Por Carlos Tórtora.-

El Poder Ejecutivo no incluyó el tratamiento del DNU 70/2023 entre los temas de las sesiones extraordinarias. En las mismas, sólo pueden tratarse las cuestiones incluidas en la convocatoria, por lo cual, en principio, el Congreso debería esperar para tratar el mega DNU hasta el 1 de marzo, que es cuando se inician las sesiones ordinarias. El peronismo y demás bloques opositores perderían entonces por un largo tiempo la oportunidad de rechazar el DNU en cuestión y anotarse un triunfo importante, porque obligaría a la Casa Rosada a enviar un proyecto de ley con los contenidos del DNU, lo que llevaría a una negociación.

Mientras tanto, el DNU pasará a estar vigente a partir del próximo viernes causando efectos jurídicos inmodificables.

Una solución discutible

La encrucijada en la que se encuentra la oposición podría tal vez encontrar una salida a través del artículo 63 de la Constitución Nacional, que establece que las Cámaras «pueden ser también convocadas extraordinariamente por el presidente de la Nación o prorrogadas sus sesiones».

Las sesiones de prórroga no tienen un plazo establecido. Constitucionalistas como Gregorio Badeni opinan que «no hay impedimento constitucional alguno para que se opere una superposición entre las sesiones de prórroga y las extraordinarias». Es decir que las sesiones de prórroga podrían ser convocadas actualmente.

Sí se discute, en cambio, sobre el temario de las sesiones de prórroga, porque algunos constitucionalistas sostienen que el mismo debe limitarse a las cuestiones tratadas en las sesiones ordinarias.

Así las cosas, estaría abierta la posibilidad de que el Congreso se autoconvoque para tratar la aprobación o el rechazo del DNU, a lo cual se opondría obviamente la bancada oficialista.

La autoconvocatoria, de darse, debería ser posterior al plazo de 10 días que tiene la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo para dictaminar sobre el DNU. La integración de la Comisión todavía se está discutiendo.

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