. Sin embargo, para que no queden dudas de que Argentina jugará a fondo con la OMS y con China en esta pulseada geopolítica mundial, el canciller argentino subrayó: “Apoyamos a la OMS que no debería estar cuestionada en este momento ya que no hay diálogo global sin multilateralismo”. Fue el mensaje que decidió dar el presidente Fernández para diferenciarse de Estados Unidos en sus ataques a la OMS y su accionar ante la crisis sanitaria mundial.
25. El presidente argentino ya mantuvo varios intercambios epistolares con su par Xi Jinping donde coincidieron en la necesidad de trabajar juntos para combatir el COVID-19. Además, Alberto Fernández agradeció las donaciones de insumos sanitarios que prometió China a la Argentina.
26. De hecho, el Gobierno ya recibió un importante caudal de donaciones de Beijing en cuanto a barbijos, guantes, termómetros digitales y equipamiento para salas de terapia.
27. Además, en fecha reciente partió un vuelo de Aerolíneas Argentinas a Shangai para traer al país insumos médicos y más adelante habrá otro vuelo a China para trasladar los 1.500 respiradores artificiales que donó Xi Jinping al país.
28. El Gobierno dio instrucciones al ex canciller de Cristina Kirchner y actual senador del Frente de Todos, Jorge Taiana, para exponer críticas a Trump en su embestida contra la OMS. Ello se cristalizó con un comunicado del Grupo de Puebla -conformado por líderes progresistas entre los que está Fernández- donde se planteó una fuerte preocupación por la decisión de Estados Unidos de congelar los fondos que aporta a la OMS.
29. A su vez, el Grupo de Puebla, con el pleno aval de la Argentina rechazó ayer las acusaciones vertidas contra el organismo multilateral por su presunta mala gestión y supuesto encubrimiento de la expansión del COVID-19. “Este es un mecanismo que sólo busca anular y perseguir a la OMS para justificar con ello las malas decisiones del gobierno de Trump ante la pandemia”, añadió el documento.
30. China está ofreciendo ayuda financiera o con insumos médicos a 87 países en medio de la pandemia y Argentina se encuentra entre estos. Pero según aclararon fuentes diplomáticas argentinas esa ayuda no es deliberada. Responde a la clara intención de Beijing de posicionarse a nivel mundial después de la pandemia. Hay un dato que revela este objetivo: el año que viene se cumplen 100 años de la creación del Partido Comunista chino y Xi Jinping está preparando un programa global de asistencia a todos sus aliados.
31. Hasta aquí el detalle de la crónica elaborada por el periodista Martín Di Natale ( Infobae, 18/04/20) siendo que a partir de la información que el nombrado ha suministrado se impone la apertura de la investigación a efectos de corroborar la veracidad o no de las circunstancias modales de los episodios narrados; y sobre esa base determinar si los hechos narrados constituyen o no la actividad criminal ahora denunciada y en su caso deslindar las eventuales responsabilidades penales que eventualmente pudieren corresponder.
.32. Entonces la necesidad impostergable de dar inicio a una pesquisa deviene, en este caso, incontrovertible por cuanto es justamente iniciando la instrucción y dando curso a las medidas de prueba que devienen pertinentes que podrán esclarecerse todos los interrogantes que se plantean en la denuncia promovida. Negar la apertura de la investigación no tan sólo resultaría incorrecto, sino que contraría lo estipulado por la ley aplicable..
33. Ni la denuncia ni tampoco un acto de investigación tienen por finalidad probar la existencia misma del episodio denunciado. Lo que en rigor de pura verdad corresponde es darle curso a la denuncia , sin adentrarse en un análisis dogmático o probatorio propio de otras instancias.
34. En otras palabras, corresponde abrir la instrucción sumarial a efectos de que se investigue, puesto que la hipótesis traída por quienes suscriben, y analizada en forma global y no fragmentada, cumple con el requisito mínimo de verosimilitud y es susceptible de ser investigada.
35. No cabe descarta tampoco llevar a cabo un análisis de índole teórico y confrontar y evaluar los indicios aportados en la denuncia , y porque, además, con el curso de la pesquisa podrían presentarse alternativas diferentes a las planteadas por estos mismos presentantes..
36. Y desde este mirador se impone convocar a rendir declaración testimonial al señor Martín Di Natale a efectos de que ratifique en la sede judicial el contenido de toda la crónica periodística de Infobae del día 18/04/07; en su caso –y de no comprometer la confidencialidad de sus fuentes de información- se requiera del nombrado ponga a disposición del Tribunal todos los papeles de trabajo y soportes digitales referidos a los dos informes que el funcionario de Taiwán habría suministrado a las autoridades del Ministerio de Salud de la Nación.
37. Ello así, claro está, sin necesidad de que el periodista revele la identidad de la profesional en epidemiología a la cual el embajador taiwanés le habría entregado ambos informes ( que el mismo señor Di Natale se encargara de detallar). Simplemente se trata de aportar copia de ambos referidos informes.
38. Asimismo, y a través del canal institucional que corresponda se convoque a prestar declaración testimonial al embajador Taiwanés identificado por el periodista Martín Di Natale a efectos de que aporte ambos informes y además a efectos de ser interrogado acerca de las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que hizo entrega en la sede del Ministerio de Salud de la Nación de ambos informes ( detallados por el periodista Martín Di Natale).
39. En otro orden de cosas cabe hacer referencia a otro objeto procesal de reciente formación a partir de una denuncia criminal (arts. 174 y cdtes. CPPN) incoada por el letrado doctor Alejandro Sánchez Kalbermatten y que ya tiene radicación ante el señor juez federal doctor Canicoba Corral. Y al respecto la promoción de dicha denuncia criminal hubo tomado estado público a partir de difusión periodística. Desde ya ruego de V.S. ordene requerir copia certificada de dicha actuación judicial, con fines de adecuada ilustración en tanto y en cuanto no cabrá descartar que a partir del contexto de dicha denuncia surja la existencia de datos y/o elementos de juicio que resulten de interés para el éxito de la pesquisa que inexcusablemente deber llevarse a cabo en este caso.
40. Como consecuencia de que el amparo de la garantía del debido proceso (art. 18, CN y 10 DUDH, XXVI, DADDH 8, apartado I, CADH, 14.1, PIDCP y 75 inc. 22 CN). alcanza a todo aquel a quien la ley otorga personería para actuar en juicio en defensa de sus derechos, sea que actúe como acusador o como acusado, se le reconoce la facultad de recurrir conforme a las previsiones legales (CS, LL del 23/IV/99, f. 98617 con nota de Palacio) Un caso paradigmático de privación de justicia en perjuicio del querellante). (confr. Francisco J. D´Albora, Código Procesal Penal de la Nación, cuarta edición, Pag. 182″).
41. Y en el caso de la víctima, una vez admitida en el rol de parte querellante, y aun en el caso en que el Ministerio Público Fiscal desista de ejercer la acción pública, el proceso penal pueda sustanciarse con el solo impulso del querellante.(“Un caso paradigmático de privación de justicia en perjuicio del querellante” ). (confr. Francisco J. D´Albora, Código Procesal Penal de la Nación, cuarta edición, Pag. 182″).
42. Resulta ser condición inexcusable de validez de un acto jurisdiccional que el mismo sea conclusión razonada y motivada del derecho vigente, con particular referencia a las circunstancias comprobadas en el caso (CSJN, Fallos: 236: 27 y otros). A su vez, esto último no excusa la indiferencia de los jueces respecto de su objetiva verdad, por cuanto la renuncia consciente a la verdad es incompatible con el servicio de la justicia ( CSJN “ Colalillo C/ España y Río de la Plata Cia. de Seguros”, 18/9/57). La misión judicial no se agota con la remisión a la letra de la ley, toda vez que los jueces, en cuanto servidores, no pueden prescindir de la “ratio legis” y del espíritu de la norma .
43. Si bien es cierto que los jueces al dictar sus pronunciamientos no están constreñidos a seguir a las partes en todas sus alegaciones, no lo es menos que sí se encuentran obligados a pronunciarse sobre aquellos puntos que sean pertinentes para la adecuada solución del caso (cfr. c. “Kichic, Ramón E. y otros s/rec. Casación, CNCP, Sala II, 5/07/01). Y desde esta perspectiva, V.S. está en condiciones de encaminar las respectivas averiguaciones, en los puntos infra propuestos, hacia la averiguación de la estricta verdad.
44. Debe, asimismo, considerarse a la instrucción como un proceso que tiene como único fin la recolección de pruebas que decidirán si existe mérito suficiente en el plenario, y como tal debe ser breve, pues además, durante esta etapa, el peso de las fuerzas estatales puesta al servicio de la acusación es difícilmente equiparable por la defensa, que conlleva como consecuencia la creación de una disparidad que se acrecienta por ciertas limitaciones previstas por la ley procesal y compromete la legítima defensa.
45. En un Estado de Derecho la investigación no puede llevarse a cabo bajo cualquier circunstancia sino que tiene que desarrollarse de conformidad con las reglas procesales vigentes; por ello se las plasma mediante principios constitucionales que actúan como reguladores de la actividad procesal, garantizando tanto el interés colectivo como el individual.
46. En vista de lo expuesto, se puede afirmar que el “debido proceso es aquél que se tramita ante el juez natural, independiente e imparcial y competente según las reglas específicas”; y donde exista además una “producción probatoria que no vulnere garantías, , y con pleno ejercicio del derecho de defensa, comprendiendo dentro de tal, el conocimiento de la atribución delictiva, la posibilidad efectiva de producir prueba de descargo y de aportar elementos para contradecir la imputación, tendiente a asegurar los fines del proceso” (cfr. Chiara Díaz, Carlos, Vázquez Rossi, Jorge, Pessoa, Nelson, “Código Procesal Penal de la Nación”, Rubinzal Culzoni, Santa Fe, 1992, pág. 22).”
47. Al no existir regulación expresa de cómo el juez instructor debe llevar a cabo su tarea, rige el principio de la libre configuración en la obtención de los medios de prueba, discrecionalidad que encuentra su límite en el respeto de los derechos fundamentales de todo sujeto sometido a proceso (cfr. Bacigalupo, Enrique, “El debido proceso penal”, Hammurabi, Buenos Aires, 2005, págs. 57 y 58).
48. En consecuencia, como en la práctica se llevan a cabo medidas cuyas ejecuciones implican serias restricciones a derechos expresamente garantizados por la Constitución, el principio de proporcionalidad ocupa en la etapa instructoria una posición fundamental, toda vez que se deberá ponderar la gravedad de la intervención con el beneficio que de ella se pueda obtener. Por lo tanto, las medidas dispuestas sólo serán legítimas si el interés en la persecución del hecho punible concreto tiene una importancia adecuada para justificar la limitación de los referidos derechos y si se ha observado, asimismo, el principio de subsidiariedad.
49. De lo establecido en los párrafos anteriores se colige que la intervención estatal debe ser: “adecuada” para alcanzar la finalidad perseguida, “necesaria” cuando no se pueda recurrir a otro medio de prueba, “proporcionada” entre la carga que deba soportar el afectado y la utilidad que cabe esperar de la ejecución de la medida adoptada y por último debe existir un “equilibrio” entre el grado de sospecha y las medidas de intervención en los derechos fundamentales que se adopten (cfr. Bacigalupo, Enrique, ob.cit. pág. 66).
50. En este sentido, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el informe 105/99 (caso “Palacios, Narciso c/ República Argentina”) sostuvo que el derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, garantizado por los artículos 8° y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos, imponen una interpretación más justa y beneficiosa de los requisitos de admisión y, por el principio pro actione, deben interpretarse en el sentido más favorable a la jurisdicción.
51. Tales cláusulas son complementadas por los Pactos Internacionales en materia de Derechos Humanos (con alcance a las personas colectivas), en cuanto consagran el principio de tutela judicial efectiva (art. 8, inciso 1°, del Pacto de San José de Costa Rica): “Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley en la substanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otra índole”.-
52. Dicha norma, que reconoce expresamente el llamado “debido proceso legal”, ostenta indudable rango constitucional en nuestro ordenamiento, y contiene el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales para que pueda hablarse de verdaderas y propias garantías judiciales según la Convención Americana sobre Derechos Humanos (vide, Opinión Consultiva N° 9, CADH, párrafo 28, del 6 de octubre de 1987), por lo que su estricta observancia deviene inexcusable.
53. El artículo 18 de la Constitución Nacional establece, como principio fundamental, la inviolabilidad de la defensa en juicio de la persona y de sus derechos, debiendo procurarse, en lo esencial, que la libertad de defensa no sea coartada por las leyes hasta impedirle (al justiciable) producir la prueba de su derecho, o ponerlo en condición desigual con los demás, ya que las directivas del artículo 18 de la Constitución Nacional suelen servir de guía para la interpretación de la voluntad legislativa, asegurando la búsqueda de la verdad material sobre la verdad formal y el ritualismo infecundo que suele ser fuente de injusticias, máxime cuando la aspiración de toda comunidad es la implantación de un orden social justo. Y tales garantías juegan asimismo a favor de la víctima.
54. De regreso al objeto procesal referido a la denuncia promovida por el doctor Sánchez Kalbermatten contra la República Popular China, y en tal sentido, la Justicia federal recibió una denuncia penal para investigar a las autoridades del gobierno chino como presuntos responsables de esta “pandemia trágica” del coronavirus “que se ha esparcido por todo el mundo generando muertes de numerosos ciudadanos argentinos”. Los acusa de “un ´genocidio virósico´ que representa un ´crimen de lesa humanidad´.
55.La presentación la hizo el abogado Alejandro Sánchez Kalbermatten, quien radicó la correspondientedenuncia. No obstante, el abogado también habría notificado notificó vía mail a la Corte Penal Internacional, con sede en La Haya, según precisó el propio letrado al medio Infobae.
56. Ahora, será el juez de turno, doctor Rodolfo Canicoba Corral, quien deberá evaluar si remite el caso a la oficina de sorteo para que se le asigne a otro magistrado o si realiza alguna diligencia previa. Si entiende que no debe intervenir, solicitará que se le dé “intervención directa de la Corte Penal Internacional mediante libramiento del respectivo exhorto diplomático internacional” para que se abra una causa penal que esclarezca si se creó un “virus contagioso y mortal”, si se lo encubrió y si se lo propagó “en forma oculta por todo el mundo, afectando la economía, la salud y la vida de los ciudadanos de los países directamente afectados, especialmente de la República Argentina”, sostuvo la denuncia.
57. En el escrito, el doctor Sánchez Kalbermatten repasó que “la situación pandémica se habría iniciado en un laboratorio de la localidad de Wuhan, República Popular de China, y se habría propagado mundialmente hasta afectar a partir –aproximadamente de- del mes de febrero del corriente año 2020 a los ciudadanos de la República Argentina”.
58. Si bien existen otras teorías, incluso algunas que “enmarcarían la Pandemia en acciones bioterroristas de posicionamiento mundial estratégico, lo cierto es que el avance letal, inédito e inesperado del Coronavirus a escala mundial ya registra 1.800.000 personas contagiadas y unas 130.000 mil muertes al 11/04/2020 desde aquel primer caso registrado en Wuhan, República Popular de China, siendo muchos los países afectados”.
59. La denuncia también citó un artículo del periodista Josh Rogin en el diario The Washington Post, que señalaban que “dos años antes de que la nueva pandemia de coronavirus volcara el mundo, los funcionarios de la embajada de Estados Unidos visitaron varias veces un centro de investigación chino en la ciudad de Wuhan y enviaron dos advertencias oficiales a Washington sobre la seguridad inadecuada en el laboratorio, que estaba realizando estudios riesgosos sobre coronavirus de murciélagos”. Afirmó además que “el gobierno de Donald Trump denunció que la Organización Mundial de la Salud había sido notificada y esta ignoró la temprana advertencia”.
60. Así las cosas, planteó el abogado, “la investigación a escala mundial no hace más que generar más dudas sobre una teoría conspirativa que da vueltas y vueltas” y “los especialistas se plantean el motivo de la creación de un virus tan poderoso como letal con el que tendremos que lidiar por mucho tiempo”. “Tampoco se descarta una posibilidad que deja helado y expectante al mundo: si el coronavirus fue o no creado con un claro objetivo: ser un arma letal”, agregó.
61. “En función de esta prieta síntesis del caso cuya investigación se propugna, deberá el juez Federal de feria que resulte dar vista al Fiscal a efectos de que se expida en torno a la competencia, librando en su caso exhorto internacional a la Honorable Fiscal de la Corte Penal Internacional de la Haya, Señora Fatou Bensouda, en la forma de estilo y notificando con carácter previo al Poder Ejecutivo Nacional a los fines de su eventual intervención”, aseveró.
62. Puntualmente, la denuncia reclama saber, en el marco de una investigación penal, “qué, quién y porqué se originó el coronavirus COVID- 19; con qué finalidad geopolítica y si las muertes, hambre y crisis económicas, sanitarias y sociales en la República Argentina y demás países víctimas derivadas de esta situación Pandémica provocada constituyen ‘genocidio’ o crímenes contra la humanidad que deban ser investigados y juzgados de acuerdo al Estatuto de Roma por la Corte Penal Internacional”.
63. En ese contexto, pidió que se abra la causa para que la justicia argentina “se expida en torno a la competencia o a mérito de lo expuesto”. Y que se libre exhorto diplomático poniendo en conocimiento de esta denuncia a la fiscal de la Corte Penal Internacional, Fatou Bensouda, “quien tras evaluar la información de que disponga o se nutra, conforme a lo previsto en el artículo 53 del Estatuto, inicie una investigación sobre la comisión de crímenes de lesa humanidad que habría tenido origen en la República Popular de China, generando una Pandemia de coronavirus mundial y afectando la salud y la vida de ciudadanos argentinos a partir del 01/01/2020”.
64. Un abogado en Estados Unidos decidió entablar una demanda en la que busca reparaciones de al menos 20 billones de dólares por “indiferencia insensible y actos maliciosos” del Gobierno chino, que según él, desató el coronavirus como un arma biológica.
65. El responsable de la demanda es Larry Klayman y su grupo activista, Freedom Watch, que presentó la demanda el pasado martes ante un tribunal en el distrito norte de Texas. Al respecto y constituyendo este dato un aporte que podría resultar trascendente para el progreso de la pesquisa y en pos de la averiguación de la verdad, ruego de V.S. que –a través del canal institucional que corresponda- se requiera la remisión “ad effectum videndi” de todos los soportes escritos y digitales que se acompañaron a dicha demanda judicial entablada en los EEUU.
66. “No hay razón para que el contribuyente americano, contrario al ‘establishment‘ en Washington, tenga que pagar por el tremendo daño causado por el Gobierno chino”, sostuvo el abogado.
67. “Aunque parece que el virus covid-19 fue liberado en un momento no previsto e inesperado, fue preparado y almacenado como un arma biológica para ser utilizado contra los supuestos enemigos de China, incluido, entre otros, el pueblo de los Estados Unidos”, argumentó Klayman.
68. Klayman es un abogado conservador que representó a uno de los testigos del caso de Trayvon Martin, un adolescente que fue atacado por la Policía mientras estaba desarmado, y que demandó a la familia de la víctima por daños a terceros.
69. Además, es el fundador de Judicial Watch y Freedom Watch, e intentó llegar al Senado en Florida a principios de la década del año 2000.
70. “Debido a que China ha acordado por tratado prohibir tales armas, estas acciones no pueden ser gubernamentales oficiales de la República Popular de China y no están sujetas a ningún posible reclamo de inmunidad legal”, señala.
71. “Aunque la liberación real del arma biológica covid-19 parece haber sido involuntaria y no se pretendía liberar en el patio trasero del laboratorio, el propósito de mantener el virus dentro del sitio de experimentos era usarlo para matar a ciudadanos estadounidenses y otras personas y entidades en naciones percibidas como enemigas de China”, concluye el escrito.
72. Donald Trump, aseguró que decidió dejar de hablar del coronavirus covid-19 como el “virus chino”, algo que le ha traído todo tipo de críticas por verse como una expresión xenófoba.
73. Hace un par de semanas, Donald Trump decidió dejar de llamar al coronavirus el “virus chino”.
74. “Todo el mundo sabe que esto viene de China, pero he decidido que tampoco tenemos que darle tanta importancia. Creo que yo le he dado mucha importancia y que la gente lo entiende”, manifestó el mandatario en entrevista con la cadena Fox News.
75. Un reconocido bufete de abogados de Florida, Estados Unidos, presentó una demanda colectiva contra el régimen chino conducido por Xi Jinping por hacerlo responsable de la pandemia del coronavirus COVID-19 que está causando estragos en la población mundial. Beijing “sabía que el COVID-19 era peligroso y capaz de causar una pandemia, pero actuó lentamente, proverbialmente metieron la cabeza en la arena y/o la taparon por su propio interés económico”, dice el documento presentado por la firma The Berman Law Group ante una corte de aquel estado norteamericano.
76. “The Berman Law Group anunció que ha presentado una demanda colectiva federal contra la República Popular de China, la provincia de Hubei, la ciudad de Wuhan y varios ministerios del gobierno chino, en nombre de los residentes y las empresas en los Estados Unidos y el estado de Florida”, dice el comunicado de prensa al que tuvo acceso Infobae. “La demanda fue presentada en el Distrito Sur de Florida y busca miles de millones de dólares en daños compensatorios para aquellos que han sufrido lesiones personales, muertes por negligencia, daños a la propiedad y otros daños debido a la falta de China de contener el virus COVID-19, a pesar de su capacidad de contener el virus en sus primeras etapas de propagación”.
77. Matthew Moore, abogado del bufete indicó: “Como hemos alegado en nuestra queja, los funcionarios chinos sabían antes del 3 de enero que el COVID-19 se transmitió de humano a humano y los pacientes comenzaron a morir unos días después. Sin embargo, seguían diciéndole a la gente de Wuhan y al mundo en general que todo estaba bien, incluso celebrando una cena pública en Wuhan para más de 40,000 familias el 18 de enero”. Al respecto se requiere se ordene la remisión “ad effectum videndi” –y a través del canal institucional que corresponda- copia certificada de dicha demanda judicial y de toda su documentación anexa.
78. El brote ya se había iniciado, incluso, mucho antes. A partir de noviembre el virus ya circulaba por la populosa ciudad china sin que el régimen hiciera algo para controlar el brote. Por el contrario, ante las primeras denuncias de médicos, Beijing ordenó su censura y castigo.
79. Esto podría haberse contenido mientras que los funcionarios chinos intentaron en cambio presentar una narrativa positiva sobre la epidemia que se desarrolla para el propio interés económico de China”, continuó el ex senador estatal de Florida Joseph Abruzzo, director de relaciones gubernamentales de la empresa. “Cuando leas sobre el aumento del número de víctimas mortales y veas la detención casi completa de la vida y los viajes normales, recuerda que China esperó diecisiete días críticos antes de compartir la secuencia del genoma COVID-19 con otras naciones, como lo deja en claro la queja”.
80. Por su parte, Russell Berman, cofundador de la firma señaló que la demanda “es una queja ambiciosa contra una superpotencia mundial. Pero, como hemos alegado, China ha desatado una pandemia en el mundo, y el daño ahora se multiplica exponencialmente todos los días aquí en los Estados Unidos y Florida. Nuestra firma no tiene miedo de enfrentarlos y obtener la justicia que se merece. Es el gobierno chino el que debería pagar los daños por estímulo económico a Estados Unidos, no el pueblo estadounidense“.
81. El número de nuevos casos de coronavirus en los Estados Unidos superó los 35.000 , lo que lo convierte el país en el tercero por número de infecciones en el mundo, solo por detrás de Italia y China. El número de muertos alcanzó 471, el sexto más alto del mundo.
82. En total, el número de casos confirmados es de 35.225, según el balance de la Universidad Johns Hopkins del lunes. Un número que aumentará inevitablemente en las próximas horas, a medida que aumente la disponibilidad de pruebas.
83. La pandemia ya alcanzó los 50 estados de la Unión. Nueva York, que tiene el 6 por ciento de la población de Estados Unidos, acumula alrededor de la mitad del total de positivos en el país. El estado tiene el mayor número de casos, con más de 15.000 contagiados, de los que la ciudad acumula más de 9.000 y 63 de las 114 muertes. No obstante, las cifras siguen en aumento y cambian rápidamente porque el estado tiene ahora capacidad para realizar más pruebas, con 200 laboratorios, públicos y privados operando.
84. Para frenar el rápido crecimiento, Nueva York elevó las restricciones, que entraron en vigencia este lunes, en un plan que el gobernador Andrew Cuomo ha llamado “Nueva York en Pausa”. Afectarán a unos 19 millones de personas y surgieron luego de que California, el mayor estado del país, pusiese en marcha un plan parecido, que también han seguido Nueva Jersey, Connecticut e Illinois.
85. Así, más de un tercio de la población está bajo medidas más o menos severas de confinamiento en todo el país.
III. Reservas.
Formulo, asimismo, expresas reservas de Casación (arts.456 y cdtes. CPPN, y doctrina del caso “Casal” (CSJN), del caso federal ( art..14 de la ley 48) y de ocurrir ante la CADH en resguardo del l debido proceso y del derecho de defensa en juicio (art.18 CN); en efecto el art.18 de la Declaración Americana de los Derechos del Hombre Santa Fé de Bogotá del 2 de mayo de 1948) consagra el derecho a la justicia y el art.24 de dicho plexo normativo el derecho de petición. Por su parte la CADH, el art.8 PDCP, establece el derecho a un recurso efectivo ante los tribunales competentes que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución y la ley.; el art. 10 consagra el derecho a la igualdad y la imparcialidad del órgano jurisdiccional.; el art.11.l consagra el derecho a la presunción de inocencia. A su vez, el Pacto de San José de Costa Rica consagra el catálogo de las garantías judiciales, en su art.8, aps.1 y 2, incs. a) a h); y ap.3. De ese mismo catálogo surgen claras garantías referidas a la presunción de inocencia, el debido proceso y el derecho de defensa en juicio.
IV. Prueba.
1.Ruego de V.S. ordene requerir la remisión “ad effectum videndi” el expediente judicial formado a partir de la denuncia formulada por el doctor Alejandro Sánchez Kalbermatten; idem , y a través de los canales institucionales correspondientes, se requiera la remisión de los juicios en trámite ante la jurisdicción territorial de los EEUU conforme se precisa en la presente.
2. Se convoque a prestar declaración testimonial al señor Martín Di Natale, periodista acreditado ante el medio INFOBAE, a efectos de que ratifique en la sede judicial el contenido de la crónica periodística del 18/04/20; y asimismo, y sin violentar el derecho a ver preservada la confidencialidad de las fuentes periodísticas se lo invite su caso a aportar copia referida a los dos informes que el embajador taiwanés ( identificado supra) le habría aportado a una funcionaria acreditada el Ministerio de Salud de la Nación.
3. Idem, y a través de los canales institucionales que correspondan, se le reciba declaración testimonial al identificado embajador de Taiwán a efectos de ser interrogado acerca de: i) si tuvo ocasión de alertar a la Organización Mundial de la Salud ( OMS) en el transcurso del mes de diciembre del año 2019 acera de los riesgos derivados del COVID 19 y en su caso brinde las precisiones del caso; ii) si tuvo ocasión de visitar a alguna funcionaria acreditada del Ministerio de Salud de la Nación Argentina y en su caso la identifique correctamente; iii) en su caso refiera si le hizo entrega sucesiva de dos informes relacionados con los riesgos de pandemia derivados del COVID 19; iv) en su caso si recibió alguna respuesta al respecto de parte de autoridades del Ministerio de Salud de la Nación Argentina; v) de ser así brinde todas las circunstancias de modo, tiempo y lugar.
VII. Petitorio.
I.Se tenga por formulada la presente querella criminal (arts. 82 y cdtes. CPPN) respecto de las persona supra identificada, en directa relación a los delitos previstos por los arts. 202, 204, 205, 207 del Código Penal, sin perjuicio de un eventual y simultáneo encuadre dentro de las previsiones del art. 248 del Código Penal; todo ello con el alcance supra identificado; y en base al caudal probatorio emergente de los tres contextos procesales supra individualizados ( uno de ellos formado en la jurisdicción argentina y los dos restantes en los EEUU).
II. Se proceda –previa implementación de la reserva propia del secreto sumarial- (art. 204 CPPN)- a ordenar la instrucción sumarial, con intervención del Ministerio Público Fiscal; se ordene la concreción de la prueba testimonial e informativa requeridas; ello conforme las argumentaciones brindadas. La reserva propia del secreto sumarial apunta obviamente a garantizar el éxito de la pesquisa.
III. A su turno se convoque a la persona querellada a rendir declaración indagatoria (art. 294 CPPN), se dicten en su respecto las medidas cautelares previstas en los arts. 306 y cdtes. del ceremonial; a su turno se disponga la elevación a juicio oral y público. Se tengan presente las reservas formuladas.Se provea de conformidad a lo peticionado que;
SERA JUSTICIA
Dr. Guillermo J. Tiscornia
T°19 F°257
CPACF
Dr. Eduardo J. Iriarte
T. 32 F. 344 CPACF
08/02/2025 a las 7:22 AM
Covid-19, una tragedia que no tenía que ser así
https://www.laprensa.com.ar/511959-Covid-19-una-tragedia-que-no-tenia-que-ser-asi.note.aspx
08/02/2025 a las 7:45 AM
PENSAR QUE ESTE DELINCUENTE ESTÁ LIBRE Y COBRANDO SU JUBILACIÓN VIP
https://cadenadelosandesfm.com.ar/wp-content/uploads/2020/04/alberto-fernandez-quedate-en-casa.jpg
08/02/2025 a las 7:55 AM
AHÍ ESTÁ EL PELOTUDO HACIENDO EL RIDÍCULO
https://media.cdn.eldestapeweb.com/eldestape/062020/1591845590863/alberto.webp?cw=880&ch=825&extw=png
06/02/2025 a las 8:22 PM
FUE EN MAR DEL PATA.
06/02/2025 a las 9:41 PM
ANDÁ A CAGAR.
06/02/2025 a las 8:23 PM
CASO LOAN:
HECHOS DE GRAVEDAD.
LOS SIGUIENTES SON HECHOS QUE REVISTEN GRAVEDAD, Y SOLO ENUNCIARE ALGUNAS DE LAS CAUSAS POR LAS QUE ASI LO CONSIDERO EN MI HUMILDE OPINION:
Se dan a conocer masivamente PRUEBAS Y PARTES DEL EXPEDIENTE, que pudieron o podrian ser utilizados para ajustar las versiones y permitir procedimientos de los imputados y/o de las autoridades, tendientes a evadir o facilitar se evada la justicia.
Pone en EVIDENCIA el trafico de informacion que se denuncio desde un primer momento, ineludiblemente originado en alguna de las autoridades que forman parte de la investigacion o el proceso judicial, con fines no determinados pero amplios y no sujetos a un solo objetivo. pero contando entre todos ellos, la obtencion de lucro, la manipulacion de la opinion publica y el direccionamiento y obstaculizacion de la Causa Judicial..
Clara exposicion de la discresionalidad del acceso a la informacion, que se hace semipublica selectivamente, evitando que accedan a ella en forma completa los ciudadanos que pretenden accionar en instancias internacionales, lo absolutamente pobre y reducido del esfuerzo y los recursos como capacidades tecnicas, materiales y humanas, que displicentemente han sido aplicados a la investigacion y resolucion del caso por parte de las Fuerzas y los Funcionarios intervinientes.
Todo ello se encuentra dentro de un contexto de CONFUSION DE CRITERIOS donde se mezclan todo tipo de visiones y roles, ninguno y en ningun caso pertinentes a la investigacion y a la causa judicial, comprensible tal vez para la poblacion comun, el hombre de a pie, el lego, pero absolutamente inaceptable en FUNCIONARIOS PUBLICOS RENTADOS Y CON OBLIGACIONES CIERTAS y en DIFUNDIDORES que fungen de un profesionalismo del que carecen y sin base pertinente en ningun caso.
NO DEBEMOS OLVIDAR la inaceptable e inexplicable manipulacion de la obtencion y omision en la obtencion de pruebas, pericias, testimonios, en base a excusas, engaños, falsas limitaciones, que NO SOPORTAN LA MAS SDANA CRITICA, y pretenden OCULTAR la inexplicable falta de PROCESAMIENTO DE DETERMINADOS PERSDONAJES, en base a argumentaciones capciosas y con evidente respuestas a criterios antagonicos con los de administracion de Justicia y Objetividad cientifica.
Dar difusion. Link :
https://www.youtube.com/watch?v=NjPWXuzRZ9o
06/02/2025 a las 9:40 PM
ANDÁ A CAGAR
06/02/2025 a las 8:42 PM
SEGÚN EL » WASHINGTON POST » EN UN RECIENTE EDITORIAL :
» TRUMP Y SUS ALIADOS VEN A MILEI COMO UN EJEMPLO A SEGUIR «.
06/02/2025 a las 9:36 PM
Crimen y Justicia
Cinco policías de la Bonaerense vestidos de civil asesinaron a un joven en Mar del Plata
Los agentes ya fueron identificados por la Justicia. El caso se investiga como homicidio agravado. La víctima se llamaba Matías Paredes, de 26 años
Barbara Villar
Por
Barbara Villar
06 Feb, 2025 02:35 p.m.
Actualizado: 06 Feb, 2025 04:36 p.m. AR
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Matías Paredes, el joven de
Matías Paredes, el joven de 26 años asesinado
Un joven de 26 años fue asesinado en la madrugada de este jueves por cinco policías de la Bonaerense que, vestidos de civil, lo persiguieron y luego le dispararon en diferentes partes del cuerpo.
El episodio ocurrió cerca de la 1:30 en el barrio Bosque Grande, donde la víctima y vecino de la zona, identificado como Matías Paredes, circulaba a bordo de un Fiat Palio rojo junto a dos amigos, según informaron fuentes policiales.
Por circunstancias que aún no fueron esclarecidas, cuando Paredes se dirigía a la intersección de las calles Fortunato de la Plaza y Polonia, un vehículo no identificado comenzó a seguirlo. Al llegar a la esquina, otro auto les cortó el paso e intentó abrir la puerta del Fiat Palio.
Ante esta situación, los jóvenes se asustaron y escaparon en dirección a la calle Tripulante del Fournier. Los otros dos autos, una camioneta Ford EcoSport y un Volkswagen Bora, los persiguieron hasta Goñi bis y 37, donde les dispararon.
El Fiat Palio donde viajaba
El Fiat Palio donde viajaba la víctima
En el tiroteo, Paredes, que iba como acompañante en el asiento de atrás, recibió un disparo en la espalda, uno en el hombro derecho y otro en el brazo derecho. Además, una bala le rozó la cara, de acuerdo a las primeras informaciones.
Producto de los impactos, el joven de 26 años, y padre de una niña de 3, murió en el acto. El conductor del Fiat Palio, por su parte, sufrió heridas de posta de goma y fue trasladado al hospital HIGA. Está fuera de peligro.
En el caso intervino el fiscal Alejandro Pellegrinelli, de la UFI 5 de Mar del Plata, quien confirmó a Infobae que los involucrados fueron cinco policías de la Bonaerense.
La causa está siendo investigada como un homicidio agravado y, aunque los agentes fueron identificados, aún no se dispuso la detención de ninguno de ellos.
Por el momento, desde la fiscalía están relevando las cámaras de seguridad de la zona que capturaron la secuencia y el momento del hecho. En este sentido, Pellegrinelli se encuentra a la espera de la pericia balística, que se hará este viernes, y analizando los resultados de la autopsia que se hizo al mediodía.
El estudio reveló fue fueron dos los disparos mortales, de acuerdo a lo que consignó el medio local 0223. Ambos impactaron en la zona izquierda del cuerpo. Uno de ellos ingresa a la altura de la escápula, atraviesa la zona clavicular y toca y roza la parte del rostro, mientras que el otro entra de izquierda a derecha en el tórax. La bala que impactó en esa herida será analizada.
Las circunstancias del hecho todavía se desconocen. “Por ahora, es lo que se ve: el auto llegando a una intersección de manera normal y estos dos coches no identificados, que uno de ellos intenta cruzarse de adelante. Ante esa maniobra, el auto de los chicos lo evade y, a partir de ahí, se bajan y disparan hacia la parte posterior del coche”, relató a este medio Pellegrinelli.
La cantidad de disparos que se efectuaron en total durante el episodio aún no fueron determinados. No obstante, en la escena del crimen donde trabaja personal de la Policía Científica se levantaron vainas de 9 milímetros “en cantidad considerable”, según confirmaron fuentes oficiales.
En este contexto, será clave la determinación pericial que se realizará en las próximas horas, cuyos resultados servirán para aclarar el panorama dado que arrojarán la relación de las armas con cada uno de los funcionarios que intervinieron en el hecho.
Quién era Matías Paredes
Matías Paredes tenía 26 años, trabajaba como albañil y era padre de una nena de 3. Su familia lo define como un “laburante y buen amigo”, aunque también destacan que era un gran fanático del Club Atlético Alvarado, el equipo local.
En el barrio Bosque Grande, donde residía, se hacía tiempo para pintar los palos de las cuadras con los colores de la entidad deportiva mar platense.
Lo hacía con los chicos de la zona, su grupo de amigos, a quienes los vecinos cuentan que Paredes siempre invitaba a la pileta de su casa.
Este miércoles, horas antes del crimen, el joven de 26 años había ido a ver la presentación de camisetas del club para la nueva temporada. A su regreso, fue víctima del asesinato.
07/02/2025 a las 7:11 AM
¿Esta es la Policía que según Espert debe meter bala? Ya pasó un caso similar en zona de Quilmes hace unosd años en que «cosieron» a balazos a un librero ¿se acuerdan? Pues bien, ninguno fue preso.
06/02/2025 a las 8:43 PM
PONDRAN EL BUSTO DE LILA.
EN ALQUILER,
UN TOQUECITO 10 DOLARE,
06/02/2025 a las 9:34 PM
Política
Con la fractura de todos los bloques, el oficialismo logró darle media sanción a la suspensión de las PASO
La iniciativa obtuvo 162 votos con acompañamiento hasta del kirchnerismo. El resto de las bancadas también se partió y acompañó. El rol de los gobernadores, las conveniencias de los posibles candidatos y el reclamo por el Presupuesto
David Cayón
Por
David Cayón
06 Feb, 2025 05:57 p.m. AR
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El oficialismo logró darle media
El oficialismo logró darle media sanción a la suspensión de las PASO (Jaime Olivos)
En una sesión marcada por divisiones internas y acuerdos inesperados, la Cámara de Diputados de la Nación otorgó media sanción al proyecto que suspende las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) para el proceso electoral de 2025. La propuesta original del Ejecutivo nacional buscaba la eliminación definitiva de las PASO, pero ante la falta de consenso suficiente, se optó por avanzar con una suspensión temporal, lo que permitió obtener el apoyo de diversos bloques, incluido el de Unión por la Patria (UxP).
Con 244 diputados presentes y 13 ausentes -6 de UxP- el resultado de la votación reflejó la complejidad del debate: 162 afirmativos, 55 negativos y 28 abstenciones. Entre quienes respaldaron la suspensión se encontraron legisladores de bloques como el PRO, la UCR, Democracia y Libertad Avanza (LLA), además de algunos integrantes de UxP. Sin embargo, las posiciones dentro de este último bloque estuvieron lejos de ser homogéneas, con votos divididos en las tres opciones disponibles. Salvo el bloque de la izquierda que votó en unidad en contra de la suspensión, el resto de los sectores dejaron ver las diversas presiones políticas, tanto internas como externas, provenientes de las provincias y de los líderes partidarios.
El debate en el recinto comenzó con la intervención de Nicolás Mayoraz, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y miembro de Libertad Avanza, quien defendió el dictamen de mayoría. Mayoraz recordó que la intención inicial del oficialismo era eliminar las PASO, pero que se optó por la suspensión como una medida intermedia para garantizar el consenso necesario. En su discurso, destacó que esta decisión responde a una promesa del presidente de “achicar el costo de la política y poner a los políticos en su lugar”.
El tablero informando que había
El tablero informando que había quórum para comenzar la sesión (Adrián Escándar)
Por otro lado, el jefe del bloque de Unión por la Patria, Germán Martínez, calificó el debate como una maniobra para desviar la atención de temas más relevantes, como el tratamiento del Presupuesto 2025. Martínez criticó al Gobierno por lo que consideró un manejo arbitrario de los recursos públicos y evitó referirse directamente a las PASO en su intervención, según consignó Infobae.
Desde el bloque de Encuentro Federal, su presidente, Miguel Ángel Pichetto, argumentó que las PASO han generado inestabilidad tanto en el ámbito institucional como en el económico. Pichetto afirmó que la suspensión de estas elecciones refleja el cansancio de la sociedad frente a la proliferación de procesos electorales y sugirió que el Congreso debería avanzar hacia una reforma constitucional que alinee los mandatos legislativos con el presidencial.
Germán Martínez
Germán Martínez
La falta de una postura unificada dentro de Unión por la Patria quedó en evidencia durante la votación. Los legisladores del Frente Renovador, que forma parte del bloque kirchnerista, nunca estuvieron a favor de las PASO, mientras que otros se vieron presionados por sus referentes provinciales para apoyar la suspensión. Sin embargo, un tercer grupo optó por abstenerse, aunque están de acuerdo con la suspensión lo hicieron en esa línea para evitar una alineación directa con La Libertad Avanza.
En varias ocasiones, miembros de UxP cuestionaron el argumento del ahorro económico utilizado para justificar la suspensión. Los diputados Tomás Ledesma y Daniel Arroyo señalaron que, aunque se mencionaron cifras sobre el costo de las PASO, no se ha especificado cómo se utilizarán los recursos que se ahorrarían al no realizar estas elecciones. “Hasta ahora dijeron varios números, no importa cuánto, pero no dicen qué van a hacer con lo que se ahorran”, expresaron ambos legisladores.
Miguel Ángel Pichetto
Miguel Ángel Pichetto
La decisión de suspender las PASO para 2025 plantea interrogantes sobre el impacto que esta medida tendrá en el sistema electoral y en la dinámica política del país. La medida refleja un intento de responder al descontento social con el sistema político, pero también evidencia las tensiones internas en los principales bloques legislativos.
Mientras tanto, el debate sobre la necesidad de una reforma más amplia, que incluya cambios en la duración de los mandatos legislativos, sigue ganando fuerza en algunos sectores del Congreso. Legisladores como Pichetto han planteado que esta reforma podría contribuir a una mayor estabilidad institucional y a una mejor articulación entre los poderes del Estado.
Con la media sanción obtenida en Diputados, el proyecto deberá ser tratado ahora en el Senado, donde se espera que las discusiones sean igualmente intensas. La suspensión de las PASO, aunque temporal, podría marcar un precedente significativo en el panorama electoral argentino, con implicancias que aún están por definirse.
06/02/2025 a las 8:55 PM
DESCREO DE QUE LA INTERVENCIÓN A BUENOS AIRES SE
CONCRETE, TAL COMO PROPONE EL COMPAÑERO «IRONICS».
EL «MEDIOPOLVO» ANALFABETO, EL QUE SE JACTÓ DE NO
HABER LEÍDO EN SU VIDA MÁS QUE LIBROS DE TEXTO, ESTÁ
CATALOGADO HOY COMO UN BRILLANTE JEFE DE CAMPAÑA
DE «LA LIBERTAD AVANZA». CUESTA ACEPTAR QUE LOS
VAPULEADOS PORTEÑOS ESTÉN PADECIENDO HOY LAS
CONSECUENCIAS DE TENER UN GOBERNADOR MÁS
CUADRADO QUE CAJÓN DE VELAS, PERO FUERON ELLOS
QUIENES LO VOTARON. NO SÉ SI VOSÉ ME ENTENDE . . .
O MÁS CLARAMENTE «EL CALAVERA NO CHILLA».
07/02/2025 a las 7:14 AM
Ha efectuarse la Intervención ¿quien sería el candidato a relevar al enano marxista? ¿Scioli, Karina, Katopodis? No hay hombres probos, honestos, capaces y de trabajo para llevar adelante la inmensa restructuración que hay que hacer, comenzando por la Educación, siguiendo por la Justicia y terminando por la Policía, ni hablar de Salud e IOMA.
06/02/2025 a las 9:43 PM
https://youtu.be/1KxNzzmoWos
UN POCO DE LÓGICA.
06/02/2025 a las 10:31 PM
Sociedad
Detuvieron a la hija de un empresario de la carne en Salta con 22 kilos de cocaína en la mochila de su beba
M.O., de 23 años, fue apresada por la PSA en una autopista en el ingreso a la capital de la provincia. Oriunda de Aguas Blancas, estaba junto a su pareja
Cecilia Di Lodovico
Por
Cecilia Di Lodovico
05 Feb, 2025 04:56 p.m.
Actualizado: 05 Feb, 2025 07:32 p.m. AR
06/02/2025 a las 10:37 PM
Economía
Nestlé frenó la producción en su planta de Córdoba y obligó a su personal a tomar vacaciones
La compañía dejará de funcionar durante el mes de marzo, debido a la baja de ventas en el mercado externo y la caída de consumo a nivel local. Sus 189 empleados fueron forzados a tomar su licencia anual
06 Feb, 2025 09:04 p.m. AR
EN ARGENTINA EL CHOCOLATE ESTÁ ENTRE 5 A 10 VECES MÁS CARO QUE EN EUROPA.
06/02/2025 a las 10:38 PM
Economía
Jubilaciones: cuándo vence la moratoria y qué pasará con quienes no puedan cumplir los 30 años de aportes
El Gobierno ya manifestó en varias oportunidades que no habilitará más que se jubilen quienes no alcanzan ese mínimo de aportes. Mientras tanto, trabaja en una reforma previsional amplia
Natalia Donato
Por
Natalia Donato
06 Feb, 2025 01:24 p.m. AR
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El 23 de marzo vence
El 23 de marzo vence la moratoria previsional y ya no podrán jubilarse quienes no hayan aportado 30 años al sistema Jubilado pensando (Adobe Stock)
A partir del 23 de marzo, los trabajadores que no puedan cumplir con 30 años de aportes al sistema previsional no podrán jubilarse. Así lo determinó el gobierno de Javier Milei meses atrás, y no hubo cambios al respecto. Ese día vence la actual moratoria, dispuesta en marzo de 2023 por dos años mediante la Ley 27.705, y ya no habrá nuevas normas que habiliten planes de pagos para acceder a los años de aportes requeridos. ¿Qué pasará entonces con aquellas personas que hoy se están jubilando con esa ayuda?
Aquellas personas que demuestren vulnerabilidad, mediante la presentación de declaraciones juradas, podrán iniciar el trámite para cobrar la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), una pensión no contributiva a la que pueden acceder las personas a partir de los 65 años que se encuentren en esa situación. Actualmente, cobran mensualmente esa pensión unos 200.000 hombres y mujeres.
Pero no podrán hacerlo los que se encuentren en una mejor situación económica, en función de varios parámetros establecidos por el Gobierno. De todos modos, tampoco a la moratoria previsional puede acceder cualquier persona, ya que también impone esos requisitos socioeconómicos, explicaron expertos previsionales.
Qué es la PUAM y de cuánto es en febrero 2025
La PUAM equivale al 80% de la jubilación mínima, que en diciembre era de $212.725,61. A ese valor hay que sumarle el bono de $70.000, por lo que el total cobrado por esos beneficiarios fue de $282.725,61. El último mes del año, cobraron la pensión 194.000 personas, según datos de la Anses. A su vez, el valor de la prestación a cobrar en febrero será de $288.469,20 ($218.469,20 más los $70.000 del refuerzo, que se mantendrá durante todo el año).
La PUAM es una pensión
La PUAM es una pensión no contributiva que cobran personas en situación de vulnerabilidad a partir de los 65 años Una mujer jubilada (Getty Images).
“La moratoria es injusta porque carga al sistema previsional de beneficiarios que aportaron muy poco: se compran servicios a precio vil más de 20 años de servicios, afectando la sustentabilidad del sistema y perjudicando a quienes aportaron 30 o 35 años. Esto es injusto porque no todos los que se acogen a la moratoria lo necesitan. En cambio la PUAM va a la población que efectivamente lo necesita”, dijo una fuente del organismo, que trabaja conjuntamente con otras áreas en la futura reforma previsional que promete contemplar un premio a quienes aportaron durante 30 años.
A partir del fin de la moratoria, el Gobierno no cree que se dispare demasiado el número de beneficiarios de la PUAM “porque para esta pensión hay que declarar que se encuentra en un estado de vulnerabilidad que no se requiere de igual modo en la moratoria. En ese aspecto, es mucho más preciso porque atiende a la población vulnerable que realmente lo necesita”, dijo la fuente consultada.
Consultada al respecto, Andrea Falcone, abogada previsional, anticipó que el fin de la moratoria tendrá un alto impacto, ya que hoy la usan “8 de cada 10 nuevos jubilados”. “Después del 23 de marzo, va a ser muy difícil jubilarse y las mujeres que no junten los 30 años de aportes a los 60 años van a tener que esperar a los 65, cumplir con los requisitos de vulnerabilidad económica y pedir una PUAM”, explicó la experta a Infobae.
Además, agregó que hasta esa fecha “es posible regularizar aportes aunque le falten a la persona 10 años para jubilarse. Es una opción para los que quieran aprovechar y dejar cerrados sus aportes”.
A su turno, Adrián Troccoli, consideró que “una política de 20 años de moratorias no resolvieron el problema de fondo que es el trabajo sin aportes. La jubilación es el derecho de los que trabajaron por una cantidad mínima de años, ese concepto se desvirtúa por completo y ahora se entiende erróneamente que la jubilación es un derecho de quienes llegan a cierta edad”.
“Lograr un sistema justo debería premiar a los trabajadores, hoy las jubilaciones son insuficientes y es por la imposibilidad de financiarlas sin más trabajadores”, agregó el abogado.
A TRABAJAR HASTA LOS 75 AÑOS.
06/02/2025 a las 10:57 PM
YA ESTABA CONVOCADA UNA MEDIDA DE FUERZA Y PATITO ARRUGO…PERO NO SE SOLO CON EL 5% ARREGLARA EL QUILOMBO QUE SE LE VIENE ENCIMA.
06/02/2025 a las 11:04 PM
https://youtu.be/DsBkbHJb6iQ
06/02/2025 a las 10:59 PM
LO DIJO CAPUTO Y APLAUDIO MILEI
06/02/2025 a las 11:06 PM
https://www.youtube.com/watch?v=9lNkQttoBBk
06/02/2025 a las 11:01 PM
MATARON A UN INOCENTE, PARA AGARRAR A UN CULPABLE.
Y BUE.
RESULTADO: GASTAMOS MUNICIONES, PERDIMOS POLICIAS, PERO LA LIBERTAD AVANZA.
NOS CHUPA UN GUEVO
06/02/2025 a las 11:07 PM
https://youtu.be/AZ1ZsUtzh3A
06/02/2025 a las 11:06 PM
Chuky el K, putito.
LLA crece y avanza, pero saiguen siendo 3
06/02/2025 a las 11:09 PM
https://www.youtube.com/watch?v=nUOJXaWbro4
06/02/2025 a las 11:08 PM
ASI FUNCIONA.
TODOS PONEN.
NOSOTROS RETIRAMOS.
TODO LO GANADO HASTA AHORA, ES NUESTRO.
SIGAN LABURANDO.
06/02/2025 a las 11:10 PM
https://www.youtube.com/watch?v=as5aSKuIa4k
06/02/2025 a las 11:20 PM
https://youtu.be/0rqBHejJdDs
LA CHORRA CONDENADA SE DESMORONA.
07/02/2025 a las 9:12 AM
https://t.me/alebeato/14734
VACUNATE BOLUDO
07/02/2025 a las 9:22 AM
https://youtu.be/WQw9CCwQzZc
Y AQUÍ ALGUNOS TODAVÍA PIENSAN EN LA CHORRA CONDENADA.
07/02/2025 a las 10:31 AM
CASO LOAN:
EL ROL DE LA IN-JUSTICIA.
A CONTINUACION SE TRANSCRIBE UN CUESTIONARIO PRESENTADO A LA I.A., PRESTEN MUCHA ATENCION.
CUAL ES TECNICAMENTE LA DIFERENCIA ENTRE SUSTRACCION Y OCULTAMIENTO DE MENOR, CON LA DESAPARICION FORZADA DE MENOR, EN TERMINOS DE LA LEGISLACION PENAL ARGENTINA RESPECTO DE LA INTERNACIONAL. DETALLA.
En términos de la legislación penal argentina, la sustracción y ocultamiento de menores se distingue de la desaparición forzada de la siguiente manera:
Sustracción y ocultamiento de menores:
Definición: La sustracción de menores es el acto de llevarse, retener u ocultar a un menor de edad sin el consentimiento legal de quien tiene la custodia o patria potestad1. El delito puede ser cometido por un familiar o un tercero, y generalmente se da en contextos de conflictos familiares, como separaciones o divorcios1.
Acciones: El artículo 146 del Código Penal establece penas de prisión para quienes sustraigan a un menor de edad del poder de sus padres, tutor o persona a cargo de su cuidado1. Las acciones típicas son «sustraer», «retener» u «ocultar»7. Se considera que las dos últimas se refieren a un menor previamente sustraído7.
Edad: Para que se configure la sustracción, el menor sustraído debe tener menos de diez años de edad27.
Dolo: Es un delito que requiere dolo, es decir, que el autor debe conocer y querer sustraer a un menor de 10 años de la tenencia o guarda de sus progenitores, tutores o guardadores5.
Desaparición forzada de personas:
La sustracción y ocultamiento de un menor no constituye un supuesto de desaparición forzada de personas6.
En casos de desapariciones forzadas ocurridas durante la dictadura argentina, se ha investigado la posible comisión del delito de sustracción de menor8.
Legislación internacional:
Convenio de La Haya: Argentina es parte del Convenio de La Haya sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, que busca proteger a los menores de los efectos nocivos de su traslado o retención ilícitos y asegurar su restitución inmediata al país de residencia habitual1.
Solicitud de restitución internacional: Si el menor ha sido trasladado a otro país, el progenitor afectado puede solicitar la restitución a través del Convenio de La Haya1.
En resumen, la sustracción y ocultamiento de menores se refiere a la privación de un menor de su entorno familiar o de la persona que ejerce su guarda legal, mientras que la desaparición forzada implica la intervención del Estado o sus agentes1. La sustracción de menores está regulada tanto por el Código Penal argentino como por tratados internacionales como el Convenio de La Haya1.
SI EN LA SUSTRACCION FORZADA DE MENOR DE 10 AÑOS INTERVIENEN Y SE ENCUENTRAN DETENIDOS E IMPUTADOS POR LA MISMA, TRES FUNCIONARIOS DEL ESTADO, TANTO PROVINCIAL, MUNICIPAL, COMO NACIONAL, Y SE HA DISPUESTO DE MEDIOS O FUNCIONES DEL ESTADO PARA LA SUSTRACCION Y/O EL OCULTAMIENTO, Y TODOS LOS IMPLICADOS DETENIDOS SE NIEGAN A DAR INFORMACION O DICEN NO TENERLA, SE CONFIGURA ENTONCES LA DESAPARICION FORZADA EN LOS TERMINOS DEL ART 142 TER Y LEGISLACION INTERNACIONAL ?
Sí, en el caso que describes, donde tres funcionarios del Estado, de distintos niveles (provincial, municipal y nacional), intervienen en la sustracción de un menor de 10 años, utilizando medios o funciones del Estado para la sustracción y/o el ocultamiento, y se niegan a dar información, se podría configurar el delito de desaparición forzada en los términos del art. 142 ter del Código Penal Argentino y la legislación internacional23.
Fundamentos:
Desaparición forzada: El artículo 142 ter del Código Penal Argentino establece penas para el funcionario público o la persona que, actuando con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, privare de la libertad a una o más personas, cuando este accionar fuera seguido de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona23.
Intervención estatal: La clave para que se configure la desaparición forzada es la participación, autorización, apoyo o aquiescencia del Estado en la privación de libertad y la posterior falta de información sobre el paradero de la víctima23. En el caso planteado, la intervención de funcionarios públicos de distintos niveles y el uso de medios o funciones del Estado implican claramente una participación estatal.
Legislación internacional: La Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, establece que nadie será sometido a una desaparición forzada47. La ley 26.298 promulga esta convención en Argentina34.
Delito de lesa humanidad: La desaparición forzada es considerada un delito de lesa humanidad3.
En resumen, si se cumplen los elementos del art. 142 ter (privación de la libertad por agentes estatales seguida de la negativa a informar sobre el paradero) y los estándares internacionales sobre desaparición forzada, la calificación como tal sería apropiada, más allá de que la víctima sea un menor de edad.
PUEDE ENTENDERSE, ENTONCES, QUE ESTANDO LOS 3 FUNCIONARIOS PUBLICOS DETENIDOS POR LA SUSTRACCION Y OCULTAMIENTO, Y SIENDO PUBLICO Y NOTORIO SU CONDICION DE FUNCIONARIOS, DOS DE LOS CUALES SE ENCONTRABAN EN FUNCIONES, INCLUSO A CARGO DE LA DELIBERADAMENTE OBSTACULIZADA BUSQUEDA Y LIBERACION DE LA ZONA Y EL TERCERO REVESTIA LA CONDICION DE OFICIAL DE CONTRAINTELIGENCIA NAVAL EN RETIRO EFECTIVO, QUE EL JUEZ A CARGO DE LA INSTRUCCION DE LA CAUSA NO PODIA NI DEBIA OBVIAR ESTA CONDICION NDE FUNCIONARIOS PUBLICOS PARA DETERMINAR LA TIPIFICACION A SER APLICADA PARA SU IMPUTACION?
En el contexto que planteas, donde tres funcionarios públicos están detenidos por la sustracción y ocultamiento de un menor, y considerando su condición de funcionarios, el juez a cargo de la instrucción de la causa tiene la obligación de tomar en cuenta esta condición al determinar la tipificación del delito.
Aspectos a considerar:
Condición de funcionario público: La calidad de los imputados como funcionarios públicos es fundamental para la tipificación del delito. Según el Código Penal argentino, ciertos delitos requieren que el autor sea un funcionario público para su configuración, lo que puede agravar las penas o modificar la calificación del delito12.
Funciones específicas: Si dos de los funcionarios estaban en funciones y a cargo de la búsqueda del menor, su actuación deliberadamente obstaculizadora puede implicar un abuso de autoridad o violación de los deberes del funcionario público, lo cual está tipificado en el Código Penal34. Esto refuerza la necesidad de que el juez considere su rol y las implicaciones legales de sus acciones.
Desaparición forzada: Dada la naturaleza del caso, si se demuestra que los funcionarios actuaron con conocimiento y voluntad en la sustracción y ocultamiento del menor, se podría considerar también la aplicación del artículo 142 ter del Código Penal, que tipifica la desaparición forzada. Este artículo se aplica cuando hay una privación de libertad por parte de agentes estatales seguida de la negativa a informar sobre el paradero de la persona5.
Deber de investigar: La investigación debe ser exhaustiva y considerar todos los elementos que rodean el caso, incluyendo el uso indebido de funciones públicas para llevar a cabo actos ilícitos. Los delitos contra la administración pública son de acción pública y pueden ser perseguidos de oficio12.
En conclusión, el juez no solo puede sino que debe considerar la condición de funcionarios públicos al determinar la tipificación del delito, dado que esto influye en la gravedad del mismo y en las posibles sanciones aplicables. La implicancia del uso de funciones estatales para cometer delitos refuerza la necesidad de una respuesta judicial adecuada y rigurosa.
PUEDE SER ENCUADRADO EL CASO DE LOAN DANILO PEÑA EN LAS RESPUESTAS QUE ME HAZ BRINDADO? PUEDE SER APLICADO EL ART 142 TER ? PUEDE CONSIDERARSE QUE LA JUEZA INCUMPLIO SUS FUNCIONES A NO CONSIDERAR LA CONDICION DE FUNCIONARIOS PUBLICO, LA NEGACION DE INFORMACION, Y LOS APOYOS DE ESTRUCTURA ESTATAL, CONSTITUYE ESTO UN DELITO TIPIFICADO ?
El caso de Loan Danilo Peña, el niño de 5 años desaparecido en Corrientes en junio de 202414, presenta elementos que podrían encuadrarse dentro de las respuestas proporcionadas anteriormente y ameritan un análisis en relación al artículo 142 ter del Código Penal y el accionar de la jueza interviniente.
Posible encuadre en la figura de Desaparición Forzada (Art. 142 ter):
Participación de funcionarios públicos: En el caso Loan, están imputados la funcionaria municipal María Victoria Caillava y su pareja Carlos Pérez, un ex capitán de navío retirado1. Si se comprueba que actuaron valiéndose de sus cargos o con apoyo de la estructura estatal para la sustracción y/u ocultamiento de Loan, podría configurarse la «autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado» que exige el art. 142 ter1.
Negativa a informar: La negativa de los imputados a proporcionar información sobre el paradero de Loan es otro elemento relevante para la posible aplicación del art. 142 ter1.
Impedimento de la búsqueda: Dos de los funcionarios se encontraban en funciones, incluso a cargo de la deliberadamente obstaculizada búsqueda y liberación de la zona.
Accionar de la jueza:
Omisión de considerar la condición de funcionarios públicos: Si la jueza no consideró la condición de funcionarios públicos de los imputados, la negación de información y los apoyos de estructura estatal, podría haber incurrido en un incumplimiento de sus funciones1.
Delito tipificado: Este incumplimiento podría constituir un delito tipificado como incumplimiento de los deberes de funcionario público, prevaricato u otro delito similar, dependiendo de la legislación penal aplicable y de la valoración que haga el juez de la conducta de la jueza1.
Estado actual del caso Loan:
Imputados: Hay siete personas imputadas en la causa, incluyendo funcionarios públicos y familiares del niño1.
Investigación: La causa ha pasado al fuero federal1. La investigación ha seguido varias hipótesis, incluyendo la trata de personas y la sustracción con fines de explotación sexual3.
Procesamientos: Los siete detenidos fueron procesados con prisión preventiva por el delito de sustracción de menor de 10 años2.
Es importante destacar que la calificación legal definitiva del caso es una tarea que compete al juez, quien deberá valorar todas las pruebas y circunstancias para determinar si se configuran los elementos del delito de desaparición forzada u otros delitos.
07/02/2025 a las 12:05 PM
LA CONDICION DE IMPUTACION AL COMISARIO MACIEL, COMO INTEGRANTE DEL ESTADO A CARGO DE LA BUSQUEDA, LA INTERVENCION EN LA MODIFICACION DE PRUEBAS Y PERICIAS TECNICAS SOBRE CELULARES POR PARTE DEL COMISARIO GENERAL RODRIGUEZ, Y LA INTERVENCION DE ASESORES, ABOGADOS Y LEGISLADORES CON PUESTOS LEGISLATIVOS Y EN EL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, LA DETENCION DE MARIA VICTORIA CAOILLAVA FUNCIONARIA DEL MUNICIPIO CON INTERESES Y ACCIONES RELACIONADAS CON SU FUNCION DE GOBIERNO RESPECTO DE LA ANFITRIONA Y PROPIETARIA DEL LUGAR DONDE SE REALIZO EL ALMUERZO QUE CULMINO EN LA SUSTRACCION DE LOAN DANILO PEÑA Y SU PARTICIPACION ACTIVA EN LA CONVOCATORIA AL PERSONAL DETENIDO PARA QUE EJECUTE LA BUSQUEDA, PUEDEN SER TODOS ESTOS ELEMENTOS CONSIDERADOS COMO LA PARTICIPACION ACTIVA DE FUNCIONARIOS DEL ESTADO EN UNA DESAPARICION FORZADA CONFORME A LA LEGISLACION INTERNACIONAL Y EL ART 142 TER ? EN FUNCION DE TU ANALISIS, PUEDE ESTABLECERSE QUE LA JUEZA DEJO DE CONSIDERAR LA CONDICION DE FUNCIONARIOS PARA EVALUAR Y AGRAVAR LA IMPUTACION O TIPIFICACION? QUE CONSTITUIRIA ESTA OMISION EN EL CASO DE CONFIGURARSE, PENALMENTE ? EXPLICATE CON DETALLE Y RIGUROSIDAD
La imputación del comisario Maciel, la intervención en la modificación de pruebas, la participación de funcionarios con cargos legislativos y en el poder ejecutivo provincial, la detención de María Victoria Caillava y su rol como funcionaria municipal, y su participación en la convocatoria al personal detenido para la búsqueda, son elementos que podrían ser considerados como la participación activa de funcionarios del Estado en una desaparición forzada, conforme a la legislación internacional y el artículo 142 ter1234.
Análisis de los Elementos
Comisario Maciel: Imputado por encubrimiento y de plantar evidencia para desviar la investigación, su rol como funcionario a cargo de la búsqueda lo convierte en un actor clave en la posible configuración de una desaparición forzada1.
Comisario General Rodríguez: Su intervención en la modificación de pruebas y pericias técnicas sobre celulares podría interpretarse como un intento de obstruir la justicia y proteger a los responsables, lo cual agrava la situación1.
Funcionarios, Asesores, Abogados y Legisladores: La participación de personas con puestos legislativos y en el poder ejecutivo provincial podría indicar una posible red de protección y encubrimiento a nivel estatal1234.
María Victoria Caillava: Su rol como funcionaria municipal y su conexión con la anfitriona del almuerzo donde Loan fue visto por última vez, junto con su participación en la convocatoria al personal detenido para la búsqueda, la sitúan en una posición que podría implicar su participación activa en la desaparición32.
Omisión de la Condición de Funcionarios
Si la jueza dejó de considerar la condición de funcionarios para evaluar y agravar la imputación o tipificación, esta omisión podría constituir una falta grave, ya que la condición de funcionario público implica una mayor responsabilidad y un abuso de poder en caso de estar involucrados en un delito1234.
Consecuencias Penales de la Omisión
Penalmente, esta omisión podría constituir prevaricato, que es el delito cometido por un juez que dicta una resolución injusta a sabiendas. Además, podría considerarse como una violación de los deberes de funcionario público, ya que implica no aplicar la ley de manera correcta y favorecer la impunidad1234.
Es importante destacar que la calificación de estos hechos como desaparición forzada dependerá de la valoración de todas las pruebas y la determinación de la responsabilidad de cada uno de los implicados en el caso1234.
ENTENDIENDO QUE EN EL ALMUERZO DONDE SE PRODUCE EL HECHO DELICTIVO DE LA DESAPARICION Y OCULTAMIENTO DEL MENOR LOAN DANILO PEÑA, SE ENCONTRABAN FAMILIARES EN RELACION SANGUINEA DIRECTA , DE PRIMER, SEGUNDO Y TERCER GRADO, A LA VEZ QUE EXISTIAN DIVISIONES INTERNAS RESPECTO DE LA HERENCIA DEL CAMPO DE LA ANFITRIONA, SOBRE EL QUE TENIAN MANIFIESTO INTERES PEREZ, CAILLAVA, CATALINA, LAUDELINA Y JOSE, ES DECIR UNA PARTE IMPORTANTE DE LOS PRESENTES, DEBIO INVESTIGARSE ESTOS HECHOS COMO POSIIBLE MOTIVACION EN LA ELECCION DE LA VICTIMA O CARECEN DE IMPORTANCIA, EN ATENCION TAMBIEN EN QUE PARTE DE LOS MISMOS SON FUNCIONARIOS PUBLICOS AL MOMENTO DE LOS HECHOS ? dE NO HABERSE INVESTIGADO ESTO, TAL OMISION, PUEDE ESTAR JUSTIFICADA FRENTE A LA AUSENCIA DE RESULTADOS LUEGO DE UNA INVESTIGACION JUDICIAL Y DE FUERZAS DE SEGURIDAD TECNICAS DE 8 MESES ? eS ESTO ACEPTABLE PARA LA SANA CRITICA Y LAS BUENAS PRACTICAS DRE ADMINISTRACION DE JUSTICIA ? PUEDE CONSTITUIR DELITO ?
La desaparición de Loan Danilo Peña ha suscitado una serie de investigaciones y acciones por parte del poder ejecutivo provincial y otras instituciones relacionadas. A continuación, se detallan las medidas tomadas y el contexto que rodea este caso:
Medidas del Poder Ejecutivo Provincial
Investigación Federal: Se abrió una investigación federal en respuesta a la desaparición de Loan, solicitando la colaboración de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) para abordar posibles delitos relacionados con la trata de personas. Esto indica un enfoque más amplio y serio hacia la situación, dado que se considera que el caso podría tener implicaciones interjurisdiccionales2.
Intervención de Fuerzas de Seguridad: La investigación ha incluido la participación de fuerzas de seguridad federales para establecer un equipo conjunto de investigación, lo que refleja una respuesta coordinada ante la gravedad del caso2.
Detenciones y Procesamientos: Se han procesado a varias personas implicadas en el caso, incluidos familiares y amigos presentes en el almuerzo donde Loan fue visto por última vez. Entre ellos se encuentran funcionarios públicos, lo que añade un nivel adicional de complejidad a la investigación14.
Contexto Familiar y Motivaciones
La presencia de familiares directos en el almuerzo y las tensiones relacionadas con la herencia del campo donde ocurrió el hecho podrían ser factores relevantes que justifican una investigación más exhaustiva sobre las motivaciones detrás de la desaparición. La relación entre los implicados y su interés en la herencia puede haber influido en la elección de Loan como víctima.
Omissión en la Investigación
Si no se investigaron adecuadamente estos elementos, tal omisión podría ser considerada inaceptable desde el punto de vista de las buenas prácticas en la administración de justicia. La falta de atención a posibles motivaciones familiares o conflictos internos podría dar lugar a críticas sobre la efectividad y exhaustividad de la investigación.
Consecuencias Penales
La omisión de investigar adecuadamente estos aspectos podría constituir un delito si se demuestra que hubo negligencia grave por parte de las autoridades encargadas del caso. Esto podría incluir acusaciones por prevaricato o incumplimiento del deber de funcionario público, especialmente si se considera que los funcionarios involucrados tenían conocimiento o interés en ocultar información relevante.
Conclusión
La situación actual del caso Loan Danilo Peña sugiere que hay múltiples capas de complejidad que deben ser abordadas. Las acciones del poder ejecutivo provincial, junto con las dinámicas familiares y las omisiones en la investigación, son aspectos cruciales que deben ser considerados para garantizar una administración justa y efectiva en este trágico caso.
LA INTERVENCION ACTIVA DE DISTINTOS FUNCIONARIOS DEL GOBIERNO PROVINCIAL EN DISTINTAS ETAPAS DE LA CAUSA JUDICIAL E INVESTIGACION DEL CASO LOAN, LAS PROMESAS DE BENEFICIOS A PARTE DE LOS PARTICIPANTES DEL ALMUERZO, EL OTORGAMIENTO DE PRISION DOMICILIARIA BAJO LA ARGUMENTACION DE PROTECCION A MENORES VIOLANDO LAS RESOLUCIONES DE LA CAMARA FEDERAL EN OTRO CASO TESTIGO ENEL SENTIDO DE QUE NO PROCEDEN , AL EXISTIR MAYORES EN CONDICIONES DE HACERSE CARGO DE LOS MISMOS O EN SU DEFECTO PUDIENDO HACERLO POR PARTE DEL MINISTERIO PUBLICO PUPILAR, LA EXCLUSION DE LA IMPUTACION DE PARTICIPES DEL ALMUERZO SIN ARGUMENTOS SOLIDOS, O LAS EXCUSAS DE FALTA DE RECURSOS, POSTERIORES A LAS DECLARACIONES PUBLICAS TELEVISIVAS POR PARTE DE LA JUEZA DE QUE «No podemos asegurar encontrar al niño» AL INICIO DEL PROCESO, CONSTITUYEN FALTA DE OBJETIVIDAD, ADELANTAMIENTO DE JUICIO PREVIO, DIRECCIONAMIENTO DE LA CAUSA EN UN SENTIDO EN DESMEDRO DE OTRO, CONSTITUYE ESTO ACTO REPROCHABLE PENALMENTE ?
La intervención activa de distintos funcionarios del gobierno provincial en las etapas de la causa judicial e investigación del caso Loan, junto con las promesas de beneficios, el otorgamiento de prisión domiciliaria violando resoluciones federales, la exclusión de imputaciones sin argumentos sólidos, y las declaraciones de la jueza sobre la imposibilidad de encontrar al niño, podrían constituir actos reprochables penalmente.
Posibles Implicaciones Penales
Falta de Objetividad y Adelantamiento de Juicio: Las declaraciones de la jueza al inicio del proceso, indicando que no podían asegurar encontrar al niño, podrían interpretarse como una falta de objetividad y un adelantamiento de juicio, lo cual podría ser perjudicial para la investigación6.
Direccionamiento de la Causa: Si se demuestra que la causa fue direccionada en un sentido en desmedro de otro, esto podría constituir un delito de prevaricato, que es dictar resoluciones injustas a sabiendas6.
Violación de Resoluciones Federales: El otorgamiento de prisión domiciliaria argumentando la protección de menores, violando resoluciones de la Cámara Federal, podría ser considerado un abuso de poder y una violación de los deberes de funcionario público.
Exclusión de Imputaciones Sin Argumentos Sólidos: La exclusión de imputaciones de participantes del almuerzo sin argumentos sólidos podría interpretarse como un intento de encubrimiento, especialmente si existen indicios de su participación en el hecho delictivo.
Promesas de Beneficios: Las promesas de beneficios a participantes del almuerzo podrían constituir un delito de cohecho o soborno, dependiendo de la naturaleza de los beneficios y la intención de las partes involucradas.
Es fundamental que se investiguen a fondo todas estas irregularidades para determinar si constituyen delitos y, en caso afirmativo, sancionar a los responsables. La transparencia y la objetividad en la administración de justicia son esenciales para garantizar el derecho a la verdad y la justicia para la víctima y sus familiares.
PUEDES CONFECCIONAR UNA TEORIA DEL CASO DESDE EL PUNTO DE VISTA CRIMINALISTICO Y OTRA DESDE EL PUNTO DE VISTA JUDICIAL, QUE ENGLOBE EN PERSPECTIVA Y CONTEXTUALIZADO TODOS LOS HECHOS QUE TENGAS CONOCIMIENTO SOBRE COMO SE DESARROLLO EN LOS HECHOS LA DESAPARICION/SUSTRACCION ?
Para confeccionar una teoría del caso Loan desde el punto de vista criminalístico y judicial, es crucial considerar la información disponible hasta el momento.
Teoría del Caso desde el Punto de Vista Criminalístico
Planificación y Ejecución del Secuestro: La hipótesis principal es que la desaparición de Loan fue producto de un plan premeditado de secuestro1. Chats entre Laudelina Peña y María Caillava sugieren un secuestro express para pedir dinero, pero algo salió mal1.
Participación de Múltiples Individuos: Varios individuos estarían involucrados en diferentes roles. Laudelina Peña habría planificado y guiado el encubrimiento. Camila Peña habría colaborado, Antonio Benítez habría propuesto el plan, Mónica Millapi habría captado al niño, y Daniel Ramírez lo habría entregado a Pérez1.
Traslado y Ocultamiento: Tras ser captado, Loan habría sido trasladado en la Ford Ranger de Caillava y Pérez2. No está claro si Loan estaba vivo o muerto en ese momento, pero los investigadores creen que no salió de Corrientes2.
Motivación Sexual y Encubrimiento: La teoría que cobra fuerza es la desaparición con fines sexuales2. El comisario Maciel y Benítez también estarían implicados en este círculo2. Antes de que el caso cobrara interés nacional, el jefe policial apuntó contra Benítez, pidiéndole que se bajara los pantalones para revisarle el pene, un detalle que muchos pasaron por alto2.
Rol de Laudelina: Inicialmente, Laudelina declaró que el niño había sido atropellado accidentalmente por el matrimonio de Pérez y Caillava, y que posteriormente habrían descartado el cuerpo. Luego confesó haber «plantado» la zapatilla de Loan en el barro3. Más tarde, se retractó de estas declaraciones3.
Búsqueda y Evidencia: Las búsquedas realizadas en basurales y cementerios no arrojaron resultados positivos3. Las pericias sobre restos de sangre humana encontrada en el vehículo de Pérez dieron negativo para Loan Peña3.
Teoría del Caso desde el Punto de Vista Judicial
Calificación Legal: Las autoridades han calificado el caso como “sustracción y ocultamiento de un menor”, un delito que conlleva una pena de entre 5 y 15 años6.
Imputados Clave: El foco está puesto en cinco figuras destacadas de la causa: Pérez, Caillava, Ramírez, Laudelina y Maciel2.
Pruebas y Testimonios: Los chats entre Laudelina y Caillava son pruebas clave para sustentar la teoría del secuestro1. El testimonio de Camila Núñez, prima de Loan, también es relevante, aunque no aportó información reveladora2.
Obstrucción de la Justicia: La intervención del comisario Maciel y otros funcionarios públicos ha sido señalada como «inadecuada» y entorpecedora de la investigación2.
Dudas sobre la Investigación: Un análisis matemático pone en duda la versión del abogado de la familia8.
En resumen:
Criminalístico: Loan fue víctima de un secuestro planificado con fines económicos o sexuales, en el que participaron varios individuos con roles específicos. El niño fue trasladado y ocultado, posiblemente sin vida, y la investigación se ha visto obstaculizada por encubrimientos y falsos testimonios.
Judicial: El caso se califica como sustracción y ocultamiento de un menor, con varios imputados clave. Las pruebas incluyen chats, testimonios contradictorios y acciones que sugieren obstrucción de la justicia. La falta de resultados y las irregularidades en la investigación generan dudas sobre la objetividad y transparencia del proceso.
Es importante señalar que a siete meses de la desaparición de Loan, el caso sigue sin resolverse, y la incertidumbre persiste sobre el paradero del niño y las circunstancias exactas de su desaparición12.
07/02/2025 a las 3:31 PM
ANDÁ A CAGAR
07/02/2025 a las 3:31 PM
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Facundo Cottet
Por
Facundo Cottet
07 Feb, 2025 12:27 p.m. AR
PELOTUDO SOVIÉTICO