Por Carlos Tórtora.-

A instancias de una petición formulada por el Procurador del Tesoro Rodolfo Barra, el Juez en lo contencioso administrativo Esteban Furnari empezó a concentrar los distintos amparos presentados contra el DNU 70/2023. El primero presentado, en el juzgado de aquel magistrado, corresponde a la Asociación Civil Observatorio de Derecho de la Ciudad y a Claudio Lozano, Hugo Godoy y Rodolfo Aguilar. En tanto, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo habilitó la feria para tratar el amparo presentado por la CGT, que Furnari reclamaba para sí. Pero ayer el Fiscal General de la Cámara Laboral, Juan Manuel Domínguez, se pronunció a favor de que la causa pase al fuero contencioso.

De mantenerse la Cámara en su postura, la discusión sobre dónde tramitará el amparo de la CGT podría llegar hasta la Corte Suprema.

Mientras tanto, otro fiscal en este caso del contencioso, Miguel Gilligan, se opuso a que se habilite la feria para tratar el amparo de Jorge Rizzo y otros. En principio, esto marca un avance de la estrategia del gobierno para unificar el tratamiento de los amparos pero la decisión de los camaristas laborales María Dora González y Alejandro Sudera de habilitar la feria para el amparo de la CGT genera nuevos interrogantes.

Constitucionalidad parcial

Es evidente que existe la posibilidad de que, en algunos de los amparos presentados, un juez decida durante la feria la suspensión del DNU. De ocurrir esto, la decisión pasaría a la Cámara y habría que ver si el DNU queda o no vigente mientras se tramita la apelación. Haya o no suspensión del DNU, es obvio que todo estará pendiente de lo que la Corte Suprema resuelva en la acción declarativa de certeza presentada por el gobernador de La Rioja, Guillermo Quintela, con el patrocinio de Raúl Zaffaroni.

El fallo de la Corte será obligatorio para los tribunales inferiores y no se descarta que esto termine en una constitucionalidad parcial del DNU, ya que muchos de sus artículos son jurídicamente vulnerables. Dada la extensión y complejidad de la norma, resulta imposible aprobarla o desaprobarla en su totalidad.

La Corte tratará el amparo a partir de febrero y lo más probable es que para entonces las cámaras del Congreso no hayan tratado la aprobación del DNU y que esto recién ocurra durante las sesiones ordinarias a partir del 1 de marzo. Los tiempos marcan una verdadera prueba de fuego para el gobierno, porque marzo sería tal vez el mes de mayor tensión social en el marco del ajuste en marcha, en parte mediante la ejecución del DNU.

El caso es que la convalidación definitiva del DNU por la Corte sería a esta altura una condición exigida por cualquier inversor que tenga decisiones pendientes. Definitivamente no alcanza con la actual vigencia de la norma.

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