Por Juan Manuel Otero.-
BUENA NOTICIA. Es apenas un principio.
El Colegio de Abogados de Buenos Aires, con la firma de su Presidente Dr. Guillermo M Lipera, su Vicepresidente Dr. Carlos A. A. Dods, su Secretario Dr. Maximiliano J. Yaryura Tobías, su Tesorero Dr. Roberto H. Crouzel y los Dres. Ezequiel Cassagne, Javier E. Patrón y Héctor G. Vidal Albarracín como Directores, con fecha 18 de abril del corriente año, elevaron al Consejo de la Magistratura, un escrito dirigido a su Presidente Dr. Miguel A. Piedecasas “a fin de poner en vuestro conocimiento la petición que el Directorio de esta Institución entiende oportuno solicitar al Consejo de la Magistratura a efectos de que audite a los juzgados y cámara de apelación en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal en aquellas causas que tramiten acciones por corrupción contra la administración pública nacional”.
Dicha presentación, solicita en 15 carillas, con fundados y precisos argumentos, que se pongan en práctica las facultades legales del Consejo, ante la comprobación de la lentitud evidente e ilegítima que se ha aposentado en las causas de corrupción contra la Administración Pública Nacional, mencionando, entre otras cosas, que los magistrados no pueden olvidar que el derecho a una tutela judicial efectiva, según tiene reconocido la propia CIDH, exige que los jueces “dirijan el proceso de modo de evitar que dilaciones y entorpecimientos indebidos conduzcan a la impunidad, frustrando así la debida protección judicial de los derechos humanos”.
Agrega finalmente que “El Cuerpo de Auditores del Poder Judicial, dependiente del Plenario del Consejo de la Magistratura, tendrá competencia para ejercer el control interno, mediante auditorías contables, financieras, de gestión y legalidad de los Jueces del Poder Judicial de la Nación y el Consejo de la Magistratura, e integrado según lo dispuesto en la Res. CM 224/08, anexo I y II Art. 43 – Las funciones del Cuerpo de Auditores del Poder Judicial creado por Res. CM 224/08 serán realizadas en el modo y forma que determine la reglamentación”.
De lo que, a mi modo de entender, se está reclamando al Consejo de la Magistratura apenas que CUMPLA con una de las importantes funciones para las que fue creado y parece haber olvidado en arcón de los recuerdos.
No creo que sea necesario demasiado análisis por parte de la entidad receptora del pedido, apenas limitarse a cumplir con su obligación, simplemente ejercer su competencia de control interno. Sólo eso.
Y si bien la nota omite por completo cita alguna referida a los Juicios de Lesa Humanidad dado que centra su pedido en las causas de corrupción contra la Administración Pública Nacional y limita, por razones de la jurisdicción del peticionante, a los juicios que tramitan en la Capital Federal, quiero suponer que los mismos, encontrándose dentro de la jurisdicción de los Juzgados Federales, tendrán inmediatamente sobre sí férreas auditorías de control de legalidad procesal, no sería lógico limitarse a unas causas dejando otras de lado, tampoco lo sería limitar el control sólo a la Capital Federal sin auditar todos y cada uno de los Juzgados Federales y respectivas Cámaras de Apelaciones del país, que no otras son las facultades del Consejo de la Magistratura.
Así, las arbitrarias e infundadas negativas a conceder legítimas excarcelaciones, tachar mendaces testigos, cumplir con los plazos procesales, etc. etc. y otras aberrantes conductas de una justicia durante la ultima década se dedicó a pisotear la Declaración de Derechos Humanos para los acusados, serán revisadas y en su caso aplicada la justicia incluyendo también los sospechosos juicios de lesa humanidad.
En una palabra: Que los derechos humanos sean para toda la humanidad. Con eso sería suficiente. El castigo a los corruptos será la posterior y lógica consecuencia de una honesta auditoría.
Ojalá encuentre esta petición una respuesta amplia y favorable.
* Ver el escrito en: CMN
01/05/2016 a las 2:12 PM
SI, REALMENTE BUENISIMA NOTICIA ESTA PETICION!!!…
QUEREMOS UNA JUSTICIA HONRADA,TRANSPARENTE E INDEPENDIENTE…QUE JUZGUE Y CONDENE A PRISION A TODOS LOS QUE EN EL EX GOBIERNO K HAN ROBADO DESCARADAMENTE AL ESTADO NACIONAL Y PEDIMOS QUE DEVUELVAN EL DINERO QUE NO LES PERTENECE…
01/05/2016 a las 3:25 PM
MAURICIOOOOO…. LOS MILITARES YÀAAAA..!!!
EL ESTADO NO EXISTE SIN «ESTADO DE DERECHO»..!!!
POR INEXISTENCIA DEL ESTADO SE HA COMETIDO UN GENOCIDIO CON EL PUEBLO, MILES DE ARGENTINOS HAN MUERTO POR ACCIÒN U OMISIÒN DE UNA JUSTICIA CORRUPTA..!
A TODOS ESOS HIJOS DE PUTA QUE INTEGRAN LA JUSTICIA LES HEMOS PAGADO EL SUELDO CON NUESTROS IMPUESTOS..!!
Y HAN ACTUADO CON DESIDIA Y MALA FÈ. PERMITIENDO EL SAQUEO DEGENERADO Y REPUGNANTE DE NUESTROS RECURSOS..!!
TRIBUNALES DE NÛREMBERG PARA JUZGAR A LOS SAQUEADORES DEL PUEBLO..!!!
FISCALES+JUECES+CAMARÌSTAS+CSJ TODOS DEBEN SER JUZGADOS POR TRIBUNALES POPULARES Y FUSILAR A LOS CULPABLES DE SEMEJANTE LATROCINIO…
ESTOS HIJOS DE MIL PUTAS PERMITIERON QUE LOS KK+PJ NOS SAQUEARAN SISTEMÀTICAMENTE DURANTE AÑOS.
HAY QUE INCAUTARLES TODOS LOS BIENES QUE POSEEN PARA QUE EL PUEBLO PUEDA RECUPERAR PARTE DE LOS SUELDOS QUE LES HEMOS PAGADO..!!!
SE SUPONE QUE LES PAGÀBAMOS PARA QUE NOS PROTEGIERAN..!! Y LOS HIJOS DE MIL PUTAS PERMITIERON, AVALARON Y PROMOVIERON EL SAQUEO..!!
MUERTE A TODAS ESAS RATAS …!! HIJOS DE PUTA..!!
01/05/2016 a las 3:45 PM
yo no lo hubiera expuesto mas claramente.Jueces,Camaristas, Fiscales, TODOS deben ser investigados a la major brevedad y si alguno/s fuesen culpables, se debe confiscar bienes robados al Pueblo y a la carcel a cumplir la condena correspondiente.
05/05/2016 a las 5:37 PM
!!!!TUS PENSAMIENTOS SON LOS MIOS TOTALMENTE DE ACUERDO!!!!!!!
01/05/2016 a las 3:38 PM
Excelente petición Juan Manuel y muy bien documentada. Desde que asumió el nuevo
Gobierno jamás solicitamos indultos, amnistías, subsidios, gestos ni regalías populistas,
Sólo pedimos el sagrado compromiso de cumplir con la Constitución y las leyes.
Es imperativo que se audite a los juzgados y cámara de apelación en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal en aquellas causas que tramiten acciones por corrupción contra la administración pública nacional, pero que también alcance a los
Juicios de los presos políticos como especificas claramente en tu artículo.
Este despertar de la conciencia cívica que se refleja en la magnífica Carta Abierta al señor Presidente de la Nación, dirigida por Carlos Viana y que se publica coincidentemente en la edición de la fecha del Informador Público, se va constituyendo en un clamor popular que debe ser escuchado por Mauricio Macri al que hemos votado esperanzados en el cumplimiento de sus promesas.
01/05/2016 a las 6:56 PM
TOTALMENTE DE ACUERDO
02/05/2016 a las 11:47 AM
Brillante Artículo. Esperemos que auditen a los TOF, las Cámaras y los juzgados, incluyendo a las fiscalías ad hoc y a los defensores oficiales que son bastante vagos.
02/05/2016 a las 7:31 PM
Esperemos que esto se concrete y que terminen las arbitrariedades. Un grupo de amigos, algunos abogados, estamos pidiendo por todos los medios que se le otorgue la detención domiciliaria al comisario (RE) Humberto S. Trotta, de 80 años de edad, operado de un cáncer de colon que requiere cuidados adecuados que no se le pueden brindar en una prisión (Marcos Paz), problemas cardiológicos, artrosis y otros. El Codigo Procesal Penal de la Nación en su Art. 314 dice que «El juez ordenará la detención domiciliaria….» en los casos del Art. 10 del Código Penal. Y este artículo contempla a los mayores de 70 años de edad o que tengan enfermedades que en prisión les impida tratar adecuadamente. La prisión preventiva para esta persona puede transformarse en una pena de muerte. Téngase en cuenta que la declaración indagatoria se tomó a los 30 días de la detención (por videoconferencia) y muy bien no se sabe la imputación. El detenido no sabe quién lo denuncia ni de qué. Quizás esté detenido por sospecha, pero la Convención contra las torturas (que forma parte del Art. 75, inc 22 de la CN) lo prohibe. Y Además se ve totalmente violado el Pacto de San José de Costa Rica (debido proceso, vida, salud, dignidad) y la Convención Interamericana sobre Protección de los DD.HH. de las Persona Mayores (referido a la «vulnerabilidad»). No dudamos que esta persona, Humberto S. Trotta, reúne las condiciones legales para cumplir la detención en su domicilio. El Art. 314 del Código Procesal citado contiene un deber legal que no se respeta; y no tiene 70 sino 80 de edad. Es un absurdo alegar que se puede fugar una persona en esas condiciones. Es más habría que ver qué se le imputa para saber el motivo por el que está detenido, y ver cómo se efectuó la indagatoria (la videoconferencia debe ser una prueba). Todos los que nos expresamos sobre este tema no conocemos las razones de esta causa; sólo conocemos al señor comisario (R) Humberto S. Trotta. Él tiene su abogado. Pero si la «presunción de inocencia» es una realidad y los derechos humanos deben respetarse, entonces le corresponde la detención domiciliaria, y habría que ver si no le corresponde también la ambulatoria. Será un papelón para la Argentina y su «Poder Judicial» que esto llegara a conocimiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y va a llegar a todo el mundio.