Por Edgardo Civit Evans.-
“La verdad es la única realidad” (Aristóteles).
Conforme promesas electorales, esperábamos una ley superadora para los jubilados y pensionados. La mayoría seguiremos cobrando lo mismo, con remuneraciones bajo la línea de pobreza e indigna subsistencia.
No hay aumentos para el 75% de los jubilados. Menos aún, el anhelado 82% móvil.
Aun cuando la adhesión es voluntaria, no respeta principios jurídicos. Comprende a menos del 30% de jubilados.
Es discriminatoria e inconstitucional. Está dirigida sólo a quienes tienen sentencia firme (50.000 casos); están en juicio (350.000); o con posibilidades de iniciarlo (1.800.000). Únicamente pretende disminuir la alta y costosa litigiosidad que enfrenta Anses como consecuencia de menoscabar durante décadas los derechos de los adultos mayores con apelaciones y recursos que incrementaron los montos (hasta el daño moral, caso Lohle).
Pretenden que los titulares de beneficios averigüen si están incluidos. Provocarán nueva desilusión en quienes no estén contemplados; o estándolo, no guarde adecuada reparación del daño sufrido durante años. Esperan llevar a tribunales a firmar acuerdos a 2.000.000 de jubilados, cuando les son perjudiciales, y difícilmente se paguen en breve plazo.
Es inconstitucional. El artículo 14 bis dispone que la seguridad social es un derecho vinculado al salario y su movilidad, conforme fallos de la Corte Suprema de Justicia en los casos Bercaitz, Sánchez, Badaro I, Badaro II, Eliff, Betancourt, etc.
El Estado debe garantizar ese beneficio con carácter integral e irrenunciable. Transacciones sobre derechos de orden público están prohibidos y pueden ser tachados de inconstitucionales, y absolutamente nulos.
Vulnera derechos exigibles por acuerdos internacionales suscriptos por Argentina (Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Protocolo de San Salvador).
La jubilación debe regirse por la proporcionalidad entre ella y el salario en actividad; y por el carácter sustitutivo en relación con la que percibe el trabajador en actividad. Los aportes y contribuciones son salarios diferidos que le pertenecen (Corte Suprema de Justicia).
Ofrece una transacción en situación de desigualdad y aprovechamiento que vulnera el principio de igualdad del artículo 16 de la Constitución Nacional, y tratados firmados por Argentina. No es lo mismo el Estado, que un jubilado en situación de necesidad, avanzada edad, en muchos casos en delicado estado de salud, y además harto de años de litigio.
Establece tres categorías de supuestos beneficiarios para celebrar el acuerdo ante la Justicia:
- Quienes tienen sentencia judicial firme: les propone abonar diferencias devengadas desde los 2 años previos a la notificación de la demanda. Les cercena derechos adquiridos; pone en riesgo el acceso efectivo de la justicia, vulnerando el art. 18 de la Constitución Nacional y los artículos 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que garantizan la tutela judicial hasta el efectivo cumplimiento de las sentencias judiciales firmes. Violenta el principio de “cosa juzgada”. El art. 1.644 del nuevo Código Civil y Comercial prohíbe la transacción sobre derechos en que esté comprometido el orden público o sobre derechos irrenunciables. Anses debería acatar los fallos de la Corte.
- Quienes están con juicio iniciado que no tengan sentencia judicial firme: se promete abonar las diferencias devengadas desde los 2 años previos a la notificación de la demanda y hasta un máximo de 4 años de retroactivo, aunque lleve 15 años litigando debido a las sistemáticas apelaciones de Anses. Una vergüenza por donde se mire. Se cancelará el 50% en una cuota, y el restante en cuotas trimestrales.
- A quienes no hicieron juicio antes del 30/5/16 (pero podrían hacerlo) se ofrece reajustar el haber, promedio el 35%. Deducirán el impuesto a las ganancias (35%) del retroactivo.
Desconocen fallos de la Corte Suprema al modificar los índices de actualización establecidos en el caso “Eliff”, beneficiarios de la ley 24.241, que padecerán quitas del 20 al 70%, alterando montos reconocidos por los jueces.
No respetan las fechas de reclamos administrativos ante Anses, fijando como válida la de notificación de la demanda. Se violenta con efecto retroactivo el proceso administrativo instaurado por Anses. Se efectúa una quita en el retroactivo que tiene sentencia firme. Otra alteración de “cosa juzgada”.
Viola el derecho de propiedad (Art. 17º CN) por ser confiscatorio, conforme sentencia de la Corte (fallo “Actis Caporale”), al aplicar tope del haber máximo jubilatorio para el reajuste de haberes.
Desconoce que el dinero del Fondo de Garantía y Sustentabilidad no es del Estado, sino de todos los jubilados, porque viene de aportes efectuados a las AFJP. Tiene $ 750.000 millones (debería ser el doble). Autoriza su uso y activos para otros fines, incluso en el exterior.
Forma una Comisión de Control y Prevención de Litigiosidad y un Consejo de Sustentabilidad Provisional, en el Ministerio de Trabajo, con representantes del Estado y uno por trabajadores activos.
Ninguna participación de los jubilados en el control de sus dineros.
Crea un sistema de pensión universal equivalente al 80% del haber mínimo, que es pensión vitalicia, no contributiva, que no da derecho a pensión ante el fallecimiento del titular.
Ratifica la devolución del 15% de la coparticipación federal que aportaban las provincias. El Estado compromete un préstamo con dinero de jubilados a través del Fondo de Garantía.
Asume el déficit de 13 cajas previsionales que deben “armonizar” su sistema jubilatorio con el nacional. Probablemente eliminen los regímenes que contemplan el pago del 82% móvil en las provincias que hoy lo efectúan. La provincia de Santa Fe decidió no aceptarlo.
No habrá reparaciones sino quitas, y desistimiento de acciones.
Inexplicable que el Congreso que votó el 82% móvil ahora apoye esta ley que solo intenta terminar los juicios contra Anses, afectando derechos constitucionales de los jubilados. ¿Se respetó la mayoría necesaria al momento del voto de esta ley ómnibus?
Los abogados de los jubilados deberán evaluar la conveniencia o no de proseguir las acciones judiciales, dependiendo de cada caso, y del estado de avance del proceso.
A todos, con sentencia firme o no, les sacarán un importante porcentaje del monto que jurisprudencialmente les corresponde. Sin aumentos para al 75% de jubilados y pensionados incrementarán la pobreza.
No estamos ante una ley de reparación sino de “desilusión histórica”.Otra inequidad a corregir por la Justicia. (Los Andes)
10/08/2016 a las 4:33 PM
esto fue un gancho para que en el congreso les aprobaran el blanqueo. cuando entras en el anses la mayoria de los jubilados y pensionados no tienen diferencias a su favor
10/08/2016 a las 4:43 PM
Hace rato que al estado no le interesa la constitución nacional, la usaron de papel higiénico, imagínese como deben de pensar de los ciudadanos.
10/08/2016 a las 7:27 PM
AL LOS GOBIERNOS PERONISTAS,RADICALES Y AHORA CAMBIEMOS NO LES INTERESA LO MAS MINIMO LA VIDA DE LOS JUBILADOS. ES UN INSULTO Y UNA ABERRACION QUE EL 70% VAYA A COBRAR 5700 POR MES
VERGUENZA DEBERIÁN TENER
11/08/2016 a las 12:29 AM
Entonces antes que sea tarde sería bueno que usted que siempre apoyó a los jubilados,incluso a ciudadanos en Mendoza que por necesidad por el terremoto se metieron en épocas del gobernador LLAVER con el plan sismo con el banco hipotecario que mataron a miles de personas con sus cuotas actualizadas sistema francés y que nunca se terminaban de cancelar, en conjunto con grupos de jóvenes aunque no sean de su línea de pensamiento, salgan a la calle aunque estando este payaso de MACRI a quienes muchos lo eligieron no le importará en lo más mínimo,para qué por lo menos en próximas elecciones legislativas no obtengan mayoría,porque sino ahí ,agarrénsen, y como las viejitas de recoleta ahora no le hacen cacerolazos, más vale que la clase media y pobre se movilize,porque a RADIO MITRE y a otros medios no les calienta y disimulan las cagadas de este gobierno,usted bien lo sabe por los noticieros de su provincia que se hacen los giles y les colorean las noticias de este gobierno.Suerte y aunque los jubilados no están para salir a la calle,por su salud,por los riesgos,sería bueno mostrar al mundo y los PEREJILES DE CIUDADANOS ARGENTINOS que se creían que con este ridículo presidente ibamos a estar mejor, sólo tuvo la suerte que le pusieran como contrincante a otro delicuente más chanta que EL, como SCIOLI, y de qué no había nadie más o menos decente, había algunos mejores o uno mejor, sin experiencia,muy joven,y asustaba sus ideas, por eso maestros, clase media, empleados públicos,etc,incluso todos aquellos que entraron en la era de los Kirschner votaron a MACRI, siempre le pasó lo mismo al peronismo y el pueblo volvió a votar a integrantes del partido radical, que siempre demostraron ser ineptos para gobernar,en fin, tal vez el SAPO PEPE se presente y gane y gobierne mejor,porque esperar el segundo semestre es de GILES
11/08/2016 a las 1:43 AM
Es exacta la descripción hecha en el artículo, agregaría que además de ser inconstitucional al pisotear el artículo 17 de la CN, es mucho peor por cuanto aplasta el artículo 29 de la misma lo que es mucho mas grave, pues involucra al Congreso Nacional, artífice de la aprobación de esta nueva ley.
El haber jubilatorio y todos sus aportes son de los Jubilados, son su FORTUNA, transcribo entonces: «El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria».
Como se ve la vida el honor o la fortuna de los jubilados ha querido ser puesta a disposición de la ANSES a través del poder otorgado al Ejecutivo.
Me gustaría saber si algún Juez, o alguien del Poder Judicial, se anima a ponerle el cascabel al gato.
Sería muy bueno ver que quienes firmaron o consintieron esta aberración fueran a la cárcel.
Hay jubilaciones de privilegios que se cobran dólares, de ahí se pueden recuperar los fondos para la ANSES, además de otras posibilidades ampliamente conocidas.
No tiene objeto preocuparse por las próximas elecciones pues todo seguirá igual o lo que es muy probable… MUCHO PEOR.
11/08/2016 a las 6:45 AM
Este » plan de reparacion historica » es el » plan del cuento historico »
Los que impusieron el 82% del salario que ocupaba su reemplazo, fueron los milicos despues del 1955, el que termino quitando todo fué el Peron del 73/75.
El desastre en la aplicación de los calculos fueron los K.
El que siempre es humillado es el jubilado.
Hoy se habla del 82% movil (que fuera vetado por la reina batata ) y hablan del salario minimo vital y movil. Que esta garantizado por la CN y es un mamarracho historico.
Macri estuvo excelente con el tema retenciones al bajarlas, y quitarlas a otros, estuvo excelente en sacar el cepo cambiario, y estuvo excelente en terminar el tema con los hold outs.
Pero estuvo MUY MAL dandoles pasto a las fieras en la aplicacion de las nuevas tarifas, al no hacerlas escalonadas, mirando al que menos tiene.
Y con este tema, la gran alegria que me dio cuando hablo a los jubilados, ha quedado como UN CUENTERO de cuarta.
Macri queda mal parado, como cuando hablo de estar en camiseta y en patas, lenguaje propio de un bostero en la cancha, no de un presidente.
Y lamentablemente se ha rfeido de los jubilados.
Yo hace 6 años estoy en juicio, y seguire peleando, y si me muero antes, alguno de mis hijos o nietos lo cobrará, y espero le de buen destino. Pero no regalare nada al Estado usurpador, y aprovechador de circunstancias, que ademas es a mi entender anti constitucional.
11/08/2016 a las 9:54 AM
Felicito al Dr. Civit Evans por esta calra y justa nota y a El Infiormador por publicarla.
11/08/2016 a las 11:14 AM
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11/08/2016 a las 6:11 PM
Felicito al Dr Civit Evans por la nota y el título de la misma que refleja los sentimientos de los ciudadanos frente, una vez más, a la desaprensiva arbitrariedad con que se manejan nuestros representantes en el manejo no sólo de los fondos públicos sino también en el tratamiento y sanción de las leyes.
11/10/2016 a las 5:44 PM
La reparación histórica está en pañales. Todo es muy desprolijo. Ni siquiera se consiguen abogados para homologar el convenio. Recién el 6 de octubre se firmó un convenio con el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal para que construyan un listado de abogados que acepten cobrar los honorarios de $.1.141,60 que ofrece Anses por el patrocinio de quienes no han hecho juicio.
Por otra parte, hay casos en que la reparación es de $.40 o 50 o 100. En algunos casos se ofrece un 30 % de incremento. Pero da para pensar que si, no habiendo hecho juicio por reajuste, ofrecen un 30 %, seguramente haciendo juicio correspondería un 60% de reajuste, si se compara el criterio de la quita que imponen a quienes tienen sentencia firme.
En ANSES los empleados que asesoran tampoco tienen nada en claro y dicen cualquier cosa. Mientras en un puesto de atención a una persona le dicen una cosa, en el puesto de al lado están diciendo lo contrario.