Por Jorge Luis Vitale.-

En esta causa se pidió información a la SIGEN y a los tribunales del Chaco para que tramite un exhorto sobre esta investigación. Pero la idea oficial es pretender sacar de esta denuncia a Lázaro Báez y lo que no se sabe hasta la fecha es donde esta el dinero de esta central termoeléctrica que no se construyo en el Chaco. El fiscal esta activando la causa y pidiendo medidas, pero muy lentamente. La realidad es que hay un dinero adjudicado y presupuestado, que tenia un destino y era la construcción de una central termoeléctrica que no se construyó pero el dinero si se gastó. También se solicito información a ENARSA y a la empresa estatal chilena encargada del control.

La denuncia

En la denuncia penal interpuesta contra la presidente, Julio de Vido y el Grupo de Lázaro Báez, se acompaño documentación y de la misma surge que no existía inversión de la empresas, si no que el estado pagaba, por anticipado, sobre precios y adjudicación direccionada, hecha a la medida del grupo Báez. Pero además de todos eso, el dinero se gastó, no se sabe quien se lo llevó y la obra no se hizo.

El 10 de octubre del 2014 se presento esta denuncia penal, que tramita por ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7 a cargo del Sebastián Casanello con el Expediente N° 10.149/14 en la Secretaría N° 14 a cargo de Juan Francisco Luena. Interviene además la Fiscalía N° 8 a cargo de Gerardo Di Masi La denuncia fue realizada por Horacio Guillermo Quiroga Torán, ex presidente de varias empresas de Báez, con el patrocinio de Jorge Vitale. Se solicita que se investigue la posible comisión de los delitos de administración fraudulenta, fraude a la administración pública, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, conforme a lo dispuesto por los artículos 173 INC. 7, 174 INC. 5, 248, y 256 bis del Código Penal, siguientes y concordantes De estos delitos resultarían responsables la Señora Presidente de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, el Ministro de Planificación de Obras y Servicios Públicos Señor Julio De Vido, los Accionistas de Epsur S.A. y/o quien resulte de acuerdo a la investigación que se realice.

Todo esto en razón a las consideraciones siguientes: Se formó una Unión Transitoria de Empresas de Energía (UTE) integrada por Epsur S.A., Misahar S.A., Sultzer S.A. y New Energy S.A.

Sultzer S.A. es una empresa muy grande y seria de Europa Occidental, y Epsur S.A. pertenece a Báez (quien es el mayor accionista) Por ello, esta última presidía tal UTE. Esta Unión transitoria de Empresas licitó antes por llamado de Provisión, Explotación y Mantenimiento.

En el 2010, esta UTE tenía cuatro centrales termoeléctricas adjudicadas desde el Ministerio de Planificación, una de ellas, destinada a la Provincia del Chaco. Esas centrales estaban valuadas en cien millones de dólares cada una para su construcción.

La obra de la central termoeléctrica destinada a la provincia del Chaco debía comenzarse antes del 31 de diciembre del año 2010, ya que el acto administrativo de firma de contrato y su puesta en marcha, debía ejecutarse antes de que termine el año calendario de aplicación. Situación está que no sucedió, como relataremos a continuación.

Esta obra fue perfectamente licitada y adjudicada figurando en el presupuesto nacional del año 2010. Habiendo cumplido con todos los procedimientos de forma, en el Senado de la Nación se obtuvo la hoja del presupuesto nacional. Dicha hoja contenía la orden y Partida del Presupuesto Nacional para poner en marcha la primer Central en 2010, en el Chaco. Copia de la partida se acompañó a la presente denuncia.

A su vez, Planificación y ENARSA solicitaron se considere realizar en la obra de la provincia del Chaco un tancaje. Este tancaje de veintidós mil toneladas era para abastecer las pequeñas centrales del impenetrable y Formosa. En ese entonces Jorge Capitanich gobernaba el Chaco y compró un terreno de la ex Tamet, para construir un parque industrial a la vera del Río Barranqueras. La empresa energética de la provincia del Chaco presto conformidad y asesoro, logrando situar la central en un extremo del Parque Industrial. Los técnicos propusieron abrir una doble terna e instalar una pequeña sub-estación para el Parque Industrial. Así también, el ministerio de De Vido indicó incluir -además- una instalación preliminar para recibir gas cuando llegara el Gasoducto. Se sitúa así la Central en la desembocadura Sur del Riacho Barranqueras, casi Paraná, para no tener problemas de calado. Además la locación pertenecía al Municipio de Puerto Vilelas y no se situaba en un lugar ni muy poblado ni peligroso.

La licitación tenía por objeto proveer y operar una Central de 100 MW por varios años, siendo el combustible aportado por el Estado. En aquel tiempo la capacidad era del 30% de lo que consumía toda la provincia (que sufría cortes constantemente). Por ello, los industriales ya se preparaban para la nueva central energética. La Empresa Provincial chaqueña de energía dio todo su apoyo y la Prefectura tenia algunos datos batimétricos que los puso a disposición. Se realizaron las modificaciones razonables y se logró “el layout” en agosto de 2010.

Antes del fallecimiento del ex presidente Néstor Kirchner, se le presento todo a Planificación para firmar el inicio de Obra.

Pese a encontrarse cumplidos todos los requisitos legales de adjudicación, licitación y las partidas presupuestarias correspondientes; esta obra nunca fue realizada. Sin embargo, los fondos fueron utilizados y esta denuncia lo que pretende es se investigue el desvío y destino de esos fondos que de ninguna manera podían transferirse a otras partidas que no fueran las ya adjudicadas.

Se informa que esta obra corresponde a una ley de reparación histórica energética de la provincia del Chaco, por donde pasan las líneas de alta tensión. La construcción de esta central iba a permitir eliminar la contaminación magnética que existe en toda la provincia. La misma produce deterioro en el medioambiente, no permitiendo el crecimiento de cultivos como así también evitando el daño a las personas mediante enfermedades graves.

A su vez, este presupuesto nacional en el año 2010 había aprobado las partidas para esta adjudicación y realización. Partidas estas que no pueden ser modificadas por ningún decreto de necesidad y urgencia, ya que las mismas debían ser aplicadas específicamente a estas construcciones, tratándose de una reparación energética decretada a nivel nacional para la provincia del Chaco.

Lo más grave de esta situación, es que es posible reasignar las partidas presupuestarias, pero al tratarse de una reparación histórica, hay que reasignar con una urgencia extrema como si se tratase de una vacunación contra una epidemia o un desastre climático. Situación que no se dio en la provincia del Chaco en el año 2010, ni en el 2011.

Según dispone la Ley de Presupuesto, los créditos para gastos deben destinarse a la finalidad específica para la que hayan sido aprobados, y tienen carácter limitativo, es decir, que no pueden adquirirse compromisos por mayor importe y el mismo criterio se aplica para los niveles previstos de recursos. Sin embargo, durante el ejercicio presupuestario pueden presentarse circunstancias que aconsejen la modificación de los créditos aprobados en los Presupuestos Generales por el Poder Legislativo, promoviéndose cambios en los créditos presupuestarios originalmente aprobados a nivel de las diferentes categorías programáticas. En igual sentido, para el cálculo de recursos podrán producirse acontecimientos durante el ejercicio que impliquen adecuar los mismos. Por lo expuesto, la cuantía y la finalidad de los créditos contenidos en los presupuestos de gastos y de recursos sólo podrán ser adecuadas durante el ejercicio, dentro de los límites y con arreglo al procedimiento establecido. Esto se define según la naturaleza de la adecuación, ya que se requiere un nivel de autorización y aprobación específicamente definido para los distintos casos.

¿Cómo se configura el delito?

Nunca se construyó la obra en la provincia del Chaco. La misma se encontraba adjudicada, aprobada y presupuestada a nivel nacional. El dinero fue utilizado pero el gobierno nacional no aclara que destino le dio a esos cien millones de dólares, ni rindió cuenta de ello. La adjudicación fue irregular y no había inversión propia. El Estado Nacional adelantaba sumas para su construcción -un 35%- a la firma adjudicataria cuando se traían los equipos,(no al finalizar la obra). Por otra parte, de las empresas del Grupo Báez, ninguna tenia la idoneidad suficiente para las obras a realizar. Todo este accionar delictivo esta tipificado por los artículos del Código Penal ya citados, figuras a las cuales el juzgado le agregó el cohecho.

Semejante incumplimiento no podría haberse realizado sin la participación de los funcionarios nombrados, por eso deberían investigarse todos estos hechos para determinar con exactitud el desvío y destino de los fondos presupuestados para la construcción de la central termoeléctrica en la provincia del Chaco, como así también si se infringió alguna otra norma o ley que haga pasible la sanción por los delitos que se investiga. La obra no se realizó y el dinero desapareció, por eso es importante que la justicia no sea tan lenta y descubra que fue de los fondos.

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