Por Silvio Pedro Pizarro.-
Un ser humano de 90 años está sentado en el banquillo de los acusados con prisión preventiva desde 2013, imputado de delito de lesa humanidad, que se dice cometido en septiembre de 1978 durante la guerra contra el terrorismo, consistente en la privación ilegal de la libertad y posterior cautiverio de Patricia Roisinblit y su pareja José Pérez Rojo, cuyos parientes reconocieron con orgullo que eran terroristas montoneros. Ambos se encuentran desaparecidos.
Se trata del brigadier general (RE) Omar Graffigna, miembro de la segunda junta militar que gobernó el país desde marzo de 1976. La medida la dictó el juez federal Daniel Rafecas que lo responsabilizó por su condición de jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea.
Graffigna ya había sido juzgado como miembro de la Junta Militar del gobierno de facto, pero fue absuelto.
¿Será necesario insistir en que estos juicios mal denominados de “lesa humanidad” son inconstitucionales y arbitrarios y que constituyen una flagrante violación de importantes principios procesales fijados en tratados internacionales subscriptos por nuestro país? De ser cierta la comisión de tales delitos, ya estarían prescriptos ya que la ley que prescribe su imprescriptibilidad fue posterior a los hechos imputados, promulgada en 2003, y en cuyo articulado se establece, irónicamente la expresa prohibición de su aplicación retroactiva.
Es tan vergonzoso el total desprecio de la legislación, con el perverso propósito de ejercer venganza, que resiste todo análisis jurídico que los jueces y fiscales “contratados” se cuidan bien de ignorar, para llegar al cumplimiento de la orden dictada por el Poder Ejecutivo, consistente en que la única sentencia será la condena.
La parte querellante la conforman los parientes de Patricia y Juan Manuel, supuestamente desaparecidos y el gobierno bonaerense en la persona del secretario de Derechos Humanos de la Provincia, Santiago Cantón, recientemente designado por la gobernadora María Eugenia Vidal, que al hacerse cargo de la función expresó textualmente: “El Estado bonaerense a través de esta secretaría se presentará como querellante en los procesos de lesa humanidad. Existe la firme voluntad de la gobernadora Vidal de continuar con estos juicios y con la política de memoria, verdad y justicia. No habrá marcha atrás con estos temas.”
Se da la curiosa coincidencia de que estas últimas siete palabras de la declaración fueron también pronunciadas por el presidente de la Corte Lorenzetti, delante del presidente Macri y por por Claudio Avruj, secretario de Derechos Humanos del gobierno nacional, en nombre del presidente.
Queda por tanto firme la política kirchnerista de la memoria, verdad y justicia, con el sesgo remanido que rige para unos y no para todos, es decir, tuerta, renga y manca.
Las dos secretarías de los derechos humanos le marcan la cancha a nuestro presidente, contradiciendo su promesa electoral de “terminar con el curro de los derechos humanos”, según sus propias palabras.
La gran importancia institucional que transpira de estos juicios circenses que llevan a la tortura y a la muerte de nuestros presos políticos, la mayoría de ellos héroes durante la guerra de las Malvinas, no nos impide ahondar en la visión panorámica de la traicionera política que nos rodea.
Gran intérprete el periodismo que calla y habla conforme a los “interese creados”, al decir de Jacinto Benavente, que ahora solloza por la carestía de la vida que hiere a los más vulnerables, que critica desbocadamente políticas laborales del gobierno, que en aras de la empalagosa independencia periodística se complace en dar cabida en sus notas y reportajes a los causantes de la anarquía y corrupción por ellos dejadas, a la entronización de los sinuosos gatopardistas, adalides de la mercenaria política ejercida con una prodigiosidad digna de mejor causa, y por qué no nombrar a algunos de ellos como Massa, Bossio, casualmente ambos ex ANSES, Pichetto, Alberto Fernández
Con el mayor respeto, reconozcan señores periodistas que el tema encarado en este breve pero sincero artículo, es totalmente ignorado y silenciado en vuestros prestigiosos medios y que sólo pudimos leerlo en costosos espacios de carta abierta.
En los diarios de hoy se publicó esta noticia referente al juicio del ex Brigadier Graffigna, con un conmovedor acápite que decía: “Resultaba conmovedor observar a esa mujer de 96 años descender de un taxi y, ayudada por su nieto, ingresar a paso lento a la sala de audiencias de los tribunales de San Martín, donde ayer comenzó el juicio oral en el que se juzgará a los imputados por la desaparición de su hija y su yerno en tiempos de la última dictadura militar. Esa mujer, Rosa Tarlovsky de Roisinblit, es la vicepresidenta de Abuelas de Plaza de Mayo.”
Crónica por cierto muy conmovedora, pero olvidaba a ese anciano de 90 años subiendo a un banquillo para afrontar dignamente una injusta acusación viciada por la ilegalidad, la venganza y la política terrorista, avalada por mercenarios magistrados. Ese anciano también tiene familia que sufre como la anciana del relato. Al igual que con los derechos humanos, él no participa.
05/05/2016 a las 12:26 PM
Los derechos humanos son unicamente para los terroristas, sus víctimas no tienen derechos… Mahoma dixit
05/05/2016 a las 12:37 PM
Extraordinario artículo Silvio, propio de tu genio y capacidad. Lo comparto y divulgo porque no es más que la triste verdad de lo que estamos soportando por un lado en nuestra justicia y por otro lado en nuestro ejecutivo que parece haber olvidado la promesa de campaña, como siempre bah!!!
05/05/2016 a las 12:40 PM
Son todos unas basuras, es lógico que suceda ésto. No hay estado de derecho. El último que apague la luz…
05/05/2016 a las 1:01 PM
Tener preso a un anciano de 90 años, es una crueldad innecesaria. De acuerdo al código penal, los mayores de 70 años, pueden acceder a prisión domiciliaria. Esto sucede en una país enfermo. habitado por hipócritas.
05/05/2016 a las 1:10 PM
Y VIDAL ?GOBERNA LA PROVINCIA Q ES UN QUILOMBO EL CURRO D LOS DERECHOS HUMANOS YA FUE
05/05/2016 a las 2:14 PM
chupeme la vagina! que recien cague y me limpie para adelante
06/05/2016 a las 10:25 AM
SIII YO TE LA CHUPO PUTA PERO PRIMERO ME PONGO UN FORRO Y TE ROMPO BIEN EL ORTOOO ¡¡¡
06/05/2016 a las 10:52 AM
No se si serás mujer o un troll que pasa por mujer. Pero que bajo has caído!!!! no solo por lo ordinario del comentario. Una lástima para quien te parió.
05/05/2016 a las 1:29 PM
pobreeeee… un abuelito tan genocida y criminal…
tendria que estar contandoles cuentitos nazis a sus nietitos
05/05/2016 a las 3:10 PM
Gracias Juan Manuel por divulgarlo. Es necesario arrancar a la gente de las mentiras de relato y de la revisión histórica y ponerla en conocimiento de estas crudas realidades.
En cuanto al comentario de esa pobre mujer descerebrada, pensé ignorarlo, pero en realidad no me molesta porque deja al descubierto la elegancia empleada en un lenguaje educado. muy propio de la década ganada. Siempre aprendemos algo.
05/05/2016 a las 3:16 PM
…….RECIBIDO…Uno más
«DIVIDE y REINARAS»
¡¡¡POR FAVOR, URGE DIFUNDIR, ADHERIR Y COLABORAR!!!
Estimados amigos y camaradas: el próximo mes de mayo, en Tucumán, el poder seudo judicial de la Nación, a través de un TOF (Tribunal Oral Federal), tiene previsto iniciar una parodia de juicio para «juzgar» y, seguramente, condenar sin prueba alguna, como lo viene haciendo en todos estos circos judiciales, a SUS SOLDADOS que defendieron a la Nación TODA y a la provincia de Tucumán, combatiendo en los montes selváticos de esta última, en la «Operación INDEPENDENCIA», entre 1975 y 1977, ante la brutal agresión terrorista de los años 70.
Por ello hemos hecho un PEDIDO en CHANGE.ORG y queremos hacer una SOLICITADA a publicar, en lo posible el domingo 24 de abril próximo, en los diarios del país que podamos porque
¡¡¡EL PUEBLO DEBE SABER DE QUÉ SE TRATA!!!.
Si siguen condenando a NUESTROS SOLDADOS por haber defendido a la Patria cumpliendo una orden de la Presidente Constitucional de la Nación en su carácter de Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, que NADIE VAYA A PRETENDER QUE LOS DEFENDAMOS ANTE UNA NUEVA AGRESIÓN, sabiendo que años después seremos condenados y encarcelados por ello, como ocurre HOY.
Ésto que está ocurriendo ¡¡¡ES UN «MENSAJE» DEMOLEDOR para la DEFENSA DE LA NACIÓN y para nuestras Fuerzas Armadas, de Seguridad, Policiales y Penitenciarias!!!, y los enemigos de la Patria lo saben y por eso lo hacen.
Si queremos, MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA, como no se cansan de repetir las ONG de falsos derechos humanos, DEBEMOS RECORDAR QUE:
El 05 Feb 1975 el Gobierno Constitucional de María Estela Martínez de Perón, dictó el Decreto Secreto Nro 261/75, el que ordenaba en su Art 1ro: “El Comando General del Ejército procederá a ejecutar las operaciones militares necesarias a efectos de neutralizar y/o aniquilar el accionar de los Elementos subversivos que actúan en la Provincia de Tucumán”. Nótense los términos empleados: «operaciones militares» y «aniquilar». Éstos, para el militar, tienen una sola acepción inequívoca.
Con relación a ello, recordemos que, luego del rotundo fracaso del ataque perpetrado por el ERP al cuartel de la Guarnición Azul, en la noche del 19 al 20 Ene 1974, el entonces Presidente de la Nación, Juan Domingo PERÓN (fallecido luego, el 01 Julio 74), en su mensaje al país por cadena nacional y en la carta felicitando a los oficiales, suboficiales y soldados de dicha guarnición por su accionar, refiriéndose a los integrantes de las organizaciones terroristas, habló de «…exterminarlos uno a uno para el bien de la República….».
En cumplimiento de decreto anteriormente citado, el 09 Feb 1975, el Ejército Argentino inició la «Operación INDEPENDENCIA» en la mencionada provincia.
Cabe preguntarse porqué un gobierno constitucional decidió empeñar al Ejército para realizar OPERACIONES MILITARES a efectos de neutralizar y/o aniquilar el accionar de las organizaciones terroristas.
Esta decisión del Gob Nac se debió a que éste advirtió que era la ÚLTIMA «CARTA» QUE LE QUEDABA POR «JUGAR» para evitar que las organizaciones terroristas asaltaran el poder a nivel nacional y sometieran a nuestro país a un régimen totalitario marxista, por similitud a Cuba. Y ésto ocurrió porque las Fuerzas de Seguridad (Gendarmería y Prefectura Naval) y policiales (Policía Federal y Provinciales), habían sido totalmente sobrepasadas por la capacidad operacional de las organizaciones terroristas.
Estas últimas, pretendieron que los montes selváticos de Tucumán fueran, para Argentina, lo que la selva de Sierra Maestra fué para Cuba.
El autodenominado «Ejército Revolucionario del Pueblo» (ERP) fué el que actuó inicialmente desde Mayo 1974 y para Feb 1975 ya, prácticamente, se había apoderado del Sudoeste de la Prov de Tucumán. Casi un año después, en Ene 1976, Montoneros se sumó al ERP y trató de abrir un nuevo frente de combate en la zona de El Cadillal, al norte de la capital tucumana, intento que fué rápidamente desbaratado por nuestro Ejército, quien fué advertido por campesinos de la zona que hasta le sirvieron de guías para localizar los campamentos terroristas.
Es de hacer notar que, en 1974, los integrantes del ERP, a las personas que ingresaban en distintas zonas bajo su dominio llegaron a cobrar «peaje» para financiar la «revolución», pegando una calcomanía autoadhesiva en el vidrio del vehículo a modo de «comprobante de pago». Dicha calcomanía, tenía la bandera celeste y blanca, como la nuestra, pero con la estrella roja de 5 puntas en el centro, en lugar del sol.
Su objetivo era crear una «zona liberada» y, una vez logrado ésto, pedir el reconocimiento como país independiente a los países bajo regímenes marxistas (URSS, Cuba, etc.), a la vez que formar un ejército regular que les permitiera derrotar al Ejército Argentino y avanzar sobre el resto del país. Y NO ESTUVIERON TAN LEJOS DE LOGRARLO. Buena parte de nuestra ciudadanía NO SE IMAGINA cuan cerca estuvimos de esa TRAGEDIA.
La «Operación INDEPENDENCIA» se inició el 09 Feb 1975 y concluyó a fines de 1977, habiendo liberado a la provincia del flagelo terrorista con un golpe mortal a éste a nivel nacional, lo cual fué reconocido por el pueblo Tucumano al acompañar a SUS SOLDADOS en el desfile final de despedida, cuando las tropas se retiraron de la zona de operaciones.
HOY, quienes agredieron a la Nación TODA y a la Provincia, con hechos como el brutal asesinato del Capitán Viola y su hijita María Cristina, de 3 años de edad, se han erigido en denunciantes y «jueces» y pretenden sentar en el «banquillo de los acusados» a los SOLDADOS que la defendieron dando combate palmo a palmo en los montes tucumanos.
¡¡¡DIGAMOS NO a la PARODIA DE JUICIO que busca condenar a NUESTROS SOLDADOS!!!.
¡¡¡Se ruega DIFUNDIR Y PARTICIPAR ADHIRIENDO Y AYUDÁNDONOS!!!
Adjunto un archivo con el texto del proyecto de SOLICITADA, otro con las 2 primeras hojas, de una publicación de la época, de 164 páginas, titulada «Tras la incertidumbre una esperanza», referida a la «Operación INDEPENDENCIA» y un tercer archivo con el mapa en la que está marcada la zona en la que se desarrolló ésta, prioritariamente, porque la ciudadanía debe conocer la VERDAD.
Asimismo, les informo que, quien está «regenteando» la concreción de esta solicitada es el CENTRO DE ESTUDIOS EN POLÍTICA, HISTORIA Y DERECHOS HUMANOS, de Salta, ONG civil afin con personería jurídica y de nuestra más absoluta confianza.
A las personas, ONG o instituciones que quieran ADHERIR a dicha SOLICITADA, les pedimos que escriban un correo electrónico a la siguiente dirección centrodeestudiossalt a@gmail.com,especificando nomb re apellido y DNI o denominación de la ONG o institución y si fuera extranjera, el país a que pertenece..
Como todos sabrán el costo de las solicitadas es MUY ALTO (varios cientos de miles de pesos), por lo que pedimos a las personas, ONG e instituciones que quieran COLABORAR ECONÓMICAMENTE, lo hagan haciendo un depósito o transferencia electrónica a la siguiente cuenta corriente, avisando también a la citada dirección de correo electrónico (también adjunto archivo con estos datos de la citada Cta Cte en comprobante oficial):
Ø Banco Patagonia
Ø Titular: Centro de Estudios en Historia, Política y Derechos Humanos
Ø Cuenta Corriente Nro: 216-216019477-000
Ø CBU: 0340216200216019477007
Ø CUIT: 30714658057
Ø Dir correo electrónico: centrodeestudioss alta@gmail.com
Por otra parte PEDIMOS QUE ADHIERAN al pedido puesto en http://www.change.org relacionado con el mismo tema, en el siguiente link:
http://www.change.org/p/tof-nro-xx- de-tucumán-megacausa- operativo-independencia?tk= gpviam4ZQaEUExYiX5MlqD- d1ClRgP_xO7lvHBgG8EU&utm_ source=petition_update&utm_ medium=email
Un fuerte abrazo a todos, MIL GRACIAS a los que quieran adherir y ayudarnos y ¡¡¡PIÚ AVANTI!!.
Coronel (R) «VGM» Horacio Guglielmone (Unión de Promociones – UP y VicePte de la Asociación Unidad Argentina – AUNAR)
……
05/05/2016 a las 3:53 PM
Cuando TRIUNFARON MILITARES p defendiendo a la Patria del CASTROCOMUNISMO, en GUERRA DECLARADA POR ELLOS, UN PUEBLO DE COBARDES los encarceló a perpetuidad.-
05/05/2016 a las 3:57 PM
La actual Procuradora General de la Nación, así como todos quienes ejercieron ese cargo con posterioridad a la reimplantación de la Democracia han caído en INCUMPLIMIENTO DE SUS DEBERES FUNCIONALES, al haber omitido dar instrucciones a los Fiscales bajo sus mandos para que promuevan la INVESTIGACIÓN DE TODOS LOS DELITOS DE LESA HUMANIDAD QUE CONFIGURARON VIOLACION DE LOS DERECHOS HUMANOS ejecutados por todas las BANDAS SUBVERSIVAS, cuya ANIQUILACIÓN fue dispuesta, oportunamente, por el gobierno constitucional surgido en 1973. La sociedad sigue esperando que se cumpla con el PRINCIPIO LEGITIMADOR DE LA DEMOCRACIA REPUBLICANA CONSTITUCIONAL, que ha sido ignorado: «IGUALDAD ANTE LAS LEYES». La omisión es más grave aún cuando se advierte, objetivamente, que sólo una de las partes del TRÁGICO CAPÍTULO HISTÓRICO conocido como «Guerra Sucia» ha sido juzgado, condenado con sentencias en cumplimiento, otras causas sin concluir pero con encarcelamientos a los imputados y, ahora, se continúa con la promoción de acciones con acciones contra ANCIANOS privados del derecho de prisión domiciliaria. Este gobierno, que proclama el objetivo genérico de ¡CAMBIÉMOS!, que SE PUEDE, tiene la obligación de implantar JUSTICIA IGUALITARIA para todos y todas quienes hayan delinquido en circunstancias absolutamente relacionadas históricamente, sean civiles o Militares.-
05/05/2016 a las 4:00 PM
¡Teléfono Presidente MACRI! Es obligación de un demócrata hacer que se cumpla el PRINCIPIO DE IGUALDAD ANTE LAS LEYES.-
05/05/2016 a las 4:03 PM
ARGENTINA ES UNA PATRIA GRANDE SIN PATRIOTAS. Su notoria decadencia de la posguerra lo demuestra. A principios del siglo próximo pasado estábamos entre los ocho mejores países. Bajamos casi cuarenta escalones. EL PROBLEMA DE LA ARGENTINA SOMOS LOS ARGENTINOS.
La BRUTAL TRAICIÓN DE NUESTRO PUEBLO hacia las FFAA SALVADORAS DEL CASTROCOMUNISMO es un baldón imperdonable en el sentimiento de PATRIA COMO UNIDAD que anida en nuestros espíritus.
No eximo de la TRAICIÓN a los «CAMARADAS» que se mantuvieron «activos inactivos» imitando al payaso Martín BALZA. He vivido la política argentina desde el 45, aunque les parezca mentira,¿Se le habrá informado (o quizá ya lo sabría) que el ALTAR de esa CATEDRAL que visita fue profanado por una banda encabezada por HEBE Pastor, ante la tibia reacción (casi tolerancia) del Cardenal de entonces, Jorge Mario Bergoglio?por ósmosis hogareña. Me reconforta leer a gente que pudo quedarse con el LAVADO DE BOCHO emprendido desde Alfonsín y concretado mediante la conjura “INTELLIGENTSIA”/PARTIDOCRACIA. No se necesita ser revisionista histórico (algo de eso está intentando con explicable pie de plomo Ceferino Reato) para, mediante una cuota de información y la simple aplicación de la LÓGICA Y EL SENTIDO COMÚN darse cuenta de la carne podrida que nos hicieron comer los REVANCHISTAS DEL MONTONERISMO & Asociados.
ARGENTINA ES UNA PATRIA GRANDE SIN PATRIOTAS. Su notoria decadencia de la posguerra lo demuestra. A principios del siglo próximo pasado estábamos entre los ocho mejores países. Bajamos casi cuarenta escalones. EL PROBLEMA DE LA ARGENTINA SOMOS LOS ARGENTINOS. La BRUTAL TRAICIÓN DE NUESTRO PUEBLO hacia las FFAA SALVADORAS DEL CASTROCOMUNISMO es un baldón imperdonable en el sentimiento de PATRIA COMO UNIDAD que anida en nuestros espíritus. No eximo de la TRAICIÓN a los “CAMARADAS” que se mantuvieron “activos inactivos” imitando al payaso Martín BALZA.
MACRI se lavará las manos; pertenece a la RENOVACIÓN PARTIDOCRATICA. Como “argentino de ley”, no se va a jugar en pos de LA VERDAD HISTÓRICA. Le conviene el CONTINUISMO DE LA SIMULACIÓN de la “Santísima Hebe Pastor”.-
05/05/2016 a las 4:16 PM
El articulo es muy correcto,esta situación no debería continuar
05/05/2016 a las 4:54 PM
Ningún periodista dice nada, porque ellos ven el día a día de Macri Presidente, como de la gobernadora Vidal. No valla a ser cosa que los despidan y los DD.HH le hagan escraches. Y así estos héroes seguirán presos. Yo paso los 70 años, diez años más y ya quedarán muy pocos con vidas en esas cárceles. Y nosotros tampoco estaremos para ver si «algún presidente» se acuerdan de ellos. Y como dice el lema de su «partido»: Frente para la Victoria (ya ganaron).
05/05/2016 a las 5:52 PM
Es lamentable este circo, montado por el maldito tuerto que se robo al Pais, y sostenido legalmente por algunos jueces canallas, y apoyados por Lorenzetti, Zaffaroni, y Argibay Molina. Dios los conserve en una guampa de orina en la vida eterna. Mis respetos al Dr. FAYT, al dr. Vasquez y al otro juez que no recuerdo que voto en disidencia, ya que aplicar la lesa humanidad es ir en contra de la Constitucion Nacional.
Los sacerdotes hablan de misericordia, y el Estado y sus jueces hablan con revanchismo, lo cual es intolerante. Yo confio en la justicia divina, donde estos personajes tendran que dar explicaciones, ya que persisten en sus errores, y en sus canalladas.
05/05/2016 a las 5:56 PM
Es grave que un presidente no cumpla su palabra y mas grave aún que se deje manejar.Francamente una decepción.Debe darse cuenta de quien lo votó y porque motivos.Se pierde una oportunidad histórica de volver a tener justicia.Una verdadera lástima.
05/05/2016 a las 7:10 PM
Un editorial que realmente estremece. Una legión de foristas que con sus comentarios ponen blanco sobre negro a tan desquiciados procederes. Por encima de las leyes, las conciencias , un día, vendrán a establecer sobre cada uno de los involucrados en los juzgamientos , el verdadero juicio. De momento me ambarga una triste sensación de repugnancia. ACLARO COMO SIEMPRE: No soy pro-militar, ni KK. ni MM, ni PJ, ni nada de nada; sólo un humilde ciudadano que a sus 74 vio pasar tanta inmundicia gobernante que realmente se me estruja el alma de tanto pensarlo y, en consecuencia, no me asoma ni siquiera un atisbo de clemencia para tan crueles procedimientos. Son al menos casi 70 años de mi vida , donde primero por referencia de mis mayores( serenos espectadores de tanta humillante manera de gobernarlos)y luego por propia experiencia en la que cada mañana de mi vida (salvo pequeñas porciones de tiempo) debimos levantarnos cada día como en una tiniebla que nos empañara el futuro. Y así se nos está yendo la vida, con la esperanza de ver un día el país que soñaron nuestros antepasados. Por eso cuando se juzga con tanta liviandad los hechos de la historia de esta Nación por parte de dirigentes, ex dirigentes y afines, dan ganas de estar en una agnosia total para no enterarse de lo que realmente pasó y nos sigue pasando; aunque parezca una imbecilidad lo que acabo de expresar. Pensar en la idolatría de la que siguen gozando algunos dirigentes (histróricos y actuales, no doy nombres para no vomitar sobre el teclado) mueve a una valoración muy flaca de nuestra calidad cívica. No soy juez, para juzgar. Ni vidente, para hacer un vaticinio. Pero sí me queda claro que tal como están las cosas, esto huele a un atolondrado destino como Nación. Podrá Dios ayudarnos?. Podremos ayudarnos nosotros mismos?.Templanza superlativa, y a rezar. Gracias IP.
05/05/2016 a las 11:11 PM
No espere ayuda de Dios,ya se canso de ayudar a un pueblo ignorante,hipocrita empeñado en volver siempre a los mismos errores que lo llevaron a su decadencia desde hace 70 años.Es mucho asta para su bondad infinita
05/05/2016 a las 9:11 PM
MAURICIOOOOO…. SIEMPRE TE ESCUCHÈ DECIR QUE LOS DDHH ERAN UN CURRO..!!
¿PORQUÈ TODAVÌA TENEMOS MILITARES PRESOS Y TERRORISTAS SUELTOS?
¿CAMBIASTE DE OPINIÒN?
07/05/2016 a las 9:56 PM
No Belicoso, no cambió de opinión, siempre pensó igual, lo que pasa es que se mandó una «mentirita» para ganar un par de millones de votos de los boludos que creímos que hablaba en serio.
Otra defraudaciónnnn… y ya van muchas…. ¿Hasta cuándo?
09/05/2016 a las 1:47 PM
¡¡¡SUSCRIBO!!!
Puede cambiarse de mujer sin levantar mucha polvareda…, pero tirar a la basura y CAMBIAR una «promesa electoral»…, confirmando que su solo fin era el de captar votos…, ES IMPERDONABLE.
05/05/2016 a las 9:16 PM
Si bien estoy de acuerdo con la columna vertebral del artículo, los guerrilleros tendrían que haber sido juzgados y posteriormente encarcelados.- No existió ninguna «guerra» cuando las relación de fuerzas a favor del Estado eran 15 a 1.- Guerra fue la de nuestras queridas Malvinas ,donde fuimos derrotados.-
06/05/2016 a las 1:48 AM
Error, RICKY: los terroristas dijeron: «TOMAREMOS EL PODER POR LA FUERZA DE LAS ARMAS». Una clara declaración de guerra. Tomaron amplio territorio, en Tucuman, asaltaron cuarteles. Se autodenominaban EJÉRCITO R. DEL P. (ERP), FUERZAS ARMADAS (FAR y FAP). Era una GUERRA, si preferís REVOLUCIONARIA, con formaciones militares. Las montoneras eran un EJERCITO POPULAR: de ahi el nombre de MONTONEROS. El EJERCITO PROFESIONAL DE LA NACION los enfrentó y derrotó. Cumplió con su DEBER JURADO ante NUESTRA BANDERA. Lo que digo no es discursivo sino una sencilla DESCRIPCIÓN OBJETIVA. Malvinas fue GUERRA CONTRA LA OTAN (idéntica OBJETIVIDAD).-
06/05/2016 a las 2:21 AM
Tito, que digan lo que quieran, así no se declara una «guerra».- Yo quiero a Firmenich, Vacca Narvaja y Perdía, en cana y no con un montón de guita que les,además,pagamos nosotros.- En otro orden de cosas la capacidad operativa de las organizaciones guerrilleras se encontraban en su punto más bajo ,aunque siguieran haciendo daño.- Discrepo, ya que la «declaración de guerra», necesita una serie de pasos previos.- Pienso, Tito, con el mayor de los respetos, que la «grieta» no comienza acá, es desde 1810 !!!! Saludos cordiales
06/05/2016 a las 8:27 PM
Estimado amigo, de los «pasos» a los cuales usted se refiere solo se dan cuando las guerras son convencionales, es decir que son reguladas por los Tratados de Ginebra, la guerra de la dècada del 70 fue una guerra aconvencional, por lo tanto no estaba regulada por ningùn tratado. ¿quien dijo que ese conflicto fue una guerra?….pues sus mismos jefes participantes Mario Firmenich, Roberto Santucho, Luis Mattini, Rodolfo Galimberti, el Gral. Juan Domingo Peròn, el Gral. Jorge Rafael Videla o intelectuales como Ernesto Sàbato Tambièn fue calificada como «guerra revolucionaria interna» por el TOF en la causa 13 en el Juicio a las Juntas y a los Comandantes. tambièn la calificaron como guerra los diputados y senadores en el Parlamento en sus discursos emitidos por ellos mismos en aquellos aquello y que constan grabadas en las actas del Congreso, como por ejemplo solo por citar a 2 a Horacio Sueldo o Fernando Nadra (uno socialista y otro cabeza del Partido Comunista de la izquierda no armada) y tambièn en toda la prensa en general, inclusive de ediciones no nacionales comoel Buenos Aires Herald, o La opiniòn de Jacobo Timmerman y hasta la prensa internacional como Le Monde,o el New York Times….el problema es que esto nadie lo lee o lo ocultan para ponerse de perfil, y solo le hago un resùmen
Ahora con todo respeto ¿quien es usted para decir tan tranquilamente «no hubo guerra?. Ademàs agrega para colmo de su error que las fuerzas subversivas ya eran o estaban seriamente debilitadas, en esto tienen que informarse un poco màs , ya que la capacidad de combate y de fuego de esas organizaciones y el nùmero de combatientes , sobretodo de montoneros era bastante elevado, y se lo voy a dejar a su estudio las cifras del caso, simplemente porque no deseo extenderme en dar detalles.
07/05/2016 a las 12:07 AM
Coincido absolutamente, amigo LUIS. Cierro mi visión con algo que corresponde a mí análisis actitudinal: A mi juicio, los cuadros guerrilleros subversivos, embebidos de SOBERBIA, SUBESTIMARON A NUESTRAS FFAA y se largaron con gran arrojo, no está demás reconocerlo, a una MISIÓN IMPOSIBLE. Recordemos que Guevara murió en Bolivia por creerse un Dios e ignorar que el Ejército y escenarios bolivianos no eran el ejército cubano batístiano, ni la Sierra Maestra. Saludos.-
06/05/2016 a las 11:44 PM
Ricardo: vos confundís LA DECLARACIÓN DE GUERRA ENTRE ESTADOS SOBERANOS con la efectividad a por estas células cancerosas de nuestra sociedad, armadas con las peores «bacterias», colocadas a las ódiense de la organización internacional subversiva O.L.A.S. Ellos declararon explícitamente su voluntad de TOMAR EL PODER POR LA FUERZA DE LAS ARMAS en sus medios amarillos de difusión como el pasquín «El Descamisado» y otros. Se lo dijeron en la cara a Perón cuando los convocó en reunión privada en su casa de la calle Gaspar Campos. Estás haciendo una interpretación de RIGOR JURÍDICO en el plano del Derecho Internacional Público. Te replicó con la REALIDAD DE LOS HECHOS analizada bajo los prismas de la lógica y el sentido común, las que faltaron, evidentemente en el ESTRADO JUDICIAL PREFABRICADO POR ALFONSÍN PARA JUZGAR A LAS JUNTAS. No creo que vos desconozcas que LA ÚNICA LEY DE LA GUERRA SE LLAMA » DEL TALIÓN». Ante ella, caduca el Derecho como ciencia. GUERRA ES SITUACIÓN DE MÁXIMA («la política por otros medios» y en Marzo del 76 NOS APREMIABA EL CAOS Y ESTABA SUBVERTIDO EL ORDEN LEGAL. Ante ello, que hubiera una «Democracia Débil» era un DETALLE IRRELEVANTE. Se apeló a la CIRUJÍA MAYOR como único método SALVADOR.-
06/05/2016 a las 11:52 PM
FÉ de erratas: «efectividad a», «ódiense», «replicó»: no valen.
«efectivizada», «órdenes», «replico»:VALEN.-
(Respuesta a «Ricardo»). Conste.-
05/05/2016 a las 9:51 PM
CLARITO Y SIN VUELTAS PARA QUE SE ENTIENDA BIEN, MACRI NO VA A MOVER NI UN DEDO POR LOS MILTARES PRESOS NI A FAVOR NI EN CONTRA PORQUE EL PROBLEMA PARA EL NO EXISTE.
ES UN TEMA QUE NO LE INTERESA.
SI ALGUNOS PENSABAN QUE MACRI ES REVISIONISTA SE EQUIVOCARON PORQUE MAURICIO NO ES NI REVISIONISTA NI NACIONALISATA, ES UN PEON DEL SIONISMO.
MACRI NO ES DE DERECHA Y ESTA EN PERFECTA SINTONIA CON BERGOGLIO, ES UN SIMULADOR Y LENTAMENTE VA MOSTRANDO LA HILACHA.
DEMASIADO TARDE PARA LAMENTARSE.
05/05/2016 a las 11:54 PM
Les paso un dato: hace unos meses inicié una campaña en Change,org pidiendo una amplia Ley de Amnistía (creo que firmaron 22 personas…)
Ahora, cuando piden firmar porque al pingüino Quéfrío le duele la próstata al orinar, ahí sí: 3 millones de firmas !!!
Es un país de millones de hijitos de puta….
En cuanto a Mauricio y su banda de rock «Synarchy» esperan lo mismo que todo el arco político; Qué se mueran de viejos, de una vez y listo el tema…
Los que ya le sacamos la ficha a este sinarcazo, debemos tener memoria y cuando le estalle la granada en la cara y las bestias subhumanas perucas le rodeen el rancho para quemarlo dentro, hay que llamarlo al celu y decirle:
Mauri, andate a la reputísima madre que te parió !!! Fdo: LA PATRIA
06/05/2016 a las 2:23 AM
Hay un comentario del general Mitre (creo tomado de un pensador francés) que dice….Si todos se equivocan, todos tienen razón.- Saludos cordiales
06/05/2016 a las 2:24 AM
Fijese estimado Sergio, que la PATRIA, en su caso, son 22 personas.-
06/05/2016 a las 5:04 AM
INGENIERO MACRI COMO CIUDADANO Y COMO FISCAL VOLUNTARIO DEL PRO EN LAS ULTIMAS DOS ELECCIONES AÑOS 2013 Y 2015 LE EXIJO EL FINAL DE ESTOS ACTOS TEATRALIZADOS LLAMADOS JUICIOS POR LA VERDAD QUE LO UNICO QUE HACEN ES SEGUIR DIVIDIENDONOS A LOS ARGENTINOS Y DESENCONTRARNOS PORQUE COMO USTED DIJO EN LA CAMPAÑA ..TERMINAR CON EL CURRO DE LOS DERECHOS HUMANOS LLAMAR A UNA RECONCILIACION COMO SE HIZO EN OTROS PAISES COMO ESPAÑA DONDE DESPUES DE HABER VIVIDO UNA GUERRA CIVIL SE CERRARON LA HERIDAS Y ESPAÑA MIRO AL FUTURO EN CONCORDANCIA Y EN PAZ
06/05/2016 a las 12:20 PM
COMPARTO PLENAMENTE LAS EXPRESIONES VERTIDAS POR VON MISES Y DE MONICA Y COINCIDO EN QUE MACRI NO SE VA A OCUPAR DE LOS DERECHOS HUMANOS COMO PARA CERRAR ESTA GRIETA QUE SE HABRIO EN LOS SETENTA Y LOS EXTREMISTAS SEGUIRAN DISFRUTANDO DE SU LIBERTAD EN EUROPA.
06/05/2016 a las 9:06 AM
EXCELENTE ARTICULO, PERO QUIERO SABER HASTA CUANDO VAMOS A SOPORTAR ESTOS EXCESOS DE INHUMANIDAD, YO QUIERO Y DESEO QUE ESTE GOBIERNO DEJE DE LADO LO POLÍTICAMENTE CORRECTO Y PONGA LO QUE TIENE QUE PONER PARA PONER FIN A ESTA DOLOROSA SITUACIÓN QUE PADECEN LOS PRESOS POLITICOS EN ARGENTINA
06/05/2016 a las 10:23 AM
!!! OJO AL PIOJO…!!!SI MACRI NO ACTÚA DE INMEDIATO EN ESTE TEMA DE LOS MILITARES Y LA SUBVERSIÓN APÁTRIDA , Y CON EL QUI-LOMBO QUE ESTA HABIENDO CON LA INSEGURIDAD , LA INFLACIÓN Y LA POBREZA… ETC.ETC…!!! EN VEZ DE «CAMBIEMOS» SE VAN A LLAMAR… «R A J E M O S…!!!» Y SERA JUSTICIA…!!!
06/05/2016 a las 11:20 AM
«Lesa humanidad» es un burdo versito descubierto y utilizado por los corruptos que gobernaron hasta el 9/12/15, homologado por los impresentables jueces cortesanos. Mientras no se culpe o exculpe a quienes cometieron homicidios, secuestros, robos, torturas, etc., con prescindencia de los ideales cacareados para cometerlos, la justicia estará ausente. Hoy existe un sucedáneo de ella, de pésima calidad, a cuyo tenor sólo deben ser sancionados los que combatieron a terroristas y no a ésta última lacra, asesina indiscriminada no sólo de uniformados, sino de muchísimos ciudadanos ajenos a nada que no fuere su trabajo o su familia. Ojalá algún día exista la justicia en serio.
06/05/2016 a las 2:54 PM
MEMORIA VERDAD Y JUSTICIA PARA TODOS LOS HABITANTES,DE LA PCIA A DE BS AS GOBERNADOS POR SCIOLI Y SOLA CUANDO VAN A QUERELLARLO POR ENRIQUECIMIENTO ILICITO
POR NO HABER HECHO OBRAS PUBLICAS PARA EVITAR INUNDACIONES, ETC, ETC ETC.
06/05/2016 a las 4:08 PM
FUE DESDE EL COMIENZO DEL GOBIERNO DE ALFONSIN UNA PUBLICIDAD TAAN BRUTAL EN CONTRA DE TODOS LOS INTEGRANTES DEL EJERCITO ARGENTINO DURANTE TANTOS AÑOS ESCRACHES TRATARLOS DE GENOCIDAS QUE ESTO SE GRABO EN LA MEMORIA DEL PUEBLO
LUEGO LLEGO LA DECADA GANADA , QUE PARA EL PLAN ESTRATEGICO QUE IMPLEMENTARON EL PONER AL EJERCITO ARGENTINO DE PIE ERA UNA AMENAZA
Y MENEN LE PUSO EL BROCHE DE ORO A LA DECADENCIA ACTUAL QUITANDO EL SERVICIO MILITAR.
ASI LLEGAMOS AL ESTADO QUE ESTAMOS HOY CON LA JUVENTUD PERDIDA Y DROGADA , LAS UNIVERSIDADES COPADAS POR LOS PARTIDOS POLITICOS PARA ARREAR VOTOS, EL VOTO JOVEN
Y UNA SERIE DE ACCIONES PARA DEJAR INDEFENSA Y DEPENDIENTE A UNA POBLACION.
YO NO CREO QUE LOS ACTUALES GOBERNANTE HAGAN ALGUN GESTO NI POR LOS MILITARES DETENIDOS A QUIENES RESPECTO Y ADMIRO.
NI POR MEJORAR EL E STADO DE JUSTICIA
SI NO SE INVESTIGA A LOS INTEGRANTES DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SE HACEN AUDITORIAS A JUECES SINDICALISTAS CONGRESISTAS SOBRE INGRESOS Y GANANCIAS, ORIGEN DEL PATRIMONIO
CREO QUE VAMOS A CAER EN UNA SITUACIÒN PEOR
QUE LA QUE SE PASO EN EL PERIODO MENCIONADO Y YA NO VAMOS A TENER EJERCITO Y MILITARES QUE ENTREGUEN SU VIDA PARA QUE NOSOTROS TENGAMOS PAZ.
EL CUENTO PERMANENTE DESDE EL AÑO 1983 DE LOS 30.000 DESAPARECIDOS , LA VENTA DE BEBES PEGO MUY FUERTE EN LA POBLACIÒN.
HABIA QUE CONSTRUIR UN ENEMIGO Y ESE ERA EL EJERCITO ARGENTINO LA POLICIA Y TODO TIPO DE AUTORIDAD Y LEY.
Y ASI LLEGAMOS AL DIA DE HOY EN QUE EXISTE UNA INSEGURIDAD QUE SE LA TIENE MUY ESCONDIDA, Y SE LA DEJA ACTUAR SIN REPRIMIR DE ACUERDO CON ALGUN PLAN VIGENTE
06/05/2016 a las 8:11 PM
Ya a esta altura ,poco le puede interesar su vida.
Que muera conforme al precio de sus convicciones.
Y MORIRÁ COMO UN SOLDADO.
07/05/2016 a las 12:19 PM
Elsa
06/05/2016 at 1200 PM
Pte MACRI su planteo por la defensa de los Derechos Humanos en VENEZUELA, hagala tambien extensiva a sus funcionarios: Sec DDHH Nacional CLAUDIO AVRUJ, Sec DDHH Pcia BS AS, SANTIAGO CANTON y a la Gobernadora MARIA EUGENIA VIDAL, quienes tienen postura definidas en esta materia y se prfesentan como querellantes en juicios, caso GRAFFIGNA.
07/05/2016 a las 5:40 PM
1976 – 24 de Marzo – 2016
40 años de MENTIRA, por Censura, Impotencia, Estupidez o Cobardía? ¡Da lo mismo!
http://wp.me/p5xWP2-6Z
Este Testimonio CAMBIA ABSOLUTAMENTE TODO y se lo ha VUELTO A OCULTAR,\Macri Fue informado (por varias vias) / Obama lo sabe (por varias vías). La Prensa y los medios fueron informados
Pero aun así MACRI VOLVIÓ a MENTIR en su PRIMER MENSAJE AL CONGRESO el Primero de Mayo pasado
Cuando MACRI y OBAMA se encontraron frente A FRENTE precisamente el DÍA 24 de Marzo del 2016, JUSTO EL ANIVERSARIO 40 DE ESA INFAME MENTIRA AMBOS Presidentes se volvieron a hacer los boludos… y pretenden seguir escondiendo ese TESTIMONIO…
http://wp.me/p5xWP2-6Z
LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACIÓN ARGENTINA CUMPLIERON CON SU DEBER DE PROTEGER A LA POBLACIÓN CIVIL NO COMBATIENTE EN UNA GUERRA CIVIL EXECRABLE YA EN CURSO, Y DESPUÉS DE INTENTAR QUE LA «SECUESTRADA SRA. PRESIDENTE (VIUDA DE PERÓN) REACCIONE AL MENOS PARA DARLES LAS ORDENES PARA AYUDAR A QUE EL PAÍS LLEGUE A LAS (PRÓXIMAS) ELECCIONES SIN INTERRUMPIR EL CURSO CONSTITUCIONAL.
Pero ISABELITA (secuestrada y expuesta entre TRAIDORES CANALLAS ASESINOS como López Rega y Sindicalistas) NO PUDO DEJAR DE LLORAR A MOCO TENDIDO durante los 35 minutos que duró el mensaje de Las Fuerzas Armadas transmitido por los 42 delegados Nacionales del Justicialismo MAS unos 15 sindicalistas …
El VALIENTE TESTIGO ya ha fallecido … LO QUE ME REVELA DE MI COMPROMISO DE NO REVELAR SU NOMBRE EN MI PRIMER PUBLICACIÓN EN MI DIARIO SEMANAL LA COMUNA DE REGINA . OLYMPIO INSAURRALDE (QEPD) FUE MI PACIENTE Y MI AMIGO Y AUNQUE (respetando a su pedido de reserva de su identidad, YO LO PUBLIQUE SALIENDO PERSONALMENTE DE GARANTÍA QUE SE TRATABA DE UN A PERONA «MUY CONOCIDA Y RESPETADA POR LOS VECINOS DE VILLA REGINA DE TODOS LOS PARTIDOS. –
¿Qué nos pasa a Los Argentinos? INCLUIDOS ESPECIALMENTE A LOS MUCHOS QUE HAN OPINADO EN ESTA NOTA? TENEMOS MUCHO POR HACER! SE VA A QUEDAR EN CASA SOLO PUTEANDO A LA TV y a su PC? LA PC?
TENNEMOS MUCHO QUE HACER y MUCHO MAS QUE DECIR, … PERO «NO TENGO PRENSA» A los muchos que han contestado esta nota los invito (LES PIDO) que me llamen para DAR DIFUSIÓN A ESTE TESTIMONIO HISTORICO HOMENAJEANDO A ESTE VASCO MAS DERECHO QUE VIA DE FERROCARIL DE ALTA VELOCIDAD… OLYMPIO INSAURALDE
(mi telefono +1 708 763 9292 … si me llaman deben saber que aunque este en caso no atiendo si no se identifican a plena voz
Soy Gastón) / http://wp.me/p5xWP2-6Z tel +1 708 763 9292
VEAN TAMBIEN a LA VIOLACION DE NORMA
http://wp.me/p2jyBb-12w
04/09/2016 a las 12:21 PM
APUNTES II
COSA JUZGADA ÍRRITA O FRAUDULENTA Y LOS JUICIOS DE LESA HUMANIDAD QUE SE ESTÁN SUSTANCIANDO EN LA ARGENTINA.
La Justicia es EQUIDAD y consiste en
dar a cada uno lo suyo. San Agustin
PROLOGO
El presente analisis complementa el estudio precedente, titulado APUNTES SOBRE LAS SOLUCIONES POSIBLES PARA LOS PRESOS POLITICOS,mediante la ampliacion correspondiente a las acciones Judiciales en el consideradas, con la accion de nulidad autonoma por cosa juzgada irrita o fraudulenta.Tampoco entraremos aquí a la consideracion de los delitos cometidos o no por uno de los sectores de la sociedad involucrados en el conflicto armado que el Tribunal que juzgo a las Juntas militares conceptuo como Guerra revolucionaria, porque como ya lo hemos destacado, para ambas partes, -los agentes del Estado y los componentes del bando subversivo-, a todo efecto esos delitos estan prescriptos. A lo largo de ambos estudios particularmente en el presente, quedara documentada la opinion de juristas, polemologos y politicos, que avalan esa posicion y justifican todos los esfuerzos necesarios para que prevalezca la Equidad y la Justicia se realice.
En el escrito precedente manifestamos: Es necesario también aclarar aquí, para entender de que se trata, que no compartimos en absoluto la elaboración jurisprudencial ni las Políticas de Estado -conforme lo sostuvo el juez Lorenzetti fundado en el derecho consuetudinario- de la catalogación efectuada de imprescriptibilidad de los delitos imputados a los combatientes desde el Estado, que fue la adoptada por la mayoría de la Corte en el caso “Simón”; con la sola disidencia en su enjundioso voto del vocal Fayt.-
Mencionaremos tambien ahora a quien siendo autor de la teoria del hombre de atrás, o de la autoria mediata, que en algunos casos se aprovecho por mero espiritu de venganza para condenar sin la prueba del autor inmediato a militares de distintas jerarquias por el simple hecho de vestir el uniforme de las FFAA de la PATRIA.,nos referimos a lo expresado por el Profesor Doctor Clauss Roxin :“La punibilidad no puede agravarse o fundamentarse por derecho consuetudinario y una consecuencia lógica de ello es que la norma que prescribe la punibilidad solo se puede determinar legalmente (y no por tradición del derecho)”.
Con esta premisa fundamental, que desde el punto de vista juridico invalida la catalogacion de imprescriptibilidad de los delitos que se imputan a los cientos de agentes del Estado privados de libertad condenados o no por esos supuestos delitos,a todo efecto PRESCRIPTOS, mediante una exegesis del derecho que solo es propia de paises carentes de Soberania, o que han perdido el rumbo por los avatares politico- ideologicos que los han sumido en la peor de las crisis, por subvertir al Pueblo, -como tambien es nuestro caso-, pretendiendo convertirlo en esclavo de intereses contrarios al ideario nacional sanmartiniano, cuyo ley motiv : SEAMOS LIBRES QUE LO DEMAS NO IMPORTA NADA, nos exime de mayor abundamiento, es que sometemos a la consideracion de nuestros conciudadanos los conceptos siguientes sobre la posibilidad teorica jurisprudencial de volver al cauce del sistema constitucional argentino, declarando la Nulidad de los juicios impetrados contra los agentes del propio Estado, sin comprender que mas alla de toda concepcion equivocada o impropia de la magistratura, de lo que se trata, es de cumplir con los postulados del Preambulo de la Constitucion Nacional: AFIANZAR LA JUSTICIA y PROVEER a la DEFENSA COMUN
1) INTRODUCCIÓN:
1.1) Como introducción al tema conviene hacer una reseña del recurso de revisión previsto legalmente y las razones por las cuáles no es aplicable a la cosa juzgada condenatoria en los juicios de lesa humanidad, para después entrar al asunto que nos interesa: la posibilidad de la acción de nulidad autónoma por cosa juzgada írrita o fraudulenta en esos juicios.
El derecho argentino ha receptado desde hace mucho tiempo el recurso de revisión (algunos consideran que la denominación más apropiada es acción impugnativa1 por la circunstancia de que en nuestros sistemas procesales nacional y provinciales solo procede contra sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y no sea un recurso dentro del trámite del juicio). Se puede deducir solo en sentencia condenatoria, a favor del imputado y en todo tiempo, de modo que no precluye el derecho a hacerlo ( art. 479 y sgtes. del Cód. Proc. Penal de la Nación). Dentro de los motivos, en su inc. 3 se prescribe que es procedente cuando “la sentencia condenatoria hubiera sido pronunciada a consecuencia de prevaricato, cohecho, violencia u otra maquinación fraudulenta, cuya existencia hubiera sido declarada en fallo posterior irrevocable”. Para su deducción no necesita haber recorrido todas las instancias recursivas procesales (por ej. puede ser cosa juzgada porque el interesado no casó la sentencia o no la impugnó ante la CSJN o abandonó o desistió de esos recursos), basta que haya quedado firme la condena2.
Este recurso de revisión puede interponerlo –legitimación activa- el condenado, sus representantes legales (tutores, etc.) y en caso de muerte el cónyuge, hermanos, ascendientes y descendientes; estos últimos ya actúan por derecho propio por interés de rehabilitar el nombre del injustamente condenado y de la reparación económica. En cuanto a su trámite se aplica el del recurso de casación en cuanto las reglas procedimentales sean aplicables; debe ser interpuesto ante la Cámara de Casación y ésta, según sea el motivo de los previstos para recurrir, revocará o modificará la sentencia, la anulará total o parcialmente, reenviando el proceso a otro tribunal de juicio o dictará directamente la sentencia definitiva, según sea el caso. Antes de la resolución del recurso de revisión el tribunal que entiende puede resolver la libertad provisional del condenado, quedando a su discrecionalidad disponer antes de la resolución de fondo que, durante el trámite del recurso, se evidencia la procedencia sustancial y no puede esperar la libertad del condenado.
1.2) EL RECURSO DE REVISIÓN EN EL CASO DE LAS SENTENCIAS CONDENATORIAS EN LOS DENOMINADOS JUICIOS DE LESA HUMANIDAD
El recurso de revisión contra la sentencia condenatoria previsto en el inc. 3 del art. 479 del CPPN que es la motivación que aquí interesa, no es aplicable a estos juicios. La razón está dada en que, en los recursos de este tipo (salvo el inc. 6 que no viene al caso), las motivaciones, incluido el inc. 3, deben ser preexistentes al dictado de las sentencias condenatorias pero ocultas3; ello es así porque si los vicios se conocían antes del pronunciamiento condenatorio debieron ser planteados durante el proceso, incluido en este término los recursos de casación y extraordinario ante la Corte.-
¿Cuál es la situación en el caso de los condenados en los juicios de “lesa humanidad”? Que los vicios de esos juicios vienen de dos vertientes que no contempla el recurso de revisión porque estaban a la vista desde que se produjeron, eran perfectamente conocidos los motivos y casi seguramente argumentados por las defensas de cada uno de los condenados, a saber: (1) Haber sido iniciados los juicios cuando ya estaban PRESCRIPTAS las acciones (vicio ab inicio) y (2) Porque en casi todos los casos se los condenó -y ratificaron las condenas las instancias superiores- con prueba insuficiente para el grado de certeza requerido (la mínima duda obliga a la absolución); casi todas las sentencias habrían sido fundadas en testimoniales producidas treinta o cuarenta años después de los sucesos4 y en algunos casos con ausencia de pruebas5. Así planteada la cuestión los condenados por estos delitos carecen de recursos previstos en la legislación, para obtener la revocación de la sentencia condenatoria firme porque esos vicios existieron al principio y durante todo el desarrollo de los respectivos procesos y seguramente argumentados, además, por las defensas.-
En otros términos: los legisladores de nuestros códigos procesales no previeron (y probablemente los del resto del mundo) lo que sí ocurrió en la Argentina: cosa juzgada condenatoria en un numeroso colectivo de personas, en diversos juicios, conectados por pertenecer a un determinado sector de la sociedad, en una determinada época (década de los 70), a quienes se les atribuye delitos de lesa humanidad cuando los tratados internacionales al respecto no estaban vigentes en nuestro país, es decir, que a la fecha del comienzo de los juicios las acciones ya estaban prescriptas y ese impedimento era conocido por todos, incluidos los justiciables. Esto lo llevó a cabo un gran número de miembros del estamento judicial federal de otra determinada época (año 2003 a la fecha), amalgamados por simpatía ideológica con los sectores interesados en la venganza o por miedo al disenso por una persecución que no estaban en condiciones de soportar, y donde tampoco la dignidad supo indicarles el camino de la renuncia. De tal modo que no es el caso previsto en el recurso de revisión del art. 479 inc. 3 del CPPN que contempla solo el supuesto de jueces que individual o aisladamente incurrieran en los delitos allí previstos, pronunciando una sentencia condenatoria después de un proceso en el cuál se mantuvieron ocultos esos vicios; ese es el supuesto y con esa condición la ley prevé el recurso de revisión como remedio a la falta de probidad de algunos de sus miembros.-
2) LA COSA JUZGADA ÍRRITA O FRAUDULENTA EN MATERIA PENAL:
2.1) Cosa juzgada írrita o fraudulenta en materia civil. Hay una larga tradición sobre la cosa juzgada írrita o fraudulenta canalizada a través de los Cods. de Proc. Civiles nacional y provinciales en el recurso de revisión; pero más allá de los motivos prescriptos por la ley, aún siendo legales los procedimientos en todas las instancias, pretorianamente (ante algún vacío legal) los tribunales han admitido derribar la cosa juzgada írrita o fraudulenta. El caso paradigmático es “Cambell Davidson”, donde la CSJN fijó una jurisprudencia cuyos principios generales son aplicables a todas las ramas del derecho6.
2.2) El derecho procesal penal y el sobreseimiento o sentencia absolutoria: En materia penal el enfoque legal plasmado en el recurso de revisión previsto en los códigos de procedimientos determina que éste solo es procedente contra la sentencia condenatoria en los términos y con los límites que acabamos de relacionar en el punto 1), quedan fuera de su alcance los sobreseimientos y absoluciones írritas y fraudulentas. El vacío legal durante mucho tiempo no se hizo sentir; es que en las colusiones entre quien juzga y es juzgado…..no hay quejas (salvo las expresadas con sordina e impotentes del que mira desde afuera) sobre todo si el fiscal entra en el acuerdo ilícito o no lo ve; aunque hay que decir que desde hace unos años, con la presencia del querellante, estas maniobras se han dificultado. De todos modos ayuda mucho al pacto fraudulento el principio in dubio pro reo, reduciendo el esfuerzo de hilar los indicios y enseguida recurriendo al “no hay prueba con grado de certeza” y se termina absolviendo. En otros términos: es más fácil absolver que condenar y por ahí se filtra la falta de probidad de algunos jueces y fiscales consentidores, conducta que no atrapa el inc.3 del art. 479 del CPPN, que solo autoriza la revisión de condenas y no de sobreseimientos y absoluciones.-
El problema se planteó con forma de escándalo cuando salieron a la luz varios sobreseimientos (tienen el efecto de cosa juzgada y se producen en la etapa sumarial sin permitir que la causa llegue a juicio), en denuncias por numerosos hechos de corrupción de los últimos años. Algunos autores plantearon7 la posibilidad de que pretorianamente -por falta de legislación que canalice la posibilidad- se declare la nulidad de esas resoluciones de cierre prematuro de las causas, ello sería porque evidentemente no se tomaron todas las diligencias que debían hacerse o se cerró precipitadamente el sumario sin valorar debidamente las pruebas; pero además alguno de los juristas consideró que también había que acreditar fraude, es decir que no bastaba el solo error en el juzgar, sino que debía haber también intencionalidad dolosa.- Morgenstern y Orce en su fundamentación hacen pie en pronunciamientos de la propia CIDH en cuyos casos hubo un cierre apresurado de causas ( “Carpio Nicole”, “Gutiérrez Soler” “Almonacid Arellano”), todos referidos a impunidades consagradas en juicios de derechos humanos; siempre siguiendo a los autores mencionados, debería extenderse la nulidad por cosa juzgada írrita o fraudulenta a los casos de corrupción8.-
3) ARGENTINA: EL CASO DE LAS SENTENCIAS CONDENATORIAS ÍRRITAS O FRAUDULENTAS POR DELITOS DE LESA HUMANIDAD.-
A su respecto la pregunta se impone: (1) Si produce irritación el cierre prematuro de sumarios penales por corrupción por delitos varios cometidos desde el Estado ¿Con cuánta mayor razón debe causarla la ¡condena!, porque nunca se debieron haber abierto los juicios porque estaba prescripta la acción y porque, una vez abiertos, se condenó sin pruebas? Si la vía del inc.3 del art. 479 del CPPN por prevaricato, cohecho, fraude o cualquiera otra maquinación está vedada porque los vicios eran conocidos de las víctimas y fueron (o no) oportunamente planteados y desoídos en todas las instancias, resulta evidente que tienen tanto o más derecho a la anulación por una acción autónoma; es que su legitimidad de apertura del proceso tiene por causa nada menos que la libertad, el bien más preciado para el derecho después de la vida, cuya falta la están padeciendo todos en la cárcel o en la casa; salvo, claro está, los trescientos setenta y tres que ya están muertos a quienes se les adelantó el deceso por el encierro en condiciones ignominosas.-
Resulta evidente inmediatamente que en esta acción de nulidad la prueba es bastante fácil porque los hechos sometidos a la jurisdicción son las decisiones judiciales cuestionadas y su prueba es casi exclusivamente documental y de documentos públicos.
Es conveniente distinguir los dos motivos de la acción aunque es muy posible que en casi todos los juicios concurran ambos:
3.1) La imprescriptibilidad de las acciones penales que permitieron la apertura de los juicios y las pérdidas de la libertad y las sentencias consecuentes, resuelta por la CSJN y seguidas por los tribunales inferiores: En el caso de la alegación de haberse iniciados los juicios estando prescriptas las acciones, los hechos cuestionables son las decisiones judiciales de la CSJN en los casos Arancibia Clavel, Mazzeo y Simón, donde sentaron la jurisprudencia, luego seguida por los tribunales inferiores, de que se trataba de acciones imprescriptibles ; para ello se recurrió a una argumentación ilegal, inconstitucional y anti-convencional cual es el jus cogens como fuente del derecho penal, destruyendo el principio de legalidad9. No incursionaremos ahora sobre un tema en el que la gran solvencia de los más destacados juristas es insuperable y a ellos nos remitimos; en esta ocasión nos limitamos a agregar a esa lista el estudio de otro académico del derecho penal internacional el profesor francés de origen argentino Mario Sandoval10 cuya lectura sugerimos.
Desde un punto de vista teórico enfocado a esta vía impugnativa se presentan al análisis de esta causal de la nulidad dos caminos: (1) Uno es el señalamiento de errores judiciales de injusticia extrema que condujeron a una tragedia que sigue produciendo sus víctimas, aquéllos bajo la forma de sentencias írritas que solo por esto deben anularse. En este caso deben ser objeto de prueba documental los hechos mismos -que no son otra cosa que las propias sentencias contrarias a la ley como ya se ha dicho- y por otra parte se debe demostrar en qué consistió el error de derecho en la interpretación que condujo afirmar que los hechos atribuidos a los condenados no estaban prescriptos. (2) El otro camino que creemos es el verdadero, según venimos opinando, es que se trataría de un fraude orquestado por los tres poderes del Estado, hasta el punto de considerar el accionar de ellos mismos como delito de lesa humanidad11: el Poder Judicial le dio el andamiaje jurídico; el Poder Ejecutivo prestó un formidable y costosísimo aparato logístico desde alquileres de teatro para el desarrollo de los juicios, jugosos viáticos para inconstitucionales jueces ad-hoc hasta oficinas de “asesoramiento” de testigos de cargo: y el Poder Legislativo puso el telón de fondo con su silencio en una conducta delictiva por omisión. A todo evento, prescindiendo de la contextualización del accionar judicial en delito de lesa humanidad, debe decirse que por lo menos encuadra en la figura penal del prevaricato.-
3.2) Las condenas sin pruebas: En cuanto a las condenas con pruebas insuficientes o ausencia de pruebas en nuestro concepto se trataría de sentencias también prevaricadoras ; esto sería así porque, si el principio es que para condenar se requiere el grado de certeza, por el hecho de fundarse la ocurrencia del delito atribuido o la autoría del condenado casi exclusivamente en prueba testimonial producida treinta o cuarenta años después de los sucesos, debe conducir inexorablemente a la absolución por el principio in dubio pro reo, y posiblemente a la absolución lisa y llena por no haber alcanzado siquiera el grado de probabilidad.- Sin embargo, la sistemática condena de cientos de personas de ese colectivo de encausados, con insuficiencia o ausencia de prueba, autoriza razonablemente a la suposición de que además hubo una colusión encaminada a ese fin, a lo que se aduna la otra motivación señalada en el punto 3.1).
3.3) La legitimación activa: La tendrían solo los condenados con sentencia firme y, en su caso, sus herederos.-
Por otro costado a los procesados, aún los condenados pero sin sentencia firme, también a los condenados con sentencia firme (independientemente de la acción de nulidad) y a los herederos de ambos, hoy les queda como cualquier persona que se considera víctima y está en condiciones de demostrarlo, de uno o varios delitos, hacer la denuncia correspondiente penal. Por otra parte cabe recordar que cualquier habitante de la república que conozca la comisión de delitos de acción pública, aunque no sea la víctima, tiene la facultad de denunciarlos; a la obligación de hacerlo solo la tienen los funcionarios públicos que entren en su conocimiento en razón de sus funciones.-
3.4) Tribunal competente y procedimiento a imprimir a la acción: Lo que nos ocupa aquí es la vía de solución de las condenas firmes por una acción autónoma que anule la cosa juzgada írrita o fraudulenta. Si un gran número de los agentes de la estructura judicial federal penal están comprometidos en esas condenas, incluida la Corte Suprema, lo razonable es interponer la acción ante la propia Corte (sin perjuicio de las excusaciones o recusaciones pertinentes y su subrogación por otros, lo mismo que el Procurador/a General).-
En cuanto al procedimiento a imprimirle a esta acción de nulidad de creación jurisdiccional que debería permitir amplitud en el ofrecimiento y producción de prueba, el trámite previsto para el recurso de revisión parece adecuado y suficiente. Más aún: El segundo párrafo del art. 483 del CPPN autoriza indagaciones de oficio por el propio tribunal. Por otra parte, cuando se dispone la admisión formal del recurso de revisión puede disponerse la libertad provisional del imputado si en ella se evidencia la procedencia sustancial12.-
Por último debería admitir la deducción consecuente de la acción civil reparatoria, concomitante o por separado.-
Conclusión:
El recurso de revisión previsto en el CPPN inc.3 contra la sentencia condenatoria írrita o fraudulenta no es viable en los juicios de delitos de lesa humanidad argentinos porque los vicios eran conocidos ab inicio, así mismo los ocurridos durante el proceso no fueron ocultos.-
Si consideramos que es posible -por vía pretoriana- que caiga la cosa juzgada penal desincriminatoria írrita o fraudulenta como razonablemente lo está instando con fundamento la doctrina con relación a los casos de corrupción, con mayor razón la condenatoria, por encontrarse en juego derechos humanos de primera generación: la vida y la libertad.
Al no estar previsto en la ley se impone su creación jurisdiccional por vía de una acción de nulidad autónoma, deducible en nuestra opinión ante el máximo tribunal y con el procedimiento del recurso de revisión.
La legitimación activa la tienen los condenados firmes o sus herederos. Y comprende la acción civil resarcitoria.-La admisión formal de la acción debería -en forma análoga al recurso de revisión- abrir la posibilidad de la libertad provisional de la persona condenada accionante.-
La admisión formal de la acción debería -en forma análoga al recurso de revisión- abrir la posibilidad de la libertad provisional de la persona condenada accionante.-
En sintesis a modo de EPILOGO: Este trabajo tuvo por objeto desarrollar el concepto de la cosa juzgada írrita o fraudulenta en las sentencias firmes de los juicios de «lesa humanidad» ( a lo que ya hemos aludido con anterioridad) como una posibilidad jurídica dentro del sistema de la doctrina penal; pero ello no obsta a que, como también ya lo hemos expresado antes, los poderes políticos -Ejecutivo y Legislativo- resuelvan por la vía más expeditiva de la amnistía una injusticia que se ha concretado avasallando principios, Constitución, tratados y leyes penales, destruyendo el complemento esencial de la Justicia LA EQUIDAD.-Rio Cuarto Cordoba-, 17 de Agosto de 2016
Jueza (Jub.) Silvia E. Marcotullio
Com.(R) Ing. EstebanCavallero
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