Por Carlos Tórtora.-

La Corte Suprema se avocaría en febrero al tratamiento de la acción declarativa de certeza presentada por el gobernador de La Rioja, Guillermo Quintela, con el patrocinio de Raúl Zaffaroni, sobre lo dispuesto por el DNU 70/2023. La presentación incluye el pedido de que se dicte una medida cautelar de no innovar, suspendiendo la aplicación del mencionado DNU. Simultáneamente, el Congreso recién estaría en condiciones de aprobar o desaprobar el DNU a partir de marzo, en las sesiones ordinarias. La Comisión Bilateral de Trámite Legislativo aún se está conformando y podría emitir su despacho antes de marzo. Para entonces, operaria lo establecido por el artículo 20 de la ley 26122 para el caso de que hayan transcurrido los 10 días para que la Comisión se expida: «Vencido el plazo a que hace referencia el artículo anterior sin que la Comisión Bilateral Permanente haya elevado el correspondiente despacho, las cámaras se avocarán al expreso e inmediato tratamiento del decreto de que se trate, conforme lo establecido en los artículos 99 inciso tercero y 82 de la Constitución Nacional.»

En resumidas cuentas, se puede suponer que habría un pronunciamiento de la Corte antes de que se expida el Congreso, como así también ocurrir lo contrario. En el primer caso, si la Corte se inclinara por la constitucionalidad del decreto, estaría condicionando fuertemente al Poder Legislativo. Si las posturas finales son encontradas, estaríamos ante un posible conflicto de poderes. Si para la justicia el DNU es constitucional, este fallo no sería obligatorio para las cámaras y lo mismo ocurriría si la sentencia es por inconstitucionalidad.

Supongamos que la Corte lo declara constitucional y luego el Congreso lo deroga. Aparentemente prevalecería la postura del Legislativo pero la Corte es el máximo intérprete de la Constitución y en este caso su sentencia estaría siendo desconocida por el Congreso, lo que podría volver a judicializar el tema. En un caso así, la Casa Rosada podría tal vez rechazar la derogación legislativa, amparándose en el fallo de la Corte.

La gobernabilidad en juego

Se trata de un tema en donde están en juego nada menos que los límites de las facultades del Poder Ejecutivo para dictar DNU. De imponerse la constitucionalidad de este decreto, para el futuro el Ejecutivo tendría muy pocos límites. Es obvio que sobre la Corte pesa y mucho el hecho de que estamos frente a un gobierno que construye su gobernabilidad a partir de este DNU, lo que aumenta considerablemente las posibilidades de que se pronuncie a favor.

Para la oposición en el Congreso, derogar el DNU significaría el mayor éxito político, porque obligaría a Milei a negociar no una sino varias leyes que le permitan rescatar aunque sea partes del conflictivo decreto. En cambio, si el DNU queda firme, la Casa Rosada quedaría convencida de que puede repetir la operación.

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