Por Carlos Tórtora.-

JM sostuvo el lunes que, si el congreso no aprueba el DNU 70/2023, convocará a una consulta popular. Esta sería la primera desde que se incorporó este instituto con la reforma constitucional del 94. Hay dos alternativas de consulta popular, la vinculante y la no vinculante. Ambas están establecidas por el artículo 40 de la Constitución. La ley que reglamenta la consulta, la 25432, sostiene en su artículo 2, que la consulta vinculante deberá ser convocada por la mayoría absoluta de los miembros de ambas cámaras. Esto la descarta, ya que el gobierno no cuenta con esas mayorías legislativas.

De poder concretar la vinculante y lograr la mayoría de votos, el texto del DNU se convertiría automáticamente en ley.

Cómo opción posible, le queda a JM la consulta no vinculante. Dice el artículo 8 de la ley que, convocada por decreto la consulta, si obtuviera el voto afirmativo de la mayoría de votos válidos emitidos, deberá ser tratado por el congreso quedando automáticamente incorporado al plan de labor parlamentaria de la Cámara de Diputados de la sesión siguiente al comicio.

La primera conclusión es que el gobierno sólo puede convocar a una consulta no vinculante y ésta, ganando la elección, sólo le permitiría que el proyecto de ley desregulatorio se trate en el congreso. O sea que estaría en las mismas condiciones que ahora. Es decir, sin mayorías para aprobar la ley.

Obviamente JM, al amenazar con la consulta popular, pensó en la vinculante, que es prácticamente imposible.

Más allá de esto, esta la intención del presidente de apuntar a una democracia plebiscitaria, aprovechando que obtuvo el 56% de los votos. Pero la Constitución le cierra el camino.

Una pobre expectativa

Así es que la Constitución le cierra el camino a Milei para hacer valer una forma de democracia semidirecta contra el congreso que se le opone. Si, no obstante esto, el presidente quisiera doblegar a la oposición mostrando el peso de su apoyo popular, podría ir por una consulta no vinculante. Podría plantear entonces que el congreso se opone a la voluntad popular e intentar así que muchos legisladores cedan y voten el proyecto desregulador. Si no lo consigue, la consulta habrá resultado inútil. Entretanto, todo depende de qué ocurra en la justicia con los amparos presentados.

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